EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. La evaluación de las ofertas técnicas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 82.2 y 82.3 del artículo 82 del Reglamento.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. La evaluación se realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes: El comité de selección evalúa las ofertas de acuerdo con los factores de evaluación previstos en la sección específica de las bases. Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas. Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo detallado en la sección específica de las bases serán descalificadas.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. La evaluación técnica se realiza conforme al factor de evaluación: Experiencia del postor, descrito en la sección específica de las bases.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. La evaluación se realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes:
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. La revisión y análisis detallado de estos documentos la efectuará la “Comisión de Evaluación”, quien verificará en esta ocasión, si se han incluido correcta- mente todos los requisitos técnicos exigidos en el Proyecto, rechazando todas las ofertas que no cumplan lo especificado. Adicionalmente, esta Comisión verificará el estricto cumplimiento de la capaci- dad económica mínima disponible, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 73. Si los documentos de licitación no indicaren otra modalidad, se entenderá que la apertura de las ofertas económicas se realizará diez días hábiles después de la apertura de las ofertas técnicas. La “Comisión de Evaluación” deberá emitir un informe que incluya los funda- mentos de rechazo de las propuestas técnicas que así lo ameriten.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. Las Propuestas deberán contener la documentación necesaria, suficiente para demostrar los siguientes aspectos que serán verificados bajo la modalidad “CUMPLE/ NO CUMPLE”. Para que un bien, servicio y obra pueda ser considerado CONFORME, deberá cumplir con todas y cada una de las características contenidas en los referidos Términos de Referencia. 1 Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034) 2 Formulario de información sobre el oferente (SNCC.F.042) 3 Oferta Técnica (conforme a las especificaciones técnicas suministradas) Formulario SNCC.F.034
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. 25.1 El contrante no tendrán acceso a las Ofertas Económicas hasta que haya concluido la evaluación técnica y el Banco haya expedido su “no objeción”, si corresponde.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. Además de los criterios enumerados en la subcláusula 35.1 (a) a (b) de las IAL, los siguientes criterios aplicarán:
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. Con posterioridad al acto de presentación de Propuestas y apertura de Ofertas Técnicas, la Entidad Convocante llevará a cabo la evaluación de las Ofertas Técnicas conforme a lo establecido en los artículos 52 a 56 de la XXXX y lo establecido en las presentes Bases. La Entidad Convocante elaborará un dictamen de evaluación de las Ofertas Técnicas, en el que se harán constar las razones para considerarlas solventes o no solventes. El resultado de la evaluación de las Ofertas Técnicas se dará a conocer a los Concursantes en la sesión de notificación del resultado de la evaluación de las Ofertas Técnicas. En la fecha y hora señalada en el acta de Presentación de Propuestas y apertura de Ofertas Técnicas, se llevará a cabo la junta pública para dar a conocer el resultado de la evaluación de las Ofertas Técnicas. Dicho acto será presidido por el funcionario que represente a la Entidad Convocante. En primer término se darán a conocer a través del dictamen correspondiente las Ofertas Técnicas que hayan sido consideradas solventes, conforme a lo establecido en las presentes Bases, señalando las razones de tal determinación. Una vez determinadas las Ofertas Técnicas solventes, el fedatario público entregará para su evaluación al representante de la Entidad Convocante la envoltura o embalaje debidamente sellado que contenga la documentación que soporte las Ofertas Económicas para acreditar capacidad económica y financiera, correspondientes a las Ofertas Técnicas consideradas solventes, dichas envolturas o embalajes serán abiertos y se relacionará su contenido sin mayor valoración ante la presencia del Testigo Social y del fedatario público. El fedatario público continuará conservando bajo su resguardo los sobres sellados y lacrados que contienen las ofertas presentadas con la Cobertura Poblacional Ofertada y el Guante, así como las envolturas o embalajes debidamente sellados de las Ofertas Económicas correspondientes a las Ofertas Técnicas que fueron consideradas como no solventes. Se levantará un acta del acto de evaluación de las Ofertas Técnicas en la que se asentarán los hechos relevantes acontecidos, así como la fecha, hora y lugar en que se dará a conocer el resultado de la evaluación de las Ofertas Económicas y el fallo del Concurso. El acta será firmada por los Concursantes, el Testigo Social y por el funcionario que represente a la Entidad Convocante, entregándole a cada uno copia de la misma. La falta de firma de algún Concursante no invalidará su contenido...
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS. El puntaje máximo es de 100 puntos y el mínimo requerido para precalificar es de 85 puntos. Los contenidos y ponderaciones se desarrollan a continuación.