OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a: 1. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia. 2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia. 3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias. 4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él. 5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada. 6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera. 7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para 8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.
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Samples: Condiciones Generales, General Conditions
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la XXXX a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por XXXX. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de esta prestación y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o reembolsos.
c) En caso de solicitud de reembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Hecho Garantizado y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios, así como de los gastos reembolsables por XXXX.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Anexo, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. UYAS tomará el lapso estipulado en cada caso, (según los casos y las condiciones que estipula cada servicio) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo aquí establecido. XXXX será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en estas Condiciones solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos Una vez legalizado el crédito los servicios el Beneficiario beneficiarios se obliga acomprometen a cumplir las siguientes obligaciones:
1. Solicitar y obtener la autorización Informar oportunamente al ICETEX sobre cualquier ingreso adicional por becas, comisión de la Central estudios u otra clase de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto apoyo económico durante el tiempo en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciadisfrute del crédito educativo.
2. Si Cumplir satisfactoriamente las condiciones con base en las cuales se le otorga el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidenciacrédito condonable.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias Informar al ICETEX por escrito y dentro de las 24 horas los quince (15) días hábiles siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate ocurrencia, el retiro a la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales suspensión temporal o definitiva de los servicios de La Central de Emergenciasestudios, explicando los motivos que la ocasionaron.
4. La Central Informar previamente al ICETEX, mediante comunicación escrita a través del enlace de Emergencias no “Atención de Servicios al Ciudadano” que incluye: PQRSD, Centro de Atención Presencial, Centro de Atención Virtual, entre otros que se hará responsable económicamente ante habiliten por parte del ICETEX, sobre el cambio de programa académico o institución educativa, explicando los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresadomotivos que la ocasionan, para aprobación previa por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra parte de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y Junta Administradora del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a élFondo.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias Renovar cada periodo académico la información necesaria en los sistemas del ICETEX, así como entregar la documentación exigida para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de continuar con los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestadaestudios del siguiente periodo educativo.
6. Aceptar Aportar en cada periodo académico al ICETEX la certificación de aprobación académica y acatar las soluciones indicadas de calificaciones, así, como suministrar la información requerida para realizar seguimiento y recomendadas por la Central de Asistencias evaluación del impacto del programa y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requieradel convenio.
7. En todos aquellos casos en que La Central Cumplir con los requisitos de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones paracondonación del crédito dentro de los plazos establecidos.
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central Informar oportunamente al Constituyente y mediante comunicación escrita la fecha exacta de Emergencias el/iniciación y terminación de los billetes estudios financiados. Esta última deberá ser informada dentro de pasaje los quince (tickets, boletos15) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan días hábiles siguientes a la repatriación del Beneficiario sea fecha de terminación, mediante comunicación escrita.
9. Pagar al ICETEX de conformidad con el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos plan de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurraestablecido, el Beneficiario deberá contactar crédito financiado (capital e intereses de amortización), cuando la oficina Junta Administradora determine que no cumplió con los requisitos para acceder a la condonación dentro del plazo establecido o a la finalización de último periodo financiado por el ICETEX (Para los beneficiarios que no terminaron el programa académico), de PARÁGRAFO: Se entiende que el beneficiario que aplica a la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.convocatoria conoce
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Samples: Convenio Interadministrativo
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Adicionalmente para todos los servicios esta Cobertura, el Beneficiario se obliga a:
1: • La devolución del Automóvil Sustituto dado en uso de manera inmediata al expirar los plazos señalados en esta Cobertura. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación • El Beneficiario se sujetará a los beneficios otorgados en pagar las tarifas xx xxxxx del Automóvil Sustituto establecidas por el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse proveedor en caso de una urgencia comprobableque el tiempo de uso y goce del Automóvil Sustituto haya excedido la cantidad de días amparados por esta Cobertura. • La hora establecida para la devolución del Automóvil Sustituto dado en uso al Beneficiario será siempre a las 12:00 horas, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 teniendo 2 horas de producido tolerancia como máximo. Después de esa hora, se cobrará al Beneficiario un día adicional de acuerdo a las tarifas establecidas por el evento, en cuyo caso proveedor de servicios. • El Automóvil Sustituto deberá proveer las constancias y comprobantes originales ser devuelto con el mismo nivel de gasolina registrado al momento que justifiquen fue recibida la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia unidad por el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3Beneficiario. En caso de que no se devuelva de esa manera, se cobrará el faltante al Beneficiario. • En caso de Siniestro del Automóvil Sustituto dado en uso, el Beneficiario se compromete a pagar el Deducible estipulado en el contrato de arrendamiento celebrado con el proveedor de servicios. • Pagar todos los gastos o costos adicionales (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, Deducibles, daños, etc.) relacionados con el Automóvil Sustituto. • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación deberán ser liquidados por éste en un plazo máximo de 15 días después de la notificación de las mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y mecánicas con las cuales fue asignado y consten en el documento de revisión del inventario previamente firmado por ambas partes. En caso de faltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá realizarse por el Beneficiario en los Centros de Valuación de HDI Seguros y/o en las instalaciones del proveedor de autos más cercanas al domicilio del Asegurado. Los Riesgos que en ningún caso ampara el Contrato de Seguro dentro de esta No se podrá otorgar Automóvil Sustituto en los siguientes casos: • Ante cualquier situación de dolo o mala fe, así como la falsa o inexacta declaración del Beneficiario o el Asegurado con el objetivo de que HDI Seguros incurra en error. • No cumplir con alguno de los requisitos de las presentes condiciones. • Que al momento de solicitar el servicio el Beneficiario se encuentre imposibilitado en estado inconveniente (por estado de entrar ebriedad o por haber ingerido estupefacientes o psicotrópicos) y/o estado físico no apto para manejar. • HDI Seguros se reserva la no prestación del servicio cuando se ponga en contacto • Usar el Automóvil Sustituto de forma lucrativa. • Abandonar el Automóvil Sustituto. • Desobedecer los señalamientos de tránsito federal, estatal o local. • Utilizar el Automóvil Sustituto para arrastrar remolques. • Forzar el Automóvil Sustituto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes relación a su internación médica resistencia y/o capacidad normal. • Participar directamente con el Automóvil Sustituto en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad. • Conducir el Automóvil Sustituto en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas. • Conducir el Automóvil Sustituto sin licencia vigente y otorgada por las vías legales o por la autoridad correspondiente. • Conducir el Automóvil Sustituto por brechas y/o caminos no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central pavimentados. • Utilizar el Automóvil Sustituto para realizar actividades ilícitas. • Utilizar el Automóvil Sustituto para servicio público o de Emergencias dentro transporte de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4mercancías. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, Esta Cobertura opera sin la debida autorización médica o contra aplicación de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a élun Deducible.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para la obtención de todos los servicios contratados por el Beneficiario BENEFICIARIO, éste se obliga a:
1. a) Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.de
2. b) Si el Beneficiario BENEFICIARIO o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre; no obstante, y con tiene la obligación ineludible, deberá ineludible de notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer suministrar las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización aprobación o negación, los reembolsos aprobados no podrán superar los topes establecidos para la asistencia brindada según en el PLAN contratado; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias TRANKI ASISTENCIA quedará facultada para negar excusarse de cualquier pago o reintegro reembolso tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario BENEFICIARIO la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia Asistencias. (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar El incumplimiento en realizar la notificación dentro de las 24 horas acarrea siguientes al evento exime de responsabilidad a TRANKI ASISTENCIA, por lo que produce la pérdida automática de los derechos del Beneficiario BENEFICIARIO a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero BENEFICIARIO o su acompañante tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3c) En el caso de planes “Crucero” en que el BENEFICIARIO no pueda comunicarse con la Central de Asistencia, el BENEFICIARIO tendrá hasta 24 horas para notificar la incidencia después de haber desembarcado en su país de residencia. El no cumplimiento de esta norma produce la pérdida automática de cualquier derecho de reclamo de parte del BENEFICIARIO.
d) En caso de que el Beneficiario BENEFICIARIO se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La la Central de Emergencias Asistencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación hospitalización médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo notificarlo, deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde en los cuales se constate el hecho que le impidió realizar la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergenciasnotificación.
4. La Central de Emergencias e) TRANKI ASISTENCIA no se hará responsable económicamente ante los casos donde en los cuales el Beneficiario haga abandono del BENEFICIARIO abandone por su propia decisión el centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o en contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de EmergenciasTRANKI ASISTENCIA, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario BENEFICIARIO que eventualmente resulte de su incumplimiento de a las indicaciones médicas dadas a élque le hayan sido otorgadas.
5. f) El Beneficiario BENEFICIARIO acepta que La la Central de Emergencias Asistencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas o escritas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario BENEFICIARIO acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. g) Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. h) En todos aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias lo requiera, el Beneficiario BENEFICIARIO deberá otorgar las autorizaciones parapara revelar su historia clínica completando el Medical Release Form (MRF) que le será enviado y lo devolverá firmado. Asimismo, el BENEFICIARIO autoriza en forma absoluta e irrevocable a la Central de Asistencias a requerir en su nombre cualquier información médica a los profesionales, tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de poder evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Será siempre necesario diligenciar el Formulario (MRF) en el momento en el que se registren en un centro hospitalario, con el objeto de cooperar en el análisis de reembolsos y/o en la toma de decisiones sobre determinados casos que requieran del estudio del historial médico del BENEFICIARIO. El formato debe ser llenado en las siguientes 24 horas de ocurrida la emergencia, CENTRAL DE ASISTENCIAS no tomará cargo de las asistencias en las que EL BENEFICIARIO no presente dicho formulario en el tiempo establecido.
8. i) Es obligación del Beneficiario BENEFICIARIO entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario BENEFICIARIO, sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países .
j) El BENEFICIARIO estará obligado a comunicar a TRANKI ASISTENCIA cualquier cobertura de viaje o de gastos médicos o cualquier cobertura similar con otra empresa prestadora del servicio de asistencia en viajes o con alguna compañía de seguro.
k) El BENEFICIARIO estará obligado además a notificar y principalmente en los Estados Unidos suministrar a TRANKI ASISTENCIA todas las informaciones factibles y necesarias para la tramitación, por parte de NorteaméricaTRANKI ASISTENCIA, de las reclamaciones de servicio que realice, y en Europaa presentar además facturas originales a petición de TRANKI ASISTENCIA.
l) El BENEFICIARIO deberá presentar el pasaporte con los sellos de las autoridades migratorias con las fechas de salida y entrada del país de origen y destino.
m) El BENEFICIARIO perderá todo derecho a cobro de indemnización, debido a razones compensación y/o reintegro si omite las obligaciones existentes dentro de estandarización informática la mayoría este contrato, o si actúa de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / mala fe presentando documentación fraudulenta o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioentregando pruebas falsas.
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Samples: General Conditions
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios casos, el Beneficiario Titular se obliga a:
1. ) Solicitar primero y obtener telefónicamente la autorización de la Central de Asistencias de AVRIL, antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto gasto. El incumplimiento de esta obligación eximirá a AVRIL de cumplir con las prestaciones dispuestas a su cargo en relación a estas Condiciones Generales y Particulares y/o cualquier responsabilidad frente al reclamo del Beneficiario ante la falta de cobertura. Todos los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos servicios contenidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciacondiciones serán coordinados en su totalidad por AVRIL Assistance.
2. ) Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la con ninguna Central de AsistenciasAsistencias de AVRIL, el Titular podrá recurrir al servicio médico de emergencia más próximo al lugar donde se encuentre. En todos los casos, y con la obligación ineludible, el Beneficiario deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio Asistencias de AVRIL, del viaje). No notificar dentro inconveniente de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”emergencia, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes de producido el evento como condición inexcusable para solicitar su posterior reintegro. Esta comunicación resulta imprescindible aun cuando el problema suscitado se encuentre totalmente resuelto, ya que XXXXX no tomará a su internación médica cargo el costo de ninguna asistencia sin el previo conocimiento y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La autorización de Central de Emergencias dentro Asistencias de AVRIL. Las asistencias serían evaluadas al costo de nuestros prestadores en aquel país donde fue ocurrida dicha emergencia y sujetas a las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde condiciones generales de su producto adquirido.
3) En caso de que el pasajero se constate encuentre en un crucero, el Beneficiario deberá dar cuenta a la dificultad Central de comunicación y Asistencias de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales AVRIL de los servicios de La Central de Emergenciasgastos incurridos en cuanto logre comunicación telefónica o toque el puerto inmediato siguiente, lo que suceda primero, según itinerario del viaje contratado.
4. La Central de Emergencias no ) AVRIL se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve reserva el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario Titular acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual event ual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. 5) Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con de AVRIL. Permitir la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, siempre y cuando su estado sanitario de salud lo permita y lo requieraen acuerdo con las indicaciones y prescripciones del cuerpo profesional de la Central de Asistencias de AVRIL.
6) Proveer la documentación que permita confirmar la procedencia del caso, así como todos los comprobantes originales de gastos a rembolsar por XXXXX y toda la información médica (incluyendo la anterior al inicio del viaje), que permita al Departamento Médico de AVRIL autorizar la prestación de sus servicios o el pago de la asistencia prestada.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera) Entregar a AVRIL, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias debidamente endosados el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias XXXXX se haga cargo de la diferencia sobre el o el/los billetes de pasajes originales y los nuevos emitidosoriginales, o cuando procedan AVRIL proceda a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente Beneficiario, ya s ea en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurraaccidente, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher enfermedad o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalariodeceso.
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Samples: Servicios De Asistencia Al Viajero
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a la prestadora asistir al beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el Beneficiario se obliga acomprendidos a continuación la obligación a cargo del beneficiario de:
1. Solicitar a) Realizar el llamado telefónico para solicitar asistencia y obtener la previa autorización de la prestadora a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto gasto. Cuando por razones de fuerza mayor plenamente justificadas, el beneficiario no pudiera obtener la autorización previa de la prestadora para su atención, deberá ponerse en relación a los beneficios otorgados contacto con la misma dentro del plazo improrrogable de 24 horas de ocurrido el hecho, en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto forma fehaciente, lo cual podrá ser realizado por cualquiera quien solicita la asistencia directamente u otra persona por este designada.
b) Aceptar las soluciones propuestas por la prestadora.
c) Proveer la documentación que permita establecer la procedencia del caso además de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números comprobantes originales de autorizaciones que le serán dados gastos reembolsables por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciaprestadora.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria d) Entregar a la Central prestadora. los billetes de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia pasajes que posea en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se le solicite se haga cargo de la cualquier diferencia sobre el o los pasajes originales y billetes de pasaje originales. En tal caso la prestadora responderá solamente por la diferencia mayor que pudiera existir cuando correspondiera.
e) Autorizar a los nuevos emitidosprofesionales e instituciones médicas intervinientes por el medio que sea necesario, o cuando procedan a revelar su historia clínica a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos prestadora o a quien ésta designe, a fin de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina permitir al Departamento Médico de la Central prestadora establecer fehacientemente la procedencia de Asistencias marcando tomar a cargo los números proporcionados en servicios que se le requieran. Esta autorización podrá incluir contactos a nivel profesional con los médicos de cabecera del beneficiario y el voucher o escribiendo conocimiento de su historia clínica anterior al viaje.
f) Facilitar a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará la prestadora todos los elementos necesarios para verificar fehacientemente la fecha de aclarar dicha situación con el centro hospitalariosalida del viaje.
g) El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones liberará a la prestadora de toda responsabilidad bajo este contrato.
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Samples: Servicio De Asistencia Al Viajero
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para la obtención de todos los servicios contratados por el Beneficiario BENEFICIARIO, éste se obliga a:
1. a) Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y El BENEFICIARIO deberá anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados otorgados por la central. La Central de Emergencias TRANKI ASISTENCIA no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. b) Si el Beneficiario BENEFICIARIO o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre; no obstante, y con tiene la obligación ineludible, deberá ineludible de notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer suministrar las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización aprobación o negación, los reembolsos aprobados no podrán superar los topes establecidos para la asistencia brindada según en el PLAN contratado; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias TRANKI ASISTENCIA quedará facultada para negar excusarse de cualquier pago o reintegro reembolso tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario BENEFICIARIO la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia Asistencias. (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar El incumplimiento en realizar la notificación dentro de las 24 horas acarrea siguientes al evento exime de responsabilidad a TRANKI ASISTENCIA, por lo que produce la pérdida automática de los derechos del Beneficiario BENEFICIARIO a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero BENEFICIARIO o su acompañante tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3c) En el caso de planes “Crucero” en que el BENEFICIARIO no pueda comunicarse con la Central de Asistencia, el BENEFICIARIO tendrá hasta 24 horas para notificar la incidencia después de haber desembarcado en su país de residencia. El no cumplimiento de esta norma produce la pérdida automática de cualquier derecho de reclamo de parte del BENEFICIARIO.
d) En caso de que el Beneficiario BENEFICIARIO se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La la Central de Emergencias Asistencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación hospitalización médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo notificarlo, deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde en los cuales se constate el hecho que le impidió realizar la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergenciasnotificación.
4. La Central de Emergencias e) TRANKI ASISTENCIA no se hará responsable económicamente ante los casos donde en los cuales el Beneficiario haga abandono del BENEFICIARIO abandone por su propia decisión el centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o en contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de EmergenciasTRANKI ASISTENCIA, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario BENEFICIARIO que eventualmente resulte de su incumplimiento de a las indicaciones médicas dadas a élque le hayan sido otorgadas.
5. f) El Beneficiario BENEFICIARIO acepta que La la Central de Emergencias Asistencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas o escritas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario BENEFICIARIO acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. g) Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. h) En todos aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias lo requiera, el Beneficiario BENEFICIARIO deberá otorgar las autorizaciones parapara revelar su historia clínica completando el Medical Release Form (MRF) que le será enviado y lo devolverá firmado. Asimismo, el BENEFICIARIO autoriza en forma absoluta e irrevocable a la Central de Asistencias a requerir en su nombre cualquier información médica a los profesionales, tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de poder evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Será siempre necesario diligenciar el Formulario (MRF) en el momento en el que se registren en un centro hospitalario, con el objeto de cooperar en el análisis de reembolsos y/o en la toma de decisiones sobre determinados casos que requieran del estudio del historial médico del El formato debe ser llenado en las siguientes 24 horas de ocurrida la emergencia, CENTRAL DE ASISTENCIAS no tomará cargo de las asistencias en las que EL BENEFICIARIO no presente dicho formulario en el tiempo establecido.
8. i) Es obligación del Beneficiario BENEFICIARIO entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario BENEFICIARIO, sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países .
j) El BENEFICIARIO estará obligado a comunicar a TRANKI ASISTENCIA cualquier cobertura de viaje o de gastos médicos o cualquier cobertura similar con otra empresa prestadora del servicio de asistencia en viajes o con alguna compañía de seguro.
k) El BENEFICIARIO estará obligado además a notificar y principalmente en los Estados Unidos suministrar a TRANKI ASISTENCIA todas las informaciones factibles y necesarias para la tramitación, por parte de NorteaméricaTRANKI ASISTENCIA, de las reclamaciones de servicio que realice, y en Europaa presentar además facturas originales a petición de TRANKI ASISTENCIA.
l) El BENEFICIARIO deberá presentar el pasaporte con los sellos de las autoridades migratorias con las fechas de salida y entrada del país de origen y destino.
m) El BENEFICIARIO perderá todo derecho a cobro de indemnización, debido a razones compensación y/o reintegro si omite las obligaciones existentes dentro de estandarización informática la mayoría este contrato, o si actúa de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / mala fe presentando documentación fraudulenta o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioentregando pruebas falsas.
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Samples: General Conditions
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la UYAS a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por UYAS. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de este servicio y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o rembolso.
c) En caso de solicitud de rembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este condicionado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del evento y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Anexo, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurrido el Evento), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. UYAS tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido. UYAS será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en estas Condiciones solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a MAWDY asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la MAWDY a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por MAWDY. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de esta prestación y exonera a MAWDY de la obligación de brindar Servicios o reembolsos.
c) En caso de solicitud de reembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Hecho Garantizado y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios, así como de los gastos reembolsables por XXXXX. Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Anexo, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. MAWDY tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance del servicio. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. MAWDY se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido.
e) MAWDY será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en este Clausulado solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, MAWDY y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidenciadocumento.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.
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Samples: Contrato Para La Distribución De Servicios De Asistencia
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la XXXX a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por XXXX. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de este servicio y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o rembolso.
c) En caso de solicitud de rembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Xxxxx Xxxxxxxxxxx y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios, así como de todos los gastos reembolsables por XXXX.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Clausulado, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. UYAS tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el rembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido. XXXX será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en este clausulado solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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Samples: Plan De Solución Directa
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la XXXX a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por XXXX. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de este servicio y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o rembolso.
c) En caso de solicitud de rembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Xxxxx Xxxxxxxxxxx y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios, , así como de los gastos reembolsables por UYAS.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Anexo, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. UYAS tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido. XXXX será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en este clausulado solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Se compromete a utilizar los fondos otorgados por la SENACYT única y exclusivamente para todos la adquisición de los bienes, obras y servicios necesarios para la ejecución del respectivo Proyecto, según lo establecido en el Beneficiario se Plan de Trabajo. Cualquier reasignación de fondos debe ser previamente consultada y autorizada por la SENACYT por medios escritos. Se obliga a:
1a proporcionar toda la información que la SENACYT solicite sobre la situación financiera y técnica del Proyecto. Solicitar Se obliga a entregar el informe financiero amparado con la presentación de las facturas originales de los pagos y obtener adquisiciones obtenidas con los fondos del Proyecto. Se compromete a adoptar los criterios de eficiencia y economía en los contratos para la autorización compra de bienes o contratación de obras y servicios. Se compromete a operar y mantener el Proyecto de acuerdo con las normas técnicas presentadas en su Plan de Trabajo, así como contar con el personal y material necesarios para su efectivo funcionamiento. Se compromete a proveer los recursos (en especie o efectivo) necesarios para el co-financiamiento del Proyecto. Se obliga a aceptar que el monto total asignado por la SENACYT en el presente Contrato no sufrirá aumento. Sin embargo, EL BENEFICIARIO podrá solicitar a la SENACYT la modificación del monto y los plazos de los desembolsos, sin alterar el monto total de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergenciaadjudicación, si las circunstancias lo ameritan. Se obliga a devolver a la SENACYT los fondos desembolsados, pero no utilizados al terminar la ejecución del presente Contrato. Se compromete a entregar copias (en formato digital o papel), o muestras de los productos, procesos o servicios generados, que requiera la SENACYT como evidencia del cumplimiento del Proyecto. Se compromete a resaltar y distinguir la ayuda recibida de la SENACYT, en aquellos medios de divulgación escritos o hablados, donde se diera estricto cumplimiento haga referencia al procedimiento Proyecto para lo cual se le permite utilizar el logo distintivo de solicitud establecidos la SENACYT. Se compromete a participar en las presentes Condiciones Generales reuniones de servicios seguimiento y difusión que convoque la SENACYT. Se compromete a colaborar con la SENACYT y/o los evaluadores externos del Programa, para la realización de asistencia.
2las evaluaciones externas del Proyecto. Si Se obliga a brindar toda la información solicitada para las evaluaciones externas o cualquier otra actividad que establezca la SENACYT, durante el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse Contrato y hasta un máximo de cinco (5) años (en caso de una urgencia comprobableI+D, por una circunstancia o razón involuntaria a Aprendizaje e Innovación Empresarial) y un (1) año (en caso del Programa de Apoyo de Gestión) después de la Central de Asistenciasculminación del Proyecto, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludiblefinalidad de medir el éxito e impacto, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el eventoentre otros, en cuyo caso deberá proveer las constancias los ámbitos técnico, económico y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergenciassocial, así como tampoco será responsable información sobre el desarrollo del producto, proceso o servicio, número de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario empleos generados, ganancias obtenidas y cualquier otra información necesaria que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo establezca la SENACYT, producto de la prestación gestión del Proyecto desarrollado con financiamiento de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestadaesta entidad oficial.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.
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Samples: Contrato Por Mérito
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario Con independencia de las obligaciones específicas que, en su caso, expresamente se obliga arecojan en la resolución de concesión, son exigibles las siguientes obligaciones genéricas:
1. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación Los beneficiarios estarán obligados a informar a los beneficios otorgados trabajadores cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Si existiera representación legal de los trabajadores en el voucher la empresa beneficiaria, también deberán informar a éstos de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciacontratos subvencionados.
2. Los beneficiarios estarán obligados a mantener la contratación indefinida objeto de subvención, durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de inicio de dicha contratación.
3. Durante el periodo de tiempo establecido en el apartado anterior, cuando se produzca el cese de trabajadores fijos cuyo contrato sea objeto de subvención, la entidad está obliga- da a cubrir la vacante con un contrato indefinido, y que cumpla las siguientes condiciones:
a) La jornada laboral del contrato de trabajo deberá ser, al menos igual, que la del contra- to objeto de subvención al que sustituye.
b) El plazo para realizar las sustituciones será de tres meses, a contar desde la fecha de baja en Seguridad Social del contrato extinguido.
c) La sustitución podrá realizarse por un contrato de trabajo que se haya iniciado como máximo dos meses antes a que se produzca la baja que se pretende sustituir, si bien, en ningún caso podrá sustituirse la baja con un contrato que se haya iniciado con ante- rioridad a la contratación por la que inicialmente se solicita subvención.
d) La baja deberá ser comunicada al órgano gestor de la ayuda en un plazo de 15 días desde la fecha de la baja en la Seguridad Social aportando en el plazo de un mes desde el alta en Seguridad Social del trabajador sustituto la siguiente documentación: — Fotocopia compulsada del documento de baja en la Seguridad Social del trabajador sustituido. — Fotocopia compulsada del DNI del trabajador sustituto. — Fotocopia compulsada del contrato de trabajo del trabajador sustituto. — Autorización, según modelo del Anexo VII, del trabajador cuyo contrato indefinido sustituye el contrato objeto de subvención para que el órgano gestor de la ayuda solicite al organismo correspondiente, el certificado detallado de la Tesorería de la Seguridad Social relativo a la vida laboral del trabajador. En su defecto deberán aportar original de dicho documento.
4. Si con posterioridad a la resolución de concesión se produce una disminución de la jornada laboral del contrato objeto de subvención, siempre que se mantenga en un porcentaje mínimo del 50% de la jornada laboral habitual, la diferencia podrá ser cubierta, en un plazo máximo de tres meses, por otra contratación indefinida o por la ampliación de la jornada de un trabajador fijo contratado en la empresa, siempre que la entidad, mediante declaración responsable de su representante legal, declare no haber solicitado y se comprometa a no solicitar subvención, por dichos contratos que suplen la disminución de jornada, al amparo de esta norma o de cualquier otra que otorgue subvenciones por la contratación indefinida de trabajadores. Deberá comunicar esta incidencia al órgano gestor de la ayuda en el Beneficiario plazo 15 días desde la variación de jornada y aportar la siguiente documentación: — Fotocopia compulsada del documento de variación de datos en la Seguridad Social del trabajador objeto de subvención cuya jornada se disminuye. — Fotocopia compulsada del DNI del trabajador cuyo contrato suple la diferencia de jornada. — Fotocopia compulsada del documento de alta o de variación de datos en la Seguridad Social del trabajador cuyo contrato suple la diferencia de jornada. — Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante de la ayuda, en los términos que se establecen en el párrafo primero de este apartado.
5. Si una tercera persona no pudiera comunicarse vez emitida la resolución de concesión, el trabajador cuyo contrato es objeto de subvención causa baja, podrá ser sustituido por dos contrataciones, siempre que la jorna- da de las mismas sea al menos del 50%, y cumplan con el resto de requisitos y condicio- nes establecidos en la norma para ser una contratación objeto de subvención, debiendo remitir para ambas contrataciones lo establecido en el apartado 3,d) de este artículo.
6. Si durante el periodo de tres años citado en el apartado dos de este artículo, se produce la suspensión de la relación laboral objeto de subvención, por alguna de las causas regula- das en la legislación vigente, se interrumpirá el cómputo de dicho plazo por el tiempo que dure la suspensión, salvo que se cubra la vacante, en el plazo de tres meses, con un contrato cuya vigencia esté supeditada al periodo que dure la suspensión, o bien se produzca la reincorporación del trabajador en el mencionado plazo de tres meses. Los titulares del expediente de subvención están obligados a comunicar la suspensión, en un plazo de 15 días desde la fecha de baja en la Seguridad Social, y en caso de una urgencia comprobablesustitu- ción de la vacante deberán remitir en el plazo de un mes desde el alta del trabajador inte- rino, por una circunstancia o razón involuntaria la documentación establecida en el apartado 3,d), excepto la autorización xxx xxxxx- jador. Finalizado el periodo de suspensión deberán comunicar dicha incidencia en el plazo de 15 días desde la fecha de reincorporación del trabajador a la Central empresa, aportando el documento de Asistenciasalta en Seguridad Social. En el supuesto de incapacidad temporal del trabajador la comunicación de la suspensión del contrato en los términos establecidos en el apartado anterior, podrá recurrir al servicio médico solamente será necesa- ria, si transcurridos tres meses desde el inicio de emergencia próximo al lugar donde la situación de incapacidad temporal, no se encuentre, y con produjera la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediatareincorporación del trabajador. En los casos de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y demás supuestos contemplados en el artículo 45. d) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 marzo, por el que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado se aprueba Texto Refundido de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad Ley del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática Estatuto de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En Trabajadores, así como en el caso de planes “Crucero”reducción de jornada por razones de guarda legal, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra obligación de la opinión médica entidad se limitará a comunicar la suspensión o modificación del contrato en un plazo de quien lo esté atendiendo y 15 días desde la fecha de baja o variación de datos en la Seguridad Social, aportando el documen- to de baja o variación de datos en Seguridad Social. Finalizado el periodo de suspensión o de guarda legal deberán comunicar dicha incidencia en el plazo de 15 días desde la fecha de reincorporación del Departamento Medico trabajador a la empresa o desde la fecha de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo ampliación de la prestación jorna- da laboral, aportando el documento de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización alta o variación de los registros como medio de prueba datos en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requieraSeguridad Social.
7. En todos aquellos casos El beneficiario deberá comunicar, en cualquier momento de la vigencia del expediente, otras ayudas públicas o privadas que La Central hubiera obtenido o solicitado para el mismo proyec- to, con posterioridad a la fecha de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones parapresentación de la solicitud.
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que poseaFacilitar cuantos datos e información, en aquellos casos cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo, así como comunicar a la misma las incidencias y variaciones que se produzcan en relación con aquéllas.
9. Por tratarse de ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, el beneficiario estará sujeto a las normas de información y publicidad que La Central de Emergencias se haga cargo establece el Reglamento (CE) número 1828/2006 de la diferencia Comisión, de 8 de diciembre, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) número 1083/2006, sobre el o actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente estados miembros en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría relación con las intervenciones de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioFondos Estructurales.
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Samples: Decreto
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a“El Beneficiario” asume las siguientes obligaciones:
1. Solicitar ) Cumplir, en la forma y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados plazos establecidos, las actividades descritas en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciaProyecto aprobado.
2. Si ) Permitir el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso uso de una urgencia comprobablela información correspondiente al proyecto, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro para el ejercicio de las 24 horas funciones propias de producido MIEM/DNI así como su eventual publicación. Cualquier información relativa al proyecto que el eventobeneficiario considere deba ser de carácter confidencial o reservado, en cuyo caso así lo deberá proveer comunicar por escrito a MIEM/DNI al momento de presentación del proyecto; sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 18.381 de 7 de octubre de 2008.
3) Autorizar a MIEM/DNI a realizar todas las constancias auditorías y comprobantes originales controles que justifiquen la situación ésta considere necesarios, a fin efectos de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia verificar el cumplimiento de este requisitolas obligaciones del “Beneficiario” y el seguimiento periódico del Plan de Trabajo. Cuando las auditorías y controles se realicen en el/los establecimiento/s del Beneficiario, La Central éste deberá facilitar a los funcionarios del MIEM/DNI o a las personas que ésta designe, el acceso a la información requerida y garantizar el acceso tanto a los inmuebles como a las instalaciones que éstos soliciten, así como a toda la documentación que le sea requerida.
4) Presentar cada 60 días corridos contados a partir del primer desembolso, una Rendición de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado Cuentas avalada por Contador Público y Declaración del Jerarca Correspondiente, realizado de acuerdo a la Ordenanza 77 del Tribunal de Cuentas de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad República donde conste también el cumplimiento de las Metas previstas y una memoria descriptiva de las metas alcanzadas.
5) Especialmente se obliga a no presentar el proyecto de referencia a efectos de obtener otras fuentes de financiamiento y/o exoneraciones fiscales de cualquier especie, a excepción de aquellos componentes o gastos del Beneficiario proyecto que resulten no cofinanciados por el Fondo de Economía Naranja.
6) En caso de proyectos que tengan incorporados como componentes del proyecto, la recaudación adquisición de estos documentos equipos o maquinaria, subsistirá para ser entregados el “Beneficiario” el plazo de manera oportuna a inalienabilidad de 5 años establecido en las Bases aprobadas por Resolución Ministerial de fecha «aprobación de las Bases 2021», que se considera parte integrante del presente contrato.
7) Devolver al finalizar la Central ejecución del proyecto los fondos remanentes no ejecutados con la última Rendición de Asistencia Cuentas.
8) Informar anualmente, por un plazo de 3 años, la evolución de las siguientes variables en la empresa: Empleo (incluyendo la anterior al inicio del viajecantidad de empleados y horas trabajadas); Ventas (facturación anual). No notificar dentro Las partes convienen que las obligaciones estipuladas en los puntos 6 y 8, subsistirán con carácter de las 24 horas acarrea principal, aún luego de ejecutado el proyecto y su incumplimiento dará lugar a responsabilidad contractual por la pérdida automática totalidad de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3monto cofinanciado y daños y perjuicios que correspondan. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias metas mínimas pautadas no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono hubieran alcanzado por causa de hechos de fuerza mayor, debidamente justificados, y que por lo tanto puedan considerarse ajenos a la responsabilidad del centro médico donde esté ingresado“Beneficiario”, por su propia decisióny toda vez que no se vea comprometida la viabilidad del proyecto, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte DNI podrá eximir al “Beneficiario” de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadascumplimiento. En caso de que ello ocurraverse comprometida definitivamente la viabilidad del Proyecto, se revisará el Beneficiario deberá contactar programa de financiamiento y eventualmente la oficina DNI podrá disponer la rescisión del Contrato, sin responsabilidad para ninguna de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalariolas partes.
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Samples: Contrato De Ejecución De Proyecto
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a:
1. a) Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en con relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias MÁS ASISTENCIA Y/O QSA no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de por gastos devengados en situaciones de emergenciaemergencia que no hayan sido reportados por cualquiera de los medios de contacto indicados en “contactos a nivel mundial”, si y no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. b) Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas (salvo aquellas coberturas que estipulen plazos de tiempo particulares) de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer suministrar las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias MÁS ASISTENCIA Y/O QSA quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia Asistencias (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. c) En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La la Central de Emergencias Asistencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación hospitalización médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo hacerlo, deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios Servicios de La Central de EmergenciasMÁS ASISTENCIA Y/O QSA.
4. La Central de Emergencias d) MÁS ASISTENCIA Y/O QSA no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del abandone voluntariamente el centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de EmergenciasMÁS ASISTENCIA Y/O QSA, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. e) El Beneficiario acepta que La la Central de Emergencias Asistencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas telefónicas, escritas, a través de correo electrónico y mediante cualquier método digital que estime necesarias necesario para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada., incluyendo las
6. f) Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. g) En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias Asistencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones parapara revelar su historia clínica completando el Medical Release Form (MRF) que le será enviado y lo devolverá firmado. Asimismo, el Beneficiario autoriza en forma absoluta e irrevocable a la Central de Asistencias a requerir en su nombre cualquier información médica a los profesionales, tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de poder evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Recomendamos en forma especial a los Beneficiarios diligenciar siempre el Formulario (MRF) cuando se registren en un centro hospitalario, eso será de gran ayuda en los casos de reembolsos y/o en la toma de decisiones sobre determinados casos que requieran del estudio del historial médico del paciente.
8. h) Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países .
i) El Beneficiario estará obligado a comunicar a MÁS ASISTENCIA Y/O QSA cualquier cobertura de viaje o de gastos médicos o cualquier cobertura similar con otra compañía de seguro; una compañía afiliada, inclusive.
j) El Beneficiario estará obligado además a notificar y principalmente en los Estados Unidos suministrar a MÁS ASISTENCIA Y/O QSA todas las informaciones factibles y necesarias para la tramitación, por parte de NorteaméricaMÁS ASISTENCIA Y/O QSA, de las reclamaciones presentadas por el Beneficiario, y en Europa, debido a razones presentar además facturas originales a petición de estandarización informática la mayoría MÁS ASISTENCIA Y/O QSA.
k) El BENEFICIARIO será responsable de cancelar todos aquellos gastos incurridos que no forman parte de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / beneficios o reclamos que no estén amparados dentro de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después las presentes Condiciones Generales luego de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la una asistencia coordinada por La Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioAsistencia.
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Samples: General Conditions
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios Adicionalmente, el Beneficiario se obliga a:
1: • La devolución del Automóvil Sustituto dado en uso de manera inmediata al expirar los plazos antes señalados. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación • El Beneficiario se sujetará a los beneficios otorgados en pagar las tarifas xx xxxxx del Automóvil Sustituto establecidas por el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse Proveedor en caso de una urgencia comprobableque el tiempo de uso y goce del Automóvil Sustituto haya excedido la cantidad de días amparados por esta Cobertura. • La hora establecida para la devolución del Automóvil Sustituto dado en uso al Beneficiario será siempre a las 12:00 (doce horas), por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 teniendo 2 (dos) horas de producido tolerancia como máximo. Después de esa hora, se cobrará al Beneficiario un día adicional de acuerdo con las tarifas establecidas por el evento, en cuyo caso Proveedor de Servicios. • El Automóvil Sustituto deberá proveer las constancias y comprobantes originales ser devuelto con el mismo nivel de gasolina registrado al momento que justifiquen fue recibida la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia unidad por el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3Beneficiario. En caso de que no se devuelva de esa manera, se cobrará el faltante al Beneficiario. • En caso de siniestro del Automóvil Sustituto dado en uso, el Beneficiario se encuentre imposibilitado compromete a pagar el Deducible estipulado en el contrato de entrar arrendamiento celebrado con el Proveedor de Servicios. • Pagar todos los gastos o costos adicionales (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, Deducibles, daños, etc.) relacionados con el Automóvil Sustituto. • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en contacto con La Central el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación, deberán ser liquidados por éste en un plazo máximo de Emergencias dentro 15 (quince) días después de la notificación de las 24 horas siguientes a su internación médica mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar mecánicas con las cuales fue asignado y consten en contacto con La Central el documento de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones revisión del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, inventario previamente firmado por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadasambas partes. En caso de que ello ocurrafaltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al Proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá contactar la oficina realizarse por el Beneficiario en los Centros de la Central valuación de Asistencias marcando los números proporcionados HDI Seguros y/o en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará las instalaciones del Proveedor de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioautos más cercanas al domicilio del Asegurado.
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Samples: Vehículos Residentes GLM Plus Flotillas (Asistencia + Para Ti)
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento 5.1 Ejecutar el PROYECTO, conforme a las características y plazos establecidos en la propuesta presentada.
5.2 Disponer de una cuenta corriente o cuenta de ahorros, en cualquier entidad del sistema financiero, para todos los servicios el Beneficiario se obliga a:depósito y uso exclusivo del estímulo económico. Todo retiro de dicha cuenta es considerado gasto directo del PROYECTO.
1. Solicitar y obtener 5.3 Comunicar al MINISTERIO el depósito del estímulo económico en la autorización cuenta indicada en el numeral precedente.
5.4 Presentar al MINISTERIO copia simple del (de los) estado(s) mensual(es) de la Central cuenta indicada en el numeral 5.2, cuando éste lo solicite.
5.5 Gestionar bajo su responsabilidad y costo las autorizaciones respectivas ante municipalidades, sociedades de Asistencias antes gestión colectiva u otros que fuesen necesarios para la realización de tomar las actividades del Proyecto.
5.6 Acreditar los permisos, autorizaciones y seguros requeridos para la realización de los eventos públicos que involucre el PROYECTO. - Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra accidentes de personas, muertes o invalidez temporal o permanente de los asistentes. - Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra accidentes de personas, muertes o invalidez temporal o permanente de los artistas que intervengan en los espectáculos a desarrollarse durante el evento. - Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra accidentes de personas, muertes o invalidez temporal o permanente de los técnicos y administrativo que intervengan en el desarrollo de los espectáculos a desarrollarse durante el evento.
5.7 Garantizar que los proveedores contratados cumplan con las medidas de seguridad y calidad, responsabilizándose de los daños, pérdidas y cualquier iniciativa otro perjuicio ocasionado durante el evento.
5.8 Asumir responsabilidad frente a terceras personas que pudieran resultar, directa o comprometer indirectamente, afectadas durante la realización de las actividades del PROYECTO. Asimismo, asumirá responsabilidad frente a cualquier gasto en relación reclamo que se afronte como consecuencia de la no adopción de medidas de seguridad o de actos o accidentes que comporten responsabilidad civil, penal o administrativa.
5.9 Contar con todas las autorizaciones legales correspondientes a los beneficios otorgados en el voucher derechos de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado autor y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciapropiedad intelectual.
2. Si 5.10 Cumplir con las obligaciones legales y fiscales que impliquen el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso desarrollo del
5.11 Asegurar que la contratación laboral de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a artistas y del personal para la Central ejecución del
5.12 No exceder la capacidad máxima del aforo de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar los ambientes físicos donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de realizarán las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad actividades del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidenciaPROYECTO.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate 5.13 Asumir la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales contratación y/o implementación de los servicios de La Central de Emergenciasprimeros auxilios.
45.14 Presentar al MINISTERIO un informe de avance preliminar, a la mitad de cronograma presentado o a los 5 meses luego de ser declarados como beneficiarios, lo que suceda primero, que dé cuenta de los gastos y las acciones realizadas hasta el momento. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde El formato del informe será provisto por el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a élMINISTERIO.
5. El Beneficiario acepta que La Central 5.15 Presentar al MINISTERIO, una vez ejecutado el cien por ciento (100%) del estímulo económico, un (1) informe económico, conformado por lo siguiente:
5.15.1 Informe de Emergencias se reserve ejecución del PROYECTO describiendo el derecho de grabar desarrollo y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para realización del mismo, según formato provisto por el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestadaMINISTERIO.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por 5.15.2 Informe económico sobre el uso del estímulo económico referido en la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requieracláusula tercera, el Beneficiario mismo que deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación contar con sello y firma del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias representante legal o por el/los billetes la BENEFICIARIO(A). Los informes económicos, de pasaje (ticketsacuerdo al formato provisto por el MINISTERIO, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central deberán contener lo siguiente:
a. Un resumen de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalariogastos.
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Samples: Acta De Compromiso
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a:
1. a) Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a con los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias TRAVI ASSIST no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. b) Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer suministrar las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias TRAVI ASSIST quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia Asistencias (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. c) En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La la Central de Emergencias Asistencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación hospitalización médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo hacerlo, deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergenciasxx XXXXX ASSIST.
4. La Central de Emergencias d) XXXXX ASSIST no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, ingresado por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de EmergenciasXxxxxx xx XXXXX ASSIST, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. e) El Beneficiario acepta que La la Central de Emergencias Asistencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. f) Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. g) En todos aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones parapara revelar su historia clínica completando el Medical Release Form (MRF) que le será enviado y lo devolverá firmado. Asimismo, el Beneficiario autoriza en forma absoluta e irrevocable a la Central de Asistencias a requerir en su nombre cualquier información médica a los profesionales, tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de poder evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Recomendamos en forma especial a los Beneficiarios diligenciar siempre el Formulario (MRF) cuando se registren en un centro hospitalario, eso será de gran ayuda en los casos de reembolsos y/o en la toma de decisiones sobre determinados casos que requieran del estudio del historial médico del paciente.
8. h) Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La la Central de Emergencias Asistencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países .
i) El Beneficiario estará obligado a comunicar x XXXXX ASSIST cualquier cobertura de viaje o de gastos médicos o cualquier cobertura similar con otra compañía de seguro; una compañía afiliada, inclusive.
j) El Beneficiario estará obligado además a notificar y principalmente en los Estados Unidos suministrar x XXXXX ASSIST todas las informaciones factibles y necesarias para la tramitación, por parte xx XXXXX ASSIST, de Norteaméricalas reclamaciones presentadas por el Beneficiario, y en Europa, debido a razones presentar además facturas originales a petición de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioesta.
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Samples: General Conditions
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios Adicionalmente, el Beneficiario se obliga a:
1: • La devolución del Automóvil Sustituto dado en uso de manera inmediata al expirar los plazos antes señalados. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación • El Beneficiario se sujetará a los beneficios otorgados en pagar las tarifas xx xxxxx del Automóvil Sustituto establecidas por el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse Proveedor en caso de una urgencia comprobableque el tiempo de uso y goce del Automóvil Sustituto haya excedido la cantidad de días amparados por esta Cobertura. • La hora establecida para la devolución del Automóvil Sustituto dado en uso al como máximo. Después de esa hora, se cobrará al Beneficiario un día adicional de acuerdo a las tarifas establecidas por una circunstancia o razón involuntaria a el Proveedor de Servicios. • El Automóvil Sustituto deberá ser devuelto con el mismo nivel de gasolina registrado al momento que fue recibida la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido unidad por el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3Beneficiario. En caso de que no se devuelva de esa manera, se cobrará el faltante al Beneficiario. • En caso de siniestro del Automóvil Sustituto dado en uso, el Beneficiario se encuentre imposibilitado compromete a pagar el Deducible estipulado en el contrato de entrar arrendamiento celebrado con el Proveedor de Servicios • Pagar todos los gastos o costos adicionales (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, Deducibles, daños, etc.) relacionados con el Automóvil Sustituto. • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en contacto con La Central el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación, deberán ser liquidados por éste en un plazo máximo de Emergencias dentro 15 (quince) días después de la notificación de las 24 horas siguientes a su internación médica mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar mecánicas con las cuales fue asignado y consten en contacto con La Central el documento de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones revisión del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, inventario previamente firmado por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadasambas partes. En caso de que ello ocurrafaltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al Proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá contactar la oficina realizarse por el Beneficiario en los Centros de la Central Valuación de Asistencias marcando los números proporcionados HDI Seguros y/o en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará las instalaciones del Proveedor de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioautos más cercanas al domicilio del Asegurado.
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Samples: Insurance Policy
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Con independencia de las obligaciones generales que recoja la Ley de Subvenciones y la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, serán obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones reguladas por esta Convocatoria, las siguientes:
a) Realizar la actividad deportiva para todos la que se solicita subvención cumpliendo los objetivos expuestos en el art. 3. de esta Convocatoria.
b) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en la forma señalada en el art.19 de esta Convocatoria.
c) Xxxxxxxse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a efectuar por el órgano concedente y por su orden, por los responsables de los servicios el Beneficiario se obliga a:
1. Solicitar y obtener la autorización promotores de la Central subvención y a las de Asistencias antes control financiero que puedan realizar los órganos de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto control competentes, tanto nacionales como comunitarios; aportando cuanta documentación les sea requerida en relación el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente, la obtención de subvenciones concedidas por otros organismos oficiales, que financien las actividades ya subvencionadas en esta Convocatoria, así como las alteraciones a las que hace referencia el apartado 1 del art. 18 de esta Convocatoria. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los beneficios otorgados fondos percibidos.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se hallan al corriente en el voucher cumplimiento de un plan sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos fijados en el R.D.887/2006, de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera 21 de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobableJulio, por una circunstancia o razón involuntaria a el que se aprueba el Reglamento de la Central Ley General de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediataSubvenciones. En los casos que no lo permitanprevistos en el art. 24 del citado Reglamento, deberá informar la presentación de declaración responsable sustituirá a más tardar dentro la presentación de las 24 horas certificaciones exigidas con carácter general y que figuran en los Art. 22.2 y 3 del citado Reglamento.
f) Disponer de producido los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el eventoadecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en cuyo caso deberá proveer tanto puedan ser objeto de las constancias actuaciones de comprobación y comprobantes originales control.
h) Hacer constar en toda información, publicación o publicidad que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado se efectúe de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario actividad, que la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro misma está subvencionada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
i) Insertar el logotipo establecido en el ANEXO VI de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que poseapresente Convocatoria, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente lugar preferente en los Estados Unidos carteles, dípticos y folletos que edite el Club o Federación, en referencia a las actividades objeto de Norteamérica, y subvención en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalariopresente convocatoria.
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Samples: Subvenciones
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a:
1. Solicitar y obtener La Mancomunidad de Servicios Xxxxx Norte xx Xxxxxx, ostenta la autorización condición de bene- ficiaria de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación subvención, y queda obligada a los beneficios otorgados cumplir con el objeto del presente convenio, ejecutando las actuaciones previstas en el voucher de un plan de asistenciamismo. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados La entidad beneficiara deberá justificar ante el órgano concedente o la entidad colabo- radora, en su voucher contratado y anotar los nombrescaso, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica requisitos y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergenciascondiciones, así como tampoco será responsable la realización de ningún tipo la actividad y el cumplimiento de complicaciones la finalidad que determinen la concesión o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario disfrute de la subvención. Con carácter previo a la concesión de la ayuda deberá acreditar que eventualmente resulte de su incumplimiento no concurre nin- guna prohibición de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve establecidas en el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo artículo 13 de la prestación Ley 38/2003 General de Sub- venciones, lo cual quedará acreditado mediante la presentación de la correspondiente de- claración responsable. La entidad beneficiaria deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de las obliga- ciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes: — Deberá aportar el certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus serviciosobligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad Este certificado se consultará de oficio por la eventual utilización Co- munidad de Madrid cuando el interesado dé su autorización expresa. — Deberá aportar el certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obli- gaciones con la Seguridad Social, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracio- nes Públicas, la Comunidad de Madrid consultará u obtendrá, por medios electró- nicos, la información relativa a dicho Certificado, salvo que conste su oposición expresa. — De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, el órgano instructor aporta- rá de oficio al expediente el certificado que acredite la inexistencia de apremio. Igualmente, con carácter previo al pago de la subvención deberán acreditar que se ha rea- lizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/2015, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como exige el artículo 8.1.f) de la Ley 2/1995, de 8 xx xxxxx, de subvenciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se deberá justificar ante la Dirección General de Autónomos y Emprendi- miento, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el cumplimiento de los registros como medio de prueba requi- sitos y condiciones especificadas en caso de existencia de controversias respecto el convenio, y el cumplimiento del objeto que determi- na la concesión de la asistencia prestada.
6subvención. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado La entidad beneficiaria se somete a lo dispuesto en el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo artículo 14 de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidosLey 38/2003, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica17 de noviembre, General de Subvenciones y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina artículo 8 de la Central Ley 2/1995, de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará 8 xx xxxxx de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioSubvenciones de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Convenio De Subvención
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios el Beneficiario se obliga a4.1 Son obligaciones del beneficiario las siguientes:
1. Solicitar y obtener la autorización a) La entidad beneficiaria de la Central presente subvención, de Asistencias antes conformidad con lo establecido en la base 34ª (apartado 5.5) de tomar las de Ejecución del vigente presupuesto municipal, accederá a través del link que se detalla a continuación a la web municipal donde se encuentra la Circular 2/2019 (Guía General de Justificación de Subvenciones): xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxx-xxx- tramite/index.html?tipoVO=5&id=7817#!tab1
b) La Asociación Bee Garden pondrá los medios que se precisen para la consecución de las actuaciones recogidas en la cláusula tercera del presente documento.
c) El personal unido a la citada Asociación por medio de una relación contractual laboral o de cualquier iniciativa otra índole, ya colabore directa o comprometer indirectamente en la ejecución del presente Convenio, dependerá sólo y exclusivamente de la Entidad, sin que, en ningún caso, exista vínculo de dependencia entre dicho personal y el Excmo. Ayuntamiento de Málaga, sus organismos o empresas, no siendo aplicable, por lo tanto, ni la denominada sucesión empresarial ni ninguna figura de naturaleza análoga.
d) La Asociación Bee Garden será responsable de la actuación de su personal, tanto ante el Excmo. Ayuntamiento como frente a terceros, por las indemnizaciones que pudieran ser reclamadas por cualquier gasto en relación a clase de responsabilidad derivada de la actuación de los beneficios otorgados mismos.
4.2 Asimismo, el beneficiario de la subvención deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el voucher artículo 14 de un plan la Ley General de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera Subvenciones, que son las que se especifican a continuación:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciasubvención.
2. Si b) Justificar ante el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia órgano concedente el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado los requisitos y condiciones así como la realización de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario actividad y el cumplimiento de la recaudación finalidad que determinen la concesión o disfrute de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidenciasubvención.
3. En caso c) Someterse a las actuaciones de que comprobación, a efectuar por el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergenciasórgano concedente, así como tampoco será responsable cualesquiera otras de ningún tipo comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las indicaciones médicas dadas a élactuaciones anteriores.
5d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la prestación aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada obligaciones tributarias y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan frente a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivoSeguridad Social. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.c86/Au+8U51U/1p3wvdZ7A== xxxxx://xxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/x00/Xx+0X00X/0x0xxxX0X==
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Samples: Collaboration Agreement
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la XXXX a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por XXXX. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de este servicio y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o rembolso.
c) En caso de solicitud de rembolso actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Hecho Garantizado y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Clausulado, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra, la clase de servicio que necesita y cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio, antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago. UYAS tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el rembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido. XXXX será responsable de la prestación por una circunstancia los servicios previstos en este clausulado solamente después del contacto por parte del Beneficiario o razón involuntaria a Representante con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento Para permitir a UYAS asistir al Beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios el comprendidos la obligación a cargo del Beneficiario se obliga ade:
1. Solicitar y obtener a) Obtener la autorización de la XXXX a través de su Central de Asistencias Operativa antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados en el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistenciagasto.
2b) Aceptar las soluciones propuestas por XXXX. Si el Beneficiario opta por actuar a iniciativa propia o una tercera persona no pudiera comunicarse por sugerencia de terceros, asume la cancelación de este Plan y exonera a UYAS de la obligación de brindar Servicios o rembolsos.
c) En caso de solicitud de rembolso, actuar de acuerdo a lo previsto en este clausulado para esta situación.
d) Proveer todos los comprobantes originales de comprobación del Hecho Garantizado y de todos los elementos necesarios para generar derecho a la prestación de los servicios, así como de los gastos reembolsables por XXXX.
e) Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones previstas en este Anexo, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente inmediatamente (dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurrido el Hecho Garantizado), indicando sus datos identificatorios, el teléfono donde se encuentra y la clase de servicio que necesita antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago, así como cualquier otro dato necesario para brindar el Servicio. UYAS tomará el lapso prudencial (según los casos y las condiciones que estipula cada servicio) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación. El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. UYAS se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de una urgencia comprobable, haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido. XXXX será responsable de la prestación por una circunstancia o razón involuntaria a los servicios previstos en este Clausulado solamente después del contacto por parte del Beneficiario con la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico Atención de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, UYAS y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, condiciones y límites previstos en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3. En caso de que el Beneficiario se encuentre imposibilitado de entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.documento
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Samples: Contrato Para La Comercialización De Servicios De Asistencia
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos los servicios Adicionalmente, el Beneficiario se obliga a:
1: • La devolución del Automóvil Sustituto dado en uso de manera inmediata al expirar los plazos antes señalados. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Asistencias antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación • El Beneficiario se sujetará a los beneficios otorgados en pagar las tarifas xx xxxxx del Automóvil Sustituto establecidas por el voucher de un plan de asistencia. Recomendamos tomar contacto por cualquiera de todos los medios disponibles enunciados en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse Proveedor en caso de una urgencia comprobableque el tiempo de uso y goce del Automóvil Sustituto haya excedido la cantidad de días amparados por esta Cobertura. • La hora establecida para la devolución del Automóvil Sustituto dado en uso al Beneficiario será siempre a las 12:00 horas, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediata. En los casos que no lo permitan, deberá informar a más tardar dentro de las 24 teniendo 2 (dos) horas de producido tolerancia como máximo. Después de esa hora, se cobrará al Beneficiario un día adicional de acuerdo a las tarifas establecidas por el evento, en cuyo caso Proveedor de Servicios. • El Automóvil Sustituto deberá proveer las constancias y comprobantes originales ser devuelto con el mismo nivel de gasolina registrado al momento que justifiquen fue recibida la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; al omitir bajo cualquier circunstancia unidad por el cumplimiento de este requisito, La Central de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado de la evaluación realizada. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario la recaudación de estos documentos para ser entregados de manera oportuna a la Central de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización alguna. En el caso de planes “Crucero”, el pasajero tendrá hasta 24 horas después de haber desembarcado para notificar la incidencia.
3Beneficiario. En caso de que no se devuelva de esa manera, se cobrará el faltante al Beneficiario. • En caso de siniestro del Automóvil Sustituto dado en uso, el Beneficiario se encuentre imposibilitado compromete a pagar el Deducible estipulado en el contrato de entrar arrendamiento celebrado con el Proveedor de Servicios • Pagar todos los gastos o costos adicionales (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, Deducibles, daños, etc.) relacionados con el Automóvil Sustituto. • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en contacto con La Central el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación, deberán ser liquidados por éste en un plazo máximo de Emergencias dentro 15 (quince) días después de la notificación de las 24 horas siguientes a su internación médica mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar mecánicas con las cuales fue asignado y consten en contacto con La Central el documento de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones revisión del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, inventario previamente firmado por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a él.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadasambas partes. En caso de que ello ocurrafaltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al Proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá contactar la oficina realizarse por el Beneficiario en los Centros de la Central Valuación de Asistencias marcando los números proporcionados HDI Seguros y/o en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará las instalaciones del Proveedor de aclarar dicha situación con el centro hospitalarioautos más cercanas al domicilio del Asegurado.
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Samples: Vehículos Residentes Plus
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. En todo momento para todos Además de las obligaciones recogidas en el artículo 6 de las bases reguladoras, la empresa beneficiaria no podrá reducir el número de trabajadores en su plantilla, durante el periodo en que están en vigor los servicios contratos subvencionados, a excepción de lo previsto en el Beneficiario se obliga a:
1. Solicitar y obtener la autorización párrafo ultimo del apartado 2 del articulo 4, por lo que las contrataciones deberán suponer un incremento de la Central plantilla en la empresa. La contratación de Asistencias las personas cuya subvención se pretende, deberá iniciarse antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación los dos meses a los beneficios otorgados contar desde la notificación de la resolución de concesión. La empresas beneficiarias de la subvención están obligadas a presentar la documentación del trabajador relevista que se relaciona en el voucher art. 16 (Anexo VI ) antes de un plan la firma del contrato, a fin de asistenciacomprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el articulo 5, relativo a las personas a contratar. Recomendamos tomar contacto por cualquiera El trabajador o trabajadora sustituido deberá cumplir los requisitos exigidos en la legislación de todos los medios disponibles enunciados aplicación vigente en su voucher contratado y anotar los nombres, apellidos y números de autorizaciones que le serán dados por la central. La Central de Emergencias no se tomará a cargo ningún gasto ni efectuará ningún reembolso de gastos devengados en situaciones de emergencia, si no se diera estricto cumplimiento al procedimiento de solicitud establecidos en las presentes Condiciones Generales de servicios de asistencia.
2. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse en caso de una urgencia comprobable, por una circunstancia o razón involuntaria a la Central de Asistencias, podrá recurrir al servicio médico de emergencia próximo al lugar donde se encuentre, y con la obligación ineludible, deberá notificar la incidencia en forma inmediatamateria. En los casos que no lo permitancontratos de relevo, deberá informar de carácter temporal las empresas beneficiarias deberán mantener en su plantilla a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento, en cuyo caso deberá proveer las constancias y comprobantes originales que justifiquen la situación a fin de ser sometidos a estudio para su respectiva autorización o negación; personas trabajadoras contratadas al omitir bajo cualquier circunstancia el cumplimiento amparo de este requisitoprograma, La Central por el periodo mínimo de Emergencias quedará facultada para negar cualquier pago o reintegro tras el resultado duración del contrato objeto de la evaluación realizadasubvención. Queda bajo total responsabilidad del Beneficiario En los contratos de relevo de carácter indefinido, las empresas beneficiarias deberán mantener en su plantilla a las personas trabajadoras contratadas al amparo de este programa, por el periodo establecido en la recaudación legislación aplicable. Los contratos de estos documentos para ser entregados trabajo deberán indicar que se trata de manera oportuna a la Central un contrato subvencionado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, al amparo de Asistencia (incluyendo la anterior al inicio del viaje). No notificar dentro de las 24 horas acarrea la pérdida automática de los derechos del Beneficiario a reclamar o solicitar indemnización algunaeste programa. En el supuesto de extinción de la relación laboral del trabajador/a para cuya contratación se concedió la subvención, antes de finalizar el plazo establecido en el contrato de relevo temporal, y antes de alcanzar la jubilación efectiva el trabajador sustituido en el caso de planes “Crucero”contrato de relevo indefinido, la empresa está obligada, en el pasajero tendrá hasta 24 horas después plazo de haber desembarcado para notificar un mes desde que ha producido la incidencia.
3baja, a su sustitución por un nuevo trabajador en las mismas condiciones contractuales y que cumpla los requisitos establecidos en el art. 5 de esta convocatoria. En estos casos, se sustituirá la fecha de 1 de febrero de 2015, por la resultante de retrotaer en cinco meses la fecha a partir de la cual se produzca la extinción del contrato de la persona que va a ser sustituida. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX CIF: X0000000X Registro de entidades locales Núm. 01330447 El contrato del nuevo/a trabajador/a deberá tener, como mínimo, una duración igual al tiempo restante del periodo de contrato de trabajo cuya relación laboral se ha extinguido, en los términos establecidos en la legislación que le sea aplicable. En caso de no alcanzar el nuevo contrato dicho periodo, la empresa estará obligada a reintegrar la parte proporcional correspondiente a la subvención concedida. En el supuesto de extinción de la relación laboral del trabajador para el que se concedió la subvención antes de cuatro años y habiendo alcanzado ya la jubilación efectiva el Beneficiario se encuentre imposibilitado trabajador sustituido, la empresa estará obligada a reintegrar la parte proporcional correspondiente a la subvención concedida. La empresa está obligada al cumplimiento de entrar sus obligaciones en contacto con La Central materia de Emergencias dentro Prevención de Riesgos Laborales Las empresas beneficiarias están obligadas a mantener la documentación relativa a las exigencias y requisitos indicados en las bases reguladoras y en la presente convocatoria, a efectos de seguimiento y control de las 24 horas siguientes ayudas, al menos por periodo de cinco años a su internación médica y no tuviera ningún acompañante que pueda hacerlo deberá entrar en contacto con La Central de Emergencias dentro de las 24 horas siguientes al alta médica y presentar los informes médicos donde se constate la dificultad de comunicación y de acuerdo con la cláusula de obligaciones del Beneficiario de las Condiciones Generales de los servicios de La Central de Emergencias.
4. La Central de Emergencias no se hará responsable económicamente ante los casos donde el Beneficiario haga abandono del centro médico donde esté ingresado, por su propia decisión, sin la debida autorización médica o contra partir de la opinión médica de quien lo esté atendiendo y finalización del Departamento Medico de La Central de Emergencias, así como tampoco será responsable de ningún tipo de complicaciones o agravamientos del cuadro médico del Beneficiario que eventualmente resulte de su incumplimiento de las indicaciones médicas dadas a élperiodo subvencionado. Pudiendo el Ayuntamiento solicitar esta documentación en cualquier momento.
5. El Beneficiario acepta que La Central de Emergencias se reserve el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto de la asistencia prestada.
6. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Asistencias y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
7. En todos aquellos casos en que La Central de Emergencias lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para
8. Es obligación del Beneficiario entregar a La Central de Emergencias el/los billetes de pasaje (tickets, boletos) que posea, en aquellos casos en que La Central de Emergencias se haga cargo de la diferencia sobre el o los pasajes originales y los nuevos emitidos, o cuando procedan a la repatriación del Beneficiario sea el que fuere el motivo. NOTA: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica, y en Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y / o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aun después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Asistencias marcando los números proporcionados en el voucher o escribiendo a sac@assist- xxx.xxx y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el centro hospitalario.
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Samples: Convocatoria De Subvenciones