Inaplicación de condiciones de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Inaplicación de condiciones de trabajo. Artículo 14.- Concepto.‌ Con el objeto de establecer el marco que posibilite un mayor grado de estabilidad respecto del empleo en el sector, se considera preciso establecer mecanismos que conduzcan a la aplicación de aquellas medidas que, con carácter preventivo y coyuntural, se dirijan a favorecer aquél y ello mediante la suspensión, siempre con carácter temporal, de la aplicación efectiva del Convenio sobre determinadas condiciones de trabajo. Dichas medidas tendrán por objeto la inaplicación temporal y efectiva del Convenio, todo ello dentro del marco legal y convencional establecido.
Inaplicación de condiciones de trabajo. Concepto. 21
Inaplicación de condiciones de trabajo. En cuanto a la Inaplicación de Condiciones de Trabajo, se esta- rá a lo dispuesto en el Capítulo XIV del Convenio Colectivo Esta- tal de la industria, la tecnología y los servicios del sector metal vi- gente en cada momento.
Inaplicación de condiciones de trabajo. 1. Con el objeto de establecer el marco que posibilite un mayor grado de estabilidad respecto del empleo en el sector, se considera preciso establecer mecanismos que conduzcan a la aplicación de aquellas medidas que, con carácter preventivo y coyuntural, se dirijan a favorecer aquel y ello mediante la suspensión, siempre con carácter temporal, de la aplicación efectiva del Convenio sobre determinadas condiciones de trabajo. Dichas medidas tendrán por objeto la inaplicación temporal y efectiva del Convenio, todo ello dentro del marco legal y convencional establecido. 2. Este procedimiento de inaplicación de condiciones de trabajo se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 82.3 del ET. Materias afectadas.- A tal efecto la inaplicación o suspensión temporal podrá afectar a las siguientes materias establecidas en el convenio colectivo de ámbito superior a la empresa que resulte aplicable y todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 41 del E.T.: a) Jornada de trabajo.
Inaplicación de condiciones de trabajo. Concepto. Con el objeto de establecer el marco que posibilite un mayor grado de estabilidad respecto del empleo en el sector, se considera preciso establecer mecanismos que conduzcan a la aplicación de aquellas medidas que, con carácter preventivo y coyun- tural, se dirijan a favorecer aquél y ello mediante la suspensión, siempre con carácter tem- poral, de la aplicación efectiva del Convenio sobre determinadas condiciones de trabajo. Dichas medidas tendrán por objeto la inaplicación temporal y efectiva del Convenio, todo ello dentro del marco legal y convencional establecido. Materias afectadas. A tal efecto la inaplicación o suspensión temporal podrá afectar a las siguientes materias establecidas en el Convenio Colectivo de ámbito superior a la empresa que resulte aplicable, y todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 41 del E.T.: a) Régimen salarial. b) Xxxxxxx, distribución de la jornada y del tiempo de trabajo. c) Régimen de trabajo a turnos. d) Funciones cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 del E.T. e) Sistema de trabajo y rendimiento. f) Sistema de remuneración.
Inaplicación de condiciones de trabajo. 17 Título I. Condiciones de prestación del trabajo 21 Capítulo I. Condiciones generales de ingreso 21 Capítulo II. Contratación 23 Capítulo III. Clasificación profesional 35
Inaplicación de condiciones de trabajo. Concepto. Materias afectadas. a) Régimen salarial. b) Xxxxxxx, distribución de la jornada y del tiempo de trabajo. c) Régimen de trabajo a turnos. d) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 del E.T. e) Sistema de trabajo y rendimiento.
Inaplicación de condiciones de trabajo. Sin perjuicio de la eficacia obligacional general establecida en los artículos anteriores, cuando se dé alguna de las causas expresadas en el artículo 82.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y con sujeción a lo dispuesto al respecto en el Capítulo III del Título Preliminar del VI Convenio General del Sector de la Construcción, se podrá proceder a inaplicar temporalmente en la empresa de que se trate algunas de las condiciones de trabajo previstas en el presente Convenio que afecten exclusivamente a las materias descritas por el citado precepto del E.T.
Inaplicación de condiciones de trabajo. Concepto. 19 Artículo 15.‐ Materias afectadas. 20 Artículo 16.‐ Causas. 20 Artículo 17.‐ Procedimiento. 20