DESPACHO DE ADUANAS. Salvo instrucciones en contrario de EL CLIENTE dadas por escrito a LA COMPAÑIA, la aceptación del envío por LA COMPAÑIA implica que EL CLIENTE designa a aquella como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para designar a un Agente de Aduanas para tal fin, EL CLIENTE está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. LA COMPAÑÍA no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. EL CLIENTE se compromete a indemnizar a LA COMPAÑÍA por cualquier sanción, gasto o coste en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero por cualquier causa imputable a aquél.
DESPACHO DE ADUANAS. DHL podrá llevar a cabo cualquiera de las siguientes actividades en nombre del Remitente o del Destinatario con el objeto de prestar sus servicios: (1) completar cualquier documento, modificar códigos de producto o servicio y pagar cualquier arancel, impuesto o sanción exigidos por la legislación y normativa aplicables (“Aranceles aduaneros”); (2) actuar como el agente de carga del Remitente a efectos de aduanas y controles de exportación y como Destinatario exclusivamente a efectos de designar a un agente de aduanas para tramitar el despacho de aduanas y la entrada; y (3) reconducir el Envío al agente de aduanas del Destinatario o a otra dirección a petición de cualquier persona que DHL, a su razonable juicio, crea autorizada para ello.
DESPACHO DE ADUANAS. 1) Salvo instrucciones en contrario del CLIENTE dadas por escrito a LA COMPAÑÍA en forma y tiempo oportuno, la aceptación del ENVÍO por LA COMPAÑIA implica que el CLIENTE designa a aquella como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para designar a un Agente de Aduanas (despachante u operador logístico) para tal fin. El CLIENTE está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. LA COMPAÑÍA no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. EL CLIENTE se compromete a indemnizar a LA COMPAÑÍA por cualquier sanción, gasto o costo en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero por cualquier causa imputable a aquél.
2) A efectos del servicio, LA COMPAÑÍA podrá llevar a cabo cualquiera de las siguientes actividades en nombre del CLIENTE (Remitente o del Destinatario): (a) completar cualquier documento, modificar códigos de producto o servicio y pagar cualquier arancel, impuesto o sanción exigidos por la legislación y normativa aplicables (“Aranceles aduaneros”) o de otra índole; (b) actuar como el Agente de Carga del Remitente a efectos de aduanas y controles de exportación y como Destinatario, exclusivamente a efectos de designar a un agente de aduanas para tramitar el despacho de aduanas y la entrada; y (c) reconducir el ENVÍO al agente de aduanas del Destinatario o a otra dirección a petición de cualquier persona que LA COMPAÑÍA, a su razonable juicio, crea autorizada para ello. Para tales efectos, por el presente instrumento el CLIENTE otorga suficiente mandato conforme a las normativas respectivas.
3) El CLIENTE se obliga a tomar todas las precauciones y a proveer la debida documentación a efectos de que tanto la declaración aduanera y el despacho aduanero se realicen en forma oportuna y conforme a las normativas y a los requerimientos de las autoridades intervinientes.
DESPACHO DE ADUANAS a) El Despachador deberá ser capaz de manejar los trámites aduaneros, y claramente distinguir y mantener separados los bienes de la Secretaría de la CMNUCC de los bienes de los demás participantes.
b) El Despachador deberá contar con experiencia en el manejo de envíos para conferencias, ferias comerciales y otros eventos importantes.
c) El Despachador deberá contar con experiencia en el manejo de envíos pertenecientes a las Naciones Unidas y en los temas aduaneros y otros casos particulares relativos a la propiedad de las Naciones Unidas.
DESPACHO DE ADUANAS. La aceptación del envío por SKYNET implica que EL EXPEDIDOR designa a aquella como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para nombrar a un Agente de Aduanas o a un representante autorizado para tal fin. EL EXPEDIDOR está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, para-aduaneras y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. SKYNET no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. EL EXPEDIDOR se compromete a indemnizar a SKYNET por cualquier sanción, gasto o coste en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero, para-aduanero o de seguridad por cualquier causa imputable a aquél.
DESPACHO DE ADUANAS. A. Todos los envíos que crucen las fronteras internacionales se despacharán a través de la aduana en el país de destino antes de la entrega al destinatario. El despacho de
B. UPS presentará envíos internacionales de entrada a Estados Unidos en la aduana y/u otras agencias regulatorias para el despacho en su condición de agente de aduanas, a pedido y de forma automática para envíos de entrada a Estados Unidos despachados en Louisville, Kentucky con un valor de aduana declarado menor a $25,000 o despachados en cualquier otro lugar de Estados Unidos con un valor de aduana declarado menor a $10,000, a excepción de lo estipulado en las subsecciones C y F que se encuentran más abajo o si el remitente o el destinatario han especificado a un agente distinto de UPS, y sujeto a ciertas excepciones adicionales (disponibles al contactar a UPS y, por ejemplo, las regulaciones de la Comisión Federal de Comercio [FTC] o la Administración de Alimentos y Medicamentos [FDA], cupos, visas, declaraciones de contratos gubernamentales, bonos de importación temporal y mercancías de retorno de EE. UU.). En su condición de agente de aduanas o si UPS decide actuar como importador registrado con respecto a un envío, UPS puede anticipar costos e impuestos en representación del remitente y el destinatario, siempre y cuando se realicen los trámites de crédito correspondientes con anticipación (se aplicará un cargo adicional). En todos los casos, si UPS presta servicios de despacho de aduanas en Estados Unidos o Canadá, los servicios estarán sujetos y se prestarán en conformidad con los términos y condiciones de UPS Supply Chain Solutions, Inc. sobre servicios de despacho de aduanas en Estados Unidos y Canadá que estén vigentes al momento en que se proporcionen los servicios, y dichos términos se
C. Para los envíos de UPS Air Freight Premium Direct, UPS ofrecerá el servicio de despacho de aduana de rutina sin cargo adicional. Si el remitente o el destinatario seleccionan un agente distinto de UPS , puede producirse una demora en la entrega .
D. Si los envíos son retenidos por la aduana u otra agencia del gobierno debido a documentación incorrecta, insuficiente o faltante u otros errores en el cumplimiento con los requisitos aplicables, UPS intentará en primer lugar notificar al destinatario.
E. Es posible que los envíos que requieran documentación adicional a la guía de embarque aérea (incluidos, entre otros, una factura comercial, lista de embalaje, certificado de origen, permiso de im...
DESPACHO DE ADUANAS. Salvo instrucciones en contrario de EL CLIENTE dadas por escrito a LA EMPRESA, la aceptación del envío por LA EMPRESA implica que EL CLIENTE designa a aquella como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando este sea necesario, así como para designar a un agente de aduanas para tal fin, EL CLIENTE está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. LA EMPRESA no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. EL CLIENTE se compromete a indemnizar a LA EMPRESA por cualquier sanción, gasto o coste en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero por cualquier causa imputable a aquel.
DESPACHO DE ADUANAS. 10.1. Xxxxxxxx designados por usted como su representante a los únicos efectos del despacho y expedición aduaneros de su envío. Así mismo, Usted nos designa como consignatarios de la mercancía en la medida y facultad necesaria para subcontratar dicha función. Usted se obliga, es su responsabilidad y corre por cuenta suya, a facilitarnos a la mayor brevedad cualquier documentación adicional que nos pudiera requerir una Autoridad.
10.2. Usted nos garantiza que todas las declaraciones e información relativas a la expedición (sea una operación de importación, exportación, perfeccionamiento o envío a territorio comunitario con estatus particular) que nos ha facilitado son correctas y responde por ello.
10.3. Usted será responsable solidario del reembolso de cualesquiera arancel, impuesto, multa, sanción administrativa, gastos xx xxxxxxx o cualesquiera otro gasto que pudieran ser derivados contra Shipius en los trámites aduaneros.
10.4. No asumimos responsabilidad alguna por los tiempos y duración de los trámites aduaneros.
DESPACHO DE ADUANAS. 9.1 Usted nos designa como su representante a los solos efectos del despacho y paso del envío por las Aduanas y, asimismo, reconoce que nosotros somos el consignatario a los efectos de designar a un agente de aduanas que lleve a cabo el despacho aduanero y la entrada del envío si subcontratamos este cometido. Si cualquier Autoridad Aduanera nos requiriese para que aportáramos documentación adicional al objeto de confirmar la declaración de importación / exportación o nuestro status respecto del despacho de aduanas, es responsabilidad de Usted suministrar a sus expensas, la documentación que fuese requerida.
DESPACHO DE ADUANAS a) El Comprador asumirá la responsabilidad y el costo del despacho de aduanas de su país, de acuerdo a los Incoterms pertinentes del esquema de precios (Artículo 2 del Contrato) para bienes importados al país del Comprador.