Common use of Intereses Moratorios Clause in Contracts

Intereses Moratorios. En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la Reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización dentro de los 30 días naturales siguientes a haber recibido la totalidad de la información, la Aseguradora deberá pagar el interés moratorio que resulte aplicable en los términos de la ley de la materia. Lo dispuesto anteriormente no es aplicable en los casos a que se refiere la Ley de Protección y defensa al Usuario de Servicios Financieros, en los que deberá estarse a lo establecido por dicha ley y por el artículo 277 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

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Samples: www.gob.mx, doc.shf.gob.mx, doc.shf.gob.mx

Intereses Moratorios. En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la Reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización dentro de los 30 días naturales siguientes a haber recibido la totalidad de la información, la Aseguradora deberá pagar el interés moratorio que resulte aplicable en los términos de la ley de la materia. Lo dispuesto anteriormente no es aplicable en los casos a que se refiere la Ley de Protección y defensa Defensa al Usuario de Servicios Financieros, en los que deberá estarse a lo establecido por dicha ley y por el artículo 277 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, www.gob.mx

Intereses Moratorios. En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la Reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización dentro de los 30 días naturales siguientes a haber recibido la totalidad de la información, la Aseguradora deberá pagar el interés moratorio que resulte aplicable en los términos de la ley de la materia. Lo dispuesto anteriormente no es aplicable en los casos a que se refiere la Ley de Protección y defensa al Usuario de Servicios Financieros, en los que deberá estarse a lo establecido por dicha ley y por el artículo 277 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS136 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

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Samples: doc.shf.gob.mx