GARANTÍA DEL SOFTWARE Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DEL SOFTWARE. 9.1 Sólo con respecto al Software Ricoh, ésta garantiza que: (a) el medio en el que el Software de Ricoh se almacena y distribuye (en su caso) está y estará durante un periodo de 90 días a partir de su suministro (el “Periodo de Garantía”) libre de defectos en su diseño, material y calidad en condiciones de uso normal. Si se produce un defecto en el medio durante el Periodo de Garantía, Ricoh lo sustituirá gratuitamente si el Cliente se lo devuelve a Ricoh con un ejemplo documentado (en la medida que sea razonablemente posible) de dicho defecto o error; (b) durante el Periodo de Garantía, el Software de Ricoh, cuando se utilice correctamente, funcionará según las prestaciones descritas en la Documentación y asimismo garantiza que la Documentación describe correctamente el funcionamiento del Software en todos los aspectos materiales; y (c) ha testeado el Software para la detección de virus utilizando el software de comprobación de virus comercialmente disponible, compatible con la actual práctica de la industria. Si, durante el Periodo de Garantía, el Cliente notifica por escrito a Ricoh cualquier defecto o fallo en el Software de Ricoh como consecuencia del cual dicho Software de Ricoh deje de funcionar y dicho defecto o fallo no es el resultado de una modificación del Software de Ricoh por parte del Cliente o de un uso contrario a los términos particulares del Contrato de software, Ricoh a su entera discreción, reparará o sustituirá el Software Ricoh, siempre que el Cliente ponga a su disposición toda la Información que sea necesaria para ayudar a Ricoh a resolver el defecto o fallo, incluyendo la información suficiente que le permita a Ricoh recrear el defecto o fallo. El Cliente reconoce que el Software no se ha desarrollado para cubrir sus necesidades individuales y que por tanto es su responsabilidad asegurar que las prestaciones y funciones del Software tal y como se describen en las Condiciones Particulares cubran sus necesidades. El Cliente reconoce que es posible que el Software Ricoh no esté libre de virus o errores y acuerda que la existencia de cualquier pequeño error no constituirá un incumplimiento del presente Contrato. 9.2 El Cliente reconoce y acuerda que cualquier garantía en relación con el Software xx Xxxxxxx se concede y limita a aquellas garantías otorgadas por el Tercer Proveedor en el correspondiente EULA. Ricoh no asumirá ninguna responsabilidad ni será responsable de ninguna de dichas garantías y Ricoh no otorga ninguna garantía c...
GARANTÍA DEL SOFTWARE. HP garantiza que sus productos de software de la marca HP serán conformes con sus especificaciones y estarán libres de programas malignos o virus en el momento de la entrega. El periodo de garantía del software marca HP será de noventa (90) días desde la fecha de entrega, salvo que se indique algo distinto en los Materiales de Apoyo. HP no garantiza que el funcionamiento del software sea ininterrumpido o esté libre de errores o que el software funcione en hardware y combinaciones de software distintas de las expresamente autorizadas por HP en los Materiales de Apoyo.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. Garantizamos que el Software (a) funcionará de conformidad sustancial con su Documentación, y (b) cualquier cambio o actualización que realicemos no disminuirá sustancialmente la funcionalidad general del Software. Cuando modificamos o actualizamos el Software, también podemos actualizar la Documentación correspondiente. Haremos todos los esfuerzos comercialmente razonables para corregir cualquier falta de conformidad reportada, sin cargo alguno para Usted o, si determinamos que dicho recurso es inviable o comercialmente irrazonable, cualquiera de las Partes podrá rescindir este Contrato y Nosotros le reembolsaremos el monto prorrateado de cualquier tarifa de suscripción pagada por adelantado por el Plazo de suscripción restante del Software en ese momento. Usted reconoce que la oración anterior constituye Su recurso único y exclusivo ante cualquier incumplimiento de la garantía establecida en esta Sección 8. Esta garantía no se aplicará (a) a menos que Usted realice una reclamación dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que descubrió por primera vez la falta de conformidad, o (b) cuando la falta de conformidad haya sido causada por un uso indebido por parte de Usted, por modificaciones no autorizadas o por hardware, software o servicios de terceros.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. El Vendedor garantiza que el software funcionará de acuerdo con la documentación y las especificaciones funcionales acordadas, y que la documentación será adecuada para su propósito y describirá con precisión el software. El Vendedor, con un período de garantía de un año a partir de la entrega del software, proporcionará a NETAPP, sin coste alguno, el mantenimiento correctivo, las versiones y los soportes primario y secundario. El Vendedor garantiza que el software está libre de cualquier virus informático o de cualquier otro código de programa malicioso. Esto será aplicable a todos los CD, cintas, discos duros de PC y cualquier otra modalidad de entrega de programas y archivos, ya sean tangibles o intangibles, incluido cualquier software entregado de forma electrónica a través de una red de telecomunicaciones. El Vendedor garantiza la inexistencia de funcionalidades diseñadas o incluidas en cualquier software que se suministre que puedan ser perjudiciales o que impidan el funcionamiento total o parcial del software o de cualquier sistema informático en el que se pretenda ejecutar el software. El Vendedor informará a NETAPP de cualquier funcionalidad de cualquier programa que forme parte de la administración o el registro automatizados del software, o que los permita. Esto es aplicable, en particular, a cualquier funcionalidad que proporcione acceso a funciones y recursos (tanto si forman parte del software como si no) de los que se pueda esperar razonablemente el uso o el control por parte de NETAPP. Esto incluirá, con carácter enunciativo, pero no limitativo, cualquier funcionalidad que potencial o realmente socave o eluda cualquier disposición de seguridad del software o de cualquier software de terceros.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. EMC garantiza que el Software cumplirá significativamente con la Documentación aplicable respecto de dicho Software y que los medios se encontrarán libres de defectos de fabricación en cuanto a materiales y mano de obra hasta el vencimiento del plazo de la garantía. EMC no garantiza que el funcionamiento del Software será ininterrumpido ni libre de errores, que todos los defectos puedan ser corregidos o que el Software cumpla con los requerimientos del Comprador. Los Servicios de Soporte Técnico de EMC con relación al Software se encuentran disponibles para su compra por separado y las Opciones de Soporte se identifican en la Notificación del Producto.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. Hexagon garantiza que en el momento de la instalación inicial, el Software cumplirá sustancialmente con las especificaciones publicadas, siempre que se use correctamente de acuerdo con la Documentación y se use en el hardware de la computadora y con el sistema operativo para el cual fue proyectado.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. El Software funcionará de conformidad con la Documentación estándar vigente en el momento de concesión (excepto por defectos o errores menores no esenciales para la funcionalidad principal del Software bajo uso y circunstancias normales) durante un período de noventa (90) días desde la fecha de entrega inicial del Software (“Período de Garantía”). En el caso que el Software no funcione conforme la garantía anteriormente especificada, el Cliente deberá notificarlo por conducto fehaciente a Informatica durante el Período de Garantía. En caso de verificación de alguna inconformidad, Informatica realizará los esfuerzos razonables para corregir cualquier deficiencia del Software para que funcione de acuerdo con la garantía. En caso de inconformidad del Software con la garantía anterior, el Cliente tendrá como único y exclusivo remedio e Informatica tendrá como única obligación, la corrección de la inconformidad. En el caso que Informatica no logre corregir el supuesto incumplimiento de la garantía, Informatica reembolsará el Cliente las cuotas aplicables y pagadas de la licencia de Software perpetua y las cuotas aplicables y pagadas por el restante Plazo en relación al Software licenciado en modo Suscripción. El Cliente tiene la obligación de proporcionar toda la información razonablemente requerida para permitir a Informatica resolver la inconformidad. La garantía anterior excluye específicamente, defectos causados por accidentes, abusos, reparaciones no autorizadas, modificaciones, aplicaciones indebidas o uso del Software de un modo materialmente incompatible con la Documentación.
GARANTÍA DEL SOFTWARE. HPE garantiza que sus productos de software de la marca HPE serán conformes con sus especificaciones y estarán libres de programas malignos o virus en el momento de la entrega. El periodo de garantía del software marca HPE será de noventa (90) días desde la fecha de entrega, salvo que se indique algo distinto en los Materiales de Apoyo. HPE no garantiza que el funcionamiento del software sea ininterrumpido o esté libre de errores o que el software funcione en hardware y combinaciones de software distintas de las expresamente autorizadas por HPE en los Materiales de Apoyo.

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  • Apertura de Ofertas Económicas y Documentación Apertura de Ofertas Económicas APERTURA PÚBLICA SOBRE 2 Apertura sobre oferta económica El día 18/09/2024 a las 10:30 horas Lugar OFICINAS CHALET TENIS Dirección Postal Ctra. Castilla Km.2 (28040) Madrid España Tipo de Acto : Público Descripción del procedimiento La contratación de un seguro de asistencia sanitaria y dental a favor de los empleados fijos y familiares directos de los mismos pertenecientes al Club de Campo Villa de Madrid, S.A. Valor estimado del contrato 477.600 EUR. Presupuesto base de licitación Importe 119.400 EUR. Importe (sin impuestos) 119.400 EUR. Clasificación CPV 66512200 - Servicios de seguros de asistencia médica. Plazo de Ejecución 1 Año(s) Lugar de ejecución Subentidad Nacional Madrid Código de Subentidad Territorial ES300 Dirección Postal Ctra. xx Xxxxxxxx, Km. 2 (28040) Madrid España Opciones y prórrogas Número máximo de prórrogas: 3 Prórrogas: El plazo de ejecución será de 1 año a contar desde las 00:00 del 1 de octubre de 2024 hasta las 00:00 del día 30 de septiembre de 2025. El contrato podrá ser prorrogado a criterio del Órgano de Contratación, por tres períodos adicionales de una año de duración cada uno.

  • DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor del suscriptor y/o usuario consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. A ser tratado dignamente por la persona prestadora. 2. Al debido proceso, al derecho de defensa y contradicción. 3. A no ser discriminado por la persona prestadora de servicios públicos domiciliarios y a recibir trato igualitario. 4. A ser informado xxxxx y oportunamente de sus obligaciones y de las consecuencias de incumplirlas. 5. A presentar reclamaciones contra la factura sin que sea obligado al pago de las sumas reclamadas. 6. A la libre elección de la persona prestadora del servicio. 7. A que se le apliquen los descuentos por el incumplimiento de la persona prestadora en los estándares de calidad técnica e indicadores del servicio a los que está obligada en los términos de la Resolución CRA 720 de 2015 o la que la modifique, adicione o aclare. 8. A obtener información completa, precisa y oportuna sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio. 9. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las peticiones, actuaciones, solicitudes o quejas que se propongan realizar, así como a llevarlas a cabo. 10. A conocer, en cualquier momento, el estado de los trámites adelantados ante la persona prestadora en los que tengan la condición de interesados y a obtener copias a su xxxxx. 11. A no presentar documentos que no sean exigidos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión. 12. A reclamar cuando la persona prestadora aplique un estrato diferente al establecido por la respectiva entidad territorial competente para tales fines. 13. A reclamar en contra del uso asignado por la persona prestadora al inmueble objeto del servicio. 14. A conocer las condiciones uniformes del contrato. 15. A ser protegido contra el abuso de posición dominante contractual de las personas prestadoras de servicios públicos, para lo cual se deben tener en cuenta las causales que presumen abuso de la posición dominante previstas en el artículo 133 de la Ley 142 de 1994. 16. A la prestación continua de un servicio de buena calidad y a las reparaciones por falla en la prestación del servicio, de conformidad con el artículo 137 de la Ley 142 de 1994. 17. A obtener información clara, completa, precisa y oportuna del contenido de las facturas. 18. A presentar peticiones, quejas y recursos y a obtener respuesta oportuna y completa, de acuerdo con la normatividad vigente. 19. A recibir la factura a su cargo por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno señalada en la misma. 20. A la participación en los comités de desarrollo y control social. 21. Al cobro individual de la prestación del servicio en los términos previstos en la legislación y regulación vigente. 22. A que el prestador mantenga la reserva de sus datos personales y garantice su derecho al habeas data. 23. A que la persona prestadora del servicio no reporte a las centrales de riesgo su información sobre el incumplimiento de las obligaciones pecuniarias sin su consentimiento expreso y escrito. 24. Pactar libremente con la persona prestadora del servicio público de aseo el precio por el servicio para el manejo de residuos de construcción y demolición, así como de otros residuos especiales.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Apertura de ofertas técnicas Resultado de la etapa de evaluación técnica y apertura de ofertas económicas