PRECIO DE VENTA Cláusulas de Ejemplo

PRECIO DE VENTA. 14.1 El Comprador pagará al Vendedor el precio de venta por las cantidades de gas natural entregadas y tomadas, conforme a los términos de la presente Oferta (el “Precio de Venta”). 14.2 El Precio de Venta será [PRECIO OFERTADO EN FORMATO DE TEXTO] DÓLARES ESTADOUNIDENSES POR MILLON DE BRITISH THERMICAL UNIT (PRECIO OFERTADO EN FORMATO DE NUMERO] U$S/MMBTU). A dicho precio se le aplicará el factor establecido en los puntos 6.32 o 6.33 del ESQUEMA, de acuerdo al período estacional que corresponda. 14.3 En caso de verificarse el incumplimiento por parte del Vendedor en el marco del Punto 50.2 o 50.7 del ESQUEMA, el precio a reconocer bajo la presente Oferta será el que surja de la aplicación de lo establecido en los mencionados Puntos. 14.4 El Precio de Venta será abonado en Pesos Equivalentes utilizando para tal fin la metodología de pago establecida mediante la Nota S.E. N° 5305/2009 que las Partes manifiestan conocer y aceptar en todos sus términos. 14.5 El Precio de Venta incluye todos los gastos de transporte hasta el Punto de Entrega, incluyendo el tratamiento de gas, compresión, equipo de medición del Vendedor, y gastos de conexión. El Precio de Venta no incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Recargo Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas (art. 75 de la Ley 25.565) y cualquier otro tributo, impuesto y/o recargo vigente IF-2020-80476784-APN-SSH#MEC y/o futuro que, en la medida que sean aplicables al Comprador, deberán ser pagados adicionalmente al Precio de Venta. 14.6 El Vendedor será responsable de la totalidad de los impuestos, gravámenes, regalías y demás cargos aplicables hasta el Punto de Entrega. El Comprador será responsable de la totalidad de los impuestos, gravámenes y demás cargos aplicables a partir del Punto de Entrega.
PRECIO DE VENTA. El precio de venta ha sido convenido en la suma de (RD$ ), que EL VENDEDOR ha recibido a su entera satisfacción en la siguiente forma: a) la suma de (RD$ ), que EL DEUDOR entrega directamente a EL VENDEDOR, por la cual, este le otorga formal recibo de descargo y finiquito legal; y, b) la cantidad de (RD$ ), de manos de LA ASOCIACIÓN, quien la entrega a nombre y por orden de EL DEUDOR, en calidad xx xxxxxxxx, para completar el precio de venta anteriormente indicado. PÁRRAFO I: EL DEUDOR y EL VENDEDOR se obligan a cumplir con el artículo 64 de la Ley No. 155-17 de fecha 01 xx xxxxx de 2017, Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, en lo relativo a la prohibición a toda persona, física o moral, de liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de efectivo, monedas y billetes, en moneda nacional o cualquier otra, por encima de los umbrales establecidos en este (por tipos de transacciones), considerando las Resoluciones del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos, que correspondan a la indexación de cualesquiera de estos umbrales.
PRECIO DE VENTA. El precio convenido y pactado por las partes para la presente operación ha sido fijado en la suma de: PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (DOP ), suma que EL VENDEDOR FIDUCIARIO declara haber recibido a su entera satisfacción de la manera siguiente, la suma de: PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (DOP ), por parte de LA COMPRADORA-DEUDORA y la cantidad de: PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (DOP ) restante, lo recibe de EL ACREEDOR HIPOTECARIO, y así completar el precio de la venta anteriormente citada, por lo que en este mismo contrato EL VENDEDOR FIDUCIARIO otorga el más formal, eficaz y definitivo recibo de descargo y finiquito por el precio total a LA COMPRADORA-DEUDORA y exceptúan a EL ACREEDOR-HIPOTECARIO de cualquier reclamación al respecto.
PRECIO DE VENTA. Los Bonos serán ofrecidos inicialmente en el mercado primario a la par, es decir al 100% de su valor nominal. Sin embargo, el Emisor o la(s) persona(s) que ésta designe podrá(n), de tiempo en tiempo, cuando lo considere(n) conveniente, autorizar que los Bonos sean ofrecidos en el mercado primario por un valor superior o inferior a su valor nominal según las condiciones xxx xxxxxxx financiero en dicho momento. En caso de que la fecha de expedición de un Bono no coincida con una Fecha de Pago o con la Fecha de Cierre, el precio de venta xxx Xxxx será incrementado en una cantidad igual al importe de los intereses correspondientes a los días transcurridos entre la Fecha de Pago inmediatamente precedente a la fecha de expedición xxx Xxxx (o la Fecha de Cierre, si se trata del primer Período de Interés) y la fecha de expedición de dicho Bono.
PRECIO DE VENTA. El precio de esta compraventa es el de 240.404,84 Euros, además de la cantidad de 1.682,83 Euros en concepto de Impuesto Sobre el Valor Añadido (I.V.A.) al tipo del 7%. Del precio total estipulado, la parte compradora entrega a la parte vendedora en el momento de la firma de este contrato privado, como cantidad anticipada a cuenta del precio de venta estipulado y sin constituir arras o señal, la cantidad de 18.030,36 Euros, más el I.V.A. correspondiente a dicha cantidad. El pago del resto del precio estipulado se abonará el día del otorgamiento de la escritura pública de compraventa de la vivienda. La cantidad pendiente de pago no devengará interés alguno a favor de la parte vendedora. La cantidad entregada como anticipo del precio total estipulado no tiene el carácter xx xxxxx o señal, por lo que no será de aplicación a este contrato lo dispuesto en el artículo 1.454artículo.1454 CC del Código Civil.
PRECIO DE VENTA. El precio del/los inmuebles(s) anteriormente descrito(s) ha sido fijado en la suma de ( ). En este orden, El VENDEDOR declara haber recibido de manos de EL DEUDOR (COMPRADOR), la diferencia entre el monto xxx xxxxxxxx y el precio del/los inmuebles(s) que se establece más adelante, motivo por el cual otorga carta de pago, recibo de descargo y finiquito por la indicada suma y concepto. Asimismo, EL VENDEDOR y EL DEUDOR (COMPRADOR), reconocen y aceptan que LA ACREEDORA desembolsa en manos de EL VENDEDOR el monto xxx xxxxxxxx, previa deducción de cualquier deuda con terceros por el cual se viere afectado el (los) inmueble (s) que por este contrato se traspasa
PRECIO DE VENTA. El precio de venta de cada ejemplar de “LA OBRA”, editada conforme a lo establecido en este contrato, será de $CANTIDAD EN NÚMERO.00 (CANTIDAD EN LETRA PESOS 00/100 M.N.) al público, y de $CANTIDAD EN NÚMERO.00 (CANTIDAD EN LETRA PESOS 00/100 M.N.) a las librerías.
PRECIO DE VENTA. Precio final de la unidad inmobiliaria que ha sido determinado entre el ‘’Desarrollador Inmobiliario’’ y el ‘’Cliente Nexo’’ y establecido en la minuta de compra-venta.
PRECIO DE VENTA. El precio alzado de esta compraventa es el de _ _ _ _ _ _ EUROS. La parte compradora entrega a la parte vendedora en el momento de la firma de este contrato, en el concepto xx xxxxx o señal, la cantidad de _ _ _ _ _ _ EUROS, mediante la entrega de _ _ _ _ _ _ _ _ _. El resto del precio se abonará por la parte compradora a la parte vendedora, sin devengar intereses, el día del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, que es el expresado en la estipulación tercera de este contrato.
PRECIO DE VENTA. El precio del/los inmueble(s) anteriormente descrito(s) ha sido fijado en la suma de (PRECIO DE VENTA). En este orden, El VENDEDOR declara haber recibido de manos de EL DEUDOR (COMPRADOR), la diferencia entre el monto xxx xxxxxxxx y el precio del/los inmueble(s) que se establece más adelante, motivo por el cual otorga carta de pago, recibo de descargo y finiquito por la indicada suma y concepto. Asimismo, EL VENDEDOR y EL DEUDOR (COMPRADOR), reconocen y aceptan que LA ACREEDORA desembolsa en manos de EL VENDEDOR el monto xxx xxxxxxxx, previa deducción de cualquier deuda con terceros por el cual se viere afectado el (los) inmueble (s) que por este contrato se traspasa (n) y se otorga (n) en garantía a favor de LA ACREEDORA.