We use cookies on our site to analyze traffic, enhance your experience, and provide you with tailored content.

For more information visit our privacy policy.

OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Cláusulas de Ejemplo

OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Cualquier persona podrá presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo, hasta cinco (5) días calendario anteriores a la fecha señalada en el cronograma para el cierre y recepción de propuestas. Estas observaciones deberán enviarse al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. EL ICETEX dará las correspondientes respuestas, en la fecha establecida en el cronograma del proceso. Las solicitudes de modificación por parte de los interesados serán procedentes siempre y cuando: • Hayan sido radicadas en El ICETEX dentro del horario de atención al público o remitidas al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, desde la fecha de publicación xxx xxxxxx de condiciones y hasta cinco (5) días calendario antes de la fecha señalada en el cronograma para el cierre del plazo de recepción de las propuestas. • Se indique claramente el numeral xxx xxxxxx de condiciones, que se solicita modificar y el fundamento de la solicitud. • Se señale claramente el nombre y cédula de ciudadanía de la persona interesada, la condición en la que actúa y su dirección física y electrónica. En ningún caso habrá aclaraciones ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas. Corresponde a todos los interesados en el presente proceso de selección informarse de todas las modificaciones y hacer seguimiento al proceso por los medios electrónicos mencionados.
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Desde el 23 xx Xxxxxx hasta el 24 xx Xxxxxx de 2016 a las s 6:00 p.m Oficina Gestora, xxxxx 00 xx 00-00 xxxxxx 000 edificio gobernación xx Xxxxxxxxx y al correo electrónico observacionesjuridicas@santander. xxx.xx
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. HASTA EL JUEVES VEINTICINCO (25) DE ENERO DE 2018, antes de las 2:30 p.m. Radicadas en el Departamento de Contratación de la UPTC Ubicado en el tercer Piso del Edificio Administrativo de la Sede Central Tunja, o al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx PUBLICACIÓN DE LA RESPUESTAS A OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES El día LUNES VEINTINUEVE (29) DE ENERO DE 2018. En la Página web: xxx.xxxx.xxx.xx. ENTREGA DE PROPUESTAS, ACTA DE CIERRE DE LA INVITACIÓN Y APERTURA DE SOBRES. El día MIERCOLES TREINTA Y UNO (31) DE ENERO DE 2018. Hasta las 11:00 a.m. En la Vicerrectoría Administrativa y Financiera (Ubicado en el Tercer Piso del Edificio Administrativo de la Sede Central Tunja)
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Miercoles veintiocho (28) de febrero de 2018. Hasta las 11:30 am Radicadas en la Dirección de Contratación (Tercer piso del Edificio Administrativo de la Uptc Sede Central Tunja, o al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Respuesta Observaciones al Pliego de Condiciones definitivo Lunes cinco (5) xx Xxxxx de 2018. Se publicará en Página web xxx.xxxx.xxx.xx Link Contratación- Invitaciones Públicas.
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Si los proponentes encontraren discrepancias u omisiones en los documentos de la presente Invitación a Licitar (Ial) o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer a La Asociación Agropecuaria: “Xxxxxxx Xxxxxx”, a través del correo electrónico dispuesto para tal efecto xxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx o a la dirección UNODC – NARIÑO, Ubicado en la calle 20A No 43-33 Barrio Morasurco, en la Ciudad xx Xxxxx, Departamento xx XXXXXX. Lo anterior, no impide que dentro del plazo establecido para la presentación de propuestas, los proponentes puedan solicitar por escrito otras aclaraciones que no hubieren sido resueltas.
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Miércoles once (11) xx xxxx de 2022 hasta las 2:00 pm. Los interesados remitirán las observaciones al Pliego Definitivo, al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Una vez recibidas las observaciones en medio físico y a través de medios electrónicos, se deberán enviar a los integrantes del comité evaluador, con el fin de que estos emitan sus respuestas por escrito.
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOModificaciones al pliego de condiciones CAPITULO II
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Lunes tres (3) de febrero de 2020 a las 5:00 pm. Radicadas en la Secretaría del Departamento de Contratación (Tercer piso del Edificio Administrativo de la Uptc Sede Central Tunja, o al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Respuesta Observaciones al Pliego de Condiciones definitivo Miércoles cinco (5) de febrero de 2020. Se publicará en Página web xxx.xxxx.xxx.xx Link Contratación- Invitaciones Públicas y portal SECOP.

Related to OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DESCRIPCIÓN CANTIDAD FECHA DE ENTREGA RESPONSABLE DE VALIDAR EL ENTREGABLE LUGAR DE ENTREGA Los bienes a entregarse deberán Jefe de la Unidad de Recursos Materiales y Adquisiciones del Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa, En el Instituto ser conforme a la partida 1, 2, 3, Tecnológico de Oaxaca, 1 4 y 5 según cantidades y A más tardar al 28 ubicado en Av. Ing. Xxxxxx especificaciones técnicas de diciembre xx Xxxxx Xxxxx No. 125, detalladas en el Apartado A de 2020 Calzada Tecnológico, las presentes Bases. Oaxaca, en horario de 9:00 a 14:00 horas. El licitante ganador deberá de notificar con dos días hábiles de anticipación a la entrega, en la unidad de Recursos Materiales y Adquisiciones del IOCIFED al correo; xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, o al teléfono 0000000000. No se aceptará condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga, descarga, seguros u otros costos adicionales para este Instituto. El licitante ganagor deberá tener el cuidado necesario para que los bienes a adquirir no se dañen y conserven su estado, durante las maniobras de carga, flete y descarga, sin merma de su vida útil y sin perjuicio alguno para el Instituto. El licitante ganador deberá de entregar los bienes con las protecciones necesarias para su resguardo y conservación, perfectamente empacados, de tal forma que se preserven sus características originales durante la maniobra de carga, flete y descarga, y que durante el almacenaje los resguarden del polvo y la humedad, sin merma de su vida útil y sin perjuicio alguno para esta Entidad. Además, deberán de tener una etiqueta de identificación con número de la partida, nombre del bien, numero de contrato y nombre del licitante ganador

  • Definiciones e Interpretaciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:

  • CONDICIONES DE EJECUCIÓN Conforme al artículo 188 de la LCSP, los efectos del presente contrato se regirán por las normas a que hace referencia el artículo 25.2 de la LCSP, por el presente PCAP, su CR y sus anexos, y, también por el PPT. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario, previamente al inicio de la actividad contratada, deberá aportar debidamente cumplimentado el anexo 5 de este pliego, en orden a coordinar los sistemas de prevención de riesgos laborales. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario vendrá obligado a facilitar esta coordinación, teniendo esta obligación carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP. El adjudicatario estará obligado a presentar, una vez formalizado el contrato, un programa de trabajo, si así se exigiere en el apartado 8.2 del CR del PCAP y en el PPT, y con el contenido que se determine en éste, el cual será aprobado por el órgano de contratación. El adjudicatario procederá a la ejecución del contrato en los plazos y con la periodicidad y condiciones establecidas en el PPT y en el PCAP. Resultarán igualmente exigibles para el adjudicatario las instrucciones de la Administración para la interpretación del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la LCSP. El adjudicatario adquiere la obligación de comunicar cualquier variación de los datos relativos a su capacidad, personalidad, representación y solvencia. Las responsabilidades del adjudicatario frente a la Administración y frente a terceros por la ejecución del contrato serán las previstas en los artículos 192 al 197 de la LCSP. El adjudicatario se compromete a cumplir las obligaciones que le sean aplicables del Reglamento del MRR; del PRTR; del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el área de computación en la nube del Programa UNICO I+D Cloud, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y el resto de normativa de la Unión Europea o nacional que resulte aplicable a las ayudas y fondos otorgados con cargo al PRTR. En cumplimento de dichas disposiciones, el adjudicatario, entre otras obligaciones, quedará sujeto a: Las medidas de control y auditoría del Reglamento del MRR y, en particular, los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, debiendo permitir a estos órganos al acceso a la información sobre el contrato y garantizar la fiabilidad y seguimiento de la ejecución del contrato de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación. El mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de este contrato y suministro de información en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria. El cumplimiento del plan de medidas antifraude y anticorrupción –incluyendo el conflicto de intereses, definido por el órgano de contratación. Las normas de conservación de la documentación previstas en el artículo 132 del Reglamento (UE Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento Financiero de la Unión). Los deberes en materia de información, comunicación y publicidad contemplados en el artículo 34 del del Reglamento del MRR, sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el PRTR. Las obligaciones que le sean aplicables en relación con las condiciones específicas de ejecución fijadas en el Anexo III del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre. Los principios transversales y, en general, toda la normativa del MRR y PRTR.

  • CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Cronograma del procedimiento 3.2 Vigencia de la oferta 3.3 Precio de la oferta 3.4 Plazo de ejecución 3.5 Alcance de la oferta 3.6 Forma de pago

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La existencia y funcionamiento en días laborables y horario de oficina, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado pueda solicitar la prestación del servicio garantizado, mediante llamada al número 000 000 000. a) La organización y mantenimiento de la estructura necesaria para realizar, por medios propios o ajenos, los servicios garantizados.

  • CONDICIONES DE ENTREGA Los PROVEEDORES deberán entregar bienes 100% nuevos, que cumplan con la totalidad de las especificaciones técnicas, unidades de medida y cantidades; y deberán ser entregados a entera satisfacción de las PARTICIPANTES de acuerdo a lo estipulado en los ANEXOS UNO, DOS, TRES y de conformidad con el ANEXO SEIS, denominado Programa de Fabricación de los Bienes, previsto en el numeral 4 inciso b). La CONVOCANTE podrá realizar visitas a las instalaciones donde se fabriquen los bienes, con el objetivo de revisar el avance y cumplimiento al Programa de Fabricación de los Bienes de los PROVEEDORES, notificándoles las fechas de visita 3 (tres) días hábiles previos a su realización. Los PROVEEDORES que hayan resultado adjudicados entregarán por escrito o vía correo electrónico al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES, la(s) corrida(s) xx xxxxxx y/o medidas de las PARTIDAS adjudicadas según sea el caso, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la emisión del fallo o a la notificación de la adjudicación. Una vez recibida(s) la(s) corrida(s) xx xxxxxx y/o medidas de las partidas adjudicadas por parte de los PROVEEDORES, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES contará con 5 (cinco) días hábiles para entregar a los PROVEEDORES: a. Los archivos con el Manual de Identidad Gráfica o la imagen institucional para su aplicación en las PARTIDAS que así lo soliciten conforme al ANEXO UNO, DOS y TRES. En caso de que alguna de las PARTICIPANTES lo requiera, el PROVEEDOR deberá firmar y cumplir el acuerdo de confidencialidad para el manejo de su identidad gráfica para su posterior entrega. b. El listado definitivo de las cantidades de bienes por PARTIDA que les hayan sido adjudicadas, especificando las tallas y colores que requieran. Lo anterior, tomando como referencia el formato y las cantidades mínimas y máximas descritas en el ANEXO TRES.

  • Condiciones de trabajo Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Obligaciones del encargado del tratamiento El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a: A. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. B. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones por escrito del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados miembro, el encargado informará inmediatamente al responsable. C. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga: 1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos. 2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable. 3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas. 4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a: a) La pseudonimización y el cifrado de datos personales b) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico c) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. D. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembro que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

  • Definiciones En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: