Obligaciones económicas Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones económicas. 6.1 Las obligaciones económicas que se derivan de este contrato se atenderán con las partidas presupuestarias que se vayan incluyendo durante el plazo de ejecución del contrato.
Obligaciones económicas. Por lo que se refiere a las obligaciones de carácter económico, la cláusula tercera, establece lo siguiente: 18/03/2021 10:03:14 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Por último, la cláusula décima regula la duración del mismo estableciendo que, “Tendrá un plazo de vigencia de cinco años, prorrogándose de forma expresa su vigencia inicial, por un periodo de cinco años más, por acuerdo de las partes antes del vencimiento de su vigencia inicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en aplicación de lo establecido en materia de convenios en el artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.” Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) Tal y como indica la memoria Presupuestaria de la Técnica Consultora de la Consejería de Salud “ desde el punto de vista económico-presupuestario, la firma del presente Convenio no supone compromiso presupuestario concreto para la Consejería de Salud, cumpliendo con sus obligaciones, en su caso, a través de recursos materiales y humanos propios, por lo que a la firma del presente convenio no se requiere realizar gestión económica alguna y no existe inconveniente alguno en continuar con el mismo.” Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.1 del Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, el presente Proyecto no habrá de someterse a la fiscalización previa por parte de la Intervención Delegada, al no derivarse para la Comunidad autónoma de la Región xx Xxxxxx ninguna obligación económica.
Obligaciones económicas. Otras obligaciones ---------- NOMBRE CONVENIO REGULADOR DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX A LA ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS “AL-BAYYASSA” JGL Acuerdo JGL 10/7/2015 Partes firmantes AYUNTAMIENTO XX XXXXX Y ASOCIACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS “AL-BAYYASSA” Objeto Regular el régimen de obligaciones derivados de la participación municipal en la realización del proyecto de actividades promovido por la Asociación Protectora de Animales y Plantas “Al- Bayyassa”, relativo a la prestación de aquellos servicios que se derivan de las previsiones que en materia de tenencia y protección de animales dimanan de la Ordenanza Municipal de la Ciudad xx Xxxxx sobre esta materia. Plazo de duración 1/1/2015 al 31/12/2015 Obligaciones económicas 7.200,00 € Otras obligaciones --------- JGL Acuerdo JGL 10/7/2015 Partes firmantes AYUNTAMIENTO XX XXXXX Y Objeto Acordar de manera orientativa, en el ámbito de las diversas actuaciones musicales/conciertos que la Asociación Musical “CIUDAD XX XXXXX”, podrá prestar previo encargo del mismo, al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx entre el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015. Dichos servicios musicales o conciertos son, Banda Sinfónica: 1. 4 Programas Sinfónicos de la BSCB (Música Sacra, Programa Sinfónico Mayo, Programa Santa Xxxxxxx, Programa Navidad) 2. Concierto VI FESTIVAL DE BANDAS BAEZA, PATRIMONIO MUNDIAL Coral Polifónica: 1. Dos conciertos a los largo del año 2015 2. IV Encuentro xx Xxxxxxx 3. Concierto Inauguración VI Seminario de Especialización Musical Banda Escuela:
Obligaciones económicas. El presente Acuerdo no conlleva ningún compromiso de gasto entre las partes, sin per- juicio de las obligaciones económicas derivadas de los contratos basados que se formalicen por los diferentes órganos de contratación.
Obligaciones económicas. El presente convenio no supone obligación económica alguna para el Distrito xx Xxxxxxxxx y por tanto no comporta gasto alguno para el presupuesto municipal.
Obligaciones económicas. El presente convenio no comprende para las partes la realización de aportaciones económicas ni obligaciones financieras que pudieran ser objeto de reclamación por cualesquiera de las otras.
Obligaciones económicas. El presente convenio no supone compromiso económico alguno para el Ayuntamiento de Madrid, y por tanto no comporta ingreso ni gasto alguno con cargo a su presupuesto. La puesta a disposición de recursos o medios materiales por ambas partes en aras a la consecución del fin común que se persigue con la suscripción del Convenio, no supone la xxxxxxxx de ninguna obligación económica por parte del Ayuntamiento de Madrid, puesto que son medios ya existentes y su uso con destino a esta actuación no supone un incremento de los costes destinados a los mismos, ni implica gastos extraordinarios y su utilización no supone aportaciones dinerarias o la xxxxxxxx de compromisos financieros sujetas a la legislación vigente en materia presupuestaria, sino que son obligaciones a ejecutar que no requieren de una aportación dineraria, lo que lleva consigo la innecesaridad de su valoración a los efectos del “impacto económico” a que alude el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Obligaciones económicas. El presente acuerdo no implica obligación económica alguna para los firmantes del mismo.
Obligaciones económicas. De la celebración del presente convenio no se establece contraprestación económica alguna para la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. Por parte de Cajamar se establece el compromiso del pago al alumnado de las becas establecidas en cada convocatoria, según se detalla en clausula Segunda.
Obligaciones económicas. El presente convenio no supone obligación económica alguna para el Ayuntamiento de Madrid y, por tanto, no comporta ningún gasto con cargo a su presupuesto. La suscripción del presente convenio no genera compromisos económicos entre las partes.