PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES. Los beneficiarios deberán presentar la documentación e información acreditativa de la ocurrencia del siniestro y sus consecuencias. Una vez recibidos los documentos, la Entidad aseguradora deberá pagar la prestación garantizada. En el supuesto de falta de acuerdo sobre la ocurrencia de un siniestro, las consecuencias del mismo y el grado de invalidez, el Asegurado y la Entidad aseguradora pueden solventar sus diferencias por medio del trámite pericial. Cada parte designará un Peritos y la aceptación de los peritos deberá constar por escrito. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los 8 días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiera designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo, se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo. Si los dos peritos no llegan a un acuerdo nombrarán a otro Xxxxxx Xxxxxx, y los tres actuarán en común y resolverán por mayoría de votos. En caso de discordia sobre la elección del tercer Perito, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley de Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. Serán a cargo de cada parte los honorarios y gastos xxx Xxxxxx que hubiese designado. Los del tercer Perito serán satisfechos a partes iguales entre el contratante y la Entidad. No obstante, si cualquiera de las partes hubiera hecho necesaria la peritación por haber mantenido una valoración desproporcionada, será ella la única responsable de dichos gastos. - El certificado de defunción del Asegurado. - Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. - Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades, copia del último testamento del Asegurado o Declaración de Herederos. - Declaración, Carta de pago o Autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. - Certificado médico indicando el alcance y origen de la lesión. - Parte de alta con expresión del tipo de invalidez resultante. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho a la prestación que demande la Entidad aseguradora. - Informe del centro en el que consten los días de hospitalización del asegurado. - Informe médico en el que consten las lesiones como causantes de la hospitalización. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho a la prestación que demande la Entidad aseguradora.
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PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES. Los beneficiarios deberán presentar El asegurado deberá demostrar ante SEGUROS MUNDIAL la documentación e información acreditativa ocurrencia y la cuantía del siniestro de acuerdo con el artículo 1077 del Código de Comercio SEGUROS MUNDIAL pagará la indemnización a la cual está obligada, dentro del mes siguiente a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y sus consecuenciasla cuantía de la pérdida, para lo cual podrán aportar documentos tales como los que se enuncian a continuación y cuando se requiera se deberá presentar el vehículo asegurado para inspección por parte de SEGUROS MUNDIAL Prueba sobre la propiedad del vehículo o de su interés asegurable (Tarjeta de propiedad o licencia de tránsito; en caso de no encontrarse ésta a nombre del asegurado contrato de compraventa o traspaso autenticado por las partes, anterior al inicio de vigencia del contrato del seguro). Una vez recibidos Copia de la denuncia penal, si es el caso. Licencia vigente del conductor, si fuere pertinente. Copia del croquis de circulación o informe de tránsito, en caso de choque o vuelco y de la respectiva resolución de autoridad competente, si es el caso. • El pago de cualquier indemnización al asegurado o a la víctima, se hará sujeto al deducible para daños materiales y a los documentosdemás términos, límites, excepciones y condiciones de este seguro. Cuando SEGUROS MUNDIAL pague la indemnización, los límites de responsabilidad, se entenderán restablecidos en la cuantía de la indemnización, sin pago de prima adicional. • En el evento en que no se hayan comprobado con los documentos aportados y exista incertidumbre, sobre la calidad de beneficiario, la Entidad aseguradora deberá pagar ocurrencia del siniestro o sobre la prestación garantizadacuantía del daño respecto de los posibles perjuicios sufridos y que sean objeto de cobertura bajo la presente póliza, SEGUROS MUNDIAL podrá exigir para el pago, la sentencia judicial ejecutoriada, en la cual se defina la responsabilidad del asegurado y el monto de los perjuicios causados. En • SEGUROS MUNDIAL indemnizará a la víctima, la cual se constituye en beneficiario de la indem-nización, los perjuicios que le hayan sido causados por el supuesto de falta asegurado cuando éste sea civilmente responsable de acuerdo con la ley y se pruebe la ocurrencia del siniestro y su cuantía, sin perjuicio de las prestaciones que deban reconocerse directamente al asegurado. • Salvo que exista autorización previa de SEGUROS MUNDIAL, otorgada por escrito, el asegurado no estará facultado para reconocer su propia responsabilidad. Esta prohibición no comprende la declaración del asegurado sobre la ocurrencia de un siniestro, las consecuencias del mismo y el grado de invalidez, el Asegurado y la Entidad aseguradora pueden solventar sus diferencias por medio del trámite pericial. Cada parte designará un Peritos y la aceptación materialidad de los peritos deberá constar hechos constitutivos del accidente. Tampoco se encuentra facultado para hacer pagos, celebrar arreglos, transacciones o conciliaciones con la víctima del daño o sus causahabientes. La prohibición de efectuar pagos no se aplicara cuando el asegurado sea condenado por escrito. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada autoridad competente a realizarla en los 8 días siguientes indemnizar a la fecha en que sea requerida víctima, mediante decisión judicial ejecutoriada, ni tratándose de pagos por la que hubiera designado el suyo, atención médica y de no hacerlo en este último plazo, se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito hospitalaria de la otra partevíctima, quedando vinculado siempre y cuando estén cubiertos por el mismoseguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito. Si Corresponde al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro así como la cuantía de la pérdida, para lo cual podrá utilizar los dos peritos no llegan a un acuerdo nombrarán a otro Xxxxxx Xxxxxx, y los tres actuarán en común y resolverán por mayoría de votos. En caso de discordia sobre la elección del tercer Perito, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley de Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. Serán a cargo de cada parte los honorarios y gastos xxx Xxxxxx que hubiese designado. Los del tercer Perito serán satisfechos a partes iguales entre el contratante y la Entidadmedios probatorios pertinentes. No obstante, si cualquiera de las partes hubiera hecho necesaria para facilitar al asegurado y/o beneficiario el trámite del reclamo y la peritación por haber mantenido una valoración desproporcionada, será ella la única responsable de dichos gastos. - El certificado de defunción del Asegurado. - Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza demostración de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. - Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades, copia del último testamento del Asegurado o Declaración de Herederos. - Declaración, Carta de pago o Autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. - Certificado médico indicando el alcance ocurrencia y origen de la lesióncuantía del siniestro, se sugiere presentar los siguientes documentos: • Cancelación de Matrícula del vehículo asegurado • Declaración extrajuicio en la que el asegurado especifique los gastos y las demás perdidas en que incurrió a consecuencia de la pérdida total de su vehículo. - Parte • Informe de alta con expresión tránsito en caso de pérdida total por daños. • Denuncio ante la autoridad competente en caso de pérdida total por hurto del tipo vehículo. • Formato de invalidez resultanteAviso de Siniestro. - Documentación acreditativa • Copia de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho a la prestación que demande la Entidad aseguradora. - Informe del centro en el que consten los días cédula de hospitalización ciudadanía del asegurado. - Informe médico • Formulario de conocimiento del cliente según XXXXXXX El pago de cualquier indemnización al asegurado, beneficiario o a la víctima, se hará sujeto a los términos, límites, excepciones y condiciones de este seguro. Cuando SEGUROS MUNDIAL pague la indemnización, los límites de responsabilidad, se entenderán restablecidos en el que consten las lesiones como causantes la cuantía de la hospitalización. - Documentación acreditativa indemnización, a partir del momento en que se efectúe el pago de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho a la prestación que demande la Entidad aseguradoraprima correspondiente al monto establecido.
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PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES. Los beneficiarios deberán presentar El asegurado o el beneficiario deberá demostrar ante SEGUROS MUNDIAL la documentación e información acreditativa ocurrencia y la cuantía del siniestro de acuerdo con el artículo 1077 del Código de Comercio. SEGUROS MUNDIAL pagará la indemnización a la cual está obligada dentro del mes siguiente a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y sus consecuenciasla cuantía de la pérdida, para lo cual el asegurado o el beneficiario podrá, utilizar los medios de prueba permitidos en la ley . Una vez recibidos SEGUROS MUNDIAL podrá realizar inspección del vehículo afectado para los documentos, fines de la Entidad aseguradora deberá pagar indemnización Para demostrar la prestación garantizada. En el supuesto de falta de acuerdo sobre cuantía y la ocurrencia del siniestro el asegurado o beneficio podrá entre otros, presentar: Datos del vehículo asegurado en Seguros Mundial: Placas Carta de un siniestroreclamación formal indicando el valor de las pretensiones, las consecuencias que debe estar soportado, con dos (2) cotizaciones de mano de obra y repuestos, expedidos por talleres o concesionarios autorizados para Vehículos y Motos,. Si se trata de otros bienes dos (2) cotizaciones de reparación. Si el bien afectado no es reparable, se pueden adjuntar dos (2) cotizaciones de otro bien de similares características Copia de la tarjeta de propiedad del mismo vehículo afectado o matrícula o certificado de libertad o propiedad del bien afectado. Fotocopia del documento de identificación del propietario del bien afectado, del reclamante o del beneficiario(s), Presentar la Cédula de Ciudadanía o la tarjeta de identidad para el caso de menores Xx quien reclama lo hace en representación del afectado debe adjuntar poder autenticado y el grado con presentación personal ante Notario, con expresas facultades Versión del afectado sobre los hechos o El pago de invalidezcualquier indemnización al beneficiario, se hará sujeto al deducible para daños materiales y a los demás términos, límites, excepciones y condiciones de este seguro. o Cuando SEGUROS MUNDIAL pague la indemnización, el Asegurado y la Entidad aseguradora pueden solventar sus diferencias por medio del trámite pericial. Cada parte designará un Peritos y la aceptación límite de los peritos deberá constar por escrito. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los 8 días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiera designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazoresponsabilidad, se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito restablecido en la cuantía de la otra parteindemnización, quedando vinculado sin pago de prima adicional. o En el evento en que no se haya comprobado con los documentos aportados y exista incertidumbre, sobre la calidad de beneficiario, la ocurrencia del siniestro o sobre la cuantía del daño respecto de los posibles perjuicios sufridos y que sean objeto de cobertura bajo la presente póliza, SEGUROS MUNDIAL podrá exigir para el pago, la sentencia judicial ejecutoriada, en la cual se defina la responsabilidad del asegurado y el monto de los perjuicios causados. o Salvo que exista autorización previa de SEGUROS MUNDIAL, otorgada por escrito, el mismoasegurado no estará facultado para reconocer su propia responsabilidad, tampoco se encuentra facultado para hacer pagos, celebrar arreglos, transacciones o conciliaciones. Si Esta prohibición no comprende la declaración del asegurado sobre la materialidad de los dos peritos no llegan a un acuerdo nombrarán a otro Xxxxxx Xxxxxx, y los tres actuarán en común y resolverán por mayoría hechos constitutivos del accidente. Para reconocer el total del perjuicio causado menos el deducible pactado es necesario que el asegurado obeneficiario demuestre el valor exacto de votos. la cuantía de la perdida En caso de discordia sobre la elección del tercer Peritopresentar cotizaciones de mano de obra y repuestos, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley expedidos por talleres o concesionarios autorizados para Vehículos y Motos SEGUROS MUNDIAL hará una evaluación de Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. Serán a cargo de cada parte los honorarios y gastos xxx Xxxxxx lo que hubiese designado. Los del tercer Perito serán satisfechos a partes iguales entre vale el contratante y la Entidad. No obstante, si cualquiera de las partes hubiera hecho necesaria la peritación por haber mantenido una valoración desproporcionada, será ella la única responsable de dichos gastos. - El certificado de defunción del Asegurado. - Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. - Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades, copia del último testamento del Asegurado o Declaración de Herederos. - Declaración, Carta de pago o Autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. - Certificado médico indicando el alcance y origen de la lesión. - Parte de alta con expresión del tipo de invalidez resultante. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho a la prestación que demande la Entidad aseguradora. - Informe del centro repuesto en el que consten los días de hospitalización del asegurado. - Informe médico en el que consten las lesiones como causantes de la hospitalización. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho mercado para determinar un valor promedio a la prestación que demande la Entidad aseguradoraindemnizar.
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PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES. Los beneficiarios deberán presentar La indemnización será satisfecha por la documentación e información acreditativa Mutua al término de las investigaciones necesarias para establecer la ocurrencia existencia del siniestro y sus consecuenciasconsecuencias de éste. Una vez recibidos los documentosEl Tomador-Mutualista y/o Asegurado o el Beneficiario deberá comunicar a la Mutua el acaecimiento del siniestro dentro del plazo de 15 días, la Entidad aseguradora deberá pagar la prestación garantizada. En el supuesto contados a partir de falta de acuerdo sobre la ocurrencia de un siniestro, las consecuencias del mismo y el grado de invalidez, el Asegurado y la Entidad aseguradora pueden solventar sus diferencias por medio del trámite pericial. Cada parte designará un Peritos y la aceptación de los peritos deberá constar por escrito. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los 8 días siguientes a la fecha en que sea requerida ocurrió el siniestro, salvo pacto en contrario pudiendo la Mutua reclamar los daños y perjuicios causados por la no haber efectuado esta declaración salvo que hubiera designado se demuestre que ésta tuvo conocimiento del siniestro por otro medio. Así mismo, el suyoTomador-Mutualista y/o Asegurado, y de no hacerlo en este último plazodeberán minorar las consecuencias del siniestro, se entenderá que acepta empleando los medios a su alcance para conseguir el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo. Si los dos peritos no llegan a un acuerdo nombrarán a otro Xxxxxx Xxxxxx, y los tres actuarán en común y resolverán por mayoría de votos. En caso de discordia sobre la elección del tercer Perito, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley de Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. Serán a cargo de cada parte los honorarios y gastos xxx Xxxxxx que hubiese designado. Los del tercer Perito serán satisfechos a partes iguales entre el contratante y la Entidad. No obstante, si cualquiera de las partes hubiera hecho necesaria la peritación por haber mantenido una valoración desproporcionada, será ella la única responsable de dichos gastos. - El certificado de defunción pronto restablecimiento del Asegurado. - Certificado El incumplimiento de esta obligación con la manifiesta intención de perjudicar o engañar a la Mutua, liberará a ésta de toda obligación derivada del médico que siniestro. Cuando el siniestro haya asistido al sido causado por mala fe del Tomador-Mutualista y/o Asegurado, indicando la Mutua quedará igualmente liberada de toda obligación derivada del mismo. Para obtener el origenpago, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. - Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades, copia del último testamento del Asegurado o Declaración de Herederos. - Declaración, Carta de pago o Autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. - Certificado médico indicando el alcance y origen de la lesión. - Parte de alta con expresión del tipo de invalidez resultante. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho Beneficiario deberá remitir a la prestación que demande la Entidad aseguradora. - Informe del centro en el que consten Mutua los días de hospitalización del asegurado. - Informe médico en el que consten las lesiones como causantes de la hospitalización. - Documentación acreditativa de las circunstancias del accidente. - Cualquier otra documentación acreditativa del derecho documentos justificativos que, según corresponda, se indican a la prestación que demande la Entidad aseguradora.continuación:
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