SIGNOS DISTINTIVOS Cláusulas de Ejemplo

SIGNOS DISTINTIVOS. EMPRESA no podrá utilizar el nombre, marca, logotipo o cualquier otro signo distintivo de SIGFITO en sus productos, documentos, publicidad, o de cualquier otra manera, sin su autorización expresa y por escrito, en la que se especificarán las condiciones de su utilización. Con la excepción de poder usar el nombre de EMPRESA con propósitos únicamente publicitarios o de promoción de su colaboración con el SIG, SIGFITO solo podrá utilizar el nombre, logotipo, marca o cualquier otro signo distintivo de la Empresa previa su autorización expresa y por escrito, en la que se especificarán las condiciones de su utilización. EMPRESA se compromete a colaborar con SIGFITO en la defensa de sus derechos de propiedad intelectual y la imagen y crédito de SIGFITO y de su símbolo distintivo.
SIGNOS DISTINTIVOS. Son los nombres comerciales que sirven para identificar al comerciante y al establecimiento de comercio.
SIGNOS DISTINTIVOS. Las Partes autorizan expresamente el uso de sus signos distintivos exclusivamente para promover y dar a conocer en el mercado todos aquellos programas o actividades relacionadas con las acciones conjuntas establecidas en el presente Convenio. Ninguna de las Partes podrá utilizar las marcas, logotipos, nombres comerciales o cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual e industrial de la otra Parte, para ninguna finalidad distinta de lo estipulado en la presente cláusula sin que haya sido expresamente autorizada por escrito por la titular.
SIGNOS DISTINTIVOS. Corresponde a los símbolos empleados en la actividad empresarial para identificar al comerciante, al establecimiento de comercio, al producto o al servicio. Entre ellos se encuentran: Las marcas, los lemas comerciales, el nombre comercial y las indicaciones geográficas (denominaciones de origen e indicaciones de procedencia). ARTÍCULO 13 A. DISEÑOS INDUSTRIALES.- Se considerará como diseño industrial la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto. Conc. Ley 178 de 1994, mediante la cual Colombia adhiere al Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial; Arts. 134, 175, 190, 201, 221, Decisión Andina 486 de
SIGNOS DISTINTIVOS. 1. En el presente Protocolo se reconoce un signo distintivo adicional, además de los signos distintivos de los Convenios xx Xxxxxxx y para los mismos usos. Todos los signos distintivos tienen el mismo estatus. 2. Este signo distintivo adicional, conformado por un xxxxx xxxx xxxxxxxx sobre fondo blanco, colocado sobre uno de sus vértices, se avendrá con la ilustración que figura en el Anexo al presente Protocolo. En el presente Protocolo se denomina este signo distintivo como el "emblema del tercer Protocolo". 3. Las condiciones para el empleo y el respeto del emblema del tercer Protocolo son idénticas a las que son estipuladas para los signos distintivos en los Convenios xx Xxxxxxx y, cuando sea aplicable, en los Protocolos adicionales de 1977. 4. Los servicios sanitarios y el personal religioso de las fuerzas armadas de las Altas Partes Contratantes pueden emplear temporalmente cualquier signo distintivo mencionado en el párrafo 1 del presente artículo, sin perjuicio de sus emblemas usuales, si este empleo puede potenciar su protección.
SIGNOS DISTINTIVOS. Ninguna de las partes podrá exponer ni utilizar los Signos Distintivos de la otra parte, salvo en los supuestos expresamente permitidos en este ACUERDO, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte. INNOQUANT únicamente podrá exhibir aquellos Signos Distintivos del CLIENTE que el CLIENTE le hubiera autorizado (dicha autorización se entiende otorgada al subir el CLIENTE sus Signos Distintivos a los Servicios), y únicamente en aquellas secciones de las Páginas del Servicio expresamente designadas al efecto. El CLIENTE podrá especificar la naturaleza de este uso a través de Consola MOCA. Si el CLIENTE quiere mostrar los Signos Distintivos de INNOQUANT en conexión con los Servicios, el CLIENTE deberá cumplir con las Directrices de Uso de Marcas. INNOQUANT podrá incluir los Signos Distintivos de INNOQUANT en las Páginas del Servicio para indicar su condición de proveedor de los Servicios.
SIGNOS DISTINTIVOS. Tanto el OPERADOR SELECCIONADO como ECOEMBES únicamente podrán usar los signos distintivos de la otra parte con fines de difusión publicitaria del SIG dirigido por ECOEMBES y sus actividades en defensa del medio ambiente. En cualquier otro caso, se precisará acuerdo expreso entre las partes. DÉCIMA.NOTIFICACIONES Cualesquiera notificaciones y comunicaciones que deban ser realizadas por y entre las partes en relación con el presente Contrato, serán consideradas debidamente efectuadas si han sido entregadas directamente por escrito, o remitidas por correo certificado, con acuse de recibo, o por cualquier otro medio que garantice su fehaciencia, en las siguientes direcciones: a) Si van dirigidas al OPERADOR SELECCIONADO: . Figurará como destinatario D.
SIGNOS DISTINTIVOS. Tanto el OPERADOR SELECCIONADO como Ecoembes únicamente podrán usar los signos distintivos de la otra parte con fines de difusión publicitaria del SIG dirigido por Ecoembes y sus actividades en defensa del medio ambiente. En cualquier otro caso, se precisará acuerdo expreso entre las partes.

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  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria. La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello. El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido. En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público. En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución. Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen. De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación

  • Apertura y Validación de Ofertas Esta sección incluye el procedimiento de apertura y validación de Ofertas, Técnicas y Económicas, incluye los criterios de evaluación y el procedimiento de Estudio de Precios.

  • Apertura de ofertas técnicas Resultado de la etapa de evaluación técnica y apertura de ofertas económicas

  • FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

  • VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Apertura de “Sobre A”, contentivo de Propuestas Técnicas El Notario Público actuante procederá a la apertura de los “Sobres A”, según el orden de llegada, procediendo a verificar que la documentación contenida en los mismos esté correcta de conformidad con el listado que al efecto le será entregado. El Notario actuante, deberá rubricar y sellar cada una de las páginas de los documentos contenidos en los “Sobres A”, haciendo constar en el mismo la cantidad de páginas existentes. En caso de que surja alguna discrepancia entre la relación y los documentos efectivamente presentados, el Notario Público autorizado dejará constancia de ello en el acta notarial. El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto de apertura de los Sobres A, si las hubiere. El Notario Público actuante concluido el acto de recepción, dará por clausurado el mismo, indicando la hora de cierre. Las actas notariales estarán disponibles para los Oferentes/ Proponentes, o sus Representantes Legales, quienes para obtenerlas deberán hacer llegar su solicitud a través de la Oficina de Acceso a la Información (OAI).

  • SUMAS ASEGURADAS 1. El 100% de las minutas y gastos de reclamación, sin límite cuando se trate de las acreditadas por los Abogados y Procuradores designados por el Asegurador y, como máximo por siniestro, hasta 1.500,00 euros cuando se trate de los honorarios y gastos de Abogados y Procuradores libremente elegidos por el Asegurado.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.