Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando por intermedio de la SEDIS y a través de la DNCM, será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”. CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicación.
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Samples: Loan Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01En la Modificación se dejará constancia de las siguientes obligaciones de Nueva Carena que por este instrumento asume a favor de ACLM.
3.2.3. Organismos Ejecutores1. El Prestatario, actuando Actualización Carta Xxxxx. (A) Durante el Período de Desarrollo: La Carta Xxxxx deberá ser actualizada por intermedio las Partes para reflejar en ella desviaciones que se hubieren producido durante el período en razón de (i) retrasos en la obtención de la SEDIS Servidumbre Nuevo Túnel; (ii) cambios normativos que hubieren impuesto mayores o menores exigencias para el otorgamiento de los Permisos y a través Autorizaciones; (iii) incorporación de nuevas campañas no consideradas bajo la normativa actual, y/o (iv) atrasos que hayan generado multas ya pagadas. (B) Durante Período de licitación de la DNCMConstrucción: Previo a la firma por parte de Nueva Carena del contrato de construcción del Nuevo Túnel, será las Partes actualizarán la Carta Xxxxx para reflejar en ella potenciales atrasos motivados por condiciones no previstas de los terrenos en que se construirá el Organismo Ejecutor Nuevo Túnel y la metodología de construcción del contratista asignado. La Carta Xxxxx así actualizada indicará las fechas de cumplimiento de los diferentes Hitos del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará (C) Durante Período de Construcción: Durante este período la Carta Xxxxx podrá ser modificada por (i) eventos de Fuerza Mayor de conformidad al artículo 45 del Código Civil; (ii) diferencias en las actividades condiciones geológicas del terreno, que se describen en el párrafo 2.03 afecten la Fecha de Inicio de la Operación del Anexo Único Proyecto,; (Componente 2iii) y en el párrafo 2.08 paralización por huelga o insolvencia del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte contratista de las actividades para Obras del Proyecto (no comprende subcontratistas), encontrándose Nueva Carena al día en sus obligaciones de pago, y/o (iv) atrasos que hayan generado multas ya pagadas. Toda actualización deberá ser hecha de común acuerdo por las Partes y, en caso de desacuerdo, decidirá el desarrollo del sistema de registro e información y para Experto. Lo dispuesto en esta cláusula tiene como único objeto mantener la contratación de especialistas Carta Xxxxx actualizada en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto función de los componentes y subcomponentes que se describen avances del Proyecto, pero en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, ningún caso liberarán a Nueva Carena de la obligación de pagar eventuales multas por atrasos en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) la ejecución de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento Obras del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicaciónProyecto cuando corresponda.
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Samples: Marco Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01Sección 3.01. Organismos EjecutoresEl Prestatario declara su compromiso con los objetivos del Proyecto en la forma estipulada en el Anexo 2 de este Convenio y a este fin llevará a cabo el Proyecto con la debida diligencia y eficiencia y de conformidad con apropiadas prácticas administrativas, financieras, de ingeniería y de servicios públicos.
Sección 3.02. Con el fin de que lo asistan en la ejecución de la Parte A del Proyecto, el Prestatario empleará consultores cuyas calificaciones, experiencia y condiciones de empleo sean satisfactorias para el Banco; dichos consultores se seleccionarán de conformidad con principios y procedimientos aceptables para el Banco, basados en las "Normas sobre la utilización de consultores por los prestatarios del Banco Mundial y por el Banco Mundial como organismo de ejecución", publicadas por el Banco en agosto de 1981.
a) El Prestatario se compromete a asegurar o a tomar providencias adecuadas para asegurar los bienes importados que se financien con el importe xxx Xxxxxxxx contra riesgos relacionados con su adquisición, transporte y entrega en el lugar de su uso o instalación y cualquier indemnización en virtud del correspondiente seguro será pagadera en moneda libremente utilizable por el Prestatario para reemplazar o reparar dichos bienes.
b) El Prestatario hará que todos los bienes y servicios financiados con el importe xxx Xxxxxxxx se utilicen exclusivamente para fines del Proyecto.
a) El Prestatario proporcionará al Banco, tan pronto como se preparen, los planos, especificaciones, informes, documentos contractuales y calendarios de trabajo y adquisiciones relativos al Proyecto, y cualesquiera modificaciones y adiciones sustanciales de los mismos, con el detalle que el Banco razonablemente solicitare.
b) El Prestatario: i) mantendrá registros y procedimientos adecuados para observar y dejar constancia de la marcha del Proyecto (incluido su costo y los beneficios que han de derivarse de él), identificar los bienes y servicios que se financien con el importe xxx Xxxxxxxx y revelar el uso de dichos bienes y servicios en el Proyecto; ii) permitirá que los representantes del Banco visiten las instalaciones y emplazamientos de construcción incluidos en el Proyecto y examinen los bienes financiados con el importe xxx Xxxxxxxx y cualesquiera registros y documentos pertinentes, y iii) suministrará al Banco, a intervalos regulares, toda la información que éste razonablemente solicitare con respecto al Proyecto, a su costo y, cuando fuere pertinente, a los beneficios que han de derivarse de él, al gasto del importe xxx Xxxxxxxx y a los bienes y servicios financieros con dichos fondos.
c) Luego de que el Prestatario haya adjudicado un contrato con respecto a bienes o servicios que han de financiarse con cargo al importe xxx Xxxxxxxx, el Banco podrá publicar una descripción de dicho contrato, el nombre y nacionalidad del adjudicatario y el precio del contrato.
d) Prontamente después de la terminación del Proyecto, pero en todo caso a más tardar seis meses después de la fecha de cierre u otra fecha que al estado puedan acordar el Banco y el Prestatario, éste preparará y suministrará al Banco un informe, con el alcance y detalle que razonablemente solicitare, acerca de la ejecución y operaciones iniciales del Proyecto, su costo y los beneficios derivados y que han de derivarse de él, el cumplimiento por el Prestatario y el Banco de sus respectivas obligaciones en virtud del Convenio xx Xxxxxxxx y la consecución de los fines xxx Xxxxxxxx.
Sección 3.05. El Prestatario: a) a más tardar el 31 de julio de 1985 preparará y proporcionará al Banco para su análisis y comentarios un plan de acción, actuando por intermedio que incluye el calendario del mismo, relativo a la formulación de la SEDIS una política sobre inventarios y a través de mejoramientos en la DNCM, será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto administración de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor seráninventarios, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicación.y
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Samples: Loan Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando La ejecución del Proyecto abarca el desarrollo de las siguientes actividades por intermedio parte del Aliado Estratégico:
i) En cumplimiento del numeral 4 del artículo 12 del Reglamento Interno de Mecanismos Asociativos de la SEDIS y Empresa Pública HIDROEQUINOCCIO EP, para la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato, el Aliado Estratégico, se obliga a través presentar la evidencia documental que acredite la disponibilidad inmediata de al menos el 30% de la DNCMinversión total requerida para la ejecución del proyecto;
ii) Provisión continua de los recursos económicos necesarios para la ejecución integral del Proyecto por parte del Xxxxxx Xxxxxxxxxxx;
iii) Elaboración de estudios de diseño definitivo del Proyecto sobre la base de los estudios de factibilidad avanzada que fueron aportados por parte de HIDROEQUINOCCIO EP;
iv) Construcción de la Fase III de la Autopista General Rumiñahui, será el Organismo Ejecutor ‘Escalón Occidental’ (Solución Vial Bicentenario); y,
v) Explotación del Proyecto desarrollado en la Fase III de la Autopista General Rumiñahui (Escalón Occidental), la cual incluye la operación y mantenimiento de la Autopista y de dicha fase, hasta la recuperación de la inversión por medio del cobro de tarifas de peaje y pontazgo automático.
4.2.1) ESTRUCTURACIÓN Y ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE DISEÑO DEFINITIVO DEL PROYECTO: La presente etapa comprende la ejecución de actividades preliminares y de orden previo al desarrollo pleno de construcción y explotación del Proyecto. INVEST-H será Así mismo, incluye la realización y completamiento de los Estudios de Diseño Definitivo a cargo del Aliado Estratégico, según los siguientes lineamientos:
a) HIDROEQUINOCCIO EP garantizará al Aliado Estratégico el Co- Ejecutor libre y ejecutará las actividades regular uso de todos y cada uno de los predios que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades sean requeridos para el desarrollo del sistema Proyecto, para lo cual, deberá realizar los trámites correspondientes y efectuar los pagos a que haya lugar por concepto de registro e información expropiación o establecimiento de servidumbres; valores que, serán tramitados por HIDROEQUINOCCIO EP y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado pagados directamente por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo Aliado Estratégico con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento cargo al financiamiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicaciónProyecto.
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Samples: Alianza Estratégica
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01ARTÍCULO 5.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando por intermedio Sistemas de la SEDIS gestión financiera y a través de la DNCM, será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienescontrol interno.
(a) Para efectos de lo dispuesto El Prestatario se compromete a mantener o, en su caso, a que el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes Organismo Ejecutor y la contratación Agencia de obras Contrataciones, si la hubiere, mantengan, controles internos tendientes a asegurar razonablemente, que: (i) los recursos del Proyecto sean utilizados para los propósitos de este Contrato, con especial atención a los principios de economía y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo eficiencia; (ii) los activos del Proyecto sean adecuadamente salvaguardados; (iii) las transacciones, decisiones y actividades del Proyecto sean debidamente autorizadas y ejecutadas de acuerdo con las disposiciones de este Contrato y de cualquier otro contrato relacionado con el Proyecto; y (iv) las Políticas transacciones sean apropiadamente documentadas y sean registradas de Adquisiciones modificadasforma que puedan producirse informes y reportes oportunos y confiables.
(b) El Prestatario se compromete a mantener y a que el Organismo Ejecutor y la Agencia de Contrataciones, si la hubiere, mantengan, un sistema de gestión financiera aceptable y confiable que permita oportunamente, en lo que concierne a los recursos del Proyecto: (i) la planificación financiera; (ii) el registro contable, presupuestario y financiero; (iii) la administración de contratos; (iv) la realización de pagos; y (v) la emisión de informes de auditoría financiera y de otros informes relacionados con los recursos xxx Xxxxxxxx, del Aporte Local y de otras fuentes de financiamiento del Proyecto, si fuera el caso.
(c) El Prestatario se compromete a conservar y a que el Organismo Ejecutor o la Agencia de Contrataciones, según corresponda, conserven, los documentos y registros originales del Proyecto por un período mínimo de tres (3) años después del vencimiento del Plazo Original de Desembolsos o cualquiera de sus extensiones. Estos documentos y registros deberán ser adecuados para: (i) respaldar las actividades, decisiones y transacciones relativas al Proyecto, incluidos todos los gastos incurridos; y (ii) evidenciar la correlación de gastos incurridos con cargo al Préstamo con el respectivo desembolso efectuado por el Banco.
(d) El Prestatario se compromete a incluir o, en su caso, a que el Organismo Ejecutor y la Agencia de Contrataciones, si la hubiere, incluyan, en los documentos de licitación, las solicitudes de propuestas y en los contratos financiados con recursos xxx Xxxxxxxx, que éstos respectivamente celebren, una vez disposición que éstas sean puestas exija a los proveedores de bienes o servicios, contratistas, subcontratistas, consultores y sus representantes, miembros del personal, subconsultores, subcontratistas, o concesionarios, que contraten, conservar los documentos y registros relacionados con actividades financiadas con recursos xxx Xxxxxxxx por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicaciónrespectivo contrato.
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Samples: Loan Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando La ejecución del Proyecto abarca el desarrollo de las siguientes actividades por intermedio parte del Aliado Estratégico:
i) En cumplimiento del numeral 4 del artículo 12 del Reglamento Interno de Mecanismos Asociativos de la SEDIS Empresa Pública HIDROEQUINOCCIO EP, para la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato, el Aliado Estratégico, se obliga a presentar la evidencia documental que acredite la disponibilidad inmediata según el porcentaje de capital propio (Equity) establecido en el Modelo Económico Financiero definitivo;
ii) Provisión continua de los recursos económicos necesarios de acuerdo al Cronograma Valorado de Trabajo y Modelo Económico Financiero, en línea con la estructura de Equity y deuda para la ejecución integral del Proyecto por parte del Aliado Estratégico. Se aclara que el financiamiento correrá a través cargo y riesgo del Aliado Estratégico, según lo dispuesto en el numeral 4.1) de este Contrato;
iii) Elaboración de estudios de diseño definitivo del Proyecto sobre la base de los estudios de factibilidad avanzada que fueron aportados por parte de HIDROEQUINOCCIO EP;
iv) Construcción de la DNCMFase III de la Autopista General Rumiñahui, será ‘Escalón Occidental’; y,
v) Explotación del Proyecto desarrollado en la Fase III de la Autopista General Rumiñahui (Escalón Occidental), la cual incluye la operación y mantenimiento de la Autopista y de dicha fase.
4.2.1) Preparación y elaboración de estudios de diseño definitivo del proyecto:
a) HIDROEQUINOCCIO EP garantizará al Aliado Estratégico el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor libre y ejecutará las actividades regular uso de todos y cada uno de los predios que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades sean requeridos para el desarrollo del sistema Proyecto, para lo cual, deberá realizar los trámites correspondientes y efectuar los pagos a que haya lugar por concepto de registro e información expropiación o establecimiento de servidumbres; valores que, serán tramitados por HIDROEQUINOCCIO EP y para la contratación pagados con cargo al Proyecto, con un valor referencial de especialistas USD 1’631.291,75 (Un millón seiscientos treinta y un mil doscientos noventa y un con 75/100 dólares de los Estados Unidos de América), en infraestructura e informática de acuerdo línea con lo descrito establecido en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto Modelo Económico Financiero de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”referencia.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicación.
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Samples: Alianza Estratégica
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA CLAUSULA 4.01. Organismos EjecutoresCondiciones sobre precios y adquisiciones.
a) Las adquisiciones de bienes, obras y servicios relacionados, se sujetarán al Procedimiento de Licitaciones que se incluye como Anexo B de este Contrato. El PrestatarioCuando el valor estimado de los bienes o servicios relacionados sea igual o superior al equivalente de U$S 250.000 (doscientos cincuenta mil dólares americanos) y el de las obras igual o superior al equivalente de U$S 2.000.000 (dos millones de dólares) y siempre que el ente encargado de llevar a cabo las licitaciones del Programa pertenezca al sector público, actuando por intermedio el método de adquisición a emplearse será el de licitación pública internacional, según lo dispuesto en el citado Anexo.
b) Salvo que en las partes lo acuerden de otra manera, antes de convocar a cada licitación pública o, si no correspondiere convocar a licitación, antes de la SEDIS y a través adquisición de los bienes o de la DNCMiniciación de las obras, será el Organismo Ejecutor deberá presentar a la consideración del Proyecto. INVEST-H será Banco: i) los planos generales, las especificaciones, los presupuestos y los demás documentos requeridos para la adquisición o la construcción y, en su caso, las bases específicas y demás documentos necesarios para la convocatoria; y ii) en el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades caso de obras, prueba de que se describen tiene, con relación a los terrenos donde se construirán las obras del Programa, la posesión legal, las servidumbres u otros derechos necesarios para iniciar las obras.
c) Antes del inicio de las obras de cada camino del Programa, el Organismo Ejecutor deberá presentar al Banco los planes de regularización y compra de tierras a favor de las comunidades indígenas comprendidas en la zona de influencia de las mismas, de conformidad con el párrafo 2.03 Plan de Gestión Ambiental (PGA) y Protección y Asistencia a las Comunidades Indígenas y con la Cláusula 4.03 del Anexo Único (Componente 2A de este Contrato.
d) Antes de la adjudicación del primer contrato para la adquisición del equipamiento vial con recursos del Financiamiento, el Organismo Ejecutor deberá presentar al Banco evidencia de que han sido firmados y están en el párrafo 2.08 ejecución por lo menos dos de los convenios a que se refiere la Cláusula 2.06 del Anexo Único (Subcomponente 5A)A.
CLAUSULA 4.02. Mantenimiento. a) El Prestatario se compromete a: que las obras comprendidas en la red prioritaria de caminos vecinales sean mantenidas adecuadamente, de acuerdo con normas técnicas generalmente aceptadas; así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática a presentar al Banco, de acuerdo con lo descrito dispuesto en el párrafo 2.09 la Sección 7.01 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto A, una revisión anual del Programa Plurianual de los componentes y subcomponentes Mantenimiento a que se describen en refiere el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30inciso e) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011la Cláusula 3.02. Si de las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por inspecciones que realice el Banco, la adquisición o del análisis del Programa Plurianual de bienes y la contratación Mantenimiento, se determina que el mantenimiento se efectúa por debajo de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadaslos niveles convenidos, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicacióndeberá adoptar las medidas necesarias para que se corrijan las deficiencias.
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Samples: Loan Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutoresa) El Prestatario y cada una de las otras Partes en el Proyecto ejecutarán el Proyecto:
i) con la debida diligencia y eficacia;
ii) conforme a prácticas apropiadas de carácter administrativo, técnico, financiero, económico, operacional, ambiental y de desarrollo agrícola (incluidas prácticas apropiadas de desarrollo rural) y de una gestión pública adecuada;
iii) de conformidad con los planes, normas de diseño, especificaciones, calendarios para las adquisiciones y la contratación y los trabajos y métodos de construcción convenidos por el Prestatario/Receptor y el Fondo;
iv) de conformidad con las disposiciones del Convenio pertinente, los POA y el Plan de Adquisiciones y Contratación;
v) de conformidad con las políticas, criterios y reglamentaciones relacionadas con la financiación del desarrollo agrícola establecidas, de cuando en cuando, por el Consejo de Gobernadores y la Junta Ejecutiva del Fondo; y vi) de tal manera que se asegure la sostenibilidad de sus resultados a largo plazo.
b) i) Los Proyectos se ejecutarán con arreglo a un POA. El PrestatarioOrganismo Responsable del Proyecto preparará un borrador de POA para cada Proyecto basado, actuando en la medida que sea apropiado, en los borradores de POA preparados por intermedio de la SEDIS y a través de la DNCM, será las diversas Partes en el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte Cada borrador de POA de un Proyecto incluirá, entre otras cosas, una descripción detallada de las actividades del Proyecto planificadas durante el Año del Proyecto sucesivo, un Plan de Adquisiciones y Contratación, y las fuentes y la utilización de los fondos.
ii) Antes de cada Año del Proyecto, el Organismo Responsable del Proyecto presentará, de ser necesario, el borrador de POA del Proyecto al órgano de supervisión designado por el Prestatario/Receptor para que lo revise. Tras dicha revisión, el Organismo Responsable del Proyecto presentará el borrador de POA del Proyecto al Fondo para que formule sus observaciones a más tardar sesenta (60) días antes de que empiece el Año del Proyecto en cuestión. Si al cabo de treinta (30) días de la recepción el Fondo no formula observación alguna sobre el borrador de POA del Proyecto, se considerará que el POA es aceptable para el desarrollo Fondo.
iii) El Organismo Responsable del sistema de registro e información y para Proyecto adoptará el POA del Proyecto sustancialmente en la contratación de especialistas forma en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito que haya sido aceptado por el Fondo.
iv) El Organismo Responsable del Proyecto podrá proponer ajustes en el párrafo 2.09 POA del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará Proyecto durante el resto de los componentes y subcomponentes Año del Proyecto pertinente, que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado harán efectivos tras la aceptación por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicaciónFondo.
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Samples: Condiciones Generales Para La Financiación Del Desarrollo Agrícola
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA Sección 4.01. Organismos EjecutoresEl Prestatario ejecutará el Proyecto o hará que el Proyecto sea ejecutado de acuerdo con este Contrato.
Sección 4.02. El PrestatarioPrestatario dispondrá que el MAG y el FDC abran y en adelante mantengan en el BCP o en un banco satisfactorio para el Fondo, actuando por intermedio dos Cuentas del Proyecto en moneda local en las cuales el Prestatario depositará una cantidad inicial proveniente de la SEDIS y a través sus propios recursos para cubrir los fondos de la DNCMcontrapartida respectivos requeridos para el primer año de ejecución del Proyecto de las Parte A, será el Organismo Ejecutor B, C y, D del Proyecto. INVEST-H será , y más adelante anualmente las repondrán, depositando en ella los fondos de contrapartida local requeridos que han de ser provistos por el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades Prestatario que se describen sean estimados conforme al Plan Anual de Operación referidos en el párrafo 2.03 A.2 c) del Anexo Único (Componente 24 de este Contrato. El MAG y el FDC estarán plenamente autorizados para operar estas Cuentas del Proyecto.
a) La adquisición de bienes y servicios a ser financiados con el importe xxx Xxxxxxxx será efectuada conforme con los procedimientos indicados en el párrafo 2.08 Anexo 3 de este Contrato.
b) En la ejecución del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte Proyecto y mantención y operación de las actividades instalaciones realizadas bajo el Proyecto, el Prestatario empleará o dispondrá que se empleen consultores y contratistas competentes y calificados, aceptables para el desarrollo del sistema Prestatario y el Fondo, en la forma, condiciones y términos satisfactorios para el Prestatario y el Fondo.
c) Los servicios de registro e información y consultores a ser financiados con los recursos xxx Xxxxxxxx serán contratados de acuerdo con los procedimientos de la Institución Cooperante para la contratación de especialistas consultores para proyectos similares.
Sección 4.04. Para los propósitos de:
a) la Sección 11.08 b) de las Condiciones Generales, los registros financieros serán preparados anualmente, terminado el 31 de diciembre de cada año; y no obstante el período de dos meses mencionados en infraestructura e informática esa Sección, las declaraciones detalladas de los gastos hechos del monto xxx Xxxxxxxx durante el período bajo revisión serán sometidas al Fondo a más tardar dentro de cuatro meses después del término de dicho período;
b) la Sección 11.10 a) de las Condiciones Generales, el año fiscal para la comprobación de las cuentas del proyecto será del 1º de enero al 31 de diciembre de cada año; y
c) la Sección 11.10 b) de las Condiciones Generales, no obstante el período de cuatro meses mencionados en esa Sección, el Prestatario entregará copias certificadas de los informes de los auditores al Fondo y la Institución Cooperante, a más tardar seis meses después del fin del año fiscal.
a) El Prestatario se asegurará que el FDC prontamente, tal como sea requerido, tome todas las acciones que están a su alcance para mantener su existencia corporativa, para llevar a cabo sus operaciones y para adquirir, mantener y renovar todos los derechos, propiedades , poderes, privilegios y franquicias que sean necesarios para la ejecución del Proyecto o conducción de sus actividades.
b) El Prestatario, dispondrá que el FDC conduzca sus actividades conforme a sanas prácticas administrativas, financieras, agrícolas y agro-industriales bajo la supervisión de un personal y gerencia competentes y experimentados.
c) El Prestatario hará que el FDC en todo momento opere y mantenga plantas, equipos y otras propiedades, financiados con los recursos xxx Xxxxxxxx de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto sanas prácticas administrativas, financieras, agrícolas y agro-industriales de los componentes mantenimiento y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”operación.
CLÁUSULA 4.02Sección 4.06. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en Salvo que el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Fondo acuerden otra cosa, el Prestatario acepte asegurará que el FDC no venderá, arrendará o en cualquier manera dispondrá de cualquiera de los activos requeridos por escrito su aplicaciónFDC para llevar a cabo eficientemente sus operaciones o que no efectuará tal disposición que pueda perjudicar la habilidad del FDC para ejecutar convenientemente cualquiera de sus obligaciones referente al Proyecto.
Sección 4.07. El Prestatario tomará todas las medidas razonables que aseguren que la ejecución y operación del Proyecto se realicen con debida consideración a los requerimientos del medio ambiente, incluyendo la mantención de prácticas apropiadas de control de pesticidas agrícolas.
Sección 4.08. Salvo que el Fondo acuerde otra cosa, el Prestatario hará que el FDC establezca y mantenga un Fondo Rotatorio para el Proyecto con el objeto de guardar el capital e interés, líquido de costos de operación y otros costos, recibo de los créditos hechos a los campesinos de los montos de préstamos según se indica en la Categoría I de la tabla del párrafo I del Anexo 2 de este Contrato. Las cantidades que estén disponibles bajo el Fondo Rotatorio serán usadas por el Prestatario para el otorgamiento de nuevos créditos que se ajusten substancialmente a este Contrato al menos hasta 18 años o tal otra fecha en que el capital, intereses y otros cargos sobre el Préstamo hayan sido completamente repagados, según sea la fecha más temprana en acaecer.
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Samples: Loan Agreement
Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos EjecutoresAporte Local.
(a) Para efectos de lo establecido en el Artículo 4.02 de las Normas Generales, el monto del Aporte Local se estima en el equivalente de noventa mil Dólares (US$90.000). El PrestatarioBeneficiario se compromete a aportar dichos recursos, actuando por intermedio los que serán obtenidos de los Gobiernos Autónomos Provinciales que se beneficiarán del Proyecto.
(b) El Banco podrá reconocer, como parte de los recursos del Aporte Local, gastos que:
(i) sean necesarios para el Proyecto y que estén en concordancia con los objetivos del mismo;
(ii) se realicen de acuerdo con las disposiciones de este Convenio y las políticas del Banco;
(iii) sean adecuadamente registrados y sustentados en los sistemas del Beneficiario u Organismo Ejecutor, según sea el caso; (iv) se hayan realizado con posterioridad al 12 de octubre de 2023 y antes del vencimiento del Plazo de Desembolso o sus extensiones; y (v) que en materia de adquisiciones sean de calidad satisfactoria y compatible con lo establecido en el Proyecto, se entreguen o terminen oportunamente y tengan un precio que no afecte desfavorablemente la SEDIS viabilidad económica y a través de la DNCM, financiera del Proyecto.
CLÁUSULA 4.02. Organismo Ejecutor. El Beneficiario será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.024.03. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(302.01(23) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo mayo de 20112019, que están recogidas en el documento GN-2349-915, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx 2 de 2011julio de 2019. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y la adquisición de bienes serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario Beneficiario y el Prestatario Beneficiario acepte por escrito su aplicación.
(b) Para la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y la adquisición de bienes, se podrá utilizar cualquiera de los métodos descritos en las Políticas de Adquisiciones, siempre que dicho método haya sido identificado para la respectiva adquisición o contratación en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco. La utilización de las normas, procedimientos y sistemas de adquisiciones del Beneficiario, de una entidad del Beneficiario o del Organismo Ejecutor, según sea el caso, se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 4.04(b) de las Normas Generales.
(c) El umbral que determina el uso de la licitación pública internacional, será puesto a disposición del Beneficiario o, en su caso, del Organismo Ejecutor, en la página xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx/xx. Por debajo de dicho umbral, el método de selección se determinará de acuerdo con la complejidad y características de la adquisición o contratación, lo cual deberá reflejarse en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco.
(d) En lo que se refiere al método de licitación pública nacional, los procedimientos de licitación pública nacional respectivos podrán ser utilizados siempre que, a juicio del Banco, dichos procedimientos sean consistentes con los Principios Básicos de Adquisiciones y sean compatibles de manera general con la Sección I de las Políticas de Adquisiciones y tomando en cuenta, entre otros, lo dispuesto en el párrafo 3.4 de dichas Políticas.
CLÁUSULA 4.04. Selección y contratación de servicios de consultoría.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(24) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Consultores son las fechadas mayo de 2019, que están recogidas en el documento GN-2350-15, aprobado por el Banco el 2 de julio de 2019. Si las Políticas de Consultores fueran modificadas por el Banco, la selección y contratación de servicios de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Consultores modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Beneficiario y el Beneficiario acepte por escrito su aplicación.
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Ejecución del Proyecto. CLÁUSULA 4.01. Organismos EjecutoresLa Compañía se compromete a causar que la Fecha de Finalización del Proyecto ocurra en tiempo y forma en o antes del 00 xx xxxxx xx 0000 (xx “Fecha Comprometida de Finalización del Proyecto”). El Prestatarioincumplimiento de este compromiso a la Fecha Comprometida de Finalización del Proyecto generará el derecho del Fiduciario de exigir el pago bajo dicha caución, actuando siempre que se hubiesen cumplido las condiciones establecidas en el Seguro de Caución. A tales fines, la Compañía se compromete a (i) supervisar diligentemente el cumplimiento de las contrapartes de los Documentos del Proyecto de las obligaciones allí asumidas por dichas contrapartes, (ii) solicitar a la Autoridad Gubernamental que corresponda y a realizar sus mejores esfuerzos para obtener en tiempo y forma todos los Permisos necesarios (incluyendo los ambientales) para completar el Proyecto y alcanzar el Inicio de Operación Comercial. La Compañía informará en los Sistemas Informativos: (i) tan pronto como sea posible pero siempre dentro de los plazos establecidos por la CNV, la información financiera anual o intermedia requerida por ese organismo; (ii) dentro de los 30 días corridos posteriores a la publicación de cada estado financiero anual o intermedio de la SEDIS y Compañía anterior a través la Fecha de Finalización del Proyecto, información sobre el avance de obra y, en caso de demora, información sobre la materialidad de la DNCMmisma, será el Organismo Ejecutor (iii) dentro de los 30 días posteriores a la publicación de cada estado financiero anual o intermedio de la Compañía posterior a la Fecha de Finalización del Proyecto. INVEST-H será , información sobre los pagos efectuados por CAMMESA en dicho período y, en su caso, cualquier demora en los pagos, (iv) en caso de ocurrencia de alguno de los Supuestos de Amortización Anticipada Obligatoria, (1) en forma inmediata ante la ocurrencia de un Caso de Siniestro, un certificado firmado por un funcionario de la Compañía que describa en detalle la naturaleza de dicho Caso de Siniestro, el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades Bien afectado, los seguros que cubran dicho Caso de Siniestro, los Ingresos en Efectivo Netos que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único estima recibir con relación a dicho siniestro y las acciones propuestas por la Compañía; (Componente 2) en forma inmediata ante la ocurrencia de una Expropiación, un certificado firmado por un funcionario de la Compañía que describa en detalle la naturaleza de la Expropiación, el Bien afectado, los Ingresos en Efectivo Netos que se estima recibir con relación a dicha expropiación y las acciones propuestas por la Compañía; (3) en forma inmediata ante la ocurrencia de una Venta de Activos un certificado firmado por un funcionario de la Compañía que describa en detalle la naturaleza de dicha Venta de Activos, el párrafo 2.08 Bien afectado, los Ingresos en Efectivo Netos que se estima recibir con relación a dicha venta y las acciones propuestas por la Compañía (con la respectiva validación del Anexo Único Ingeniero Independiente, de corresponder) y (Subcomponente 5A4) en forma inmediata ante la ocurrencia de un Caso de Pago o Terminación de un Documento del Proyecto un certificado firmado por un funcionario de la Compañía que describa en detalle la naturaleza de dicho pago, los Ingresos en Efectivo Netos que se estima recibir con relación a dicha venta y las acciones propuestas por la Compañía (con la respectiva validación del Ingeniero Independiente, de corresponder); así como también (iv) en cada trimestre calendario posterior a la Fecha de Finalización del Proyecto, un certificado firmado por un Funcionario Financiero de la Compañía que certifique la capacidad promedio del Proyecto durante el período de tres meses que termina en dicho día, con base en la capacidad mensual del Proyecto publicada por CAMMESA en su página web xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx.xxxx; y (v) (1) dentro de los cinco Días Hábiles posteriores a que cualquier funcionario de la Compañía tome conocimiento sobre la ocurrencia de un incumplimiento o Supuesto de Incumplimiento; (2) en forma inmediata, sobre la presentación o inicio de cualquier acción, demanda o proceso sustancial contra, o ante cualquier árbitro o Autoridad Gubernamental contra, o que afecte a la Compañía, y que si fuera resuelta en contra de la Compañía, en forma individual o en su conjunto, podría razonablemente esperarse que genere un Efecto Material Adverso; (3) en forma inmediata, sobre cualquier otra notificación sustancial entregada o recibida por la Compañía en virtud de los Documentos del Proyecto; (4) en forma inmediata, ante la recepción por parte de las actividades para la Compañía, sobre cualquier notificación sustancial relacionada con el desarrollo del sistema Proyecto, incluyendo, sin limitación, cualquier notificación de registro e información y para la contratación un incumplimiento o violación de especialistas en infraestructura e informática una disposición de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto cualquiera de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”.
CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes.
(a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) Documentos del Proyecto por cualquiera de las Normas Generalespartes involucradas; y (v) en forma inmediata, las Partes dejan constancia sobre cualquier desarrollo (incluido, sin limitar, cualquier novedad relacionada con procesos o investigaciones que las Políticas involucren a la Compañía, cualquiera de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011sus directores o funcionarios o el Proceso Penal) que pudiera resultar en, o pudiera razonablemente esperarse que están recogidas en el documento GN-2349-9resulte en, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicaciónun Efecto Material Adverso.
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Samples: Obligaciones Negociables