Common use of DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS Clause in Contracts

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación del servicio que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índole. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato De Servicio De Protección Y Seguridad

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDOR" asume la responsabilidad total para que en el caso de que la que, al suministrar los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del servicio que presente contrato, infrinja Patentespatentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a "COMIMSA" o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTOCOMIMSA", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a "EL PROVEEDOR", en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTOCOMIMSA" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTOCOMIMSA" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella. Los derechos de autor de naturaleza patrimonial y los de propiedad industrial que, en su caso, resulten de los servicios creados, modificados o innovados para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, corresponderán en su totalidad a “COMIMSA”, quien podrá explotarlos, difundirlos y transmitirlos por cualquier medio conocido o por conocerse, con la única limitante de otorgar los créditos que, en su caso, correspondan a “EL PROVEEDOR” y/o a los empleados de éste que hubieren participado en la creación, modificación o innovación de los servicios antes referidos. "EL PROVEEDOR” será responsable de las violaciones a los derechos de autor o de propiedad industrial de terceros derivadas de la prestación de los servicios objeto del presente instrumento, obligándose a indemnizar y sacar en paz y a salvo de todas las reclamaciones, demandas o acciones que, en su caso, hagan los terceros titulares de los derechos de propiedad intelectual a “COMIMSA”, incluyendo los gastos, cargos, honorarios de abogados, pérdidas o daños que pudieran provocar dichas reclamaciones. "EL PROVEEDOR” no publicará ni revelará a otros la información de los resultados de los servicios objeto del presente Contrato, ni ninguna otra información obtenida en relación con el mismo, sobre la cual “COMIMSA” tenga derechos de propiedad o se encuentre considerada como información confidencial, sin el consentimiento por escrito de éste.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDOR” asume " reconoce que por la responsabilidad total para firma del presente instrumento jurídico no adquiere derecho alguno sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual de "LA GUARDIA NACIONAL", sin que esto constituya limitación alguna, patentes, marcas, nombres o avisos comerciales, derechos de autor, así como licencias, permisos, autorizaciones de uso de propiedad industrial e intelectual, derivado del acceso a dicha propiedad industrial que "EL PROVEEDOR", llegue a tener en el cumplimiento del instrumento jurídico que en el su caso se derive del Anexo Técnico. "LA GUARDIA NACIONAL" en ningún caso será responsable por violaciones de derechos de propiedad industrial o derechos de autor cometidos por "EL PROVEEDOR". En caso de que la prestación del servicio "EL PROVEEDOR" viole algún derecho de los antes especificados, se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a "LA GUARDIA NACIONAL" de cualquier controversia o demanda que infrinja Patentessurja al respecto. De igual forma "EL PROVEEDOR" no podrá hacer uso de cualquier tipo de publicidad, Marcas incluyendo el nombre de "LA GUARDIA NACIONAL", sus marcas, diseños o violen Derechos cualquier material de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o e intelectual de cualquier otra índoleestá. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTOLA GUARDIA NACIONAL", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a "EL PROVEEDOR", en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTOLA GUARDIA NACIONAL" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTOLA GUARDIA NACIONAL" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contract for Services

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que que, al suministrar la prestación de los servicios, objeto del servicio presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando pudiera causar a “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Los derechos que en materia de propiedad intelectual que pudieran derivarse de estudios, investigaciones, asesorías y consultorías que se realicen o como consecuencia de la aplicación de las encuestas de opinión a los usuarios del servicio, invariablemente se constituirán a favor de “EL INSTITUTO”, en términos de las disposiciones legales aplicables. “EL PROVEEDOR” en un término no mayor a 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, deberá presentar escrito al Administrador del Contrato en el que se obliga a liberar a “EL INSTITUTO” de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione con motivo de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual a nivel nacional o internacional. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", " por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta éste será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio legal previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento, en un plazo máximo de 3 (tres) días instrumento jurídico a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación “EL PROVEEDOR” para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar éste lleve a cabo las acciones necesarias que garanticen la liberación de "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda controversia o responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal penal o de cualquier otra índoleadministrativa que, en su caso, se ocasione. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato Plurianual Abierto Para La Prestación Del Servicio De Guardería

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDORLA EMPRESA PROVEEDORA” asume la responsabilidad total para que en el caso de que que, a la prestación de los servicios, objeto del servicio presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando pudiera causar a “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" “LA EMPRESA PROVEEDORA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. .. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a “LA EMPRESA PROVEEDORA”, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. índole Contrato: INCMN/0706/2/AD/049/23 En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se “LA EMPRESA PROVEEDORA”se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDORLA EMPRESA PROVEEDORA” asume la responsabilidad total para que en el caso de que que, a la prestación de los servicios, objeto del servicio presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando pudiera causar a “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" “LA EMPRESA PROVEEDORA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Contrato: INCMN/0706/2/LP/005/23;-> Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a “LA EMPRESA PROVEEDORA”, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" “LA EMPRESA PROVEEDORA” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDORLA PROVEEDORA” asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación del servicio de “EL SERVICIO” que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índole. En tal virtud, "EL PROVEEDORLA PROVEEDORA" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. 13 de 19 En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDORLA PROVEEDORA" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó o Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDORLA PROVEEDORA" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Intermediación De Alojamiento

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDOR" asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación que, al suministrar los bienes objeto del servicio que presente contrato, infrinja Patentespatentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTOLA DEPENDENCIA O ENTIDAD", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a "EL PROVEEDOR", en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" LA DEPENDENCIA O ENTIDAD'' de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. "EL PROVEEDOR" se obliga a sacar en paz y a salvo, sin cargo alguno para "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", de las reclamaciones de terceros basadas en que "LOS SERVICIOS", o el resultado de éstos, constituyen trasgresión a algún derecho de autor, o bien, invasión u otra trasgresión a alguna patente, marca, licencia, o que viola registro de derechos, o cualquiera otro relativo a la propiedad intelectual o industrial, siempre y cuando "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" le dé aviso por escrito de tales reclamaciones en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir del día siguiente en que se hubiere practicado el emplazamiento o notificación. Asimismo, en ese plazo "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" deberá entregar la información y asistencia del caso o establecer las causas por las cuales esté impedida de proporcionarlas. En este mismo supuesto, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" se obliga a efectuar las gestiones necesarias a fin de que "EL PROVEEDOR" pueda representarla en el proceso o procedimiento respectivo. En el caso de que se dictara sentencia definitiva en contra de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", con o sin intervención de "EL PROVEEDOR", esta última se obliga a pagar las sumas a que sea condenada "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", o las cantidades que se deriven del arreglo que se tuviere con el tercero. En todo caso, "EL PROVEEDOR" se obliga a tomar las medidas necesarias para que "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" continúe recibiendo "LOS SERVICIOS" en los plazos y condiciones convenidos en este contrato, en el anexo "A" del mismo y en los demás anexos del presente contrato. En caso de que "EL INSTITUTOLA DEPENDENCIA O ENTIDAD" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contrato De Adquisición

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDOR" asume la responsabilidad total para que en el caso de que la que, al suministrar los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del servicio que presente contrato, infrinja Patentespatentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por Io que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a "LA ENTIDAD" o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito delitos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTOLA ENTIDAD", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a "EL PROVEEDOR", en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTOLA ENTIDAD" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar sacar en paz y a salvo, sin cargo alguno para "LA ENTIDAD", de manera inmediata los recursos erogados las reclamaciones de terceros basadas en que "LOS SERVICIOS", o el resultado de éstos, constituyen trasgresión a algún derecho de autor, o bien, invasión u otra trasgresión a alguna patente, marca, licencia, o que viola registro de derechos, o cualquiera otro relativo a la propiedad intelectual o industrial, siempre y cuando "LA ENTIDAD" le dé aviso por aquellaescrito de tales reclamaciones en un plazo no mayor de S (cinco) días hábiles bancarios contados a partir del día siguiente en que se hubiere practicado el emplazamiento o notificación. Asimismo, en ese plazo ['LA ENTIDAD" deberá entregar la información y asistencia del caso o establecer las causas por las cuales esté impedida de proporcionarlas. En este mismo supuesto, "LA ENTIDAD' se obliga a efectuar las gestiones necesarias a fin de que "EL PROVEEDOR" pueda representarla en el proceso o procedimiento respectivo. HACIENDA SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL En el caso de que se dictara sentencia definitiva en contra de "LA ENTIDAD", con o sin intervención de "EL PROVEEDOR", esta última se obliga a pagar las sumas a que sea condenada "LA ENTIDAD', o las cantidades que se deriven del arreglo que se tuviere con el tercero.

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Samples: Contrato Abierto Para La Contratación De Servicios De Telecomunicaciones

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que que, en la prestación de los servicios objeto del servicio que presente contrato, infrinja Patentespatentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar al “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito delitos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra del “INDEP” en su carácter de "EL INSTITUTO"liquidador de Luz y Fuerza del Centro, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a “EL PROVEEDOR”, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" al “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" el “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. EL PROVEEDOR" asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación que, al suministrar los bienes, objeto del servicio que presente contrato, infrinja Patentespatentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o a nivel nacional e internacional, por Io que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de cualquier otra índolelos daños y perjuicios que pudiera causar a "LA ENTIDAD"o a terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito delitos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTOLA ENTIDAD", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a "EL PROVEEDOR", en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTOLA ENTIDAD" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. "EL PROVEEDOR" se obliga a sacar en paz y a salvo, sin cargo alguno para "LA ENTIDAD", de las reclamaciones de terceros basadas en que "LOS BIENES", o el resultado de los mismos, constituyen trasgresión a algún derecho de autor, o bien, invasión u otra trasgresión a alguna patente, marca, licencia, o que viola registro de derechos, o cualquiera otro relativo a la propiedad intelectual o industrial, siempre y cuando "LA ENTIDAD' le dé aviso por escrito de tales reclamaciones en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir del día siguiente en que se hubiere practicado el emplazamiento o notificación. Asimismo, en ese plazo "LA ENTIDAD" deberá entregar la información y asistencia del caso o establecer las causas por las cuales esté impedida de proporcionarlas. En este mismo supuesto, "LA ENTIDAD" se obliga a efectuar las gestiones necesarias a fin de que "EL PROVEEDOR" pueda representarla en el proceso o procedimiento respectivo. HACIENDA HIPOTECARIAS OCIEDAD FEDERAL En el caso de que se dictara sentencia definitiva en contra de "LA ENTIDAD", con o si intervención de "EL PROVEEDOR", esta última se obliga a pagar las sumas a que sea condenada "LA ENTIDAD", o las cantidades que se deriven del arreglo que se tuviere con el tercero. En todo caso, "EL PROVEEDOR" se obliga a tomar las medidas necesarias para que "LA ENTIDAD" continúe recibiendo "LOS BIENES" en los plazos y condiciones convenidos en este contrato, en el anexo "A" del mismo y en los demás anexos del presente contrato. En caso de que "EL INSTITUTOLA ENTIDAD" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contract for the Acquisition of Groceries

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación del servicio que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índole. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.. 23 de 29

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Samples: Contrato De Mantenimiento

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. El EL PROVEEDOR”, será responsable por el uso de patentes, licencias y derechos que pudieran corresponder a terceros, sobre los sistemas técnicos, procedimientos, dispositivos, partes, equipos, accesorios y herramientas que utilice y/o proporcione para cumplir con el servicio objeto del presente Contrato, y dado el caso de presentarse alguna violación, el “PROVEEDOR”, asume toda la responsabilidad que se cause en la materia, respondiendo ante las reclamaciones que pudiera tener o que le hicieran al “INSTITUTO” por dichos conceptos, relevándolo de cualquier responsabilidad, quedando obligado a resarcirla de cualquier gasto o costo comprobable que se erogue por esta situación. El “INSTITUTO” dará aviso a las autoridades competentes y al “PROVEEDOR”, en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación. En el caso de encontrarse en litigio como consecuencia de lo anterior, el “PROVEEDOR” no podrá continuar prestando los servicios, por lo que el “INSTITUTO” podrá dar por rescindido el presente Contrato. El “PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar el servicio, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción del “INSTITUTO” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. El “INSTITUTO” no estará obligado prestar el servicio cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior. El “PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que que, al suministrar la prestación del servicio servicio, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que infrinja Patentes, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando pudiera causar al EL INSTITUTO” liberado de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL el “PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito delitos establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL del “INSTITUTO", por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento al “PROVEEDOR”, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL al “INSTITUTO" de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL el “INSTITUTO" tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL el “PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Arrendamiento De Equipo Para Telefonía Ip

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para que en el caso de que la prestación del servicio que infrinja Patentesque, Marcas o violen Derechos de Autor, registrados por terceros, quedando al prestar “EL INSTITUTO” liberado SERVICIO”, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de toda responsabilidad derechos de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA GUARDIA NACIONAL” o de cualquier otra índolea terceros. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO"“LA GUARDIA NACIONAL”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumentoinstrumento a “EL PROVEEDOR”, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" “LA GUARDIA NACIONAL” de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. En caso de que "EL INSTITUTO" “LA GUARDIA NACIONAL” tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "EL PROVEEDOR" se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.

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Samples: Contract for Services

DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS. “EL PROVEEDORPRESTADOR DEL SERVICIOasume la responsabilidad total para que será responsable en el caso de que la prestación del servicio que infrinja Patentesinfringir patentes, Marcas marcas o violen Derechos viole otros registros de Autor, registrados por terceros, quedando “EL INSTITUTO” liberado derechos de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal, propiedad industrial o a nivel nacional e internacional, con motivo del cumplimiento de cualquier otra índole. En tal virtudlas obligaciones del presente contrato, "EL PROVEEDOR" manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno por lo que se obliga a responder personal e ilimitadamente de los supuestos de infracción administrativa y/daños y perjuicios que pudiera causar a “LA SECRETARÍA” o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrialterceros. En caso de que sobreviniera De presentarse alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO"“LA SECRETARÍA”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, se obliga a salvaguardar los derechos e intereses de ésta será la de dar aviso a las autoridades competentes, y a "EL PROVEEDOR" en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento, en un plazo máximo de 3 (tres) días a partir de la fecha de recepción de la notificación de la violación para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a "EL INSTITUTO" “LA SECRETARÍA” de cualquier controversia, liberándole 21 de 27 liberándola de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole, sacándola en paz y a salvo. En caso de que "EL INSTITUTO" “LA SECRETARÍA” tuviese que erogar recursos derivado de una Resolución Administrativa ó Judicial definitiva por cualquiera de estos conceptos, "conceptos “EL PROVEEDOR" PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” es responsable total en caso de que, al proporcionar los servicios infrinja los derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor, en relación al uso de sistemas técnicos, procedimientos, dispositivos, partes, equipos, accesorios y herramientas que utilice y/o proporcione y dado el caso de presentarse alguna violación, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” responderá ante las reclamaciones que pudiera tener o que le hicieran a “LA SECRETARÍA” por dichos conceptos, relevándola de cualquier responsabilidad y quedando obligado a resarcirla de cualquier gasto o costo comprobable que se erogue por dicha situación. Xxxxx Xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de México. Tel:(00) 00000000 xxx.xxx.xx/xxx CONTRATO SRE/DGBIRM/C-ITP-003/2024

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Samples: Contrato Específico Abierto