Desmembramiento Cláusulas de Ejemplo

Desmembramiento. En virtud de esta cobertura y cuando la lesión sufrida a consecuencia de un accidente no ocasione el fallecimiento del asegurado, sino que produzca alguna de las pérdidas que a continuación se indican, y siempre que éstas se manifiesten antes de los noventa (90) días contados desde su ocurrencia y siempre que haya tenido lugar durante la vigencia de esta cobertura o dentro de algún periodo temporal de cobertura o dentro de la zona geográfica determinada en caso de haberlo así solicitado el contratante, la compañía aseguradora indemnizará al asegurado los siguientes porcentajes del monto asegurado indicado en las condiciones particulares de la póliza para esta cobertura: 100% en caso de pérdida total de los dos ojos, o de ambos miembros superiores (brazos), o de las dos manos, o de ambos miembros inferiores (piernas), o de los dos pies, o de un miembro inferior (pierna) y de una mano o un brazo; 50% por la pérdida de uno de los miembros superiores (brazos), o uno de los miembros inferiores (pierna), o de una mano o por la sordera completa de ambos oídos, por la ceguera total de un ojo en caso de que el asegurado ya hubiera tenido ceguera total del otro antes de contratar este seguro; 40% por pérdida de un pie; 35% por la ceguera total de un ojo; 25% por la sordera completa de un oído en caso de que el asegurado ya hubiera tenido sordera completa de otro, antes de contratar este seguro; 20% por la pérdida de un pulgar; 15% por la pérdida total del índice derecho e izquierdo. 13% por la sordera completa de un oído; 5% por la pérdida total de cualquiera de los demás dedos de la mano; 3% por la pérdida total de un dedo del pie; La pérdida de cada falange, se calculará en forma proporcional a la pérdida total del dedo completo correspondiente. La indemnización por la pérdida total o parcial de varios dedos, se determinará sumando el porcentaje asignado a cada uno de los dedos o falanges perdidos. La pérdida funcional total y absoluta de cualquier miembro, se considerará como pérdida efectiva del mismo. En el caso de ocurrir más de un siniestro cubierto por la póliza durante la vigencia de ésta, los porcentajes a indemnizar se calcularán sobre la base del monto asegurado y no al saldo de éste, después de haber efectuado otros pagos. Sin embargo, el total de indemnizaciones provenientes de desmembramientos por uno o más accidentes cubiertos por la póliza, no podrá, en ningún caso, exceder del 100% del monto asegurado.
Desmembramiento la pérdida de uno o varios miembros.
Desmembramiento. Al comprobarse que el asegurado ha experimentado la pérdida total y permanente de ambas manos o pies, o una mano y un pie; así como una combinación de la pérdida total y permanente de toda la vista de un ojo y pérdida total y permanente de una mano o un pie, La Compañía pagará el cien por ciento (100 %) de la suma asegurada indicada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de la póliza o endoso. Si la pérdida total o permanente fuera solamente de la vista de un ojo, de una mano o de un pie, La Compañía pagará el cincuenta por ciento (50%) de la suma asegurada indicada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de la póliza o endoso. Para otras pérdidas de miembros, La Compañía pagará al contratante de la póliza una suma igual al porcentaje establecido según la causa, conforme a la tabla de compensaciones siguiente: Pérdida total y permanente del oído o del habla 50% Pérdida total y permanente del sentido de oír en un oído 15% Pérdida total y permanente del brazo desde el hombro 75% Pérdida total y permanente del antebrazo 65% Pérdida total y permanente del muslo 75% Pérdida total y permanente de la pierna en o debajo de la rodilla 65% Pérdida total y permanente del dedo pulgar (ambas falanges) 15% Pérdida total y permanente del dedo pulgar (una falange) 10% Pérdida total y permanente del dedo índice (tres falanges) 10% Pérdida total y permanente del dedo índice (dos falanges) 8% Pérdida total y permanente del dedo índice (una falange) 4% Pérdida total y permanente de un dedo (no pulgar o índice) 5% Pérdida total y permanente del dedo grande del pie 5% Pérdida total y permanente de cualquier otro dedo del pie 1% Para cualquier otra pérdida ya sea por amputación o mutilación no especificada anteriormente, La Compañía fijará el porcentaje de indemnización según la opinión de sus asesores médicos, siempre que dicha opinión sea compatible con los porcentajes de compensación arriba indicados. Para tener derecho sobre esta cobertura, la misma debe estar nombrada en las Condiciones Particulares o mediante endoso y haberse cobrado la prima correspondiente.
Desmembramiento. El presente seguro proporciona cobertura cuando una Lesión Corporal Accidental tenga como consecuencia un Desmembramiento dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que ocurra el Accidente durante el Periodo de Cobertura. ¿Cuáles son los beneficios? La Aseguradora pagara la indemnización establecida en la tabla siguiente: Monto de Indemnización para el Arrendatario Monto de la Indemnización para el Pasajero Pérdida de ambas manos, ambos pies o ambos ojos $150,000 $15,000 Pérdida de una mano y un pie $150,000 $15,000 Pérdida de una mano y un ojo o un pie y un ojo $150,000 $15,000 Pérdida del habla o del oído $150,000 $15,000 Pérdida de un brazo o una pierna $112,500 $11,250 Pérdida de una mano, un pie o la vista por completo $100,000 $10,000 en un ojo Pérdida de un dedo índice y pulgar en una mano $ 37,500 $ 3,750 Pérdida del uso de ambas manos o ambos brazos $150,000 $15,000 Pérdida del uso de un brazo o una pierna $112,500 $11,250 Cuadriplejia $150,000 $15,000 Paraplejia $150,000 $15,000 Hemiplejia $150,000 $15,000 En caso que ocurra más de una pérdida como resultado del Accidente, únicamente se pagará la cantidad mayor.
Desmembramiento. Es la amputación o inhabilitación funcional total e irreparable de un órgano o miembro del Asegurado o parte de este, en forma tal que el Asegurado no puede volver a desarrollar ninguna de las funciones naturales del mismo.
Desmembramiento. Por pérdida total se entiende la amputación o la inhabilitación funcional total y definitiva desmiembro lesionado. La pérdida parcial de los miembros será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional de dicho miembro lesionado.
Desmembramiento. Si como consecuencia del accidente sufrido por cualquier miembro del grupo asegurado y dentro de los noventa días siguientes a la fecha del mismo, la lesión produjera cualquier pérdida enumeradas en la escala de indemnizaciones, la Compañía pagará los siguientes porcentajes de la suma asegurada máxima establecida para esta sección, deduciendo cualquier indemnización pagada a alguno de los miembros del grupo asegurado.
Desmembramiento. Significa la separación completa por amputación, o la inhabilidad total por impotencia funcional y puede ser:
Desmembramiento significa que Usted sufrió una pérdida directa, según se establece a continuación, como consecuencia de una Lesión Corporal Accidental. La pérdida debe ser irremediable independientemente de intervención quirúrgica y otros medios, según lo certifique un Médico. Pérdida de ambas manos, ambos pies o ambos ojos Pérdida de una mano y un pie Pérdida de una mano y un ojo o un pie y un ojo Pérdida del habla o del oído Pérdida de un brazo o una pierna Pérdida de una mano, un pie o la vista por completo en un ojo Pérdida de un dedo índice y pulgar en una mano Pérdida del uso de ambas manos o ambos brazos Pérdida del uso de un brazo o una pierna Pérdida del uso de ambas piernas o de todas las extremidades por paraplejia o cuadriplejia Pérdida del uso de un brazo y una pierna de un lado del cuerpo por hemiplejia ENTERPRISE significa Enterprise Rent-A-Car Canada Company y sus subsidiarias haciendo negocio con las marcas de Alamo Rent A Car, Enterprise Rent-A-Car y National Car Rentals.

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  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Los TRABAJOS objeto de este contrato se consideran , los cuales deberán reunir las características y especificaciones de la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA; y su realización se ajustará a las normas mencionadas en la declaraciones II.6 y II.7 del CONTRATISTA, y a las disposiciones legales y administrativas sobre equilibrio ecológico y protección del ambiente y a las determinaciones de las autoridades competentes.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.