Plus de productividad Cláusulas de Ejemplo
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Plus de productividad. Por el concepto de plus de productividad, se establece un plus por hora efectiva de trabajo abonable a todos los trabajadores cualquiera que sea su categoría profesional en la cuantía que se determina en las tablas anexas. Este plus se abonará en las ausencias retribuidas.
Plus de productividad cve: BOE-A-2014-8173 A iniciativa de la empresa podrá establecerse el complemento salarial por cantidad o calidad de trabajo, consistente en tareas, primas o cualquier otro incentivo que el trabajador debe percibir por razón de una mayor calidad o cantidad de trabajo. Este sistema, al no tener carácter consolidable, no otorga derecho adquirido alguno para los trabajadores.
Plus de productividad. Todo el personal incluido en el ámbito del presente Convenio colectivo, y que alcance unos umbrales mínimos de productividad, podrá percibir un plus de productividad, por cantidad o calidad en el trabajo. Los representantes de los trabajadores y la Empresa se reunirán anualmente para determinar los criterios de productividad y las cuantías del referido plus, atendiendo a la situación económica de la Empresa, la actividad de cada centro de trabajo, el tipo de contrata en el que presten servicios los trabajadores, los índices de absentismo en la empresa, y la rentabilidad de cada servicio. La falta de asistencia al trabajo se penalizará con la pérdida de este plus mientras dure la falta de asistencia al trabajo, independientemente de las sanciones en que pueda incurrir el trabajador al amparo de lo dispuesto en otras disposiciones generales o reglamentarias.
Plus de productividad. Dadas las peculiaridades de las Empresas de Transporte, sus diferentes organizaciones administrativas y comerciales, así como los diferentes servicios y vehículos empleados por las mismas, en cada caso, se podrá establecer un sistema de incentivos a negociar en el seno de cada empresa.
Plus de productividad. El personal contratado que preste sus servicios en empresas que realicen su producción mediante trabajos en cadena o proceso de montaje de piezas en los que exista una cierta se- cuencia o dependencia u operaciones repetitivas entre las prestaciones de los trabajadores y trabajadoras, percibirán un plus de 105,67 euros mensuales en 2023, 109,53 euros mensuales en 2024. Su cuantía se ha incrementado en los mismos términos establecidos para el salario. Para el año 2025, se incrementará en los mismos términos que el salario. Las empresas que instauren un sistema de producción establecido por cualquiera de los co- múnmente adoptados para tal medida científica de trabajo, superior al rendimiento considera- do normal y correcto, (65 Bedaux), negociarán con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras un sistema de productividad. Previo acuerdo, podrán sustituir íntegramente los pluses de productividad y actividad por el de prima o incentivos que acuerden las partes.
Plus de productividad. Dicho plus tiene como función primar al/la trabajador/a la mayor formación y calidad del trabajo. Se establece un porcentaje del 15% o el 25% sobre el salario base mensual.
Plus de productividad. La Dirección de la Federación podrá asignar de forma discrecional un plus de productividad a los trabajadores para premiar el mayor rendimiento en el trabajo. Dicho complemento sala- rial no tendrá nunca carácter de consolidable, ni sufrirá incrementos o actualizaciones en función del método establecido para la actualización de los salarios regulados en el presente convenio.
Plus de productividad. Anualmente, la empresa y la representación sindical revisarán conjuntamente los criterios económicos que definan la productividad de los trabajadores en base a los resultados de su trabajo, a objetivos conseguidos a título colectivo, tanto en la empresa como en sus correspondientes departamentos, según se establece en el Reglamento de Productividad. El abono de este plus se realizará durante el primer trimestre del año siguiente a que se consiga el objetivo. El plus de productividad será de 300 euros durante el primer año de vigencia del convenio, y revisables para los siguientes años de vigencia.
Plus de productividad. Será el fijado en la tabla salarial, incrementándose anualmente en la misma proporción que el salario base.
Plus de productividad. Los trabajadores que presten sus servicios en las actividades de Staff Hotel e Icar y Gesgrup, podrán percibir por razones de mayor productividad y/o mejor calidad del trabajo realizado, cuando así se pacte en el ámbito de cada servicio, un plus de productividad basado en un sistema de «ratios» en Staff Hotel y un sistema de «puntos» en Icar. Su percepción estará, en su caso, sujeta a las condiciones establecidas en el pacto de cada servicio contratado. Igualmente, la Dirección de la Empresa, en atención a las especiales características del ejercicio de la función a desarrollar, desempeños excepcionales, cumplimiento de objetivos asignados y similares, podrá abonar cantidades variables, tanto de forma continuada, como de pago único. En cada caso se informará a la persona afectada, de la causa de su obtención, carácter discrecional o no, en los casos que así sea, y la sujeción concreta, a objetivos o desempeños excepcionales
