OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES Cláusulas de Ejemplo

OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto de este pliego es el de establecer las condiciones de contratación para realizar la conversión de SAP R/3 a S/4 HANA en Euskal Trenbide Sarea.
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es describir los medios y fijar las condiciones técnicas que regirán en el Contrato de Asistencia Técnica para el control y vigilancia en materia de expedientes y obras, y de redacción de proyectos a desarrollar por el Servicio de Vialidad.
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es el de establecer las condiciones técnicas que han de regir la adjudicación y, en su momento, la realización del contrato de Servicios para la realización de los trabajos de INSPECCIÓN DE LOS EDIFICIOS PRÓXIMOS AL TRAZADO DEL TRAMO ETXEBARRI-TXURDINAGA DE LA LÍNEA 3 DEL FERROCARRIL METROPOLITANO XX XXXXXX El alcance del trabajo comprende la inspección de los posibles daños previos a las obras en viviendas, locales comerciales y garajes de los edificios próximos al citado trazado del tramo Xxxxxxxxx - Xxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es el de establecer las condiciones Técnicas que han de regir la adjudicación y, en su momento, la realización de los trabajos de Consultoría y Asistencia para la redacción del “PROYECTO REFORMADO Nº 1 DE TRANSFORMACIÓN EN REGADÍO DE LA ZONA DE ELVILLAR” (XXXXX).
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El presente Xxxxxx tiene por objeto fijar las condiciones que han de regir en la contratación del Servicio de Apoyo en materia de Seguridad y Salud Laboral que asesore en las OBRAS Y TRABAJOS EN LA RED PROPIA (ETS-RFV) en Bizkaia y Gipuzkoa. En principio incluye las obras de ETS/RFV, Ente Público del Gobierno Xxxxx, en las que actúa directamente como Promotor. El presente Pliego se considera integrado en su totalidad en el condicionado económico - administrativo del Contrato. El objeto del Servicio de Apoyo en materia de Seguridad y Salud Laboral se circunscribe a: I. Coordinación en Seguridad y Salud, asesoramiento y elaboración de estudios relativo a sus aspectos de Seguridad y Salud Laboral de las obras y trabajos a gestionar por ETS-RFV que a título indicativo, se relacionan a continuación:
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es describir los trabajos y fijar las condiciones técnicas que regirán en el Contrato de Servicios para el control, vigilancia y coordinación de seguridad y salud a la dirección de las obras de construcción de los accesos al Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx desde las autovías X-00 x X-00x xx Xxxxxx. El presente Xxxxxx se considerará integrado en su totalidad al de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato, de acuerdo con la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público El objeto del Contrato es la prestación de Servicios de Asistencia Técnica a la Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda del Principado xx Xxxxxxxx, en las condiciones que se describen en el presente Pliego de Prescripciones. La obra a que se refiere el presente Contrato de Servicios, cuyo control y vigilancia debe desarrollarse, es la definida en el “XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX (HUCA) DESDE LAS AUTOVIAS A-66 Y A-66 a EN OVIEDO. . Los licitadores pueden consultar dicho proyecto en las dependencias de la Consejería de Infraestructuras, Eolítica Territorial y Vivienda del Principado xx Xxxxxxxx, durante el plazo de presentación de proposiciones y en los días hábiles de oficina.
OBJETO XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es el de establecer las condiciones técnicas que han de regir la adjudicación y, en su momento, la realización del contrato de Consultoría y Apoyo para la realización de los trabajos de INSPECCIÓN DE LOS EDIFICIOS PRÓXIMOS AL TRAZADO DEL TRAMO MIRACONCHA-EASO DE LA VARIANTE FERROVIARIA DEL TOPO. El alcance del trabajo comprende la inspección de los posibles daños previos a las obras en viviendas, locales comerciales y garajes de los edificios próximos al citado trazado del tramo Miraconcha-Easo de la variante ferroviaria del Topo.

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  • OBJETO XXX XXXXXX El presente pliego tiene por objeto el establecimiento de las condiciones técnicas por las que ha de regularse la adjudicación del suministro de materiales variados de carpintería para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Almuñécar, definidas en el presente documento. Cód. Validación: AXWDS6ATJWSS5635766G62GJP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 18 El presente pliego cumple con lo establecido en los artículos 123, 124, 125 y 126 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como con toda la normativa y articulados referentes a los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares para el Contrato de Suministro. Además de lo establecido en esta Ley, el suministro se efectuará según requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente Xxxxxx, Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y demás normativa legal de aplicación relativa a esta contratación, de los que se derivan los derechos y obligaciones de las partes contratantes. El objeto del contrato es la adquisición de los materiales de Carpintería de carácter fungible y consumible necesarios para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales, para poder realizar los trabajos, que a diario surgen en el mantenimiento de parques y jardines, edificios municipales, vías públicas, instalaciones deportivas, instalaciones provisionales, y demás trabajos de construcción y reparación no contratados a empresas exteriores, etc., hace necesaria la elaboración de una lista de materiales, y proveedores, capaces de proporcionar un servicio rápido, eficaz y de calidad, “todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un área, equipo o instalación sea necesario sustituir por deterioro, envejecimiento, desgaste, rotura o incorrecto funcionamiento, así como aquellos productos de carpintería de carácter consumible que sean fundamentales para el correcto estado, servicio o funcionamiento de las áreas, equipos o instalaciones que los utilicen”. Estarían también en aquellos materiales de uso continuado en las labores de mantenimiento y el pequeño material de tornillería, herramientas, pequeño material, etc. Es objeto de este pliego la contratación del suministro de material, necesario para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales.

  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • PLAZO XX XXXXXX El Asegurador concede un plazo xx xxxxxx para el pago de las primas de renovación de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha de terminación de la vigencia anterior, en el entendido de que durante tal plazo la Póliza continuará vigente y en caso de ocurrir algún siniestro en ese período, el Asegurador tendrá la obligación de pagar la indemnización correspondiente, previa deducción de la prima pendiente de pago. En este caso, el monto a descontar será la prima completa que corresponda al mismo período de la cobertura anterior. Si el monto indemnizable es menor a la prima a descontar, el Tomador deberá pagar, antes de finalizar el plazo xx xxxxxx, la diferencia existente entre la prima y dicho monto. No obstante, si el Tomador se negase o no pudiese pagar la diferencia de prima antes de finalizar el plazo xx xxxxxx, la Póliza se considerará prorrogada solamente por el período de tiempo que resultare de dividir el monto del siniestro indemnizable entre la prima completa que corresponda al mismo período de la cobertura anterior multiplicado por el número de días que contenga dicho período.

  • RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años.

  • Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 19.1 La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el Contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del Comprador: (a) que, si se requiere en los DDL, el Oferente que no fábrica o produce los bienes que propone proveer deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta para demostrar que ha sido debidamente autorizado por el fabricante o productor de los Bienes para suministrarlos en el país del Comprador; (b) que, si se requiere en los DDL, en el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en el país del Comprador, el Oferente está o estará (si se le adjudica el Contrato) representado por un Agente en el país del Comprador equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas; y (c) que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme los términos de este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de: a) Comunicarlo a OCEÁNICA inmediatamente por teléfono u otro medio de comunicación y confirmarlo detalladamente en carta o en el formulario dispuesto para tal efecto por la misma, proporcionando todos los datos sobre la naturaleza y la extensión del daño o pérdida. b) Ejecutar dentro de sus posibilidades todos los actos que tiendan a evitar la extensión del daño c) Proporcionar todas las pruebas e información con respecto a la solicitud de indemnización. d) Conservar las partes dañadas o defectuosas y tenerlas a la disposición para que puedan ser examinadas por el Ajustador o experto de la Compañía de Seguros e) Informar a las autoridades competentes en caso de pérdida o daños debido a robo y/o hurto f) En los casos en que se presente al Asegurado cualquier reclamación judicial o administrativa por responsabilidad civil extracontractual amparada por esta póliza, el Asegurado deberá, en su oportunidad legal, proceder a contestar la demanda en tiempo y a tomar todas las demás medidas necesarias para la defensa legítima de sus intereses. No obstante, si así lo pidiera OCEÁNICA, el Asegurado otorgará poder al abogado que ésta designe, para que proceda a continuar con la defensa en el litigio con cargo a la póliza. Sin la autorización escrita de OCEÁNICA, el Asegurado no podrá incurrir por cuenta de la presente póliza en gasto alguno, judicial o extrajudicial, relativo al accidente, ni pagarlo ni transigirlo. El incumplimiento de este requisito dejará a la Compañía en libertad de rechazar cualquier reclamación. g) Informar inmediatamente a OCEÁNICA, y transmitir copia de cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento y esté relacionada con el siniestro. La exigencia y/o recepción de documentos o comprobantes por parte de OCEÁNICA no implica xxxxxxxx de responsabilidad, así como tampoco la actuación de OCEÁNICA en la atención del siniestro y aún con posterioridad. Xxxxxx reclamo bajo esta póliza será pagadero a menos que las obligaciones de los incisos anteriores se hayan cumplido.

  • Instrucciones a los Oferentes (IAO) Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la contratación de servicios regidos por la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.