Definición de Período de Interés

Período de Interés. Inicialmente, el período desde, e incluyendo la Fecha de Emisión y Liquidación de la Serie 2021 hasta, pero excluyendo, la siguiente Fecha de Pago de la Serie 2021 y, posteriormente, el período desde el final del período de interés inmediato anterior, hasta, pero excluyendo, la Fecha de Pago de la Serie 2021 siguiente. Fechas de Pago de Intereses Los intereses serán pagaderos trimestralmente, en forma vencida, en cada Fecha de Pago de la Serie 2021 luego de la Fecha de Emisión y Liquidación de la Serie 2021. Fecha de Registro ................................. Los Intereses y el capital respecto de cada Obligación Negociable Serie 2021 serán pagaderos en cada Fecha de Pago de la Serie 2021 de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales al Tenedor correspondiente registrado en el Registro a las 17:00 horas (hora de la Ciudad de Nueva York) del Día Hábil de Nueva York anterior a dicha Fecha de Pago de la Serie 2021 de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales (la “Fecha de Registro”). Pagos de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales..... Los pagos en concepto de Intereses, capital y Prima por Rescate/oferta (de corresponder) respecto de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales serán realizados a cada Tenedor a pro rata; entendiéndose que, con respecto a las ofertas descriptas en “b) Descripción de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales–Rescate de las Obligaciones Negociables” en este Suplemento de Prospecto, el rescate de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales (o de participaciones beneficiarias a ellas) que sean ofrecidas en la respectiva oferta de rescate será realizado por la Compañía a pro rata entre las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales (o los participaciones beneficiarias en ellas) que sean ofrecidas en dicha oferta. Todos los pagos a ser realizados por la Compañía (o en su nombre) de conformidad con los Documentos de la Operación (fuera de los pagos al Agente de la Garantía Argentino) deberán ser efectuados al Agente de Emisión a más tardar a las 12:00 horas (hora de la Ciudad de Nueva York) del día de su vencimiento; estableciéndose que (a) en la medida que lo permita la ley aplicable, los fondos disponibles para la aplicación en las Cuenta de Reserva Offshore Serie 2021 y las Cuentas de Cobranza en ese momento serán considerados puntualmente entregados al Agente de Emisión y (b) los pagos relativos al rescate de Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales (o de parti...
Período de Interés significa, (a) con respecto al primer Desembolso al amparo del presente Contrato, el período que comienza en la fecha de dicho Desembolso y que termina el mismo número de día correspondiente dentro de los siguientes seis (6) meses (en cada caso, sujeto a la disponibilidad correspondiente), según se especifique en la Solicitud de Financiamiento, (b) con respecto a cualquier Desembolso subsecuente al descrito en la cláusula (a) que antecede, el periodo que comienza en la fecha de dicho Desembolso y que termina el último día del Periodo de Interés en curso aplicable al Desembolso descrito en la cláusula (a) que antecede y, (c) posteriormente, el periodo que comienza el día siguiente al último día del Periodo de Interés aplicable al Desembolso descrito en la cláusula (a) o (b) que antecede, y que termina en el día que cae seis (6) meses después; en el entendido que: (i) si cualquier Período de Interés concluye en un día distinto a un Día Hábil, dicho Período de Interés deberá ser extendido al siguiente Día Hábil, salvo que dicho Día Hábil siguiente sea parte del mes siguiente, en cuyo caso dicho Período de Interés concluirá el Día Hábil inmediato anterior, (ii) cualquier Período de Interés que comience en el último Día Hábil de un mes calendario (o en un día para el cual no exista el mismo número de día en el último mes calendario de dicho Período de Interés) deberá terminar en el último Día Hábil del último mes calendario de dicho Período de Interés y (iii) ningún período que haya sido eliminado como consecuencia de esta definición de conformidad con la Sección 3.19 (Procedimiento para el Reemplazo del Índice) deberá estar disponible para ser especificado en dicha Solicitud de Financiamiento. Para estos efectos, la fecha del Desembolso deberá ser, inicialmente, la fecha en la cual dicho Desembolso sea realizado y en el futuro deberá ser la fecha efectiva de la conversión o continuación más reciente de dicho Préstamo.
Período de Interés significará, respecto a cualquier Desembolso, (a) el período que comienza en la Fecha de Desembolso y se extiende hasta, pero no incluyendo, la Próxima Fecha de Pago de Interés; quedando provisto, no obstante, que si la Fecha de Desembolso está dentro de los sesenta (60) días de dicha Fecha de Pago de Interés, el Período de Interés finalizará en la próxima Fecha de Pago de Interés sucesiva; y (b) de ahí en adelante el período que comienza en cada Fecha de Pago de Interés y se extiende hasta, pero no incluyendo, la próxima Fecha de Pago de Interés. “L/C Banco” tendrá el significado establecido en la Parte III del Anexo B. “Pago L/C” tendrá el significado establecido en la Sección

Examples of Período de Interés in a sentence

  • En ninguna circunstancia la Tasa de Interés aplicable a cualquier Período de Interés podrá ser inferior a cero.

  • Los Derechos de Conversión no podrán ejercitarse durante el periodo comprendido entre la Fecha xx Xxxxx y la fecha en la que finalice un Período de Interés (ambos inclusive).

  • El BANCO calculará el Tipo de Interés Aplicable para cada Período de Interés, de acuerdo con lo previsto en esta CONDICION GENERAL.

  • Para conocer la tasa de interés variable aplicable a cada mes o Período de Interés, los Tenedores Registrados de los Bonos podrán llamar al Departamento de Tesorería del Emisor, al Agente de Pago de Registro y Transferencia.

  • Si un Día de Pago de Interés no coincide con un Día Hábil, el Día de Pago de Interés deberá extenderse hasta el primer Día Hábil inmediatamente siguiente, pero sin extenderse dicho Día de Pago de Interés a dicho Día Hábil para los efectos del cómputo de Intereses y del Período de Interés subsiguiente.


More Definitions of Período de Interés

Período de Interés significa un período de seis meses que finaliza en la fecha inmediatamente anterior a cada fecha especificada en la Sección 2.06 de este Contrato, comenzando con el Período de Interés en el cual se firme este Contrato.
Período de Interés significará, respecto a cualquier Desembolso, (a) el período que comienza en la Fecha de Desembolso y se extiende hasta, pero no incluyendo, la Próxima Fecha de Pago; quedando provisto, no obstante, que si la Fecha de Desembolso está dentro de los sesenta (60) días de dicha Fecha de Pago de Interés, el Período finalizará en la próxima Fecha de Pago sucesiva; y (b) de ahí en adelante el período que comienza en cada Fecha de Pago y se extiende hasta, pero no incluyendo, la próxima Fecha de Pago.
Período de Interés significa, para cada Bono, (A) respecto al Período de Interés inicial, el período que inicia en la Fecha de Oferta y termina en la Fecha de Pago de Interés siguiente y (B) respecto a los Períodos de Interés subsiguientes, el Período de Interés que inicia en un Fecha de Pago de Interés y termina en la Fecha de Pago de Interés inmediatamente siguiente o, de ser el caso, en la Fecha de Vencimiento.
Período de Interés. El préstamo tendrá un período de disposición máximo hasta el 31/12/2011 desde la formalización del contrato. La determinación del interés aplicable en el plazo de vigencia xxx xxxxxxxx, se dividirá en periodos de interés sucesivos, según los siguientes apartados. El primer período de interés a liquidar, será desde la disposición del mismo, hasta el final de dicho mes. El segundo período de interés a liquidar, será mensual y así sucesivamente hasta la finalización del contrato o amortización o cancelación anticipada del mismo. El importe xxx xxxxxxxx se amortizará por la Diputación Provincial de Guadalajara en el plazo máximo de diecinueve años, a contar desde la finalización del período de carencia (31/12/2011), con descapitalización mensual, mediante cuotas mensuales iguales (amortización + intereses), siendo el importe de éstas fijo durante los periodos de 12 meses, hasta la siguiente revisión. La primera cuota se hará efectiva transcurrido el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de carencia. Dentro de dicha cuota mensual, la parte correspondiente a intereses, será variable y estará en función del tipo de interés aplicable en cada uno de los periodos mensuales y la cuota de amortización será también variable, representada por la diferencia entre la cuota mensual fija, y el importe de los intereses de cada uno de los periodos.
Período de Interés significa un período de 30 (treinta) días naturales en el cual se calculará y ajustará el interés que cause la suma principal insoluta del Crédito; bajo el entendido de que (x) el primer Período de Interés dará inicio a partir de la Fecha de Adelanto y concluirá en la Fecha de Pago de Principal inmediata siguiente; (y) cada uno de los Períodos de Interés siguientes, comenzará el último día del Período de Interés inmediato anterior y concluirá en la Fecha de Pago de Principal inmediata siguiente; y (z) cualquier Período de Interés que esté vigente en una Fecha de Pago de Principal, terminará precisamente en dicha Fecha de Pago de Principal. “Interest Period” means a period of 30 (thirty) calendar days pursuant to which interest on the unpaid principal amount of the Loam will be computed and adjusted; in the understanding that that: (x) the Interest Period shall begin on the Date of Advance and shall end on the immediately following Principal Payment Date; (y) each subsequent Interest Period shall begin on the last day of the preceding Interest Period and shall end on the immediately following Principal Payment Date; and (z) any Interest Period outstanding at a Principal Payment Date shall end on that Principal Payment Date.
Período de Interés significa cada periodo por el cual se calcularán los intereses que devengue el saldo insoluto del Monto Principal; en el entendido que: (a) el primer Periodo de Intereses respecto de la Disposición comenzará (incluyendo) en la fecha de la Disposición y terminará (excluyendo) en la Fecha de Pago inmediata siguiente; (b) los Periodos de Intereses subsecuentes comenzarán (incluyendo) en el último día de cada Periodo de Intereses y concluirán (excluyendo) en cada Fecha de Pago; y (c) el último Periodo de Intereses terminará (incluyendo) en la Fecha de Vencimiento.
Período de Interés para propósitos de este Acuerdo significa el semestre que comienza en cada Fecha de Pago de Interés y que termina en el día inmediatamente antes de la próxima Fecha de Pago de Interés.