OBLIGACIONES DEL BANCO. Constituyen obligaciones especiales del Banco las siguientes: 1) Suministrarle al Corresponsal toda la información necesaria, instrucciones y demás documentos para el cabal cumplimiento del contrato y los que se requieran para ser puestos a disposición de los clientes y usuarios, y en particular hacer entrega del Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) que contiene la descripción de la operatividad del presente contrato. 2) Poner a disposición del Corresponsal todos los insumos y demás implementos necesarios para el desarrollo del presente contrato. 3) Poner a disposición del Corresponsal, a título de comodato, los equipos y dispositivos electrónicos requeridos por este para la adecuada prestación del servicio, equipos y dispositivos que deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes. 4) Instalar en las dependencias del Corresponsal los avisos dirigidos al público propios de la operación de corresponsalía. 5) Capacitar al Corresponsal y sus empleados en la debida forma durante la ejecución del contrato o cuando se genere un cambio en el mismo o en el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) o cuando el Corresponsal lo requiere, sobre los productos y servicios que se prestaran por el Corresponsal, así como sobre la operación de la tecnología que el Banco pone a disposición del Corresponsal para la realización de las operaciones. 6) Efectuar la verificación de los documentos y de la información entregada por los clientes o usuarios en las instalaciones del Corresponsal para la apertura de los productos y efectuar el estudio de vinculación de los clientes y usuarios de acuerdo con sus procedimientos y políticas. el Banco será quien informe directamente a los clientes o usuarios sobre sus solicitudes. En el evento en que las normas legales vigentes lo permitieren, estas funciones se podrán delegar total o parcialmente en el Corresponsal, caso en el cual es responsabilidad del Banco, brindar al Corresponsal la capacitación necesaria para el desarrollo de actividades que en él se deleguen, incluyendo las correspondientes a la prevención y control del riesgo LA/FT. En caso que el Banco autorice al Corresponsal para actuar como tercero autorizado para efectuar los procedimientos necesarios para la apertura de cuentas de ahorro, tales como las entrevistas necesarias para la vinculación de los clientes, el Banco previamente deberá establecer los controles necesarios para la administración efectiva del riesgo operativo, el riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo y el cumplimiento de la ley 1266 de 2008. Para administrar el riesgo operativo, el Banco, de manera previa a la autorización al Corresponsal, le remitirá el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) con los cambios que sean necesarios. 7) Enviarle a los clientes por los medios que el Banco considere pertinente, la información relacionada con los productos o servicios prestados a través del Corresponsal, así como su ubicación y tarifas por cada transacción. 8) Tramitar todos los reclamos de los clientes o usuarios referentes a las transacciones efectuadas a través del Corresponsal. 9) Pagarle al Corresponsal la remuneración en la periodicidad establecida. 10) Brindar información a los clientes y usuarios, para que conozcan de la prestación de productos y servicios del Banco a través del Corresponsal. 11) Poner a disposición una línea de atención telefónica para solucionar las inquietudes técnicas o del servicio del Banco a través del Corresponsal. 12) Monitorear de manera permanente el cumplimiento de cada una de las obligaciones que se encuentran en cabeza del Corresponsal a fin de que haya un adecuado manejo del canal. 13) Establecer procedimientos de control interno orientados a la prevención y control xxx xxxxxx de activos a través del canal. 14) Establecer topes transaccionales para las operaciones de salida de efectivo como medida de control y seguridad para el Corresponsal, lo clientes y los usuarios del canal. 15) Reportar a las autoridades competentes las operaciones que se realicen por medio del Corresponsal que sean catalogados como operaciones sospechosas o inusuales. 16) Dar al Corresponsal la capacitación que en materia de prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo se requiere al momento de la vinculación como corresponsal y en caso en que llegue nuevo personal. 17) Efectuar un seguimiento y actualización de los programas de capacitación impartidos al Corresponsal y sus empleados en materia de riesgo xx xxxxxx y financiación del terrorismo. 18) Asignar al Corresponsal una dependencia del Banco, así como los canales y procedimientos que podrá emplear el Corresponsal para comunicarse con aquella. En cumplimiento de esta obligación, las partes definirán dicha dependencia, canales y procedimientos en el “Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB)” que forma parte integral del presente contrato en su calidad de Anexo.
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Samples: Contrato De Corresponsalía Bancaria
OBLIGACIONES DEL BANCO. Constituyen obligaciones especiales Con la celebración del contrato, el Banco asume las siguientes:
1) Suministrarle siguientes obligaciones: Recibir depósitos para abonarlos inmediatamente en la cuenta del cliente. Pueden ser en dinero en efectivo y se re-’conocen los depósitos de cheques girados a su orden del mismo Banco u otras instituciones bancarias, de la plaza u otras plazas, comprometiéndose el Banco en mérito al Corresponsal toda endoso que se hace a su favor, efectuar la información necesariacobranza respectiva. Facilitar las chequeras, instrucciones para permitir el retiro de los depósitos. Facilitar los documentos necesarios para efectuar los de-pósitos. Llevar la cuenta corriente y demás documentos para el cabal cumplimiento del contrato y facilitar mensualmente un extracto de la cuenta, los que se requieran deberán ser entregados bajo cargo. El cliente tiene 30 días para ser puestos a disposición de los clientes observar sus saldos. Vencido el plazo y usuarios, y en particular hacer entrega del Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) que contiene la descripción de la operatividad del presente contrato.
2) Poner a disposición del Corresponsal todos los insumos y demás implementos necesarios para el desarrollo del presente contrato.
3) Poner a disposición del Corresponsal, a título de comodato, los equipos y dispositivos electrónicos requeridos por este para la adecuada prestación del servicio, equipos y dispositivos que deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes.
4) Instalar en las dependencias del Corresponsal los avisos dirigidos al público propios de la operación de corresponsalía.
5) Capacitar al Corresponsal y sus empleados en la debida forma durante la ejecución del contrato o cuando se genere un cambio en el mismo o en el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) o cuando el Corresponsal lo requiere, sobre los productos y servicios sin que se prestaran haya efectuado observación, se dará por el Corresponsalaprobado. Pagar los cheques, así como sobre que constituye la operación de la tecnología que el Banco pone a disposición obligación primordial del Corresponsal para la realización de las operaciones.
6) Efectuar Banco, previa la verificación de los documentos requisitos y de la información entregada por los clientes o usuarios en las instalaciones del Corresponsal para la apertura existencia de los productos fondos suficientes. No pagar los cheques, cuando existen causas justas precisadas en forma expresa en la Ley de Títulos Valores, especialmente en los casos de falsificación de firma, cuando los cheques están mal girados, la no existencia de fondos suficientes, cuando presenta borraduras y efectuar enmendaduras visibles, orden judicial de no pago o revocatoria formulada desde los 30 días de girado el estudio cheque; también existe obligación de vinculación no pago cuando se presentan endosos irregulares, o los cheques con sello de no transferibles y que han sido endosados a terceros, los clientes cheques para abono en cuenta y usuarios de acuerdo con sus procedimientos y políticaslos cruzados cuando se presentan en ventanilla. Pago parcial en los casos que la cuenta no presenta fondos; el Banco será quien informe directamente a pagará hasta donde alcancen los clientes o usuarios sobre sus solicitudes. En el evento en que las normas legales vigentes lo permitieren, estas funciones se podrán delegar total o parcialmente en el Corresponsal, caso en el cual es responsabilidad fondos disponibles del Banco, brindar al Corresponsal la capacitación necesaria para el desarrollo de actividades que en él se deleguen, incluyendo las correspondientes a la prevención y control del riesgo LA/FT. En caso que el Banco autorice al Corresponsal para actuar como tercero autorizado para efectuar los procedimientos necesarios para la apertura de cuentas de ahorro, tales como las entrevistas necesarias para la vinculación de los clientes, el Banco previamente deberá establecer los controles necesarios para la administración efectiva del riesgo operativo, el riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo y el cumplimiento de la ley 1266 de 2008. Para administrar el riesgo operativo, el Banco, de manera previa a la autorización al Corresponsal, le remitirá el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) con los cambios que sean necesariosgirador.
7) Enviarle a los clientes por los medios que el Banco considere pertinente, la información relacionada con los productos o servicios prestados a través del Corresponsal, así como su ubicación y tarifas por cada transacción.
8) Tramitar todos los reclamos de los clientes o usuarios referentes a las transacciones efectuadas a través del Corresponsal.
9) Pagarle al Corresponsal la remuneración en la periodicidad establecida.
10) Brindar información a los clientes y usuarios, para que conozcan de la prestación de productos y servicios del Banco a través del Corresponsal.
11) Poner a disposición una línea de atención telefónica para solucionar las inquietudes técnicas o del servicio del Banco a través del Corresponsal.
12) Monitorear de manera permanente el cumplimiento de cada una de las obligaciones que se encuentran en cabeza del Corresponsal a fin de que haya un adecuado manejo del canal.
13) Establecer procedimientos de control interno orientados a la prevención y control xxx xxxxxx de activos a través del canal.
14) Establecer topes transaccionales para las operaciones de salida de efectivo como medida de control y seguridad para el Corresponsal, lo clientes y los usuarios del canal.
15) Reportar a las autoridades competentes las operaciones que se realicen por medio del Corresponsal que sean catalogados como operaciones sospechosas o inusuales.
16) Dar al Corresponsal la capacitación que en materia de prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo se requiere al momento de la vinculación como corresponsal y en caso en que llegue nuevo personal.
17) Efectuar un seguimiento y actualización de los programas de capacitación impartidos al Corresponsal y sus empleados en materia de riesgo xx xxxxxx y financiación del terrorismo.
18) Asignar al Corresponsal una dependencia del Banco, así como los canales y procedimientos que podrá emplear el Corresponsal para comunicarse con aquella. En cumplimiento de esta obligación, las partes definirán dicha dependencia, canales y procedimientos en el “Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB)” que forma parte integral del presente contrato en su calidad de Anexo.
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Samples: Banking Contract
OBLIGACIONES DEL BANCO. Constituyen obligaciones especiales El Banco asume las siguientes obligaciones: • El Banco desarrollará su actividad de depósito y administración procurando, en todo momento el interés del Banco las siguientes:
1) Suministrarle al Corresponsal toda la información necesariaCliente, instrucciones ejercitando en nombre y demás documentos para el cabal cumplimiento por cuenta del contrato y mismo, los derechos económicos que se requieran para ser puestos a disposición deduzcan de los clientes valores, realizando los cobros pertinentes, convirtiendo y usuarioscanjeando los valores y, en general, activos financieros registrados en la cuenta de valores, facilitando al Cliente el ejercicio de los derechos políticos de los valores, informándole de las circunstancias que conozca que afecten a los valores, desarrollando las actuaciones, comunicaciones e iniciativas exigidas para ello, pudiendo, a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios. Los derechos económicos que se generen serán abonados por la Entidad en la cuenta de efectivo del Cliente asociada a la cuenta de valores/activos financieros. • El Banco desarrollará las actuaciones a que se refiere el anterior apartado de esta cláusula siguiendo las órdenes dadas por el Cliente que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en particular hacer entrega del Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) que contiene la descripción de la operatividad del presente contrato.
2) Poner el archivo operaciones, dando lugar a disposición del Corresponsal todos los insumos y demás implementos necesarios para el desarrollo del presente contrato.
3) Poner a disposición del Corresponsal, a título de comodato, los equipos y dispositivos electrónicos requeridos por este para la adecuada prestación del servicio, equipos y dispositivos que deberán cumplir con las disposiciones legales vigentes.
4) Instalar en las dependencias del Corresponsal los avisos dirigidos al público propios de la operación de corresponsalía.
5) Capacitar al Corresponsal y sus empleados correspondientes anotaciones en la debida forma durante la ejecución cuenta del contrato o cuando se genere un cambio en el mismo o en el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) o cuando el Corresponsal lo requiereCliente. La cuenta de valores registrará cualesquiera valores del Cliente que sean susceptibles de llevanza por parte del Banco, sobre los productos y servicios que se prestaran por el Corresponsal, así como sobre la operación de la tecnología que el Banco pone a disposición del Corresponsal para la realización de las operaciones.
6) Efectuar la verificación de los documentos y de la información entregada por los clientes o usuarios en las instalaciones del Corresponsal para la apertura de los productos y efectuar el estudio de vinculación de los clientes y usuarios de acuerdo con sus procedimientos la legislación española. • De no recibir instrucciones expresas del Cliente, la Entidad adoptará las decisiones que mejor salvaguarden los intereses del Cliente, valorando muy especialmente la naturaleza y políticas. el Banco será quien informe directamente a características de los clientes o usuarios sobre sus solicitudesvalores y de las operaciones en cuestión. En el evento en que las normas legales vigentes lo permitierenconcreto, estas funciones se podrán delegar total o parcialmente en el Corresponsal, caso en el cual es responsabilidad del Banco, brindar al Corresponsal la capacitación necesaria para el desarrollo de actividades que en él se deleguen, incluyendo las correspondientes a la prevención y control del riesgo LA/FT. En caso que el Banco autorice al Corresponsal para actuar como tercero autorizado para efectuar los procedimientos necesarios para la apertura de cuentas de ahorro, tales como las entrevistas necesarias para la vinculación de los clientesentre otras posibles actuaciones, el Banco previamente deberá establecer enajenará los controles necesarios derechos de suscripción no ejercitados antes del momento de su decaimiento siempre y cuando el Mercado lo permita, acudirá a las ofertas públicas de adquisición de valores para su exclusión, atenderá los desembolsos de dividendos pasivos pendientes, con cargo a la administración efectiva cuenta del riesgo operativo, Cliente con el riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo y límite el cumplimiento saldo de la ley 1266 misma y suscribirá ampliaciones de 2008capital liberadas. Para administrar • En ningún caso asumirá actuación alguna frente a un emisor en el riesgo operativocaso de un impago por este de intereses, el Banco, de manera previa a la autorización al Corresponsal, le remitirá el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) con los cambios que sean necesarios.
7) Enviarle dividendos o amortizaciones correspondientes a los clientes por los medios que el Banco considere pertinente, la información relacionada con los productos o servicios prestados a través del Corresponsal, así como su ubicación y tarifas por cada transacciónvalores.
8) Tramitar todos los reclamos de los clientes o usuarios referentes a las transacciones efectuadas a través del Corresponsal.
9) Pagarle al Corresponsal la remuneración en la periodicidad establecida.
10) Brindar información a los clientes y usuarios, para que conozcan de la prestación de productos y servicios del Banco a través del Corresponsal.
11) Poner a disposición una línea de atención telefónica para solucionar las inquietudes técnicas o del servicio del Banco a través del Corresponsal.
12) Monitorear de manera permanente el cumplimiento de cada una de las obligaciones que se encuentran en cabeza del Corresponsal a fin de que haya un adecuado manejo del canal.
13) Establecer procedimientos de control interno orientados a la prevención y control xxx xxxxxx de activos a través del canal.
14) Establecer topes transaccionales para las operaciones de salida de efectivo como medida de control y seguridad para el Corresponsal, lo clientes y los usuarios del canal.
15) Reportar a las autoridades competentes las operaciones que se realicen por medio del Corresponsal que sean catalogados como operaciones sospechosas o inusuales.
16) Dar al Corresponsal la capacitación que en materia de prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo se requiere al momento de la vinculación como corresponsal y en caso en que llegue nuevo personal.
17) Efectuar un seguimiento y actualización de los programas de capacitación impartidos al Corresponsal y sus empleados en materia de riesgo xx xxxxxx y financiación del terrorismo.
18) Asignar al Corresponsal una dependencia del Banco, así como los canales y procedimientos que podrá emplear el Corresponsal para comunicarse con aquella. En cumplimiento de esta obligación, las partes definirán dicha dependencia, canales y procedimientos en el “Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB)” que forma parte integral del presente contrato en su calidad de Anexo.
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Samples: Contrato De Compraventa De Valores
OBLIGACIONES DEL BANCO. Constituyen obligaciones especiales del 3.1 El Banco las siguientes:
1) Suministrarle al Corresponsal toda la información necesaria, instrucciones y demás documentos para el cabal cumplimiento del contrato y los que se requieran para ser puestos a disposición será responsable de los clientes y usuarios, y en particular hacer entrega del Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) que contiene la descripción de la operatividad del presente contrato.
2) Poner a disposición del Corresponsal todos los insumos y demás implementos necesarios para el desarrollo del presente contrato.
3) Poner a disposición del Corresponsal, a título de comodato, los equipos y dispositivos electrónicos requeridos por este para la adecuada prestación del servicio, equipos y dispositivos que deberán cumplir con las disposiciones legales obligaciones objeto del presente Contrato, según las instrucciones del Cliente, lo aquí acordado, y de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
3.2 El Banco será responsable de realizar los Pagos, debidamente solicitados, en el día estipulado, que deberá estar programado para hacerse con siete días laborables de anticipación al vencimiento de la factura correspondiente, pero si el mismo coincide con xxxxxx, xxxxxxx o día feriado local o federal, la transferencia se realizará con fecha del próximo día hábil.
3.3 Si el Banco no completa a tiempo una transferencia electrónica de fondos a, o desde, su cuenta de depósito por la cantidad correcta, conforme al Contrato suscrito con el Cliente y solicitado con siete días de anticipación al vencimiento de la factura, el Banco será responsable de los cargos por xxxx generados y cualquier otro cargo que por ley o regulación federal o estatal así lo exigiera, si alguno, y según evidenciados por el Cliente, excepto si (1) usted no tiene fondos disponibles suficientes en su cuenta para efectuar la transferencia, (2) la transferencia excede los fondos disponibles en la cuenta, (3) el sistema usado para la transferencia no está operando adecuadamente (4) Instalar en no se le había notificado inmediatamente al Banco sobre el uso no autorizado, hurto o extravío de su número secreto de identificación personal o tarjeta de acceso, (5) circunstancias fortuitas o de causa mayor, tales como incendios o inundaciones impiden la transferencia a pesar de las dependencias del Corresponsal precauciones razonables que tome el Banco, y/o (6) los avisos dirigidos al público propios fondos de la operación cuenta están sujetos a un procedimiento legal, restricción o embargo que impida la transferencia de corresponsalíafondos.
5) Capacitar al Corresponsal 3.4 El Banco será responsable ante el Cliente por los gastos causados por dejar de realizar una orden de suspensión de un pago programado, siempre y sus empleados cuando las instrucciones de suspensión fueran recibidas con suficiente anticipación, según lo expresado en el Inciso 2.15 y no existiera ninguna situación fuera del control del Banco por la cual se incumplió con la suspensión del pago.
3.5 El Banco no será responsable por pagos procesados según las instrucciones del Cliente y no aplicados por el Comercio Beneficiario; tampoco será responsable el Banco por falta de fondos o de crédito disponible en la debida forma durante la ejecución cuenta de depósito y/o línea de crédito que el Cliente designó para debitar los pagos; tampoco será responsable el Banco en caso de que un tercero, a quien se le envíe el pago conforme a las instrucciones del contrato o cuando se genere un cambio en Cliente, no remita adecuadamente el mismo o en el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) o cuando el Corresponsal lo requiere, sobre los productos y servicios que se prestaran por el Corresponsal, así como sobre la operación pago al Comercio Beneficiario.
3.6 El Banco no será responsable de la tecnología tardanza, errores, pérdidas, o extravíos de los
3.7 El Banco no será responsable por atrasos o cualquier otro inconveniente reportado al
3.8 El Banco no será responsable por la devolución o rechazo de cualquier pago de parte del
3.9 El Banco no será responsable de cargos por xxxx o cualquier tipo de penalidad que el
3.10 El Banco procesará los pagos solicitados bajo este Contrato según las instrucciones del
3.11 La fecha de efectividad del pago para efectos de Pago Express será aquella en la que el Banco pone a disposición del Corresponsal para la realización Comercio Beneficiario reciba el mismo. Las transacciones de las operaciones.
6) Efectuar la verificación de los documentos y de la información entregada por los clientes o usuarios en las instalaciones del Corresponsal para la apertura de los productos y efectuar el estudio de vinculación de los clientes y usuarios pagos serán efectuadas de acuerdo con sus procedimientos la solicitud de servicio y políticaslas instrucciones ofrecidas por el Cliente. Las transacciones objeto del presente Contrato se cargarán a la cuenta designada en la fecha que el Banco será quien informe directamente Cliente indique, y serán acreditadas a los clientes o usuarios sobre sus solicitudesla cuenta del Comercio Beneficiario cuando éste aplique el pago. En el evento casos en que las normas legales vigentes lo permitierenalguna de estas fechas coincida con un día feriado de la Banca local o Banca federal, estas funciones o con sábado x xxxxxxx, el pago se podrán delegar total o parcialmente en el Corresponsal, caso en el cual es responsabilidad del Banco, brindar al Corresponsal la capacitación necesaria para el desarrollo de actividades que en él se deleguen, incluyendo las correspondientes acreditará a la prevención y control del riesgo LA/FT. En caso que cuenta designada el Banco autorice al Corresponsal para actuar como tercero autorizado para efectuar los procedimientos necesarios para la apertura de cuentas de ahorro, tales como las entrevistas necesarias para la vinculación de los clientes, el Banco previamente deberá establecer los controles necesarios para la administración efectiva del riesgo operativo, el riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo y el cumplimiento de la ley 1266 de 2008próximo día laborable. Para administrar condiciones adicionales de aplicación del pago que pudieran ser establecidas por el riesgo operativoComercio Beneficiario y afectar la fecha de efectividad del pago para efectos del Comercio Beneficiario, el Banco, de manera previa a la autorización al Corresponsal, le remitirá el Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB) debe verificar directamente con los cambios que sean necesariosdicho comercio.
7) Enviarle a los clientes por los medios que el Banco considere pertinente, la información relacionada con los productos o servicios prestados a través del Corresponsal, así como su ubicación y tarifas por cada transacción.
8) Tramitar todos los reclamos de los clientes o usuarios referentes a las transacciones efectuadas a través del Corresponsal.
9) Pagarle al Corresponsal la remuneración en la periodicidad establecida.
10) Brindar información a los clientes y usuarios, para que conozcan de la prestación de productos y servicios del Banco a través del Corresponsal.
11) Poner a disposición una línea de atención telefónica para solucionar las inquietudes técnicas o del servicio del Banco a través del Corresponsal.
12) Monitorear de manera permanente el cumplimiento de cada una de las obligaciones que se encuentran en cabeza del Corresponsal a fin de que haya un adecuado manejo del canal.
13) Establecer procedimientos de control interno orientados a la prevención y control xxx xxxxxx de activos a través del canal.
14) Establecer topes transaccionales para las operaciones de salida de efectivo como medida de control y seguridad para el Corresponsal, lo clientes y los usuarios del canal.
15) Reportar a las autoridades competentes las operaciones que se realicen por medio del Corresponsal que sean catalogados como operaciones sospechosas o inusuales.
16) Dar al Corresponsal la capacitación que en materia de prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo se requiere al momento de la vinculación como corresponsal y en caso en que llegue nuevo personal.
17) Efectuar un seguimiento y actualización de los programas de capacitación impartidos al Corresponsal y sus empleados en materia de riesgo xx xxxxxx y financiación del terrorismo.
18) Asignar al Corresponsal una dependencia del Banco, así como los canales y procedimientos que podrá emplear el Corresponsal para comunicarse con aquella. En cumplimiento de esta obligación, las partes definirán dicha dependencia, canales y procedimientos en el “Manual Operativo Corresponsal Bancario (CB)” que forma parte integral del presente contrato en su calidad de Anexo.
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Samples: Servicio De Pago De Factura