FACTORAJE. Es un contrato por el cual una de las partes llamada factor se obliga frente a otra llamada usuario a cargo de terceros, que acepte el factor. Es el contrato que celebra la empresa de factoraje financiero con sus clientes, personas xxxxxxx o personas físicas que realicen actividades empresariales, la primera adquiere de los segundos, derechos de crédito relacionados a proveeduría de bienes, de servicios o de ambos, con recursos provenientes de las operaciones pasivas. En este contrato la empresa de factoraje conviene con el cliente en adquirir derechos de crédito que éste tenga a su favor por un precio determinado o determinable en moneda nacional o extranjera, independientemente de la fecha y la forma en que se pague, siendo posible pactar bajo cualquiera de las dos siguientes modalidades:
FACTORAJE. En caso de que el Proveedor contrate una compañía de factoraje para la gestión de sus facturas, el Proveedor deberá únicamente asignar sus deudas a la misma compañía de factoraje para todos los Contratos. En caso de que el Proveedor asigne dichas deudas a varias compañías de factoraje, el Comprador no será responsable de los retrasos en el pago o cualquier error de pago causado por dicha situación y el Proveedor deberá indemnizar y mantener en paz y a salvo al Comprador de y en contra de cualquier costo o daño que resulten de ello. En ningún caso, esta cláusula se interpretará como una aceptación del Comprador para el factoraje y la asignación por el Proveedor de deudas debidas por el Comprador, o como una renuncia de los Derechos del Comprador derivados de los Contratos.