IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. El producto deberá implementar mecanismos de autenticación y autorización que permitan: • Asignar permisos a los objetos, funciones o usuarios definidos. • El cumplimiento de las normas dictadas por Adif para la gestión de la seguridad en relación con el control de acceso a los recursos. • Que sea el responsable de la información de Adif involucrado en el producto, el que apruebe los niveles de autorización que vayan a utilizarse. • Se realizará la integración con repositorios corporativos (Ldap,Active Directory). • Impedir el establecimiento de sesiones concurrentes con un mismo usuario. • Cerrar la sesión a petición del usuario y de forma automática (tras un periodo de inactividad configurable). • Deshabilitar el usuario cuando así lo exijan las condiciones por haber dejado la empresa, o haber cambiado sus funciones respecto a las actividades englobadas en el producto. • Se efectuará integración con la plataforma de gestión de identidades de Adif.
IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. El producto deberá implementar mecanismos de autenticación y autorización que permitan:  Asignar permisos a los objetos, funciones o usuarios definidos.  El cumplimiento de las normas dictadas por Adif para la gestión de la seguridad en relación con el control de acceso a los recursos.  Que sea el responsable de la información de Adif involucrado en el producto, el que apruebe los niveles de autorización que vayan a utilizarse.  Se realizará la integración con repositorios corporativos (Ldap,Active Directory).  Impedir el establecimiento de sesiones concurrentes con un mismo usuario.  Cerrar la sesión a petición del usuario y de forma automática (tras un periodo de inactividad configurable).  Deshabilitar el usuario cuando así lo exijan las condiciones por haber dejado la empresa, o haber cambiado sus funciones respecto a las actividades englobadas en el producto.  Se efectuará integración con la plataforma de gestión de identidades de Adif.
IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. En los sistemas de información de la EMPRESA: Los sistemas de información de LA EMPRESA que traten y/o almacenen datos de carácter personal propiedad de SANITAS deberán disponer de sistemas que permitan la identificación y autenticación de cada una de las personas que acceden a ellos. LA EMPRESA se compromete a elaborar y actualizar en todo momento una relación de los usuarios con acceso a los datos propiedad de SANITAS. LA EMPRESA que utilice un sistema de palabras claves o contraseñas como medio para autentificar a sus usuarios, asegura disponer de un procedimiento de asignación y distribución de las mismas, almacenándolas de manera segura e ininteligible para poder preservar su confidencialidad, así como poder cambiarlas con una periodicidad mensual. Dicha clave será personal e intransferible y en ningún caso podrá compartirse con otras personas, ni siquiera para acciones legítimas. Cada persona deberá guardar secreto de la contraseña asociada a su identificador y no podrán compartirse contraseñas iguales entre usuarios de una misma empresa. En los sistemas de información de SANITAS: Cuando en el ejercicio de sus funciones de encargado del tratamiento, el personal de LA EMPRESA deba acceder a los Sistemas de Información de SANITAS, se identificarán mediante un identificador personal y una clave de acceso o contraseña. Dicha clave será personal e intransferible y en ningún caso podrá compartirse con otras personas, ni siquiera para acciones legítimas. Cada persona deberá guardar secreto de la contraseña asociada a su identificador y no podrán compartirse contraseñas iguales entre usuarios de una misma empresa. LA EMPRESA se compromete a supervisar la correcta utilización de los identificadores que SANITAS le proporcione y a mantener una relación actualizada de los identificadores proporcionados y de la persona asignada a cada uno de ellos. Con una periodicidad mensual y por los medios que decida SANITAS, el encargado del tratamiento se obliga a remitirle dicha relación. LA EMPRESA deberá guardar durante 5 años la documentación acreditativa de la relación de los identificadores y la identidad de los usuarios que pone a disposición de SANITAS si así se lo requiriera, o si con anterioridad al cumplimiento de dicho plazo finalizara el contrato por cualquier causa. Será responsabilidad de cada empresa la utilización correcta del usuario/contraseña. LA EMPRESA deberá tener implantados los sistemas de protección necesarios para que el personal tenga acceso únic...
IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. 6.1 Existirá una relación actualizada de usuarios que tengan acceso autorizado al sistema de información y se establecerán procedimientos y mecanismos de identificación y autenticación para dicho acceso, que permitan la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado.
IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. El Cliente generará su usuario al ingresar su dirección de correo electrónico en el proceso de contratación, asimismo, el Banco le asignará al Cliente un Código de Cliente, que junto con su contraseña y/o Número de Identificación Personal (NIP), el NIP dinámico de un solo uso (OTP) e información del Usuario derivada de sus características físicas, que no pueda ser duplicada y utilizada posteriormente o sea generado por un dispositivo para cada Medio Electrónico y/o servicio (en lo sucesivo las “Claves de Acceso”), lo identificarán como cliente del Banco y le permitirán acceder a los distintos medios electrónicos reconocidos por las partes para efecto de concertar operaciones y servicios financieros.
IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN. 5.1. ZDSE tendrá establecido un conjunto de medidas de identificación y autenticación para el acceso y la realización de Operaciones en doppo que pueden comprender códigos de usuario, contraseñas y claves o cualesquiera otros medios establecidos en cada momento (en adelante, todas ellas "Credenciales").

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.