Derechos sobre el Software Cláusulas de Ejemplo

Derechos sobre el Software. Para la prestación del Servicio de Banca en Línea, EL BANCO cuenta con una Licencia de Uso de los programas instalados en las dependencias de EL BANCO. El derecho que este Contrato de Servicio de Banca en Línea le otorga a EL TARJETAHABIENTE para el uso de estos programas, no le otorga propiedad sobre los mismos. En consecuencia, EL TARJETAHABIENTE guardará la confidencialidad sobre la operación de la programación y no permitirá el uso del Servicio a terceras personas o entidades.
Derechos sobre el Software. Para la prestación del Servicio de Banca por Internet, el BANCO cuenta con una Licencia de Uso de los programas instalados en las dependencias del BANCO. El derecho que este Contrato de Servicio de Banca por Internet le otorga al CLIENTE para el uso de estos programas, no le otorga propiedad sobre los mismos. En consecuencia, el CLIENTE guardará la confidencialidad sobre la operación de la programación y no permitirá el uso del Servicio a terceras personas o entidades.
Derechos sobre el Software. Los derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos de autor y demás derechos de propiedad, sobre EL SOFTWARE son del PROVEEDOR DE PLATAFORMA o del tercero que los ponga a disposición del PROVEEDOR DE PLATAFORMA para la prestación de este servicio. EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA permite el uso de EL SOFTWARE únicamente de acuerdo con las condiciones del presente contrato. EL PROVEEDOR DE PLATAFORMA se reserva todos los derechos no otorgados específicamente en virtud del presente contrato.
Derechos sobre el Software. Los derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos de autor y demás derechos de propiedad, sobre EL SOFTWARE y sobre toda copia que EL LICENCIATARIO realice son propiedad del LICENCIANTE. EL LICENCIANTE permite el uso del SOFTWARE únicamente de acuerdo con las condiciones del presente contrato. EL LICENCIANTE se reserva todos los derechos no otorgados específicamente en virtud de la LICENCIA DE USO. EL LICENCIANTE autoriza a: i) hacer una copia del SOFTWARE únicamente a efectos de copia de seguridad o archivo, o ii) transferir EL SOFTWARE a un único soporte, siempre que conserve el original únicamente a efectos de copia de seguridad. EL LICENCIATARIO no está autorizado a realizar copias de los PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTÁNDAR ni de los demás materiales impresos que acompañen EL SOFTWARE, salvo para su uso personal. EL LICENCIATARIO se convierte en propietario únicamente del soporte material de datos y no adquiere la propiedad del SOFTWARE. La estructura, organización y código fuente del SOFTWARE son secretos comerciales e información confidencial valiosa del LICENCIANTE. EL SOFTWARE está protegido por la ley, incluyendo entre otras, las leyes de derechos de autor de la República de Colombia y de otros países y por las normas previstas en los tratados internacionales de propiedad intelectual. Este contrato no concede al LICENCIATARIO ningún derecho sobre la propiedad intelectual del SOFTWARE, y todos los derechos que no sean otorgados expresamente en este documento se los reserva EL LICENCIANTE.
Derechos sobre el Software. Todos los derechos, titularidad e intereses sobre el Software y respecto al mismo (incluidos los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual) pertenecen a FUJIFILM BI y sus proveedores.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.