Jornada 1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, que se corresponderá, en general, con 40 horas ordinarias de trabajo efectivo a la semana, tanto en horario partido como continuado. La distribución de la jornada se realizará, exclusivamente, en cómputo semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos de cómputos superiores a éste, sin perjuicio de lo que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en el apartado 8. 2. El tiempo de trabajo efectivo se computará de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo, en condiciones de realizar sus funciones profesionales. 3. El número de horas ordinarias de trabajo efectivo diario no podrá ser en ningún caso superior a nueve horas ni inferior a cuatro horas. 4. Entre el final de la jornada ordinaria y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. No obstante, para el personal asignado a los departamentos de comedor, bar y cocina, el descanso entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente podrá calcularse en cómputo de hasta cuatro semanas. En estos casos, el descanso entre jornadas no podrá ser inferior a diez horas. 5. La jornada ordinaria partida tendrá una única interrupción de una hora como mínimo. Por lo tanto, dicha jornada partida solo podrá tener dos periodos de trabajo durante la misma. 6. Anualmente, las empresas y establecimientos regulados por el presente convenio deberán contar con un calendario laboral en el que figuren los turnos de trabajo, descansos semanales, turnos de vacaciones y festivos si se acumulan, que se confeccionará entre la dirección de la empresa y la representación de los trabajadores con anterioridad al 15 de diciembre del año anterior. No obstante lo anterior, en los meses xx Xxxxx, Xxxxx, Xxxxxx y Septiembre el cuadrante de turnos, horarios y descansos se realizará con dos semanas de antelación, el resto de los meses se realizará con tres semanas de antelación, que solo podrá variarse si existe común acuerdo con la empresa, del que deberá tener conocimiento, en su caso, la representación legal de los trabajadores 7. En los supuestos en los que se pudiese establecer un régimen de jornada continuada, la empresa y los representantes legales de los trabajadores estudiarán la posibilidad de propiciarla sin discriminación. 8. Se podrá distribuir irregularmente la jornada en un máximo de 64 horas anuales de confomidad con las siguientes reglas: a) La distribución irregular de jornada, cuando se aplique, sólo podrá ser realizada por el personal fijo ordinario y fijo discontinuo a tiempo completo, debiendo respetarse en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal así como la duración máxima y mínima de la jornada diaria prevista en este artículo. El trabajador, así como sus representantes legales, deberán conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquélla. Para el caso de los trabajadores fijos discontinuos a tiempo completo, el máximo de 64 horas anuales podrá aplicarse sólo a aquellos que presten sus servicios durante 7 meses o más en el año natural; para aquellos fijos discontinuos a tiempo completo que presten sus servicios durante menos de 7 meses, se les podrá distribuir irregularmente la jornada en proporción al tiempo de prestación de servicios.
Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)
COBERTURA BÁSICA Está asegurada, dentro del marco de las condiciones de esta póliza la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado por daños causados a terceros (por lo tanto, quedan excluidos los daños que puedan sufrir las obras mismas llevadas a cabo por él), derivada de sus actividades atribuibles a la obra u obras que se mencionan en la carátula de la póliza. En consecuencia, queda asegurada la responsabilidad del asegurado por ejemplo: 1. Como propietario, poseedor temporal o arrendatario de terrenos, edificios o locales que sean utilizados para llevar a cabo la(s) obra(s) o como vivienda temporal para sus empleados. Para asegurar la responsabilidad legal del arrendatario, por daños a un inmueble tomado en arrendamiento, se requiere la cobertura adicional de responsabilidad civil legal de arrendatario. 2. Derivada de la tenencia y uso de instalaciones de carga y descarga así como de máquinas de trabajo. 3. Derivada de la posesión y mantenimiento de lugares de estacionamiento y gasolineras a su servicio. Para asegurar la responsabilidad civil por daños a vehículos ajenos (o a su contenido) en poder del asegurado, se requiere cobertura adicional de responsabilidad civil de garaje o estacionamiento de automóviles. 4. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sanitarias y de aparatos e instalaciones reconocidos por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa. 5. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones sociales (comedores, comercios, casas-hogar, guarderías y similares), destinadas exclusivamente a su empresa. 6. Derivada de la tenencia o mantenimiento de instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), en los inmuebles referidos en el numeral 1. de estas condiciones particulares. 7. Derivada de la posesión y mantenimiento de instalaciones de seguridad (servicio contra incendio, perro guardián, sistemas de alarma y similares). 8. Derivada del uso y mantenimiento de ascensores, escaleras eléctricas y montacargas. 9. Está asegurada además, conforme, con las condiciones de la póliza, la responsabilidad civil legal personal de los empleados y trabajadores del asegurado, frente a terceros, derivada del ejercicio de la actividad materia de este seguro. Queda excluida la responsabilidad de las personas que no estén en relación de trabajo con el asegurado.
PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.
DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.
Ejemplares El presente Contrato se firmará en [_] ejemplares, por las Partes que intervienen en su formalización, cada uno de los cuales cuando sea firmado y entregado de esta manera será un original, en el entendido que conjuntamente constituirán uno y el mismo instrumento jurídico. Las Partes han leído y comprendido el contenido del presente Contrato y enteradas de su valor, alcance y fuerza legal, lo suscriben de conformidad y lo firman para constancia, en el Estado de Sonora, el [_] de [_] de [_]. HOJA DE FIRMAS DEL CONTRATO DE GARANTÍA PARCIAL, DE PAGO OPORTUNO, INCONDICIONAL E IRREVOCABLE, NO REVOLVENTE (EL “CONTRATO”) QUE, EL [_] DE [_] DE 2020, CELEBRAN [_], EN CALIDAD DE GARANTE, (EL “GARANTE”), EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN CALIDAD DE CONTRATANTE Y DEUDOR DE LA GARANTÍA (EL “ESTADO”), CON LA COMPARECENCIA DE [_], EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO MAESTRO, IRREVOCABLE, DE ADMINISTRACIÓN Y FUENTE DE PAGO F/[_], DE FECHA [_], EN CALIDAD DE CESIONARIO DEL DERECHO A DISPONER DE LA GARANTÍA, (EL “FIDUCIARIO”). [_] Apoderado Legal [_] Delegado Fiduciario [Garante] Presente. [_], a [_] de [_] de 2020. Me refiero al Contrato de Garantía Parcial, De Pago Oportuno, Incondicional e Irrevocable, no Revolvente de fecha [_] (el “Contrato de Garantía”), celebrado entre: (i) el [Garante], (ii) el Estado de Sonora, y (iii) [Nombre del Banco Fiduciario del Fideicomiso], Fiduciario del Fideicomiso maestro, irrevocable, de administración y fuente de pago número [_], formalizado por contrato de fecha [_]. Los términos escritos en el presente documento con mayúscula inicial que no estén específicamente definidos en el mismo tendrán el significado que a los mismos se les atribuye en el Contrato de Garantía. Por medio de la presente le comunico que ha ocurrido un Evento de Desembolso de la Garantía, en tal virtud, solicito con fecha [_] el desembolso de la cantidad de $[_] ([_]) (la “Cantidad Solicitada”) y su transferencia a la cuenta del Fideicomiso número [_], de conformidad con lo previsto en la Cláusula [_] del Contrato de Garantía. C.c.p (Gobierno del Estado de Sonora) [Domicilio] Atención: [_] [Insertar cargo] Ref.: Notificación del Saldo Insoluto Total. Me refiero al Contrato de Garantía Parcial, De Pago Oportuno, Incondicional e Irrevocable, no Revolvente de fecha [_], (el “Contrato de Garantía”) celebrado entre: (i) el [Garante], (ii) el Estado de Sonora, y (iii) [Nombre del Banco Fiduciario del Fideicomiso], Fiduciario del Fideicomiso maestro, irrevocable, de administración y fuente de pago número [_], formalizado por contrato de fecha [_]. Los términos escritos en el presente documento con mayúscula inicial que no estén específicamente definidos en el mismo tendrán el significado que a los mismos se les atribuye en el Contrato de Garantía. El suscrito, en mi carácter de apoderado debidamente facultado del Garante, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del Contrato de Garantía, en este acto notifico con fecha [_] al Estado de Sonora lo siguiente: Derivado de la terminación del Periodo de Disposición de la Garantía, por este medio hago de su conocimiento que el Saldo Insoluto Total de la Garantía a la fecha del presente asciende a la cantidad de $[_] ([_]). En este tenor, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Garantía, se hace de su conocimiento que la tabla de amortizaciones que será aplicable durante el Periodo de Amortización, para efectuar los pagos de capital e intereses que comprenden el Saldo Insoluto Total, será la siguiente: En términos de lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato de Garantía, el Estado de Sonora dispondrá de un plazo de 15 (quince) Días Hábiles, a partir de la fecha en que reciba la presente notificación para solicitar al Garante cualquier aclaración respecto del monto del Saldo Insoluto Total a que se refiere la presente notificación. Concluido el plazo otorgado al Estado sin que éste hubiere formulado sus objeciones al monto del Saldo Insoluto Total, se entenderá que está de acuerdo con la información y contenido de la presente notificación y le será obligatoria en todos sus términos. Quedo a sus órdenes para cualquier aclaración o comentario.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).
DEL PLAZO El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE con el pago total de las cuotas establecidas, en los plazos y montos pactados, y con la frecuencia que se señala en el Cronograma de Pagos contenido en el Anexo 02.
COTIZACIÓN La cotización deberá contener: 1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el pliego de bases y condiciones particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego de bases y condiciones particulares.
REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.