PLAZO CONTRACTUAL. El presente contrato es por un plazo indefinido hasta que el abonado solicite al operador/proveedor la rescisión contractual, razón por la cual se mantendrán vigentes las condiciones pactadas en el presente contrato indistintamente del periodo de permanencia mínima estipulado en la carátula del contrato.
PLAZO CONTRACTUAL. EL CONTRATADO, se obliga expresamente, salvo motivo de fuerza mayor debidamente comprobada y aceptada por LA CONTRATANTE, a prestar los servicios establecidos en el presente contrato. El plazo de vigencia del mismo, será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2014.
PLAZO CONTRACTUAL. Las partes acuerdan que la cobertura contenida en el presente contrato rige a partir del día siguiente de su suscripción. El presente contrato tiene una vigencia de un (1) año y a su vencimiento queda automáticamente renovado por igual plazo, salvo que alguna de las partes manifieste, mediante aviso remitido vía correo electrónico u otro medio, cursado a la otra parte con noventa (90) días de anticipación, su voluntad de no renovarlo, o de modificar los términos contractuales. En este último caso, debe remitir la propuesta de detalle de la modificación con el sustento correspondiente, a fin que los afiliados tomen conocimiento y puedan analizar la propuesta. EL ASEGURADO o LOS ASEGURADOS adquieren la calidad de tal desde la fecha en que se suscribe el contrato y se incorporan al plan de salud, y mantienen todos sus derechos en tanto el contrato esté vigente por renovación inmediata. La IAFAS no puede negar la renovación del contrato ante la aparición de alguna enfermedad sobreviniente contraída por EL ASEGURADO o LOS ASEGURADOS durante el período de vigencia.
PLAZO CONTRACTUAL. El plazo del presente contrato es de un año, que se computará a partir de febrero y vencerá en diciembre del año dos mil XX; II) INICIACIÓN: La entidad SUMINISTRANTE, deberá proveer al Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA- del gas licuado de petróleo (propano) a partir del febrero del año dos mil XX. III) SANCIONES: a) Si en cualquier período mensual la entrega del producto es inferior al requerimiento formulado por las Gerencias de Hostales, Parque de Diversiones Xetulul, Parque Recreativo Xxxxxx Xxxxxx y Parque Recreativo Agua Caliente, el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA- le retendrá por la demora en el suministro del producto el cero punto cinco por millar (0.5 0/00) del valor total del contrato por cada día de atraso, de conformidad con lo que para el efecto regula el artículo ochenta y cinco (85) del Decreto cincuenta y siete guión noventa y dos (57- 92) del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado). Esta sanción la hará efectiva la Administración del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, deduciéndola del valor de la factura pendiente de pago. Esta sanción no será aplicada cuando las causas de retraso no sean imputables a la entidad SUMINISTRANTE, lo que será aprobado por el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-. Si el retraso de la SUMINISTRANTE con respecto al suministro parcial o total del producto persistiere o aumentare por más xx xxxx días calendario, el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA- podrá tomar cualquier medida para garantizar el suministro oportuno del mismo. Si la entidad SUMINISTRANTE contraviene total o parcialmente las especificaciones de las bases de Licitación, del contrato o de la oferta formulada en su oportunidad, perjudicando los intereses del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, por variación en la calidad, cantidad u omisión de componentes o mezclas de éstos, será sancionado con una multa del CIEN POR CIENTO (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación. IV)
PLAZO CONTRACTUAL. El presente contrato es por el plazo indicado en la carátula de este contrato.
PLAZO CONTRACTUAL. 4.1 El plazo de la prestación del Servicio es de …………….(………….) días naturales y comprende del ...... de del 2008 al ........ de ............... del 200( ).
PLAZO CONTRACTUAL. El contrato estará vigente desde su otorgamiento hasta la cancelación o pago del mismo, aproximadamente será de 30 días.
PLAZO CONTRACTUAL. El plazo contractual será de doce (12) meses contados a partir de la notificación de la Resolución de adjudicación o a partir de la fecha que indique la IM. Con posibilidad de ampliación hasta el 100%, previo informe favorable de gestión de la Administración.
PLAZO CONTRACTUAL. El plazo para la entrega de la obra es de ____________________________, contados a partir de la fecha de la entrega del primer desembolso y el cual podrá ser objeto de prorroga, siempre y cuando se compruebe que los motivos sean justificados, los que deberá notificar “El Contratista” a la Federacion Nacional de Tenis de Campo, con la debida anticipación, para que se conozca el caso y se dictamine si procede o no la prórroga solicitada, siempre y cuando ambas partes estén de mutuo acuerdo. SÉPTIMA:
PLAZO CONTRACTUAL. El plazo para la entrega de la obra es de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de la entrega del primer desembolso y el cual podrá ser objeto de prorroga, siempre y cuando se compruebe que los motivos sean justificados, los que deberá notificar “El Contratista” a la Asociación de Desarrollo Integral xx Xxxxx, con la debida anticipación, para que se conozca el caso y se dictamine si procede o no la prórroga solicitada, siempre y cuando ambas partes estén de mutuo acuerdo. SÉPTIMA: