LUGAR Y VIGENCIA DE LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO” Cláusulas de Ejemplo

LUGAR Y VIGENCIA DE LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”. SERÁN PRESTADOS EN LAS INSTALACIONES DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN FEDERAL, EN ADELANTE “EL SPF”, UBICADAS EN LA AVENIDA XXXXXX XXXXX XX XXXXXXX NO. 915, COLONIA EL ROSEDAL, ALCALDÍA COYOACÁN, CIUDAD DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 04330, ASÍ COMO EN CUALQUIER OTRO LUGAR A NIVEL NACIONAL EN EL QUE “EL SPF” PUDIERA REQUERIRLO SIN COSTO ADICIONAL. LA VIGENCIA DE “EL SERVICIO” SERÁ A PARTIR DEL DÍA NATURAL SIGUIENTE A LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019. EN CASO DE CUALQUIER CONTINGENCIA Y/O NECESIDAD, “EL SERVICIO” DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 7 DIAS DE LA SEMANA CONTANDO DÍAS FESTIVOS O FERIADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL INTRUMENTO CONTRACTUAL, LO CUAL NO DEBE GENERAR COSTO ADICIONAL ALGUNO PARA “EL SPF”. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ GARANTIZAR QUE LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”, SE PRESTARÁ CON MANO DE OBRA CALIFICADA EN CADA UNA DE LAS ESPECIALIDADES SOLICITADAS EN EL PRESENTE ANEXO TÉCNICO. 1. “EL SERVICIO” SE PROPORCIONARÁ DE LUNES X XXXXXXX, LAS 24 HORAS DEL DÍA, DURANTE LA VIGENCIA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, DE CONFORMIDAD A LOS REQUERIMIENTOS DE “EL SPF”. 2. EL DIA DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ENTREGARÁ A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, EN ADELANTE “EL ADMINISTRADOR”, EN FORMA IMPRESA, LA RELACIÓN DEL PERSONAL CON EL CUAL PRESTARÁ “EL SERVICIO”, INCLUYENDO: NOMBRE, CARGO O PUESTO, ESPECIALIDAD, EDAD, NÚMERO DE REGISTRO ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) Y COPIA DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL. “EL SPF” NO PERMITIRÁ EL INGRESO A SUS INSTALACIONES A LAS PERSONAS QUE NO APAREZCAN EN EL LISTADO ANTES CITADO, MISMO QUE PODRÁ SER ACTUALIZADO POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” EN CUALQUIER MOMENTO DURANTE LA VIGENCIA DE “EL SERVICIO”, LO CUAL DEBERÁ SER NOTIFICADO POR ESCRITO A “EL ADMINISTRADOR”, CON AL MENOS 72 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL INGRESO DE NUEVO PERSONAL OPERATIVO. 3. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DURANTE LA VIGENCIA DE “EL SERVICIO” DEBERÁ TENER INSCRITO AL PERSONAL OPERATIVO CON QUIEN PRESTARÁ “EL SERVICIO”, EN EL DENOMINADO “SISTEMA ÚNICO DE AUTODETERMINACIÓN DE CUOTAS” DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIA-L (IMSS), POR LO QUE LAS CUESTIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE DICHO PERSONAL OPERATIVO SERÁN A CARGO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EXIMIENDO A “EL SPF” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD AL RESPECTO, COMO PUEDE SER ...

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  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------