Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Appears in 15 contracts
Samples: www.boe.es, www.boe.es, www.boe.es
Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europealas Comunidades Europeas.
Appears in 2 contracts
Samples: www.europarl.europa.eu, eur-lex.europa.eu
Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, el artículo 19 será aplicable a partir del [fecha de dos años después de la entrada en vigor de la presente Directiva].
Appears in 1 contract
Samples: eur-lex.europa.eu
Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días el vigésimo día siguinte al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europealas Comunidades Europeas.
Appears in 1 contract
Samples: www.europarl.europa.eu
Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. × Dos años después de la entrada en vigor de la presente Directiva.
Appears in 1 contract
Samples: register.consilium.europa.eu