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PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. 6.2.1. El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico de las actividades del Contratista relacionadas con la ejecución de la obra. 6.2.2. El Supervisor deberá prever la utilización oportuna de los equipos de topografía y de laboratorio mínimos que posibiliten un eficiente control de campo. 6.2.3. Revisará los ensayos y resultados de pruebas de laboratorio tomados durante el desarrollo de la obra.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. Plazo, programación y ejecución de la obra. Plan de autocontrol de calidad. Idoneidad de materiales, suministros y equipos.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. Deberá adoptar los procedimientos necesarios para realizar un eficiente control técnico de las actividades que el Contratista ejecute en la obra, esto en cumplimiento de documentos contractuales, reglamentos y normas técnicas de construcción vigentes. Ordenar al Contratista la realización de pruebas y ensayos complementarios que considere necesarios en el desarrollo de la ejecución de la construcción, sin costo adicional para el proyecto. Analizar y evaluar los resultados de las pruebas de contraste del laboratorio de suelos y concreto, , deberá elaborar un informe técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo con sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. Además, incluirá el análisis y resultado estadístico de los ensayos según requerimiento de las especificaciones técnicas. RECURSOS HUMANOS Y FISICOS DE DEL CONSULTOR. Para cumplir con su rol de Ingeniero, la firma contará con organización de profesionales: administrativos y personal de apoyo, y con todos los medios, recursos e instalaciones necesarias para cumplir eficientemente sus obligaciones para las dos fases del Contrato Diseño y Construcción. El personal clave asignado por el Consultor, deberá ser considerado con carácter de dedicación exclusiva por el tiempo y en la congruencia señalada en la propuesta técnica económica del contrato y de acuerdo a sus diferentes fases. El Contratante puede requerir al Ingeniero que prescinda (o que haga que se prescinda) de cualquier persona empleada en el Emplazamiento o en las Obras, incluyendo a su Representante, sí: persiste en conductas inapropiadas o descuidadas, desempeña sus deberes con incompetencia o negligencia, no cumple las disposiciones del Contrato, o persiste en una conducta perjudicial para la seguridad, salud o protección del medio ambiente. Si fuera necesario, el Ingeniero deberá designar (o hará que se designe) una persona adecuada y que cuente con igual o superior experiencia y capacidad técnica para realizar la labor asignada, como sustitución del personal anterior. El Ingeniero podrá proponer una estructura eficiente y que responda a la complejidad del proyecto y requerimientos técnicos. Además, deberá considerar en su oferta personal administrativo de oficina y de campo mínimo necesario para el apoyo, seguimiento y control de la supervisión del diseño y la supervisión del proyecto según lo establecido en el Contrato firmado entre el Contratista y el Contratante y el Pliego de Licitación para la Contratación d...
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. 1. El capitán de un buque de la Unión en posesión de una licencia en virtud del presente protocolo permitirá y facilitará la subida a bordo y la realización de sus tareas a todo funcionario marroquí encargado de la inspección y el control de las actividades pesqueras. 2. Esos funcionarios no permanecerán a bordo más tiempo del que sea necesario para realizar sus tareas. 3. al término de cada inspección y control, el inspector redactará un informe de inspección que también firmará el capitán del buque de la Unión, el cual podrá añadir los comentarios que estime oportunos. Se entregará una copia a este último.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. El prestador del servicio deberá suministrar a la Autoridad Portuaria, toda la información que ésta precise para controlar la correcta prestación del servicio y, en especial, la relativa a la calidad de los servicios y a las tarifas, con el objeto de garantizar la transparencia y la razonabilidad de las mismas. Asimismo, deberá suministrar cuanta información resulte necesaria para el mejor cumplimiento de las funciones atribuidas a la Autoridad Portuaria en su artículo 125.2 por el TRLPEMM.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. 3.3.1 El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico, ambiental, económico, administrativo y legal de las actividades del Contratista, relacionadas con la ejecución de la Obra. 3.3.2 En su Propuesta Técnica, el Consultor, con conocimiento del Expediente Técnico, programación y calendario puede proponer las pruebas y ensayos complementarios que juzgue necesarios, sin que ello impida la adopción de nuevas pruebas, según el desarrollo de la construcción.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. La supervisión de la gestión de riesgos se verá apoyada en el análisis del perfil de riesgo financiero y “extrafinanciero” (factores ASG) de las inversiones contando con herramientas de análisis, sujeta al principio de proporcionalidad en función de la actividad y de los productos y analizando la evolución de las preferencias manifestadas por el cliente en el proceso de asesoramiento. El “Comité de Productos” tiene como mandato general el análisis y aprobación de los productos financieros, la revisión y aprobación de las políticas, procedimientos y aplicativos necesarios para la necesaria comercialización de los diferentes productos. En dichos procedimientos se integra ahora el mandato expreso a dicho órgano de la necesidad de valorar los factores y los riesgos de sostenibilidad como criterio para la aprobación de los nuevos productos y la revisión de los actuales que se consideren que pueden promover características ASG. Entre otras, sus atribuciones son las siguientes: • Aprobar el catálogo de productos y servicios, y aprobar las fichas de producto, además de sus revisiones y futuras modificaciones. • Gestionar las normas de conducta en materia de trasparencia y protección al cliente. • Revisar las exposiciones de riesgo, tanto las que afectan al cliente como las que afectan a la Entidad. • Revisar la publicidad de comunicaciones que en su caso se realicen en aquellos productos que estén sometidos a la normativa de trasparencia. • Autorizar los nuevos productos financieros a ofrecer al mercado considerando los diferentes canales de comercialización, así como los riesgos particulares de los mismos. • Velar por que todo nuevo producto o modificación de los ya existentes se ajustan al manual de productos. El "Comité de Auditoría" del que dependen, funcionalmente, Auditoría Interna y Cumplimiento Normativo se constituye como un órgano interno creado dentro del seno del Consejo de Administración. Entre otras, sus funciones comprenden las siguientes materias: • La suficiencia, adecuación y eficaz funcionamiento del sistema de evaluación y control interno de la Entidad y el cumplimiento de los requerimientos legales en materias propias del Comité. • La supervisión del cumplimiento normativo de la Entidad, en particular, asegurar que los Códigos Éticos y de Conducta internos cumplen las exigencias normativas y son adecuados para la institución, con especial control y supervisión del cumplimiento y ejecución de las medidas establecidas en el Manual de Prevención ...
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. I. Deberá adoptar los procedimientos necesarios para realizar un eficiente control técnico de las actividades que el Contratista ejecute en la obra, esto en cumplimiento de documentos contractuales, reglamentos y normas técnicas de construcción vigentes. Además, con base en el Marco de Gestión Ambiental y Social (MGAS) del Programa, y del Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS). La Supervisión deberá exigir y monitorear que el Contratista elabore y cumpla con el PGAS (Ver Anexo II. Deberá Ordenar al Contratista la realización de pruebas y ensayos complementarios que considere necesarios en el desarrollo de la ejecución de la construcción, sin costo adicional para el proyecto. III. Como parte del procedimiento y control de calidad de los materiales o suelos, la Supervisión deberá validar, contrastar, analizar y evaluar los resultados de las pruebas del laboratorio de suelos y materiales que realice el Contratista, con el fin de garantizar la calidad de los ensayos o pruebas. Para esto la Supervisión deberá elaborar un informe técnico que señale la metodología empleada en cada ensayo con sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. Además, incluirá el análisis y resultado estadístico de los ensayos según requerimiento de las Especificaciones Técnicas. Con base en los resultados, la Supervisión podrá aprobar o rechazar cualquier prueba que elabore el Contratista y que en su contraste y resultados no cumpla con la calidad requerida o lo establecido en las Especificaciones Técnicas de la obra.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROLMovilización y desmovilización del vehículo a la zona de trabajo y viceversa. • Realizar el Check List, antes de realizar el servicio diario. • Trasladar en forma segura y cómoda al personal técnico. • El horario de trabajo será de lunes a sábado, salvo una emergencia o por necesidad se trabajará los días domingos y feriados. • Brindar el servicio, con la unidad vehicular en óptimas condiciones de funcionamiento. De presentarse fallas o desperfectos en el equipo mecánico, el proveedor del servicio deberá solucionar este hecho en un plazo máximo de 24 horas, debiendo prever cubrir esas 24 horas de plazo con otro vehículo de iguales o mejores características a fin de no interrumpir el servicio. De persistir las fallas o desperfectos el proveedor del servicio está en la obligación de reponer el vehículo con otro de iguales características sin generar gastos adicionales a la entidad. • La unidad vehicular obligatoriamente debe tener en buen estado el Horómetro (Hrs) / Odómetro (Kms), según corresponda para el control de las horas / kilómetros de utilización. • El recorrido mínimo será de 150 kilómetros por día. • El servicio será cuantificado por día efectivo de trabajo, con un recorrido estimado diario de 150 Km. En el caso de realizar recorridos menores a 150 Km, en estos casos serán compensados con días que requieran recorridos mayores a los 150 Km. • En forma mensual se adjuntará un reporte de todas las actividades realizadas a través de los partes diarios de equipo mecánico de la entidad y del contratista, verificada por el ingeniero supervisor o residente y del responsable del equipo mecánico de Unidad Zonal Xxxxx Xxxxx. • Otras actividades complementarias relacionadas con las anteriores descritas.
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. Provoquen impactos sociales graves. Compañías con una involucración relevante en controversias o incidentes relacionados La supervisión de la gestión de riesgos se verá apoyada en el análisis del perfil de riesgo financiero y “extrafinanciero” (factores ASG) de las inversiones contando con herramientas de análisis, sujeta al principio de proporcionalidad en función de la actividad y de los productos y analizando la evolución de las preferencias manifestadas por el cliente en el proceso de asesoramiento. En todo caso, será coincidente en lo relacionado con la política de exclusión, con la estrategia de inversión prevista para fondos de inversión de las distintas gestoras con las que opere, con las emisiones xx xxxxx fija calificadas como “verdes” y con los procedimientos de control previstos. El “Comité de Productos” tiene como mandato general el análisis y aprobación de los productos financieros, la revisión y aprobación de las políticas, procedimientos y aplicativos necesarios para la necesaria comercialización de los diferentes productos. En dichos procedimientos se integra ahora el mandato expreso a dicho órgano de la necesidad de valorar los factores y los riesgos de sostenibilidad como criterio para la aprobación de los nuevos productos y la revisión de los actuales que se consideren que pueden promover características ASG. Entre otras, sus atribuciones son las siguientes: