ETAPA PREVENTIVA Cláusulas de Ejemplo

ETAPA PREVENTIVA. Aplica para las obligaciones que aún no presentan vencimiento, es decir, que se encuentran vigentes con cero xxxx xx xxxx. Los objetivos generales de esta etapa son: ⮚ Brindar información correcta y oportuna a los clientes sobre sus obligaciones. ⮚ Actualizar la información de los clientes respecto a su ubicación, ocupación o cualquier novedad que afecte su contacto o su capacidad de pago. ⮚ Evitar el paso de la cartera x xxxx. ⮚ Identificar cambios en el entorno macroeconómico o variables específicas que puedan impactar sobre el comportamiento de pagos de los asociados. Por otro lado, las causales de no pago o no descuento de nómina (si aplica) al deudor pueden ser: vacaciones, embargos, licencias no remuneradas, incapacidades, retiro del empleado de la empresa, sobreendeudamiento o sin capacidad de descuento, omisión de novedad o tránsito a pensión. Dado lo anterior, se definen las estrategias que ayudarán a enmarcar las posibles soluciones para cada uno de los eventos anteriormente mencionados, para lo cual se establece:
ETAPA PREVENTIVA. El proceso de cobranza comienza con un trabajo preventivo de recordatorio de vencimiento de cada obligación a través de distintos medios (mails, sms, push mobile) y se realiza el débito automático de la cuenta bancaria del cliente el día de la fecha de vencimiento de la obligación. En el caso que no existieran fondos suficientes en la cuenta del Deudor al momento de realizar el intento de débito en la fecha de vencimiento del crédito, Moni seguirá realizando intentos de débitos cada tres días hábiles. Desde los primeros xxxx xx xxxx se envían notificaciones al cliente. Primero se le envían mensajes automáticos tipo mail, sms, IVR, whatsapp o push mobile. A partir de los 10 xxxx xx xxxx comienza a realizarse llamados desde el call center propio de Xxxx, haciendo un seguimiento diario por cliente hasta los 45 xxxx xx xxxx. A partir de los 30 xxxx xx xxxx, se habilita sólo para casos especiales la posibilidad de pagar a través de Dineromail y PayU (plataformas de medios de pago). A partir de los 45 días, el cliente pasa a un estudio de cobranzas externo, quien se encargará de enviar notificaciones y realizar llamados telefónicos. A partir de los 180 días, la gestión de recupero es tercerizada a estudios legales. De persistir la xxxx, y no habiendo compromiso de pago por parte del cliente, se evaluará la solvencia del deudor y los gastos a afrontar – en consideración al monto de la deuda - para determinar la conveniencia de iniciar acciones judiciales. De resultar positivo, se inician las acciones legales tendientes al cobro del crédito. Xxxx realiza previsiones de acuerdo las pautas establecidas por el BCRA para Créditos de Xxxxxxx.
ETAPA PREVENTIVA. Aplica para las obligaciones que aún no presentan vencimiento, es decir, que se encuentran vigentes con cero xxxx xx xxxx. Los objetivos generales de esta etapa son: ⮚ Brindar información correcta y oportuna a los clientes sobre sus obligaciones. ⮚ Informar al Asociado de los diferentes canales de pago que Juriscoop disponga para el pago de las obligaciones. ⮚ Verificar el envío y recepción de extractos de créditos. ⮚ Actualizar la información de los clientes respecto a su ubicación, ocupación o cualquier novedad que afecte su contacto o su capacidad de pago. ⮚ Evitar el paso de la cartera x xxxx. ⮚ Identificar cambios en el entorno macroeconómico o variables específicas que puedan impactar sobre el comportamiento de pagos de los asociados. Por otro lado, las causales de no pago o no descuento de nómina (si aplica) al deudor pueden ser: vacaciones, embargos, licencias no remuneradas, incapacidades, retiro del empleado de la empresa, sobreendeudamiento o sin capacidad de descuento, omisión de novedad o tránsito a pensión. 6.1.1. CARACTERÍSTICAS DE LA GESTIÓN EN LA ETAPA PREVENTIVA 6.1.2. CONTACTO TELEFONICO CON EL DEUDOR ETAPA PREVENTIVA
ETAPA PREVENTIVA. Se realiza con la finalidad de evitar que el asociado entre en morosidad en sus créditos. Para aquellas obligaciones, cuyo recaudo se realiza por ventanilla, se dará un aviso al deudor cada mes, por cualquiera de las siguientes canales: telefónico, correo electrónico o mensaje de texto al móvil, con ocho (8) días de antelación al vencimiento de la respectiva cuota. Para los créditos con libranza su aviso se hará en las mismas condiciones una vez se determine que la pagaduría no le efectúo el respectivo descuento.

Related to ETAPA PREVENTIVA

  • MANTENIMIENTO PREVENTIVO El mantenimiento preventivo del Equipo será por todo el tiempo de vida útil establecido por el Órgano de Contratación, mismo que deberá comprender el soporte técnico regular o periódico, los insumos, partes, piezas y todas las acciones necesarias para garantizar el perfecto estado de funcionamiento de conformidad con las recomendaciones establecidas en el manual del fabricante. ▪ El Contratista en coordinación con el Administrador del Contrato deberá presentar un plan de mantenimiento correspondiente a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica, el mismo que deberá ser presentado con la oferta del servicio de acuerdo al formulario D10 – Plan de Mantenimiento, definirán el Plan de Mantenimiento Preventivo y su cronograma de aplicación que podrá ser tentativo manteniendo el esquema entregado como parte de la oferta, a fin de que el Órgano de Contratación pueda socializar la programación de dichas actividades con el establecimiento de salud, el plan de mantenimiento preventivo definitivo se deberá entregar al establecimiento de salud al momento de la instalación del bien. El cronograma inicial se realizará por tiempos (indicando meses de ejecución). Una vez entregado el equipo en el establecimiento de salud, el Contratista entregará el cronograma con fechas específicas según la frecuencia de mantenimientos indicados por el fabricante. ▪ En el caso de cambios en el cronograma de mantenimientos correspondientes a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica, el Administrador del Contrato notificará al Contratista con al menos setenta y dos (72) horas de anticipación para la prestación del servicio. ▪ El mantenimiento preventivo correspondiente a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica contemplará lo correspondiente a la mano de obra de las visitas técnicas programadas, mismas que deben estar acorde al plan de mantenimiento del fabricante, también incluirá los kits de mantenimiento que por uso normal deben sustituirse para poder cumplir con el mantenimiento programado. ▪ En concordancia con lo estipulado el valor de los repuestos derivados del mantenimiento preventivo no se imputará al presupuesto referencial fijado en este contrato, cuyo porcentaje será revisado anualmente, a efectos de ajustarse de acuerdo con la inflación u otra condición que amerite revisión. ▪ Los dos primeros años de mantenimiento preventivo, en los términos descritos en este numeral, están incluidos en el precio de la oferta presentada, a partir del tercer año, cuando finalizada la garantía técnica o de fábrica, el costo de los mantenimientos y los repuestos, serán financiados con el presupuesto del Establecimiento de Salud en donde se entregó e instaló el bien. El Administrador del Contrato, será el responsable de gestionar la respectiva certificación presupuestaria para las erogaciones correspondientes para al servicio de mantenimiento y repuestos. ▪ En el mantenimiento preventivo correspondiente a los dos años de Garantía técnica o de Fábrica, de acuerdo a la tipología de equipamiento y de acuerdo a la recomendación del fabricante se incluirán todas las calibraciones (reactivos, implementos, insumos, etc.) necesarios para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y necesarias para el óptimo desempeño del equipamiento, el costo del mantenimiento también incluirá el costo de las calibraciones (reactivos, implementos, insumos, etc.) necesarios para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo. Se debe entregar certificado de calibración del equipo. ▪ La periodicidad de los mantenimientos preventivos correspondiente a los dos años de Garantía técnica o de Fábrica, se mantendrá durante la vida útil del equipo, respetando el plan de mantenimiento debidamente aprobado por el Administrador de Contrato, según recomendaciones del fabricante.

  • Ropa de trabajo La compensación regulada por el artículo 41 del presente Convenio se fija en 12,55 euros mensuales, equivalentes a 150,06 euros anuales.

  • Prevención de riesgos laborales El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI. El adjudicatario estará obligado a cumplir las instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo donde se preste el Servicio y las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia que EOI establezca. Asimismo, el adjudicatario colaborará en la aplicación de la normativa de prevención de Riesgos Laborales, en especial en el establecimiento de los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a protección, prevención e información sobre riegos laborales, en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El adjudicatario informará a EOI y, en su caso, a todas las empresas que presten servicios de forma concurrente en el centro de trabajo donde se realicen las actividades objeto del Servicio, de los riesgos específicos de las actividades que desarrolle que puedan afectar a cualquier trabajador de EOI o en su caso, del resto de empresas concurrentes en el citado centro de trabajo. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia. En el caso de que los riesgos que se generen se califiquen como graves o muy graves, la información se facilitará por escrito. El Profesional deberá comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de EOI y, en su caso, del resto de empresas presentes en citado centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Servicio. El adjudicatario deberá tener en cuenta en la planificación de su actividad preventiva con respecto al Servicio, la información facilitada por EOI y en su caso por el resto de empresas presentes en el centro de trabajo referido anteriormente, sobre los Riesgos Laborales que se puedan producir durante la prestación de dichos servicios. Antes del inicio de la actividad objeto del Servicio, EOI exigirá al adjudicatario que le acrediten por escrito que han realizado para dichas actividades, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. EOI, con carácter previo al inicio de las actuaciones objeto del contrato, pondrá a disposición del adjudicatario el Manual de Autoprotección de Riesgos Laborales a efectos de que pueda cumplir las obligaciones establecidas en el presente apartado.

  • REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número Gxx-xx-Axx-xxx de fecha xx de xxxxxxx de 2013.

  • Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • APROPIACIÓN PRESUPUESTAL El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto.

  • Programa de trabajo En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el apartado 17 de la cláusula 1. El contratista, si procede, en el plazo que se indica en el apartado 17 de la cláusula 1, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa.

  • DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN 8.1. Evaluación de Curricular Documentado

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Una vez efectuada la diligencia de cierre en la fecha y hora fijada para ello en el cronograma del presente proceso, el Comité Evaluador designado, realizará el estudio de la verificación de los requisitos habilitantes: jurídicos, financieros, de orden técnico y de experiencia del proponente, conforme al cronograma del proceso. La evaluación de las propuestas se efectuará conforme a lo señalado en el presente documento, o en las adendas que lo modifiquen. Los aspectos jurídicos, financieros, técnicos no darán lugar a puntaje, pero habilitan o inhabilitan la propuesta. Con el fin de garantizar la legalidad y los principios de la contratación estatal, la Dirección Nacional de Derecho de Autor se reserva la facultad de verificar toda la información presentada, para lo cual solicitará cuando lo estime conveniente a las entidades estatales y privadas y/o a los proponentes la información que considere necesaria. De la misma manera, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes y obtener o solicitar por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas. El informe que contiene la evaluación preliminar de los proponentes podrá ser consultado en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Contratos – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá, durante el término señalado en el cronograma del proceso. En la citada publicación (Evaluación Preliminar) se relacionarán los proponentes que se encuentran habilitados y aquellos que no lo están. Los proponentes no habilitados tendrán el término establecido en el cronograma, o el que les conceda la entidad, para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de su propuesta. En ejercicio de esta facultad, el proponente no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta. La DNDA verificará los documentos que hayan sido aportados y determinara los proponentes que quedan habilitados.