GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Ampliación de la Garantía de Defensa Jurídica Se cubren ➜ LA RECLAMACIÓN POR REPARACIÓN DEFECTUOSA DEL VEHÍCULO. Cuando se procediese a la reparación del vehículo asegurado, en un taller autorizado, bien fuese por accidente o avería, por cuantía superior a 300 €, y ésta resultase defectuosa según informe pericial, la Compañía garantiza la reclamación amistosa o judicial de los daños y perjuicios sufridos por el asegurado, hasta el límite expresado en las Condiciones Particulares. Para la prestación de la garantía de reclamación por reparación defectuosa del vehículo, será de aplicación todo lo establecido para la Garantía de Defensa Jurídica. SE RECLAMARÁ POR ESTA GARANTÍA SIEMPRE QUE LA CUANTÍA DE LA REPARACIÓN DEL VEHÍCULO ASEGURADO HAYA SIDO DE UN COSTE SUPERIOR A 300€. ➜ LA EXTENSIÓN DE LA DEFENSA PENAL Y LA RECLAMACIÓN DE DAÑOS. Se extienden las garantías de Defensa Penal y Reclamación de Daños por accidente de circulación a los gastos de defensa del tomador, cónyuge, e hijos económicamente dependientes de aquel y que convivan en el mismo domicilio, en los procedimientos que entablaran como peatones, o como conductores de vehículos terrestres sin motor. Para la prestación de esta cobertura, será de aplicación todo lo establecido para la Garantía de Defensa Jurídica. ➜ ADELANTO DE FONDOS. En los siniestros que afecten a la garantía de Reclamación de Daños por Accidente de Circulación, la Compañía cubre el adelanto al asegurado del coste de los daños materiales ocasionados al vehículo asegurado por un tercero, hasta el límite de 6.000 euros por siniestro, cuando la Aseguradora del responsable del accidente haya dado la conformidad de pago por escrito. ESTA GARANTÍA SERÁ DE APLICACIÓN SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES. Ejemplo ➜ Si a un hijo económicamente dependiente y que conviva con usted, le atropella un vehículo en un paso de peatones, la Compañía realizará en su nombre la reclamación pertinente.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Daños atmosféricos y colisión con animales Se cubren ➜ Los daños causados en el vehículo asegurado por la caída de pedrisco, nieve, rayo, viento y hundimiento de terrenos, puentes o carreteras. Estos daños se repararán siempre que sea posible utilizando las técnicas especializadas, sin menoscabo de los tratamientos anticorrosivos del vehículo. ➜ Los daños que sufra el vehículo asegurado derivados de la colisión con animales. Para que exista cobertura deberá existir atestado policial que evidencie que la colisión se ha producido con un animal. SE INDEMNIZARÁ POR ESTA GARANTÍA SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES. Ejemplos ➜ Conduciendo su vehículo un jabalí irrumpe en la calzada golpeándole y causando daños en su vehículo, certificando un agente la ocurrencia del siniestro en esas circunstancias.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Seguro de Accidentes Personales para el conductor del vehículo Se cubre el pago de las indemnizaciones por los daños personales sufridos por el conductor del vehículo asegurado como consecuencia de un accidente originado con motivo de la circulación de dicho vehículo. En este seguro se entiende por asegurado la persona conductor del vehículo con derecho a indemnización. Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado y que produzca invalidez temporal o permanente o muerte. Las indemnizaciones garantizadas por este seguro son compatibles con cualquier otra a que tuviera derecho el asegurado con excepción de las prestaciones de asistencia sanitaria que se regulan en esta garantía. Para la fijación de las indemnizaciones derivadas de este seguro no se tendrá en cuenta la profesión del asegurado ni otras circunstancias no reguladas en el presente condicionado. El asegurado deberá seguir las indicaciones médicas prescritas y mantener informada a la Compañía pudiendo someterle a reconocimiento por los médicos que ésta designe. SE INDEMNIZARÁ POR ESTA GARANTÍA SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES Y HASTA EL LÍMITE ESTABLECIDO EN LAS MISMAS.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Defensa Jurídica
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Siempre que su inclusión figure expresamente recogida en las Condiciones Particulares, se entenderán cubiertas las garantías contratadas recogidas dentro de los límites establecidos y con arreglo a las Condiciones Generales aplicables a esta póliza. SE INDEMNIZARÁ POR ESTAS GARANTÍAS SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES. Ejemplo ➜ Los ejemplos relacionados en las distintas garantías son meramente informativos al objeto de interpretar de una manera más clara las mismas.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. EXCLUSIONES GENERALES Con carácter general y para todas las garantías, la Compañía no cubre las consecuencias originadas o producidas por los hechos siguientes: ➜ Mala fe del asegurado o del conductor. ➜ Guerra, invasión, hostilidades (haya o no declaración xx xxxxxx), rebelión, revolución, insurrección o usurpación de poder. ➜ Hechos de carácter político o social, motines, alborotos o tumultos populares, fuerzas o medidas militares en tiempos xx xxx. ➜ Inundaciones, erupciones volcánicas, huracanes, movimientos sísmicos, desprendimientos de tierra, otros fenómenos sísmicos o meteorológicos de carácter excepcional y, en general, cualquier causa de carácter extraordinario o catastrófico. ➜ Reacción o radiación nuclear o por contaminación radiactiva.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Robo Robo es la sustracción ilegítima del vehículo asegurado por parte de terceros, siempre que el acto de sustracción implique fuerza en las cosas. Se cubren ➜ La sustracción completa del vehículo.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Daños a Neumáticos Se cubren ➜ Las reparaciones de los neumáticos del vehículo cuando sufran daños a consecuencia de un pinchazo, reventón o un accidente producido por una causa exterior, violenta, instantánea y ajena a la voluntad del asegurado o del conductor. ➜ Cuando la reparación del neumático no sea posible, se cubrirá la indemnización correspondiente al valor de reposición del neumático dañado en función del grado de desgaste y antigüedad del mismo. ➜ Los gastos de colocación de los neumáticos en caso de necesidad de sustitución. SE INDEMNIZARÁ POR ESTA GARANTIA SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES Y HASTA EL LÍMITE ESTABLECIDO EN LAS MISMAS. Ejemplos ➜ Conduciendo con su vehículo, pincha la rueda trasera derecha con un clavo que había en la calzada. Si el neumático dañado se puede reparar, la Compañía cubriría el coste de dicha reparación.
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. EZCLUSIONES GENERALES
GARANTÍAS DE SEGURO VOLUNTARIO DE AUTOMÓVILES. Daños atmosféricos y colisión con animales Se cubren SE INDEMNIZARÁ POR ESTA GARANTÍA SIEMPRE QUE SU INCLUSIÓN FIGURE EXPRESAMENTE RECOGIDA EN SUS CONDICIONES PARTICULARES. EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO A CONSECUENCIA DE SINIESTRO, A PARTIR DE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO, LA PÓLIZA QUEDARÁ CONTRATADA SIN LA COBERTURA AFECTADA POR LA INDEMNIZACIÓN (DAÑOS ATMOSFÉRICOS O COLISIÓN CON ANIMALES SEGÚN CORRESPONDA). EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN LIBERA A LA COMPAÑÍA DE REINTEGRAR AL ASEGURADO PARTE DE PRIMA ALGUNA CORRESPONDIENTE A LA COBERTURA AFECTADA (DAÑOS ATMOSFÉRICOS O COLISIÓN CON ANIMALES SEGÚN CORRESPONDA). Ejemplos