Common use of FORMA Y LUGAR DE PAGO Clause in Contracts

FORMA Y LUGAR DE PAGO. En el presente Contrato no se otorgarán anticipos “EL AYUNTAMIENTO” llevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para que la obligación de pago se haga exigible “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” deberá presentar, la documentación completa y debidamente requisitada para realizar el trámite de pago, misma que ampare el 100% del servicio realizado, en días y horas hábiles. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones. En caso de que “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto en lo siguiente: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “EL CONSULTOR INDIVIDUAL”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo que convengan las partes. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios

FORMA Y LUGAR DE PAGO. En “La Contratante” conviene expresamente con “El Contratista”, que el precio del presente Contrato no contrato se otorgarán anticipos le pagará en la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado xx Xxxxxxx, (Plaza Juárez S/N, Col. Centro, 1er. piso) mediante la formulación de estimaciones por trabajos ejecutados con base en el catálogo de conceptos y los precios unitarios que forman parte de su propuesta económica. EL AYUNTAMIENTOAmbas Partesllevará convienen que el término y entrega total de la obra será a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para que la obligación entera satisfacción de pago se haga exigible EL CONSULTOR INDIVIDUALLa Contratante”, “El Contratista” deberá presentar, presentar la documentación completa y debidamente requisitada para realizar el trámite estimación final cuyo importe no deberá ser en ningún caso inferior al 15% del monto de pagola obra, misma que ampare el 100% será pagada contra entrega de la copia simple del servicio realizado, en días y horas hábilesacta de entrega recepción de la obra. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisiones. En caso de que “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto en lo siguiente: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el EL CONSULTOR INDIVIDUALEl Contratista”, éste deberá reintegrar a “La Contratante” las cantidades pagadas en exceso, exceso más los intereses correspondientescorrespondientes conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, conforme a lo que convengan las partescomo si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán calcularan sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, el momento en que efectuó el pago hasta la fecha en que “El Contratista” reintegre dicha cantidad a “La Contratante”, mediante cheque certificado o se pongan efectivamente haya aplicado como descuento en la estimación correspondiente. No se consideran pagos en exceso cuando las cantidades diferencias que resulten a disposición cargo de “El Contratista” sean compensadas en la dependencia o entidadestimación siguiente.

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Samples: web.compranet.gob.mx:8000

FORMA Y LUGAR DE PAGO. En el presente Contrato no se otorgarán anticipos “EL AYUNTAMIENTO” llevará El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada conforme a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para que la obligación de pago se haga exigible “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” deberá presentar, la documentación completa y debidamente requisitada para realizar lo siguiente: Para iniciar el trámite de pago, misma “EL PROVEEDOR” deberá presentar, de conformidad con la legislación fiscal vigente el Comprobante Fiscal Digital por Internet “CFDI” que ampare el 100% del servicio realizadoresulte aplicable y que cumpla con todos los requisitos establecidos en la misma, y, en días y horas hábiles. Por su caso, los documentos anexos que lo anteriorjustifiquen, es necesario que ante el servidor público responsable de la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia; en caso de que no sea así, “EL AYUNTAMIENTO” pospondrá los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisionesadministración del contrato. En caso de que el “CFDI” enviado por “EL CONSULTOR INDIVIDUALPROVEEDORno para su pago, presente en tiempo y forma errores o deficiencias, el Servidor Público responsable de la documentación requerida administración del contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. El “INDEP” podrá modificar o ampliar los requisitos informativos para el trámite de pagopago cuando así lo requiera, para lo cual bastará la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de notificación que se presenten realice por escrito, siendo obligación de “EL PROVEEDOR” considerar dichos cambios, ya que en caso contrario no procederá el pago correspondiente. Los pagos en exceso, se estará por la contraprestación serán efectuados conforme a lo dispuesto por el artículo 51, primer párrafo, de la “LAASSP”, en lo siguiente: Tratándose el domicilio del “INDEP”, mediante cheque nominativo para abono en cuenta o transferencia electrónica a favor de pagos “EL PROVEEDOR” en exceso Moneda Nacional, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que haya recibido “EL PROVEEDOR” presente el “EL CONSULTOR INDIVIDUALCFDI” del periodo vencido correspondiente, a entera satisfacción del “INDEP, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes. Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, "EL PROVEEDOR" deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporcionar la CLABE, del banco, a nombre de “ ”, en la que convengan las partes. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde efectuará la fecha del transferencia electrónica de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.debiendo anexar:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

FORMA Y LUGAR DE PAGO. En el presente Contrato no se otorgarán anticipos La cantidad prevista en la cláusula Segunda será cubierta por “LA UNAM” a “EL AYUNTAMIENTOPRESTADORllevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para una vez que la obligación de pago se haga exigible “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” deberá presentar, la documentación completa hayan concluido los servicios que le fueron encomendados y debidamente requisitada para realizar el trámite de pago, misma que ampare el 100% del servicio realizado, en días y horas hábiles. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente se contemplan en la materia; en caso cláusula Primera de que no sea asíeste instrumento, a plena satisfacción de EL AYUNTAMIENTO” pospondrá LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisionestrámites administrativos necesarios. En caso de que “EL CONSULTOR INDIVIDUALPRESTADOR” no presente realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería de la UNAM, el cual deberá recoger “EL PRESTADOR” en tiempo y forma las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega del proyecto encomendado a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL PRESTADOR” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación requerida soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el trámite derecho de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten reclamar por los servicios faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso, se estará . *El ajuste de costos podrá llevarse a lo dispuesto en lo siguientecabo mediante cualesquiera de los siguientes procedimientos: Tratándose I. La revisión de pagos en exceso que haya recibido cada uno de los precios del contrato para obtener el “EL CONSULTOR INDIVIDUAL”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo que convengan las partes. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.ajuste;

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Profesionales Relacionados Con La Obra

FORMA Y LUGAR DE PAGO. En el presente Contrato no se otorgarán anticipos La cantidad prevista en la cláusula Segunda será cubierta por “LA UNAM” a “EL AYUNTAMIENTOSUPERVISOR EXTERNOllevará a cabo el pago en Pesos Mexicanos en UNA exhibición; para una vez que la obligación de pago se haga exigible “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” deberá presentar, la documentación completa hayan concluido los trabajos que le fueron encomendados y debidamente requisitada para realizar el trámite de pago, misma que ampare el 100% del servicio realizado, en días y horas hábiles. Por lo anterior, es necesario que la factura que presente “EL CONSULTOR INDIVIDUAL” reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente se contemplan en la materia; en caso cláusula Primera de que no sea asíeste instrumento, a plena satisfacción de EL AYUNTAMIENTO” pospondrá LA UNAM”, a través de transferencia electrónica bancaria, para lo cual se deberán cubrir previamente los pagos a su favor, hasta en tanto se subsanen dichas omisionestrámites administrativos necesarios. En caso de que “EL CONSULTOR INDIVIDUALSUPERVISOR EXTERNO” no presente realice dichos trámites o no proporcione la información necesaria, el pago se realizará mediante cheque que para tal efecto libre la Tesorería de la UNAM, el cual deberá recoger “EL SUPERVISOR EXTERNO” en tiempo y forma las cajas ubicadas en el Mezzanine de la Torre de Rectoría. El pago a que se refiere el párrafo anterior se realizará dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega de los trabajos encomendados a plena satisfacción de “LA UNAM”. Para tal efecto “EL SUPERVISOR EXTERNO” deberá presentar a “LA UNAM” la documentación requerida soporte que sustente la recepción de los servicios a entera satisfacción de “LA UNAM”, así como la relativa a la facturación correspondiente para su revisión y autorización, los cuales deberán cumplir con los requisitos normativos, fiscales y legales. “LA UNAM” se reserva expresamente el trámite derecho de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados o por pagos en exceso. El procedimiento para el ajuste de costos se llevará a cabo mediante (señalar cuál de los procedimientos que más adelante se detallan dió origen al procedimiento *), se estará a lo dispuesto en lo siguiente: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “EL CONSULTOR INDIVIDUAL”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo que convengan las partes. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha términos del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.punto

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Supervisión Externa