Common use of GASTOS MÉDICOS OCUPANTES Clause in Contracts

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenio. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Convenio De Plan De Pago, www.crs.co.cr, www.confiaycompara.com

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor /Conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías al titular de la póliza a la persona que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidentelegalmente le corresponda. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado Asegurado/conductor o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado/conductor y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado/conductor y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte Asegurado/conductor u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado Asegurado/conductor y Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda poder realizar el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado Asegurado/conductor haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Seguro Sobre Vehículos Turistas, Seguro Sobre Vehículos Turistas

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras los ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un accidente automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la suma asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existe suma asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base en la suma asegurada inicial por ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la suma asegurada de aquellos ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la suma asegurada por evento indicado en la carátula de la póliza. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado y/o Contratante acredite a la Compañía, con los comprobantes fiscales respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías Alimentos y cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que demuestren sean prescritas por un médico. Los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. Índice El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el daño sufrido a consecuencia restablecimiento de la salud del ocupante lesionado con motivo del accidente. En el caso Los gastos erogados por servicio de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadasambulancia, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga conveniocuando sea indispensable. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médicofallecimiento de algún ocupante u ocupantes del Vehículo Asegurado, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados funerarios se cubrirán sin exceder del límite máximo de responsabilidad por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que ocupante lesionado, y serán reembolsados mediante la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno presentación de los médicos tratantescomprobantes respectivos. En caso de presentar facturas haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del servicio de asistencia 1.7 ó 2.18. Coordinación y asesoría para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscalestrámites funerarios.

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Samples: axa.mx, axa.mx

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor /Conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías al titular de la póliza a la persona que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidentelegalmente le corresponda. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado Asegurado/conductor o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado/conductor y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado/conductor y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte Asegurado/conductor u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado Asegurado/conductor y Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda poder realizar el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado Asegurado/conductor haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas Condiciones Generales, Seguro De Vehículos Turistas Condiciones Generales

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante Ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras los Ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos El afectado deberá presentarse a recibir la atención médica inicial dentro del plazo indicado en la orden de gastos médicos a ocupantes cubiertos por admisión médica y continuar con la Pólizaatención y tratamientos hasta su alta o agotamiento del sublímite inicial de responsabilidad, amparan lo siguiente: en caso contrario se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia podrá considerar una agravación del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga conveniosiniestro. En caso de que el Asegurado afectado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que cambio de proveedor de servicios médicos deberá notificarlo a La Compañía dentro de un plazo máximo de 15 días. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía no tenga convenioen esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. Índice En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un Accidente Automovilístico, ésta rembolsará el sublímite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de Ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la Suma Asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos erogados médicos de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los Ocupantes en virtud de haberse efectuado el Asegurado conforme alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho sublímite se determinará con base en la Suma Asegurada inicial por Ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la Suma Asegurada de aquellos Ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al tabulador sublímite inicialmente establecido y hasta agotar la Suma Asegurada por evento indicado en la carátula de aranceles la póliza. Si el paciente se atiende con médico u hospital que no esté en convenio con la Compañía paga a los Médicospara esta cobertura, enfermeros se aplicará el procedimiento y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio políticas de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantesCompañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este Contrato. El afectado debe presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre la Compañía pruebas de la Compañía atención médica inmediata a consecuencia del siniestro. Los conceptos de Gastos Médicos Ocupantes cubiertos por la Póliza amparan lo siguiente: Alimentos y deberán cumplir cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que sean prescritas por un médico. Los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el restablecimiento de la salud del Ocupante lesionado con motivo del accidente. Los gastos erogados por servicio de ambulancia, cuando sea indispensable. En caso de fallecimiento de algún Ocupante u Ocupantes del Vehículo, los gastos funerarios para esta cobertura se cubrirán sin exceder del sublímite máximo de responsabilidad por Ocupante lesionado, y serán reembolsados mediante la presentación de los comprobantes respectivos. Si el importe de los gastos funerarios de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los requisitos fiscalesOcupantes en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás Ocupantes lesionados con gastos finiquitados o haberse finiquitado gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite inicial de responsabilidad por persona para el reembolso de los gastos funerarios que así lo requieran. En caso de haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del servicio de asistencia 1.7 o 2.18 Coordinación y asesoría para trámites funerarios. Índice Tratándose de servicio público federal de pasajeros, esta cobertura sólo ampara al Conductor del Vehículo, sin perjuicio de lo estipulado en la cobertura 11. Responsabilidad Civil por Daños al Viajero.

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Samples: segurointeligente.mx, axa.mx

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante Ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras los Ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la Póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un Accidente Automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de Ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la Suma Asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más Ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la Póliza, y existe Suma Asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base en la Suma Asegurada inicial por Ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la Suma Asegurada de aquellos Ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la Suma Asegurada por evento indicado en la carátula de la Póliza. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este Contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes Gastos Médicos Ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías Alimentos y cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que demuestren sean prescritas por un médico. Los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el daño sufrido a consecuencia restablecimiento de la salud del Ocupante lesionado con motivo del accidente. En el caso Los gastos erogados por servicio de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadasambulancia, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga conveniocuando sea indispensable. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médicofallecimiento de algún Ocupante u Ocupantes del Vehículo, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados funerarios se cubrirán sin exceder del límite máximo de responsabilidad por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que Ocupante lesionado, y serán reembolsados mediante la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno presentación de los médicos tratantescomprobantes respectivos. En caso de presentar facturas haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del servicio de asistencia 1.7 o 2.18 Coordinación y asesoría para su rembolsotrámites funerarios. Tratándose de servicio público federal de pasajeros, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscalesesta cobertura sólo ampara al Conductor del Vehículo.

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Samples: Contrato De Seguro

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante Ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del vehículo con uso de violencia, mientras los Ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos El afectado deberá presentarse a recibir la atención médica inicial dentro del plazo indicado en la orden de gastos médicos a ocupantes cubiertos por admisión médica y continuar con la Pólizaatención y tratamientos hasta su alta o agotamiento del sublímite inicial de responsabilidad, amparan lo siguiente: en caso contrario se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia podrá considerar una agravación del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga conveniosiniestro. En caso de que el Asegurado afectado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que cambio de proveedor de servicios médicos deberá notificarlo a la Compañía no tenga conveniodentro de un plazo máximo de 15 días. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. Índice En caso de ocurrir el robo total con violencia del vehículo o un Accidente Automovilístico, ésta rembolsará el sublímite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de Ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la Suma Asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos erogados médicos de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los Ocupantes en virtud de haberse efectuado el Asegurado conforme alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho sublímite se determinará con base en la Suma Asegurada inicial por Ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la Suma Asegurada de aquellos Ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al tabulador sublímite inicialmente establecido y hasta agotar la Suma Asegurada por evento indicado en la carátula de aranceles la póliza. Si el paciente se atiende con médico u hospital que no esté en convenio con la Compañía paga a los Médicospara esta cobertura, enfermeros se aplicará el procedimiento y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio políticas de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantesCompañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este Contrato. El afectado debe presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre la Compañía pruebas de la Compañía atención médica inmediata a consecuencia del siniestro. Los conceptos de Gastos Médicos Ocupantes cubiertos por la Póliza amparan lo siguiente: Alimentos y deberán cumplir cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que sean prescritas por un médico. Los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el restablecimiento de la salud del Ocupante lesionado con motivo del accidente. Los gastos erogados por servicio de ambulancia, cuando sea indispensable. En caso de fallecimiento de algún Ocupante u Ocupantes del Vehículo, los gastos funerarios se cubrirán sin exceder del sublímite máximo de responsabilidad por Ocupante lesionado para esta cobertura y serán reembolsados mediante la presentación de los comprobantes respectivos. Si el importe de los gastos funerarios de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los requisitos fiscalesOcupantes en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás Ocupantes lesionados con gastos finiquitados o haberse finiquitado gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite inicial de responsabilidad por persona para el reembolso de los gastos funerarios que así lo requieran. Índice En caso de haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del servicio de asistencia 1.7 o 2.18 Coordinación y asesoría para trámites funerarios. Tratándose de servicio público federal de pasajeros, esta cobertura sólo ampara al Conductor del Vehículo, sin perjuicio de lo estipulado en la cobertura 11. Responsabilidad Civil por Daños al Viajero.

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Samples: www.empresas.hsbc.com.mx

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor /Conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidenteRobo Total o intento de Robo del vehículo, siempre y cuando esto sea con violencia. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado Asegurado/conductor o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado/conductor y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado/conductor y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte Asegurado/conductor u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado Asegurado/conductor y Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda poder realizar el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado Asegurado/conductor haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas Condiciones Generales

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor /Conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro para el conductor y 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro para los ocupantes sin que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidenteeste límite exceda la suma asegurada contratada para esta cobertura. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado Asegurado/conductor o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado/conductor y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado/conductor y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte Asegurado/conductor u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado Asegurado/conductor y Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda poder realizar el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado Asegurado/conductor haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas Condiciones Generales

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia ambulancia, y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionadosvehículo, serán enviados con cargo a resultara lesionado, la Compañía con alguno cubrirá el servicio sugiriendo al Asegurado u ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado u ocupantes. En caso de que el Asegurado opte u ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado u Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda el rembolso reembolso de gastos médicos, médicos será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, siniestro de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales,, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: www.santander.com.mx

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del vehículo con uso de violencia, mientras los ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la Póliza y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del vehículo o un accidente automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la suma asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la Póliza, y existe suma asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base a la suma asegurada inicial por ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la suma asegurada, de aquellos ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la suma asegurada por evento indicado en la carátula de la Póliza. En ningún caso las indemnizaciones excederán a la suma asegurada contratada por evento. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenio. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.:

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Samples: Contrato De Seguro

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidenteserán rembolsados mediante la presentación de los comprobantes respectivos. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado u Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula Cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: Contrato De Seguro Sobre Automóviles Y Camionetas Hasta 2½ Toneladas Para Uso Personal

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante Ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras los Ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos El afectado deberá presentarse a recibir la atención médica inicial dentro del plazo indicado en la orden de gastos médicos a ocupantes cubiertos por admisión médica y continuar con la Pólizaatención y tratamientos hasta su alta o agotamiento del sublímite inicial de responsabilidad, amparan lo siguiente: en caso contrario se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia podrá considerar una agravación del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioSiniestro. En caso de que el Asegurado afectado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que cambio de proveedor de servicios médicos deberá notificarlo a la Compañía no tenga conveniodentro de un plazo máximo de 15 días. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la Póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un Accidente Automovilístico, ésta rembolsará el sublímite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de Ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la Suma Asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos erogados médicos de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la Póliza, y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los Ocupantes en virtud de haberse efectuado el Asegurado conforme alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho sublímite se determinará con base en la Suma Asegurada inicial por Ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la Suma Asegurada de aquellos Ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al tabulador sublímite inicialmente establecido y hasta agotar la Suma Asegurada por evento indicado en la carátula de aranceles la Póliza. Si el paciente se atiende con médico u hospital que no esté en convenio con la Compañía paga a los Médicospara esta cobertura, enfermeros se aplicará el procedimiento y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio políticas de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantesCompañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este Contrato. El afectado debe presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre la Compañía pruebas de la Compañía atención médica inmediata a consecuencia del Siniestro. Índice Los conceptos de Gastos Médicos Ocupantes cubiertos por la Póliza amparan lo siguiente: Alimentos y deberán cumplir cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que sean prescritas por un médico. Los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el restablecimiento de la salud del Ocupante lesionado con motivo del accidente. Los gastos erogados por servicio de ambulancia, cuando sea indispensable. En caso de fallecimiento de algún Ocupante u Ocupantes del Vehículo, los gastos funerarios se cubrirán sin exceder del sublímite máximo de responsabilidad por Ocupante lesionado para esta cobertura y serán reembolsados mediante la presentación de los comprobantes respectivos. Si el importe de los gastos funerarios de uno o más Ocupantes rebasa el sublímite inicial de responsabilidad por persona y existiera remanente de Suma Asegurada global para todos los requisitos fiscalesOcupantes en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás Ocupantes lesionados con gastos finiquitados o haberse finiquitado gastos funerarios, se podrá ampliar el sublímite inicial de responsabilidad por persona para el reembolso de los gastos funerarios que así lo requieran. En caso de haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del Tratándose de servicio público federal de pasajeros, esta cobertura sólo ampara al Conductor del Vehículo, sin perjuicio de lo estipulado en la cobertura 11. Responsabilidad Civil por Daños al Viajero.

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Samples: www.aoncatweb.com

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante Ocupante del vehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del vehículo con uso de violencia, mientras los Ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. Los El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del vehículo o un Accidente Automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de Ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la Suma Asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más Ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existe Suma Asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base en la Suma Asegurada inicial por Ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la Suma Asegurada de aquellos Ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la Suma Asegurada por evento indicado en la carátula de la póliza. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este Contrato. los conceptos de gastos médicos a ocupantes Gastos Médicos Ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías Alimentos y cuarto en el hospital, fisioterapia, gastos inherentes a la hospitalización y en general, drogas y medicinas que demuestren sean prescritas por un médico. los servicios de médicos, cirujanos, osteópatas o fisioterapeutas legalmente autorizados para ejercer sus respectivas profesiones. El costo de los servicios de enfermeras o enfermeros titulados o que tengan licencia para ejercer y que sea indispensable su servicio, de acuerdo a la prescripción del médico tratante para el daño sufrido a consecuencia restablecimiento de la salud del Ocupante lesionado con motivo del accidente. En el caso los gastos erogados por servicio de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadasambulancia, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga conveniocuando sea indispensable. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médicofallecimiento de algún Ocupante u Ocupantes del vehículo Asegurado, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados funerarios se cubrirán sin exceder del límite máximo de responsabilidad por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que Ocupante lesionado, y serán reembolsados mediante la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno presentación de los médicos tratantescomprobantes respectivos. En caso de presentar facturas haberse contratado la cobertura 4. Servicios de Asistencia, podrá hacerse uso del servicio de asistencia 1.7 o 2.18 Coordinación y asesoría para su rembolsotrámites funerarios. Tratándose de servicio público federal de pasajeros, éstas deberán estar a nombre esta cobertura sólo ampara al Conductor del vehículo Asegurado, sin perjuicio de lo estipulado en la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscalescobertura 11. Responsabilidad Civil por Daños al viajero.

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Samples: Contrato De Seguro

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura Cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerariosde entierro, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta Cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un accidente automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta Cobertura se determinará en forma proporcional al número de ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la suma asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existe suma asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos de entierro, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base a la suma asegurada inicial por ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la suma asegurada, de aquellos ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la suma asegurada por evento indicado en la carátula de la póliza. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren Alimentos y cuarto en el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadashospital, conforme fisioterapia, gastos inherentes a la capacidad del vehículohospitalización y en general, la indemnización drogas y medicinas que sean prescritas por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenio. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscalesmédico.

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Samples: Seguro De Auto

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor /Conductor o cualquier persona como ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta compartimiento o cabina destinados al transporte de personas. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido indispensable y cuando a consecuencia juicio del accidentemédico responsable sea necesaria su utilización. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado Asegurado/conductor o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno cubrirá el servicio, sugiriendo al Asegurado/conductor y Ocupantes los servicios de los ambulancia, médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenioconvenio de pago directo en la plaza más cercana al lugar del accidente y de acuerdo a las heridas o lesiones presentadas para que sea elegido por el Asegurado/conductor y Ocupantes. En caso de que el Asegurado opte Asegurado/conductor u Ocupantes opten por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenioconvenio de pago directo, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado Asegurado/conductor y Ocupantes conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenioconvenio de pago directo, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx RicaMexicana. Para que proceda poder realizar el rembolso reembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado Asegurado/conductor haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolsoreembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.

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Samples: acasefi.com

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerariosde entierro, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del vehículo con uso de violencia, mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del vehículo o un accidente automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la suma asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la póliza, y existe suma asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos de entierro, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base a la suma asegurada inicial por ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la suma asegurada, de aquellos ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la suma asegurada por evento indicado en la carátula de la póliza. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenio. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.:

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Samples: Seguro De Auto

GASTOS MÉDICOS OCUPANTES. Esta cobertura ampara el pago por de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentosmedicinas, atención médica, enfermerosenfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado, conductor Asegurado o cualquier persona como ocupante del vehículoVehículo, ya sea en accidentes automovilísticos de tránsito ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del Vehículo con uso de violencia, mientras los ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la Póliza y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta sección. En caso de ocurrir el robo total con violencia del Vehículo o un accidente automovilístico, el límite de responsabilidad inicial por persona en esta cobertura se determinará en forma proporcional al número de ocupantes que resulten lesionados, sin sobrepasar la suma asegurada por evento contratada. Si el importe de los gastos médicos de uno o más ocupantes rebasa el límite inicial de responsabilidad por persona que se señala en la carátula de la Póliza, y existe suma asegurada por distribuir, en virtud de haberse efectuado el alta médica de los demás lesionados con gastos finiquitados o en su caso haber finiquitado los gastos funerarios, se ampliará el límite por persona de los lesionados que así lo requieran. Dicho límite se determinará con base a la suma asegurada inicial por ocupante lesionado, adicionándose en forma proporcional el restante de la suma asegurada, de aquellos ocupantes lesionados en donde la indemnización no fue mayor al límite inicialmente establecido y hasta agotar la suma asegurada por evento indicado en la carátula de la Póliza. En ningún caso las indemnizaciones excederán a la suma asegurada contratada por evento. Si el paciente opta por atenderse con otro médico u hospital que no sea el asignado por la Compañía, se aplicará el procedimiento y políticas de reembolso de gastos médicos, apegándose al tabulador médico y de hospitales establecido por la Compañía. En caso de reembolso será necesario que el Asegurado acredite a la Compañía, con los comprobantes respectivos, los gastos efectuados por los conceptos amparados por este contrato. Los conceptos de gastos médicos a ocupantes cubiertos por la Póliza, Póliza amparan lo siguiente: se presenten radiografías que demuestren el daño sufrido a consecuencia del accidente. En el caso de que al ocurrir el accidente el número de ocupantes exceda el máximo de personas autorizadas, conforme a la capacidad del vehículo, la indemnización por ocupante se reducirá en forma proporcional. El Ajustador de la Compañía expedirá en cada caso el o los pases médicos correspondientes, siempre que las circunstancias del siniestro lo permitan. A consecuencia del accidente automovilístico, si el Asegurado o alguno de los ocupantes del vehículo resultaran lesionados, serán enviados con cargo a la Compañía con alguno de los médicos, enfermeros u hospitales con los que la Compañía tenga convenio. En caso de que el Asegurado opte por atenderse con un Médico, enfermero u Hospital con el que la Compañía no tenga convenio, ésta rembolsará los gastos erogados por el Asegurado conforme al tabulador de aranceles que la Compañía paga a los Médicos, enfermeros y Hospitales con los que tiene convenio, en cualquier punto del territorio de la República xx Xxxxx Rica. Para que proceda el rembolso de gastos médicos, será indispensable que el Asegurado haya dado aviso a la Compañía por sí mismo o por interpósita persona del siniestro, de inmediato y a más tardar dentro del plazo establecido en el inciso b), del numeral 1 de la cláusula 7ª Obligaciones del Asegurado, de estas condiciones generales, así como que entregue a la Compañía los recibos de honorarios, facturas que acrediten el pago y los informes médicos correspondientes de cada uno de los médicos tratantes. En caso de presentar facturas para su rembolso, éstas deberán estar a nombre de la Compañía y deberán cumplir con todos los requisitos fiscales.:

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Samples: Contrato De Seguro