MARCAS Y PATENTES Cláusulas de Ejemplo

MARCAS Y PATENTES. El Contratista le garantiza a la Entidad Estatal contratante, el uso de las marcas y patentes de los elementos objeto de este contrato.
MARCAS Y PATENTES. El Organizador CE no asume responsabilidad alguna por la utilización que el Expositor hiciera de marcas, patentes, anuncios y/o enseñas comerciales, responsabilidad que quedará íntegramente a cargo del Expositor. El Expositor autoriza al Organizador en forma gratuita, el uso de la marca y logotipo para ser utilizado en publicaciones que se deban realizar con motivo del presente contrato, a los fines de difundir y publicitar EXPOESTRATEGAS 2022.
MARCAS Y PATENTES. EL PRESTADOR" ASUME CUALQUIER TIPO DE RESPONSABILIDAD POR LAS VIOLACIONES QUE PUDIERAN DARSE EN MATERIA DE PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, TANTO EN EL ÁMBITO NACIONAL COMO INTERNACIONAL, CON RESPECTO A LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO; POR LO QUE DE PRESENTARSE ALGUNA RECLAMACIÓN, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O POSTERIOR A ELLA A “EL CECUT”, "EL PRESTADOR" CONVIENE DESDE AHORA, EN PAGAR CUALQUIER IMPORTE QUE DE ELLO SE DERIVE Y SACAR A SALVO Y EN PAZ DE TALES RECLAMACIONES A “EL CECUT”, A MÁS TARDAR A LOS QUINCE DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE SEA NOTIFICADO DE ELLO POR ESTA ÚLTIMA.
MARCAS Y PATENTES. El Contratista le garantiza a la Contratante, el uso de las marcas y patentes de los elementos objeto de este contrato. Si en virtud de una orden judicial, se retienen o se prohíbe el uso de los materiales objeto del contrato, el contratista deberá reemplazar los bienes o servicios conexos por otros de similar calidad a los adquiridos por la Entidad Contratante, en forma inmediata.
MARCAS Y PATENTES. El PROVEEDOR será el único responsable del uso de marcas y patentes, y demás análogas, en los Bienes que proporcione al IMER, por lo que el PROVEEDOR se obliga a liberar al IMER de cualquier reclamación judicial o extrajudicial, dentro de la República Mexicana o en el Extranjero.
MARCAS Y PATENTES. 2 Sí la Entidad Estatal y el Proveedor lo consideran necesario, pueden incluir una cláusula diferente o con otro alcance sobre propiedad intelectual y derechos de autor. El Contratista le garantiza a la Entidad Estatal contratante, el uso de las marcas y patentes de los elementos objeto de este contrato y que con el cumplimiento de sus obligaciones no infringe ningún derecho de propiedad intelectual o industrial.
MARCAS Y PATENTES. 54 8 FACTORES DE RIESGO 9 INFORMACIÓN SOBRE FILIALES
MARCAS Y PATENTES. Sociedad Concesionaria Túnel San Xxxxxxxxx S.A. es dueña de las siguientes marcas inscritas en el Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía: s Marca: Túnel San Xxxxxxxxx. Tipo: Mixta. Clases 9, 16, 35, 36 y 39. s Marca: San Xxxxxxxxx Express.Tipo: Denominación. Clases 9, 35, 36 y 39. De la misma manera, se encuentran registrados los siguientes dominios de páginas web: Dominios WEB xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx xxx.xxx.xx
MARCAS Y PATENTES. Sustitúyese el artículo 10 de la ley 22.362, por el siguiente:
MARCAS Y PATENTES. AGREGADOR reconoce que no tendrán ningún interés o propiedad en ninguna marca comercial, nombre comercial o material publicitario, promocional u otro material escrito relacionado con los Productos. El presente Contrato, no faculta a las Partes para obtener o tratar de obtener durante su vigencia ni después, ningún título de propiedad, dominio, derecho o interés de ninguna clase respecto de patentes, marcas, nombres comerciales, denominaciones de origen, emblemas, rótulos, diseños, elementos literarios, artísticos o publicitarios, good will, know how de propiedad de cada una de las Partes. Las Partes reconocen y aceptan que inmediatamente después de la terminación de este Contrato por cualquier causa, cesará el aprovechamiento de cualquiera de los nombres, marcas, rótulos, enseñas, anuncios, letreros, formularios, documentos o signos distintivos de propiedad de cada una de las Partes y, en general de todo material de publicidad e identificación que pudiere vincularlo directa o indirectamente a ellos y sus asociados y personal. Todo aviso, enseña, rótulo, material de identificación propio de las Partes deberá ser retirado inmediatamente después de la terminación sin que puedan ejercer derecho de retención por ningún concepto ni reclamar contraprestación económica de ninguna naturaleza.