LIMITE TERRITORIAL Cláusulas de Ejemplo

LIMITE TERRITORIAL. Esta póliza ha sido contratada conforme a las Leyes Mexicanas y para cubrir daños que ocurran dentro del territorio nacional.
LIMITE TERRITORIAL. DE CUALQUIER PARTE DEL MUNDO HASTA LEÓN, GUANAJUATO, MÉXICO Y/O VICEVERSA CUALQUIER MEDIO USUAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO, MARÍTIMO Y COMBINADO; VEHÍCULOS PROPIOS DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES EN ÓPTICA, A.C. Y/O FUNCIONARIO O INVESTIGADOR Y/O SERVICIO PÚBLICO FEDERAL. ROBO PARCIAL 10% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE ROBO TOTAL 10% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE DEMÁS RIESGOS 5% SOBRE EL VALOR TOTAL DEL EMBARQUE SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS MEDIOS DE CONDUCCIÓN -MARÍTIMO -TERRESTRE Y/O AÉREO COMBINADO COBERTURAS BÁSICAS R.O.T. MARÍTIMO - INCENDIO, XXXX Y EXPLOSIÓN. - VARADA, HUNDIMIENTO O COLISIÓN XXX XXXXX. - PÉRDIDA DE BULTO. - AVERÍA GRUESA O GENERAL. R.O.T TERRESTRE Y/O AÉREO - INCENDIO, RAYO Y EXPLOSIÓN. - CAÍDA DE AVIONES. - AUTO IGNICIÓN, COLISIÓN, VOLCADURA DEL MEDIO DE TRANSPORTE. - HUNDIMIENTO XX XXXXXXX. ADICIONALES - ROBO DE BULTO POR ENTERO. - ROBO PARCIAL. - MOJADURA. - MANCHAS - OXIDACIÓN. - CONTACTO CON OTRAS CARGAS. - ROTURA O RAJADURA. - XXXXXX X XXXXXXXX. -ECHAZÓN O BARREDURA. - A TODO RIESGO. MODALIDADES - PÓLIZA ESPECIFICA POR VIAJE. - PÓLIZA ABIERTA O DE DECLARACIÓN. - PÓLIZA AL TÉRMINO O ANUAL.
LIMITE TERRITORIAL. La presente Póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de la República de El Xxxxxxxx, excepto para la Sección Accidentes Personales y Gastos Funerarios, en cuyo caso, las personas aseguradas bajo dichas secciones, estarán amparadas en cualquier parte del mundo.
LIMITE TERRITORIAL. Excepto en el caso de existir la cobertura de Extensión Territorial, la presente Póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas o daños ocurridos dentro del territorio de la República de Nicaragua.
LIMITE TERRITORIAL. LA COBERTURA DEL PRESENTE SEGURO SE REFIERE UNICA Y EXCLUSIVAMENTE A ACTIVIDADES REALIZADAS BAJO LA LEGISLACION COLOMBIANA, LLEVADAS A CABO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y RELACIONADAS CON RIESGOS REALIZADOS EN ESTE.
LIMITE TERRITORIAL. LA COMPAÑÍA pone a disposición del Asegurado estos servicios las 24 horas de los 365 días del año y se aplicarán en caso de percance vial o eventualidad ocurrida sólo dentro de la República Mexicana.
LIMITE TERRITORIAL. Excepto en el caso de existir la cobertura de Extensión Territorial, la presente Póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas o daños ocurridos dentro del territorio de la República de Nicaragua. La Suma Asegurada ha sido fijada en valores monetarios en la solicitud por el Asegurado y no es prueba de la existencia ni del valor del (de los) vehículo (s) asegurado (s), únicamente representa la base para limitar la responsabilidad de la Compañía. La Suma Asegurada no cubre el deducible y coaseguros mencionados en las Condiciones Particulares, con respecto a todos y cada una de las coberturas amparadas por esta Póliza, las que corren a cargo del Asegurado, quien no podrá asegurar ni el deducible ni los coaseguros.
LIMITE TERRITORIAL. La presente póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de la República de El Xxxxxxxx.
LIMITE TERRITORIAL. Esta póliza ha sido contratada conforme a las leyes Mexicanas y para cubrir daños que ocurran dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Salvo para la Sección IV Responsabilidad Civil General la limitación territorial se podrá ampliar mediante Convenio Expreso para cubrir en el extranjero.
LIMITE TERRITORIAL. La presente póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de los Estados Unidos Mexicanos.