DESCRIPCION Y ALCANCE Cláusulas de Ejemplo

DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta Sección se refiere a la construcción de Alcantarillas Celulares de hormigón armado de las dimensiones y características indicadas en los planos y especificaciones del Proyecto y de conformidad a las órdenes impartidas por la Fiscalización. Se incluyen en el presente Ítem, los trabajos de excavación estructural y asentamiento de las alcantarillas sobre un lecho de apoyo, el suministro total de los materiales especificados, como hormigones, acero para armaduras y suelo seleccionado, el relleno y compactación del suelo con equipos livianos y manuales hasta un recubrimiento por encima de la estructura de mínimo o igual al espesor del pavimento de 0,54 m, el bombeo de aguas y desbarre del fondo de la excavación, la construc ción, conservación y remoción posterior de todas las ataguías, entibaciones y otros elementos de contención y manejo de las aguas que sean eventualmente necesarias; todo de acuerdo a estas Especificaciones Técnicas y en conformidad a los lugares, alineamie ntos, cotas y dimensiones indicadas en los planos y órdenes impartidas por la Fiscalización. A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá seguir las indicaciones señaladas en las ETAGs y las dispuestas por la Fiscalización antes de iniciar las tareas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.
DESCRIPCION Y ALCANCE. Este ítem comprende la ejecución del Desbosque, destronque, desbroce, despeje y limpieza de la franja de dominio para la ejecución del alteo de terraplén, en cuyo caso el ancho de limpieza será el correspondiente al pie de talud mas tres metros a cada lado del eje del camino. Para la ejecución de la limpieza en los sectores de desmontes x xxxxxx del terreno natural, el ancho será el correspondient e al coronamiento del contra talud mas tres metros a cada lado del eje del camino. En los tramos de la traza del proyecto coincidente con el camino existente se ejecutaran el Ítem 1.1.1 Desbroce, Despeje y Limpieza. En los tramos de la traza del proyecto n o coincidente con el camino existente se ejecutara el Ítem 1.1.2 Desbosque, Destronque, Desbroce, Despeje y Limpieza. La limpieza comprende además la eliminación del follaje aéreo y el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material en desuso que se encuentre dentro del área prescrita, cualquiera sea su procedencia. En general, la tala de árboles sólo deberá ejecutarse en el ancho indicado más arriba, y en ancho adicionales que requieran para mejorar la visibilidad de los usuarios de la carretera, se refiere a los sectores de curvas horizontales y verticales. No será necesario eliminar la vegetación de las áreas donde no se emplacen obras. El MOPC entregara al Contratista la franja de trabajo liberada y expropiada del dominio de terceros para los se ctores no coincidentes con el camino existente debiendo, adecuarse a las normas y leyes vigentes al respecto, pudiendo delegar la responsabilidad de las expropiaciones al Contratista, previo acuerdo y emisión de addenda al contrato para el efecto. En general las actividades de la limpieza de la franja de dominio serán previas a la ejecución del movimiento de suelo, excavaciones y terraplenes previsto en el contrato. Inmediatamente luego de la limpieza se replanteara el eje del proyecto para permitir la ubicación de las obras de arte corrientes, alcantarillas tubulares y celulares de Hormigón Armado que deberán ejecutarse en las progresivas indicadas en el proyecto. El producto resultante del Desbroce y Limpieza será acopiada en lugares apropiados para posteriormente una vez concluido la ejecución del terraplén, ser esparcido en los taludes del mismo como abono o capa vegetal antes de la colocación xx xxxxx o empastado. El producto resultante del desbosque, destronque, tala de la vegetación existente será despejado y retirado en sitios apropiados y aprobados po...
DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta sección se refiere a las excavaciones de suelos con bolsas de agua hasta una profundidad o espesor que permita la estabilización de la base de asiento del terraplén. La profundidad o espesor de saneamiento será definida previamente mediante saneamiento o calicatas hasta terreno firme y/ o un espesor máx imo de 1,60 m debajo de la cota de subrasante del terraplén, debiendo obtenerse la estabilización de la base de asiento con la ejecución de terraplenes de avance en espesores sueltos no mayores a 0,60 m u 0,80 m. Casos especiales de profundidades mayores a 1,60 m serán estudiadas anticipadamente y ordenadas por escrito su ejecución. La excavación de bolsones comprende la remoción de suelos inestables y anegadizos, localizados en forma de bolsas o zonas de esteros o cualquier otro similar que por su natural eza implique la utilización de equipos y métodos no convencionales. En esta sección, se considerará material inadecuado aquel que contenga materia orgánica o que posea un Límite Líquido superior a 50. Para definir el espesor a ser removido deberá efectua rse sondeos o calicatas separados entre sí en una longitud de 10 m, hasta definir el área y espesor a ser saneado. En general la remoción será total para suelos orgánicos negros y para suelos saturados contaminados la profundidad tal que al reponer a la co ta del terreno natural más 20cm por el procedimiento del Ítem Nº 1.5.1 “Terraplén de Avance” se obtenga el 95% del grado de compactación xxx xxxxxxx correspondiente del suelo a nivel de la base de asiento del ítem Nº A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá seguir las indicaciones señaladas en las ETAGs y las dispuestas por la Fiscalización antes de iniciar las t areas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.
DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta sección se refiere a las excavaciones requeridas para la construcción de obras de drenaje y sus rectificaciones necesarias, tales como zanjas y desagües laterales a la plataforma del camino, canales de desagüe, ensanchamiento o rectificación de zanjas existentes; aguas arriba y/ o aguas debajo de las bocas de entrada de los puentes y alcantarillas todo de acuerdo a las formas indicadas en los planos de Obra de estas Especificaciones Técnicas y las órdenes impartidas por la Fiscalización. Comprenderá además las excavacion es de zanjas laterales a los cauces para la desviación de los mismos y la excavación de promontorios permanentes en el espacio libre debajo de los puentes y alcantarillas. Además se ejecutarán en los sectores anegados con pendientes longitudinales que perm itan rebajar y drenar la napa freática a niveles tales que sean aptos el procesamiento de la base de asiento del terraplén, evitando la excavación no clasificada o excavación de bolsones.
DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta Sección se refiere a la conformación y compactación de terraplenes, pedraplenes o terraplén de avance dependiendo de la modalidad de ejecución y de las condiciones exigidas para su aprobación, con el sistema de compactación utilizado para conformar la plataforma del camino en el alteo hasta los niveles de la subrasante. La presente Sección incluye además los rellenos de las excavaciones no clasificadas y de bolsones ejecutadas como base de asiento del terraplén, que serán procesados como terraplén de avance hasta el nivel de la subrasante menos 1.50 metros. La presente especificación incluye las mediciones del ítem 1.5 “Terr xxxxx”, xxx xxxx
DESCRIPCION Y ALCANCE. Consiste en toda excavación cuya remoción demande la utilización de explosivos, que por su dureza no pueda ser removido con equipos convencionales de retro -excavadora o pala cargadora. Todo volumen sobrante en corte luego de la ejecuci ón del pedraplén será medido con nivelaciones previas y posteriores dentro de la sección transversal tipo en desmontes, como excavación en roca. La remoción del lecho de asiento de la plataforma del camino, de todo material rocoso será ejecutado hasta la cota subrasante menos 30 cm, debiendo ser repuesto en los 30 cm superiores hasta el nivel de la subrasante con material granular xx xxxxxx triturada correspondiente al ítem 1.7 “Relleno Granular” , para luego ser ejecutada la sub base y la base con el ítem 4.3 “Base Granular Estabilizada”.
DESCRIPCION Y ALCANCE. En los sectores donde no es posible la ejecución xx xxxxxxx de drenajes revestidos de hormigón simp le por presencia de agua o por necesidad de calzar taludes de terraplén que son erosionados por las aguas permanente o proveniente de lluvia, los canales serán conformados con mampostería xx xxxxxx bruta, ejecutadas con piedra seleccionada y con empotramie ntos suficientes dentro del terreno natural firme que evite socavación y asentamiento de estos muros terminados. A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este í tem, el Contratista deberá seguir las indicaciones señaladas en las ETAGs y las dispuestas por la Fiscalización antes de iniciar las tareas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.
DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta Sección se refiere a la construcción xx xxxxxxx de hormigón de acuerdo con las formas, cotas y alineamientos señalados en el Proyecto. Los badenes se construirán frente a los accesos a predios, cruces y otros lugares donde los requiera el Proyecto, para dar continuidad al escurri miento superficial de las aguas sobre la plataforma del camino. A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá seguir las indicacione s señaladas en las ETAGs y las dispuestas por la Fiscalización antes de iniciar las tareas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.
DESCRIPCION Y ALCANCE. Esta Sección se refiere a los trabajos de construcción de drenes destinados a interceptar flujos de aguas subterráneas, deprimiendo hasta un nivel determinado la napa freática pre sente en suelos naturales o en rellenos artificiales. Se incluye además, la construcción de drenes longitudinales al borde de pavimentos de todo tipo, con el objeto de interceptar y eliminar de la sección estructural, las aguas que se infiltran a través de la superficie del camino. Los drenes estarán constituidos por una zanja angosta que es rodeada por una tela del tipo geotextil, y rellenada posteriormente con material permeable donde serán instalados tubos de hormigón perforados en toda la longitud. A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá seguir las indicaciones señaladas en las ETAGs y las dispuestas por la Fiscalización ante s de iniciar las tareas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.