JURISDICCION Y LEY APLICABLE. La validez, realización y aplicación de presente acuerdo deberá regirse por la ley de ………… y estará sujeta a la exclusiva jurisdicción de las cortes de ……….., a las cuales las partes por este medio nominan excepto que una parte deseara buscar un procedimiento arbitral en concordancia con las reglas de arbitraje de ………..
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. Estas condiciones así como cualquier contrato firmado con ICONTAINERS y cualquier disputa que pudiera surgir a raíz de los mismos, serán regidos e interpretados de conformidad con la Ley de España. Cualquier disputa o acción que pudieran surgir o ejercitarse frente a ICONTAINERS, sus empleados y/o dependientes quedarán sometidas a la jurisdicción española, y, dentro de ella, a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Barcelona, renunciando de forma expresa el c liente a cualquier otro fuero.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. EL CLIENTE acepta someterse a la legislación de la República de Colombia y a la jurisdicción de los juzgados y tribunales con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. Para todos los efectos del contrato, las partes fijan domicilio especial en el lugar señalado en el encabezamiento y se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Xxxx Xxxxxxxx Misiones, y a las Leyes de fondo y de forma de la República del Paraguay, con exclusión de cualquier otra. En prueba de conformidad, se firma el presente contrato en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados en el encabezado del presente documento.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. El presente contrato se regirápor las Leyes de la República de Colombia, en especial por lo dispuesto en el Código Civil y Código de Comercio Colombiano. Toda diferencia que suscite entre las partes en relación con el presente contrato, durante su ejecución, a su terminación o después de terminado, en o por razón de él, serán resueltas de común acuerdo por las partes. No obstante, si en un término de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha en que una parte notifique a la otra por escrito la existencia de alguna diferencia no se le ha encontrado solución a la misma, esta novedad será sometida a través de Centro de Conciliación autorizado en la ciudad de Bogotá o por la justicia ordinaria. Los gastos en que se incurra serán asumidos por partes iguales entre las partes.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. Las presentes condiciones generales se rigen por la legislación española. Son competentes para resolver toda controversia o conflicto que se derive de las presentes condiciones generales los Juzgados de Barcelona a los que las partes se someten, renunciando expresamente el comprador a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. 11.1- Se pacta la jurisdiccion de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires y la aplicacion de la ley Argentina con exclusion de toda norma sobre conflicto xx xxxxx. Se fija como domicilio legal de XxxxxxXxxxxxx.xxx la Xx. Xxxxxxxx 000 xxxx 0 xx.00 (0000XXX), Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. Para todos los efectos del contrato, las partes fijan domicilio especial en el lugar señalado en el encabezamiento y se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. DIRESNA y EL CONTRATISTA acuerdan que todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante la conciliación, de no ser posible, serán resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y de acuerdo con su Reglamento, de acuerdo con lo dispuesto por el Título V del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Título V Capítulo IV del Texto Único Ordenado de su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos N°s. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM de fechas 26 noviembre 2004, respectivamente.
JURISDICCION Y LEY APLICABLE. 23.1 Ambas Partas acuerdan que cualquier diferencia de criterios que pudiese surgir entre la República y el Contratista en relación con los términos de este Contrato, será solucionada por medio de negociaciones amistosas. Todas las disputas surgiendo en conexión con este Contrato o su vigencia, interpretación, desempeño, rompimiento o la terminación del mismo, serán solucionadas, si es posible, por medio de negociaciones amistosas. Si las negociaciones no pudieran solucionar la disputa dentro de sesenta (60) días, estás serán resueltas por medio de arbitraje tal como se establece en el artículo 27, Disputas y Arbitrajes
23.2 A pesar de las estipulaciones de este Artículo, cualquier duda o controversia en relación con al Entrenamiento y Transferencia Tecnológica , tal como se define en el Artículo 22 y el Anexo 6 Entrenamiento y Transferencia Tecnológica , será solucionada y decidida en conformidad con el Artículo 28.Resolución de Disputas Sobre Entrenamiento y Transferencia Tecnológica
23.3 Las Partes reconocen y convienen en que la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes no se deberá aplicar a las transacciones contempladas en este Contrato.