Normas de origen Cláusulas de Ejemplo

Normas de origen. Artículo 3 El párrafo 4 del artículo 17 y el párrafo 2 del artículo 18 del anexo III del Acuerdo quedan modificados de conformidad con las disposiciones del anexo II del presente Protocolo. Artículo 4 El apéndice III del anexo III del Acuerdo se sustituye por el anexo III del presente Protocolo. Artículo 5 El apéndice IV del anexo III del Acuerdo se sustituye por el anexo IV del presente Protocolo. 1. Las disposiciones del Acuerdo serán aplicables a las mercancías exportadas desde Chile a uno de los nuevos Estados miembros o desde uno de las nuevos Estados miembros a Chile, que cumplan con las disposiciones del anexo III del Acuerdo y que, en la fecha de la adhesión, se encuentren en tránsito o en depósito temporal en un depósito aduanero o en una zona franca en Chile o en dicho nuevo Estado miembro. 2. En tales casos, se concederá trato preferencial, previa presentación a las autoridades aduaneras del país importador, dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de la adhesión, de una prueba de origen expedida a posteriori por las autoridades aduaneras o la autoridad gubernamental compe- tente del país exportador.
Normas de origen. A efectos de la contratación cubierta, las Partes no aplicarán normas de origen a los bienes o servicios importados procedentes de la otra Parte o suministrados por ella que sean diferentes de las normas de origen que la Parte aplica en el curso normal del comercio a las importaciones o suministros de los mismos bienes o servicios de la misma Parte.
Normas de origen. El Protocolo no 4 se modifica como sigue: 1) En el artículo 3, apartado 1, y en el artículo 4, apartado 1, se suprime la referencia a los nuevos Estados miembros. 2) El anexo IVa se modifica como sigue: Износителят на продуктите, които се обхващатот този доку- мент (митническо разрешение № … (1)) декларира, че освен когато ясно е отбелязано друго, тези продукти са с … пре- ференциален произход (2). El exportador de los productos incluidos en el presente do- cumento [autorización aduanera no … (1)] declara que, salvo indicación clara en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial … (2). Xxxxxxx xxxxxxx xxxxxxxxx v tomto dokumentu (číslo po- volení … (1)) prohlašuje, xx xxxxx xxxxxxxx označených mají tyto výrobky preferenční původ v … (2).
Normas de origen. El artículo 17, párrafo 4, y el artículo 18, párrafo 2, del anexo II del acuerdo quedan modificados de conformidad con las disposiciones del anexo I del presente Protocolo.
Normas de origen. Salvo disposición en contrario del presente Acuerdo, el Protocolo 2 establece las normas de origen para la aplicación de las disposiciones del presente Acuerdo.
Normas de origen. Las normas de origen que se aplicarán conforme al presente Acuerdo serán las que se enuncian en el Anexo VI.
Normas de origen. Salvo que se disponga otra cosa en el presente Acuerdo, el Protocolo III establece las normas de origen para la aplicación del presente Acuerdo.
Normas de origen. 1. A efectos del presente capítulo, el término «originario» se aplicará a las mercancías que sean conformes con las normas de origen vigentes en el territorio de las Partes a 1 de enero de 2008. 2. Las Partes establecerán un régimen común recíproco que rija las normas de origen a más tardar el 31.7.2008, que se basará en las normas de origen procedentes del Acuerdo de Cotonú y que prevea su simplificación teniendo en cuenta los objetivos de desarrollo de la Parte Costamarfileña. El nuevo régimen se integrará en el presente Acuerdo mediante una Decisión del Comité AAE. En caso de no existir acuerdo entre las Partes, el régimen en vigor será el más favorable para Xxxxx xx Xxxxxx entre el régimen en vigor por la Parte CE y las normas procedentes del Acuerdo de Cotonú mejoradas. 3. A más tardar tres años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, las Partes revisarán las disposiciones vigentes que rijan las normas de origen, con el objetivo de simplificar los conceptos y métodos utilizados para determinar el origen con respecto a los objetivos de desarrollo de Xxxxx xx Xxxxxx en coherencia con los del África Occidental. En el marco de esta revisión, las Partes tendrán en cuenta el desarrollo tecnológico, los procesos de producción y cualquier otro factor relativo, incluidas las reformas en curso correspondientes a las normas de origen, que pudiera requerir alguna modificación del régimen recíproco negociado. Cualquier modificación o sustitu ción se realizará por decisión del Comité AAE.
Normas de origen. 1. Ninguna Parte aplicará a los productos o servicios importados de otras Partes o suministrados por ellas, a efectos de la contratación pública a la que sea aplicable el presente Acuerdo, normas de origen diferentes de las que se apliquen, en las operaciones comerciales normales y en el momento de la transacción de que se trate, a las importaciones o el suministro de los mismos productos o servicios procedentes de las mismas Partes. 2. Tras la conclusión del programa de trabajo de armonización de las normas de origen de los productos que se habrá de emprender en el marco del Acuerdo sobre las Normas de Origen que figura en el Anexo 1A del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (en adelante "Acuerdo sobre la OMC") y de las negociaciones sobre el comercio de servicios, las Partes tendrán en cuenta los resultados de dicho programa de trabajo y dichas negociaciones para modificar el párrafo 1 según proceda.
Normas de origen. El protocolo 4 se modifica de la siguiente manera: