NOMINACIÓN DE TRANSPORTE Cláusulas de Ejemplo

NOMINACIÓN DE TRANSPORTE. Es la solicitud de servicio diario para el DIA DE GAS siguiente, que el REMITENTE entrega al Centro Principal De Control especificando la CANTIDAD DE ENERGIA a ser transportada en forma horaria o semanal en el evento de los DISTRIBUIDORES; el poder calórico del GAS; y puntos de entrada/salida, y la cantidad de energía para efectuar ajustes a la Cuenta de Balance. Dicha solicitud será la base para preparar el PROGRAMA DE TRANSPORTE.
NOMINACIÓN DE TRANSPORTE. Las Nominaciones que realicen los Usuarios deberán hacerse de conformidad con los términos, procedimientos y horarios establecidos en estos TCPS. El Usuario deberá realizar la Nominación, mensual odiario, mediante la Plataforma Electrónica del Gestor Independiente. El Gestor Independiente se encargará de capacitar al Usuario en el uso de la misma. En caso de que la Plataforma Electrónica no estuviera disponible, la Nominación podrá realizarse a través del siguiente correo electrónico. El Usuario deberá proporcionar al Gestor Independiente la información siguiente para que éste pueda identificar y programar una Nominación diaria:
NOMINACIÓN DE TRANSPORTE. Las Nominaciones que realicen los Usuarios deberán hacerse de conformidad con los términos, procedimientos y horarios establecidos en estos TCPS. El Usuario deberá realizar la Nominación, mensual y diaria, mediante la Plataforma Electrónica del Gestor Independiente. El Gestor Independiente se encargará de capacitar al Usuario en el uso de la misma. En caso de que la Plataforma Electrónica no estuviera disponible, la Nominación podrá realizarse a través de Medios Electrónicos que contenga al menos los siguientes puntos: El Gestor Independiente se obliga a recibir y dar trámite a las Nominaciones que cumplan con lo establecido en la presente condición para la recepción y entrega del Gas Natural, en el(los) Punto(s) de Recepción y en el(los) Punto(s) de Entrega establecido(s) en el Contrato, hasta por la CMD y, en su caso, las Cantidades Adicionales Autorizadas e informar al Usuario la Cantidad Programada para el Día de Flujo. El Usuario deberá notificar por escrito al Gestor Independiente o señalar en el Contrato correspondiente al Agente que proporcionará al Gestor Independiente la información relativa a las Nominaciones correspondientes. En cualquier momento, el Usuario podrá dar aviso por escrito al Gestor Independiente, con el fin de notificar el cambio del Agente, así como la fecha a partir de la cual estará autorizado para proporcionar información al Gestor Independiente. Las nominaciones podrán considerar pagos de Desbalance de Gas Natural a favor del Usuario o pagos de Desbalance de Gas Natural a favor del Gestor Independiente. Los Usuarios con consumos mayores a 6 MMPC o 6,253.92 GJ diarios de Gas Natural en el(los) Punto(s) de Entrega agregado(s) en un solo punto, deberán proporcionar al Gestor Independiente en el ciclo 1 “mañana” de Nominaciones, los programas diarios de extracción o consumo de las instalaciones interconectadas.
NOMINACIÓN DE TRANSPORTE. Es la solicitud diaria del servicio para el siguiente Día de gas, presentada por el REMITENTE al TRANSPORTADOR, especificando la cantidad de energía a transportar horaria mente, o diariamente en el caso de distribuidores; el poder calorífico del gas; así como los Puntos de Entrada y Salida y la cantidad de energía para efectuar ajustes a la cuenta de balance.

Related to NOMINACIÓN DE TRANSPORTE

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.