FORMA Y LUGAR DE PAGO. La cantidad prevista en la cláusula Segunda será cubierta por “LA UNAM” a “EL SUPERVISOR EXTERNO” una vez que se hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados y que se contemplan en la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesarios. En caso de que “EL SUPERVISOR EXTERNO” no realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso. El procedimiento para el ajuste de costos se llevará a cabo mediante (señalar cuál de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), en términos del punto
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Supervisión Externa
FORMA Y LUGAR DE PAGO. La LOS DEUDORES se obligan también a pagar a EL ACREEDOR HIPOTECARIO mensualmente, mediante depósitos en efectivo, cheques o transferencias bancarias en su domicilio social principal o en cualquiera de su Red de Sucursales y otras Instituciones que se afilien a EL ACREEDOR HIPOTECARIO durante la vigencia de este Contrato, la cantidad prevista precedentemente señalada de: PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (DOP ) en el término de ( ) AÑOS, o sea; ( ) CUOTAS mensuales, fijas, iguales y consecutivas ascendente a la suma de: PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (DOP ), correspondiente al capital, interés y la proporción de prima de seguro (si aplica), conforme a la tabla de amortización que le es entregada a LOS DEUDORES al momento del desembolso. PARRAFO I: Tasa, Caducidad del Término y Cargos por Xxxx. Mientras EL ACREEDOR HIPOTECARIO no revise o actualice la tasa del interés, estas cuotas serán en la cláusula Segunda será cubierta actualidad de: LA FECHA EN QUE SEA DESEMBOLSADO ESTE PRÉSTAMO, correspondiente al capital, interés y la proporción de prima de seguro (si aplica), hasta la completar la amortización de la deuda, de acuerdo con los términos de este contrato en el entendido de que estas cuotas podrían aumentar o disminuir si durante la vigencia de este contrato la tasa de interés aplicable al financiamiento fuera (an) aumentada(as) o disminuidas por “LA UNAM” a “disposición de EL SUPERVISOR EXTERNO” una ACREEDOR HIPOTECARIO, cada vez que se hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados ocurran fluctuaciones, o por incumplimientos en las fechas de pago, o para adaptarlas a las condiciones xxx xxxxxxx o bien al costo real del dinero, la tasa de interés de este contrato quedara (an) aumentadas o disminuidas en la misma proporción a la nueva tasa de interés y que se contemplan en fuese establecida, la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesarios. En caso aplicara al saldo insoluto a la fecha en que legalmente entre en vigor la nueva tasa de interés, es decir luego que “EL SUPERVISOR EXTERNO” no realice dichos trámites o no proporcione se le haya notificado por escrito a LOS DEUDORES, la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería nueva tasa de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en las cajas ubicadas en el Mezzanine interés con un plazo de la Torre antelación de Rectoría30 días antes de su aplicación. El pago de cada cuota se efectuará a cada vencimiento sin demora ni requerimiento alguno, en el asiendo social principal de EL ACREEDOR HIPOTECARIO, en el entendido de que la falta de cancelación de dos (02) cuotas, cuando el crédito tenga más de sesenta (60) días atrasos hará perder a LOS DEUDORES el beneficio del término y las condiciones de pago que se refiere le otorgan para la cancelación de la deuda, haciéndose exigible la totalidad de la misma y ejecutoria la garantía hipotecaria que por éste mismo contrato se otorga. Sin embargo, EL ACREEDOR HIPOTECARIO, se reserva la facultad de aceptar el párrafo anterior pago de cualquier cuota o abono a capital con posterioridad a su fecha de pago, sin que ello implique renuncia o caducidad alguna a su derecho de exigir el pago total de los valores adeudados. Hacen expreso las partes, porque así lo han convenido, que, si el pago de una cuota se realizará dentro realiza después de un plazo no mayor de 30 la fecha en que ella es pagadera, y pasado cinco (treinta05) días naturales siguientes de la fecha de pago, LOS DEUDORES estarán obligados a la entrega pagar por cada mes o fracción de los trabajos encomendados mes en retraso, un CUATRO por ciento (4%) sobre el monto en atraso a plena satisfacción título de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso. El procedimiento para el ajuste de costos se llevará a cabo mediante (señalar cuál de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), en términos del puntopenalidad moratoria.
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Samples: Contrato De Prèstamo Hipotecario
FORMA Y LUGAR DE PAGO. “La cantidad prevista Contratante” conviene expresamente con “El Contratista”, que el precio del presente contrato se le pagará en la cláusula Segunda será cubierta Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx, (Plaza Juárez S/N, Col. Centro, 1er. piso) mediante la formulación de estimaciones por trabajos ejecutados con base en el catálogo de conceptos y los precios unitarios que forman parte de su propuesta económica. “LA UNAMAmbas Partes” a “EL SUPERVISOR EXTERNO” una vez convienen que se hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados el término y que se contemplan en la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesarios. En caso de que “EL SUPERVISOR EXTERNO” no realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería entrega total de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios obra será a entera satisfacción de “LA UNAMLa Contratante”, así como “El Contratista” deberá presentar la relativa a estimación final cuyo importe no deberá ser en ningún caso inferior al 15% del monto de la facturación correspondiente para su revisión y autorizaciónobra, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legalesmisma que será pagada contra entrega de la copia simple del acta de entrega recepción de la obra. “LA UNAM” se reserva expresamente el derecho Tratándose de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso. exceso que haya recibido “El Contratista”, éste deberá reintegrar a “La Contratante” las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el ajuste pago de costos créditos fiscales. Los cargos se llevará calcularan sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde el momento en que efectuó el pago hasta la fecha en que “El Contratista” reintegre dicha cantidad a cabo “La Contratante”, mediante (señalar cuál cheque certificado o se haya aplicado como descuento en la estimación correspondiente. No se consideran pagos en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), “El Contratista” sean compensadas en términos del puntola estimación siguiente.
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Samples: web.compranet.gob.mx:8000
FORMA Y LUGAR DE PAGO. La cantidad prevista En el presente Contrato no se otorgarán anticipos “EL AYUNTAMIENTO” llevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para que la obligación de pago se haga exigible “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” deberá presentar, la documentación completa y debidamente requisitada para realizar el trámite de pago, misma que ampare el 100% del servicio realizado, en días y horas hábiles. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la cláusula Segunda será cubierta por “LA UNAM” a materia; en caso de que no sea así, “EL SUPERVISOR EXTERNOAYUNTAMIENTO” una vez que pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados y que se contemplan en la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesariossubsanen dichas omisiones. En caso de que “EL SUPERVISOR EXTERNOCONSULTOR INDIVIDUAL” no realice dichos trámites o no proporcione presente en tiempo y forma la información necesariadocumentación requerida para el trámite de pago, el la fecha de pago se realizará mediante cheque correrá el mismo número de días que para tal efecto libre la Tesorería dure el retraso. Para el caso de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto en lo siguiente: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “EL CONSULTOR INDIVIDUAL”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo que convengan las partes. El procedimiento para el ajuste Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de costos se llevará a cabo mediante (señalar cuál de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), en términos del puntola dependencia o entidad.
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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios
FORMA Y LUGAR DE PAGO. La cantidad prevista en la cláusula Segunda será cubierta por “LA UNAM” a “EL SUPERVISOR EXTERNOPRESTADOR” una vez que se hayan concluido los trabajos servicios que le fueron encomendados y que se contemplan en la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesarios. En caso de que “EL SUPERVISOR EXTERNOPRESTADOR” no realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNOPRESTADOR” en las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados del proyecto encomendado a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNOPRESTADOR” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos servicios faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso. *El procedimiento para el ajuste de costos se llevará podrá llevarse a cabo mediante (señalar cuál cualesquiera de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), en términos siguientes procedimientos: I. La revisión de cada uno de los precios del puntocontrato para obtener el ajuste;
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Profesionales Relacionados Con La Obra
FORMA Y LUGAR DE PAGO. La “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad prevista señalada en la cláusula Segunda será cubierta segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, mediante pagos mensuales devengados cada uno por la cantidad que resulte de aplicar los precios unitarios fijos mensuales que para cada concepto se indican, en el Anexo B del presente contrato multiplicados por el número de servicios de cada rubro proporcionados durante el mes objeto de pago, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA UNAM” a “EL SUPERVISOR EXTERNO” una vez que se hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados y que se contemplan DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la cláusula Primera de este instrumento, a plena satisfacción de “LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los trámites administrativos necesariosDeclaración I.3. En caso de que “EL SUPERVISOR EXTERNO” no realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el vencimiento del vigésimo día sea inhábil el pago se realizará mediante cheque efectuará el día hábil inmediato posterior a éste. De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido. El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”. El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada en el Sistema de Recepción de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) de "LADEPENDENCIA O ENTIDAD" El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique. “EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación del servicio, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3. Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto libre proporciona la Tesorería CLABE _______________________, del banco __________________, a nombre de “______________________________”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar: Constancia de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en las cajas ubicadas en el Mezzanine institución financiera sobre la existencia de la Torre cuenta de Rectoría. El pago cheques abierta a nombre del beneficiario que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro incluya: Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal); Registro Federal de un plazo no mayor Contribuyentes; Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, Demarcación Territorial y entidad federativa; Nombre(s) del(los) banco(s); y Número de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”cuenta con once dígitos, así como la relativa Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 (dieciocho) dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago. Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad. El pago de la prestación de los servicios, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. En caso de que "EL PROVEEDOR" cambie su cuenta CLABE, deberá de notificarlo por escrito a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" a la facturación correspondiente atención del administrador del contrato, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación al vencimiento de los 20 (veinte) días hábiles establecidos en esta cláusula. Si "EL PROVEEDOR" no notifica a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" por escrito del cambio de su cuenta CLABE en el plazo de anticipación señalado anteriormente, o bien, si "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". no puede efectuar el depósito electrónico en la cuenta CLABE de "EL PROVEEDOR" que tenga registrada para su revisión y autorizaciónefectos de pago por causas no imputables a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", está última contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a los cuales deberán cumplir con 20 (veinte) días naturales para realizar el pago por la prestación de los requisitos normativosservicios que correspondan mediante cheque de caja, fiscales y legales. sin que lo anterior se considere como un atraso en el pago por el servicio proporcionados, por lo que “EL PROVEEDOR" está de acuerdo en que no procederá solicitarle a “LA UNAMDEPENDENCIA O ENTIDAD” el pago de gastos financieros en los supuestos mencionados en éste párrafo. El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione. Para el caso de que se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por presenten pagos en exceso. El procedimiento para , se estará a lo dispuesto por el ajuste artículo 51 párrafo tercero, de costos se llevará a cabo mediante (señalar cuál de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), en términos del puntola “LAASSP”.
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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Telefonía Celular