Common use of Plus de nocturnidad Clause in Contracts

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. A

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Industria De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Barcelona, Convenio Colectivo De Trabajo De La Industria De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Barcelona

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario xxx xxxxxxx base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. A.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial Construcción Y Obras Públicas Barcelona, Convenio Colectivo De Trabajo De La Industria De La Construcción Y Obras

Plus de nocturnidad. El personal Los trabajadores que trabaje tuviesen que realizar su jornada de trabajo durante la noche, entre las 10 diez de la noche y las 6 seis de la mañana percibirá mañana, y salvo que el salario se hubiera establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, percibirán un plus complemento equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base en proporción a las jornadas reales trabajadas. El complemento de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Asiguiente manera:

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Samples: www.diputacionavila.es, www.cgt-cyl.org

Plus de nocturnidad. 19.1. El personal que trabaje entre las 10 diez de la noche y las 6 seis de la mañana mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al nocturnidad a razón del 25% del salario base de su categoría. Si el tiempo trabajado sueldo real, excepto en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, caso que se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período estipulara un suplemento por trabajo nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. A.

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Samples: www.ccoo.cat, www.cnc.es

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje Se fija un plus por trabajo nocturno en la cuantía del 20% xxx xxxxxxx base. Se considera trabajo nocturno el comprendido entre las 10 de la noche 22:00 y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% 6:00 horas del salario base de su categoríadía siguiente. Si el tiempo trabajado en el período trabajo nocturno fuese fuera inferior a cuatro horas, se abonará el plus aquel ex- clusivamente sobre el tiempo trabajado efectivamentelas horas trabajadas. Si las horas nocturnas exceden trabajadas en horario nocturno, excedieran de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Acompleta.

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Samples: www.reicaz.org

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las 10 22 horas de la noche y las 6 de la mañana percibirá mañana, se retribuirán con un plus complemento, denominado de trabajo nocturno equivalente al nocturnidad, cuya cuantía se fija en un 25% del sobre el salario base que corresponda según las tablas salariales. Se abonará íntegramente cuando la jornada de su categoría. Si el tiempo trabajado trabajo, en el período nocturno fuese inferior nocturno, tenga una coincidencia superior a cuatro horas, ; si fuera inferior la retribución será proporcional al número de horas trabajadas durante el período nocturno. No se abonará percibirá plus cuando el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente trabajo a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como sea igual o inferior a una hora. No se abonará complemento de nocturnidad. Anocturnidad en las contrataciones realizadas para trabajos que, por su propia naturaleza, se consideren nocturnos.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje Se fija un plus por trabajo nocturno en la cuantía del 20% xxx xxxxxxx base. Se considera trabajo nocturno el comprendido entre las 10 de la noche 22:00 y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% 6:00 horas del salario base de su categoríadía siguiente. Si el tiempo trabajado en el período trabajo nocturno fuese fuera inferior a cuatro horas, se abonará el plus aquél exclu- sivamente sobre el tiempo trabajado efectivamentelas horas trabajadas. Si las horas nocturnas exceden trabajadas en horario noctur- no, excedieran de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Ajor- nada completa.

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Samples: www.reicaz.org

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario xxx xxxxxxx base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden excedan de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje trabajase solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como con complemento de nocturnidad. A.

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Samples: ugtfica.cat

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje Se fija un plus por trabajo nocturno en la cuantía del 20% xxx xxxxxxx base. Se considera trabajo nocturno el comprendido entre las 10 de la noche 22.00 y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% 6.00 horas del salario base de su categoríadía siguiente. Si el tiempo trabajado en el período trabajo nocturno fuese fuera inferior a cuatro horas, se abonará el plus aquél exclu- sivamente sobre el tiempo trabajado efectivamentelas horas trabajadas. Si las horas nocturnas exceden trabajadas en horario noctur- no, excedieran de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Ajor- nada completa.

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Samples: www.reicaz.org

Plus de nocturnidad. El personal Todo trabajador que trabaje entre realice dos tercios de su jornada en horas nocturnas de 21,00 horas a las 10 06,00 horas, cobrara toda su jornada integra con nocturnidad, es decir el 25 por ciento xxx xxxxxxx base, de cada grupo profesional. En caso de ser menor de dos tercios dentro de la noche y las 6 jornada de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior 21 horas a cuatro 06,00 horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si percibirá la parte proporcional que corresponda a las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará realmente trabajadas en el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período horario nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Asalvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.

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Samples: www.boe.es

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% del salario base de su categoría. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. A.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Industria De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Barcelona Para Los Años 2012 2015

Plus de nocturnidad. El personal que trabaje Se establece un complemento consistente en el veinte por ciento xxx xxxxxxx base. Se considera trabajo nocturno el comprendido entre las 10 de la noche 22.00 horas y las 6 de la mañana percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25% 6.00 horas del salario base de su categoríadía siguiente. Si el tiempo trabajado en el dentro del período nocturno fuese fuera inferior a cuatro horas, se abonará el plus exclusivamente sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajadatrabajadas. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, Este Plus no será abonada ésta como complemento de nocturnidad. Aafecta al personal que hubiera sido contratado para un horario nocturno fijo.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Clínicas Y Centros De Hospitalización Privada De Las Palmas