Financiación y cuantía de las subvenciones Cláusulas de Ejemplo

Financiación y cuantía de las subvenciones. El importe del crédito disponible para el ejercicio 2019 para atender las obligaciones económicas derivadas de la con- cesión de subvenciones es de 2.500.000,00 euros. Línea 1: La cuantía de la subvención por la formalización de contratos por tiempo indefinido, a jornada completa, será la que se establece a continuación: Si la persona contratada es desempleada de larga duración, que en el momento de la contratación se encuentre inscrita como demandante de empleo no ocupada en las oficinas de xxxxxx xx Xxxxxxxx-La Mancha:
Financiación y cuantía de las subvenciones. El crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones económicas derivadas del presente decreto, para el ejercicio 2019, asciende a 700.000 euros. El importe del crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la línea 1 del presente decreto, para la anualidad 2019 asciende a 310.000 euros. El importe del crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la línea 2 del presente decreto, para el ejercicio 2019, asciende a 234.000 euros. El importe del crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la línea 3 del presente decreto, para el ejercicio 2019, asciende a 156.000 euros. Las cuantías de la subvención son: Línea 1: La cuantía de la subvención por la formalización de los contratos laborales subvencionables al amparo de la presente línea será de 10.000 euros.
Financiación y cuantía de las subvenciones. Las ayudas se financiarán con cargo al programa 322B “Fomento y Gestión del Empleo”, de la Dirección General competente en materia de empleo, y de las partidas presupuestarias de los artículos 47 y 48 financiadas con fondos finalistas y propios. La cuantía de las ayudas es la siguiente:
Financiación y cuantía de las subvenciones. El importe del crédito disponible para el ejercicio 2017 para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones es de 400.000,00 euros. La cuantía de la subvención por la formalización de contratos por tiempo indefinido, a jornada completa, será la que se establece a con- tinuación:
Financiación y cuantía de las subvenciones. El importe del crédito disponible para el ejercicio 2019 para atender las obligaciones económicas derivadas de la conce- sión de subvenciones es de 1.500.000,00 euros, pudiendo incrementarse adicionalmente en 000.000 ,00 euros. La cuantía de la subvención por cada contratación será de 5.140 euros. Dicha cuantía se verá incrementada en 700 euros, cuando la persona contratada, además de ser titular del “Cheque Transición” pertenezca a alguno de los siguientes colectivos: Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o colectivos en situación de exclusión social. La cuantía de la subvención obtenida conforme a los párrafos anteriores, se incrementará en un 20% cuando las con- trataciones se realicen en alguno de los municipios incluido en el Anexo del decreto 31/2017, de 25 xx xxxxx, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla La Mancha para el periodo de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en poste- riores periodos de programación.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.