PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES Cláusulas de Ejemplo

PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. DÉCIMA SÉPTIMA.- PAGO TOTAL O PARCIAL DEL SALDO. El CLIENTE se obliga a pagar sin necesidad de requerimiento previo a INVEX, el monto total de las disposiciones que efectúe al amparo del presente Contrato, el propio CLIENTE y/o los tarjetahabientes adicionales mediante los pagarés suscritos por los mismos, mediante las disposiciones que efectué en efectivo en sucursales bancarias o Cajeros Automáticos, realizadas en el territorio nacional o en el extranjero, y/o mediante el importe de los pagos de bienes, servicios, impuestos, y otros conceptos que realice INVEX por cuenta del CLIENTE de acuerdo con las siguientes condiciones: La fecha límite de pago del CLIENTE, será dentro de los 20 (veinte) días naturales después de la fecha xx xxxxx de la Tarjeta. La fecha límite de pago y la fecha xx xxxxx podrán ser consultadas en el Estado de Cuenta de acuerdo a lo establecido en la cláusula del “Estado de Cuenta” del presente Contrato, así como en la Carátula, en el entendido de que cuando dichas fechas correspondan a un día inhábil bancario, se prorrogaran al siguiente día hábil bancario de conformidad con el calendario emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para tal efecto. El importe del pago mínimo mensual será la cantidad que resulte mayor de las siguientes definiciones: (i) el 1.5% (uno punto cinco por ciento), sobre el saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del período (sin tomar en cuenta los intereses del período ni el Impuesto al Valor Agregado (IVA)), más los intereses correspondientes y el impuesto al Valor Agregado (IVA), o (ii) el 1.25% (uno punto veinticinco por ciento) del límite de crédito, (iii) $495.00 (Cuatrocientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.), o (iv) el importe que determine INVEX, derivado del saldo sin promociones, siempre y cuando el importe sea mayor al que corresponda conforme a lo establecido en los numerales anteriores. En el evento de que el pago mínimo sea mayor que el saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del periodo, se cobrará éste último, de acuerdo a lo que determina el Banco de México. Al importe del pago mínimo mensual determinado de conformidad con los párrafos anteriores deberá adicionarse, en su caso, la cantidad correspondiente a la mensualidad resultante por promociones especiales, así como la(s) cantidad(es) que correspondan a cargos diferidos. El CLIENTE podrá realizar pagos en cantidades superiores al pago mínimo mensual solicitado. En ...
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 14. PAGO TOTAL O PARCIAL DEL SALDO.- El Cliente se obliga a pagar a Tarjetas Banamex el importe total o parcial del saldo consignado en los estados de cuenta de la Tarjeta, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) de esta cláusula, a más tardar. Para NO generar intereses, el Cliente deberá pagar el saldo total del reflejado en el estado de cuenta a más tardar en la Fecha Límite de Pago. Para efectos de claridad, el saldo del Crédito no pagado en la Fecha Límite de Pago devengará intereses conforme a lo establecido en el presente Contrato a partir de dicha fecha.
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 8 CAPITULO VI. DISPOSICIONES GENERALES 9
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 14. PAGO TOTAL O PARCIAL DEL SALDO.- El Cliente se obliga a pagar a Tarjetas Banamex el importe total o parcial del saldo consignado en los estados de cuenta de la Tarjeta, conforme a lo establecido en los incisos Para NO generar intereses, el Cliente deberá pagar el saldo total del reflejado en el estado de cuenta a más tardar en la Fecha Límite de Pago. Para efectos de claridad, el saldo del Crédito no pagado en la Fecha Límite de Pago devengará intereses conforme a lo establecido en el presente Contrato a partir de dicha fecha.
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 14. PAGO TOTAL O PARCIAL DEL SALDO.- El Cliente se obliga a pagar a
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 10 CAPÍTULO VII. DISPOSICIONES GENERALES 12 Tarjeta Falabella - Soriana MasterCard.- Número xx XXXX: 14843-004- 029248/00-00000-0000. Tarjeta Falabella - Soriana.- Número xx XXXX: 14843 004-029249/01-01286- 0318.
PAGO DEL CRÉDITO, TASAS DE INTERÉS Y COMISIONES. 16. PAGO TOTAL O PARCIAL DEL SALDO.- El Cliente se obliga a pagar a S.F.S. el importe total o parcial del saldo consignado en los Estados de Cuenta de la Tarjeta, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) de esta cláusula, a más tardar en la Fecha Límite de Pago que se señale en los mismos. La Fecha Límite de Pago se determinará considerando un plazo de 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx respectiva, siempre y cuando el Cliente se encuentre al corriente en sus pagos, en caso contrario el Cliente deberá pagar en forma inmediata el saldo indicado en el Estado de Cuenta. S.F.S. podrá variar el periodo para determinar la Fecha Límite de Pago de tiempo en tiempo, previo aviso dado al Cliente en términos del presente Contrato. En caso de que la Fecha Límite de Pago corresponda a un día inhábil bancario, el pago podrá realizarse el siguiente Día Hábil, sin cargo alguno. La fecha xx xxxxx y la Fecha Límite de Pago serán informadas en la Carátula que se entregue al Cliente al amparo del presente Contrato y serán indicadas en los Estados de Cuenta. El Cliente deberá pagar a S.F.S. las disposiciones de la Línea de Crédito que realice, de acuerdo con las siguientes condiciones:

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.