Inicio de la ejecución del contrato Cláusulas de Ejemplo

Inicio de la ejecución del contrato. Una vez formalizado el contrato, y sin perjuicio del trámite descrito anteriormente para la ejecución de las obras objeto de contrato, procederá el contratista en el plazo máximo de una semana a adscribir la maquinaria y demás dotación ofertadas. Una vez llegado al citado plazo máximo el Responsable del Contrato procederá a comprobar que se adscriben los medios materiales necesarios para dar comienzo a la prestación del servicio. Si la citada maquinaria y dotación es conforme con la ofertada se consignará en un acta en conformidad dando comienzo inmediato la prestación del servicio sin perjuicio de la ejecución de las obras descritas anteriormente, adscribiéndole la totalidad de las instalaciones que componen el servicio público en su conjunto para ser conservadas y mantenidas por el adjudicatario de conformidad a las determinaciones xxx xxxxxx de prescripciones particulares y de su oferta. A la citada acta se acompañará inventario de los bienes que integran el patrimonio de destino contractual a los efectos de su reversión al que se incorporará inventario de la dotación ofertada que no tenga carácter de revertible, con indicación, en todo caso, del estado de uso y conservación, acompañado de fotografías, en su caso, para poder exigir al adjudicatario la ejecución de las tareas de conservación y mantenimiento que le son propias conforme determina el pliego de prescripciones técnicas particulares. Este inventario se mantendrá actualizado durante toda la vigencia del contrato, y se le irán incorporando las altas y bajas de la dotación que se vayan produciendo. En caso que la comprobación sea en no conformidad se concederá al contratista el plazo necesario para su subsanación. Si el resultado de la misma es en no conformidad se podrá resolver el contrato o se podrá optar por la concesión de un nuevo plazo de subsanación debiendo en este último caso imponer penalidades al tratarse de una obligación contractual esencial. Si tras expirar el plazo no se encuentra conforme la dotación se tramitará expediente para resolver el contrato por incumplimiento culpable del contratista. Si el resultado de la comprobación es conforme se procederá conforme al primer párrafo. De igual modo se procederá en caso de la adscripción de maquinaria y demás dotación tras ejecutarse las obras objeto del contrato y que deban adscribirse a la gestión del servicio público única y exclusivamente tras la ejecución de las obras y su puesta al uso público.
Inicio de la ejecución del contrato. Para el inicio de
Inicio de la ejecución del contrato. ✓ Verificar que el contratista haya cumplido con todos los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización del mismo. ✓ Suscribir el acta de inicio del contrato, en los casos que así lo estipule el mismo. ✓ Definir un cronograma de ejecución del mismo, en los casos en que así lo demande la naturaleza del contrato. ✓ Exigir y avalar el plan de manejo, inversión y amortización del anticipo, cuando se haya pactado. ✓ Adquirir y tener pleno conocimiento del objeto del contrato o convenio, en especial de la fecha de inicio y de terminación, obligaciones específicas, directrices técnicas, especificaciones técnicas, forma de pago, garantías. ✓ Obtener copia del contrato o convenio, la oferta, directrices técnicas, anexos técnicos, y aprobación de las garantías. ✓ Verificar el cumplimiento de la afiliación vigente y del pago de aportes al día al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y Riesgos laborales) y pagos parafiscales, según aplique en cada caso.
Inicio de la ejecución del contrato. Para el inicio de la ejecución del contrato, deberán estar aprobados los documentos requeridos para su formalización. En casos especiales debidamente justificados, previa valoración del riesgo y autorización del servidor competente, se podrá iniciar anticipadamente (sin que el contrato esté formalizado) la ejecución del contrato, contando con el respectivo registro presupuestal. Para dar la orden de inicio anticipado, se deberá hacer la valoración del riesgo de tal manera que, si se identifica la necesidad de contar con uno o varios amparos de la garantía, se deberá exigir al Contratista su presentación. En todo caso, la entrega del anticipo o del pago anticipado, requerirá que se constituya y apruebe la garantía que ampara el buen manejo, la correcta inversión y el reintegro del anticipo, o que se constituya el amparo de devolución de pago anticipado al asegurado, según corresponda.
Inicio de la ejecución del contrato. El contratista deberá iniciar la explotación del servicio en la fecha que fije la Consejería de Educación para las Escuelas de Educación Infantil con carácter general o para la de Jumilla en particular, a tal efecto la empresa adjudicataria solicitará a la Administración que apruebe la puesta en funcionamiento, y se levantará, así mismo, acta de inicio de la explotación.
Inicio de la ejecución del contrato. Indemnización por retraso en inicio
Inicio de la ejecución del contrato. Para el inicio de la ejecución del contrato, deberán estar aprobados los documentos requeridos para su formalización.
Inicio de la ejecución del contrato. 26.1.- Una vez formalizados los acuerdos marco o, en su caso, a partir de la fecha prevista para el inicio de la prestación, el Servicio Canario de la Salud, dentro de las disponibilidades presupuestarias, vendrá obligado a derivar, a los centros en que se encuentren ubicadas las camas de hospitalización media estancia ofertadas y titularidad de los adjudicatarios de los acuerdos marco, a todos los pacientes del Servicio Canario de la Salud que requieran una hospitalización de media estancia y que no puedan ser hospitalizados en los centros de la red hospitalaria de utilización pública o en los centros privados que mantengan contratos en vigor sometidos a la normativa vigente en materia de contratación y formalizados con posterioridad al año 2007, año de entrada en vigor de la Ley 30/2007, de 23 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Inicio de la ejecución del contrato. La puesta en funcionamiento y efectiva prestación del servicio se realizará en un plazo máximo de un mes contado desde la formalización del contrato en documento administrativo. Se firmará un acta de inicio de la prestación para dejar constancia en el expediente de la fecha de inicio de la ejecución del contrato.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1.1 Los trabajos de asistencia técnica se realizarán con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás datos básicos que definen y condicionan la prestación objeto del contrato. 1.2 El Contratista queda obligado a aportar los equipos técnicos y material, así como los medios auxiliares, humanos y materiales; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto xxx xxxxxx a satisfacción. 1.3 El Contratista se compromete, a fin de facilitar el control y seguimiento de la ejecución del contrato, a remitir a la Fundación ONCE, con la periodicidad que acuerden las partes, y, en todo caso, siempre que se le requiera desde la dirección de la Fundación, un informe detallado del avance de los trabajos desarrollados en ejecución del presente contrato con los resultados hasta entonces alcanzados. 1.4 Asimismo el Contratista se obliga a someterse al régimen jurídico- financiero exigido por las normas comunitarias, así como a las medidas de control, verificación y auditoría que por parte de las autoridades comunitarias pudieran venir impuestas. En este sentido, se compromete/n a llevar una contabilidad separada o analítica que permita en todo momento identificar adecuadamente las partidas objeto de este contrato. 1.5 El Contratista llevará a cabo el servicio encomendado por la Fundación ONCE con absoluta confidencialidad, con la debida diligencia y secreto profesional. La información, documentación y material que se le entregue por parte de la Fundación ONCE, o a la que él mismo tenga acceso por cualquier otra causa, tendrá como finalidad exclusiva su uso para el servicio referido. En este sentido, el Contratista se debe, en el desempeño de sus funciones, a los principios de buena fe, sigilo, profesionalidad y confidencialidad, y no podrá facilitar la información que obtenga en el ejercicio de aquéllas, siempre que puedan favorecer la actividad profesional de terceros o perjudicar a la Fundación ONCE, comprometiéndose expresamente a no realizar copias, grabar, reproducir, manipular, revelar a terceros, o poner a disposición de éstos la información o documentación que pueda recibir directa o indirectamente de la Fundación ONCE, o haya utilizado para el desempeño del servicio contratado. El Contratista se compromete a no revelar a persona alguna las negociaciones, transacciones o cualesquiera asunto de las partes, ni el contenido, ni existencia del Contrato suscrito entre ellas, ni cualquier otra información relativa a la actividad que desarrolla la Fundación ONCE. El Contratista no podrá hacer uso de la información a que se refiere este epígrafe ni en beneficio propio ni de terceros, quedando prohibida su revelación, comunicación, o cesión a terceros, así como, en general su utilización con finalidades distintas de las de este contrato. 1.6 El Contratista responderá frente a la Fundación ONCE del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente estipulación, que sean directamente imputables al Contratista o a cualquiera de sus empleados o colaboradores, de los cuales deberá responder legalmente, incluso aún después de producida la terminación del contrato por cualquier causa. 1.7 El Contratista reconoce expresamente que los datos de carácter personal, a los que tuviera acceso por razón de la prestación objeto del presente contrato, son de la exclusiva propiedad de la Fundación ONCE, por lo que no podrá aplicarlos o utilizarlos para un fin distinto al recogido en el presente documento, ni cederlos a otras personas, ni siquiera a efectos de conservación, obligándose asimismo a devolver íntegramente a la Fundación ONCE los ficheros, automatizados o no, de datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso, cuando sea requerido a ello por la Fundación ONCE y, en todo caso, al vencimiento del presente contrato. El Contratista se compromete a que, en su caso, el tratamiento de los datos de carácter personal a que tenga acceso por razón de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, y de cuanta información en general le sea facilitada por la Fundación ONCE, sea realizado de conformidad con las instrucciones que en todo momento le sean dadas por la Fundación ONCE. 1.8 El contratista se obliga a mantener el más estricto secreto profesional y confidencialidad respecto de los datos de carácter personal a que tuviera acceso por razón del contrato, así como a cumplir diligentemente el deber xx xxxxxxx y custodia que sobre los mismos impone la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos deberes serán exigibles al Contratista durante la vigencia del contrato y aún después de producida la terminación por cualquier causa del mismo, siendo responsable frente a la Fundación ONCE del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente estipulación que sea directamente imputable al mismo o a cualquiera de sus empleados o colaboradores, de cuyo comportamiento deberá igualmente responder frente a la Fundación ONCE. Asimismo el Contratista se compromete expresamente a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso y a evitar su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, debiéndose ajustar en todo momento a lo dispuesto sobre este extremo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal así como en las normas complementarias que la desarrollen. 1.9 El contratista acepta, expresamente, que sus datos personales figurarán en la relación de beneficiarios de ayudas de los Fondos Estructurales de la base de datos establecida al efecto por la Comisión Europea en cumplimiento del art. 37 Reglamento (CE) nº 1828/2006, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo del Desarrollo Regional en la página Web de la Unión Europea: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxx_xxxxxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx_0000_xx.xxx

  • EJECUCION DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • Validez del Contrato El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.