INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad a la Constitucion de la Republica, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation aplicable, los Principios Generates del Derecho Administrative, y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposition y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion PublicaPubiica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad a la Constitucion de la Republica, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica Pubiica y su Reglamento, demas legislation legislacion aplicable, los Principios Generates Generales del Derecho Administrative, y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposition disposicion y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico pOblico del Institute Instituto autorizado para tal tai efecto por parte del Director General del ISSS.
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos inciso uno y dos de la Ley de Adquisiciones Adquisiclones y Contrataciones de la Administracion PublicaAdministration Ptiblica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato contrato, de conformidad a la Constitucion Constitution de la RepublicaRepublics, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica Administracibn Publics y su Reglamento, demas legislation aplicable, aplicable y los Principios Generates principios generaies del Derecho Administrative, Administrative y de la forma que mas mbs convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del suministro objeto del presente contratoinstrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientesconveniente. La Contratista expresamente acepta tal disposition y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Institutional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.ISSS autorizado
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 ochenta y cuatro incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato contrato, de conformidad a la Constitucion de la Republica, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation aplicable, legislacion aplicable y los Principios Generates Generales del Derecho Administrative, Administrative y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista contratista expresamente acepta tal disposition disposicion y se obliga a dar estricto cumplimiento a las ias instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute Instituto autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad a la Constitucion Constitution de la Republica, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation legislacion aplicable, los Principios Generates Generales del Derecho Administrative, y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del de! presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista contratista expresamente acepta tal disposition y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.Instituto
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al ai articulo 84 ochenta y cuatro incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato contrato, de conformidad a la Constitucion Constitution de la RepublicaRepublics, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation aplicable, aplicable y los Principios Generates Generales del Derecho Administrative, Administrative y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista contratista expresamente acepta tal disposition disposicion y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad a la Constitucion Constitution de la Republica, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation aplicable, los Principios Generates del Derecho Administrative, y de la forma que mas convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposition y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.
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INTERPRETACION DEL CONTRATO. De conformidad al articulo 84 incisos uno y dos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica, el ISSS se reserva la facultad de interpretar el presente contrato de conformidad a la Constitucion Constitucidn de la RepublicaRepublics, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Publica y su Reglamento, demas legislation legislacion aplicable, los Principios Generates del Derecho Administrative, y de la forma que mas m£s convenga al interes publico que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecucion del objeto del presente contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposition disposicion y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el ISSS, las cuales le seran comunicadas por medio del Administrador del Contrato, y en su defecto a traves de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del ISSS u otro funcionario o empleado publico del Institute autorizado para tal efecto por parte del Director General del ISSS.v
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