Common use of Movilidad funcional Clause in Contracts

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora deberán cumplir las instrucciones de la empresa o persona en quien éste delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Hosteleria, doe.juntaex.es, doe.gobex.es

Movilidad funcional. 1.- El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos el artículo 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas, confevicex.com, www.ugt-fica.org

Movilidad funcional. 1. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo Sectorial Estatal Para El Sector De Industrias De Aguas De Bebida Envasadas, Convenio Colectivo Sectorial Estatal, Convenio Colectivo De Ámbito Estatal

Movilidad funcional. El trabajador o la 1 La persona trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario/a o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: www.agua.fsc.ccoo.es, Convenio Colectivo Estatal Del Ciclo Integral Del Agua, agua.fsc.ccoo.es

Movilidad funcional. El trabajador o la 1. La persona trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario/a o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: www.boe.es, www.pimemenorca.org, www.serpasa.es

Movilidad funcional. 1.- El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, dele- gue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos tra- bajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos el artículo 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: industria.ccoo.es, industria.ccoo.es

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 del vigente Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: bop.sede.diputaciondevalladolid.es

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora deberán cumplir las instrucciones de la empresa o persona en quien éste delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades organizativas y directivas, debiendo de- biendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno se- no de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: doe.juntaex.es

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora deberán cumplir las instrucciones de la empresa o persona en quien éste delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, conforme lo regulado en el artículo 14 del presente Acuerdo.

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Samples: jusocan.org

Movilidad funcional. 1 El trabajador o la trabajadora deberán trabajador/a deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresaEmpresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.. cve: BOE-A-2015-9352 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx

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Samples: www.boe.es

Movilidad funcional. 1. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para par la misma misma, lo dispuesto en los artículos artí- culos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Movilidad funcional. 11.1.- El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del Empresario o persona en quien éste este delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades fun- cione organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas ta- reas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación pres- tación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresaEmpresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: leon.cnt.es

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa o persona en quien éste ésta delegue, en el ejercicio habitual de sus facultades organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los TrabajadoresTrabajadores y conforme lo regulado en el artículo 14 del presente Acuerdo.

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Samples: www.ingesa.mscbs.gob.es

Movilidad funcional. El trabajador o la trabajadora 1. Los trabajadores deberán cumplir las instrucciones de la empresa del empresario, o persona en quien éste delegue, en el ejercicio habitual regular de sus facultades organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma conforme a lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los TrabajadoresTrabajadores y en el Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal de Hostelería vigente en cada momento.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Movilidad funcional. 1. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos el artículo 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal

Movilidad funcional. 1. El trabajador o la trabajadora deberán deberá cumplir las instrucciones de la empresa del empresario o persona en quien éste delegue, delegue en el ejercicio habitual de sus facultades funciones organizativas y directivas, debiendo ejecutar los trabajos y tareas que se le encomienden, dentro del contenido general de la prestación laboral. En este sentido, podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el seno de la empresa, ejerciendo como límite para la misma misma, lo dispuesto en los artículos 22 y 39 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: www.sanroque.es