Common use of Precios Clause in Contracts

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 4 contracts

Samples: Contract for the Drafting, Direction, and Execution of Construction Works, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Contrato De Obras

Precios. 17.1.1. En todo caso, el Precio del Contrato incluye todos los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá materiales, servicios y obras necesarias para la definición y descripción realización de la unidad compra de obramateriales, mediante su epígrafe correspondiente el servicio y/o la obra contratada. Sujeto a los ajustes del Precio del Contrato expresamente permitidos en el mismo, se considera que el PROVEEDOR ha investigado y su importe final expresado que está conforme respecto de cada una y todas las condiciones y circunstancias que afectan o que pudieran afectar el Precio del Contrato (incluyendo pero no limitándose a la naturaleza y características del trabajo a ser desarrollado, la ubicación y las condiciones ambientales, condiciones sísmicas y del clima que prevalecen en letrasel sitio de realización de los servicios y/o obras, la presencia de otros contratistas y subcontratistas u otras instalaciones en el mismo, las condiciones del suelo y del subsuelo, las condiciones topográficas, los usos locales, códigos, ubicaciones existentes e instalaciones -si las hubiera-, las condiciones generales de trabajo en el sitio donde se realizarán los servicios y/o obras y en otros lugares, rutas de acceso, condiciones de superficie, derechos y permisos etc.) y el PROVEEDOR ha determinado la suficiencia del Precio del Contrato de conformidad con dichas condiciones y circunstancias y libera cualquier reclamo para un aumento en el Precio del Contrato relativo a dichas condiciones y circunstancias. 7.1.2. Todos Los precios se estipularán en el Contrato, en todo caso: 7.1.2.1. El Precio incluye todos los trabajos, medios auxiliares y materiales servicios y/o obras que sean necesarios para la correcta realización de los mismos, además de los los tributos aplicables, los costes de las garantías económicas, seguros y otras garantías. 7.1.2.2. No se pagarán materiales, equipos, obras o servicios no incluidos en el Contrato, si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el PROVEEDOR, por escrito y acabado con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.2.3. El PROVEEDOR asumirá cualquier unidad coste adicional por los fletes, portes, embalaje y otros gastos originados por el incumplimiento de obra, conforme a las características técnicas condiciones de entrega y prescripciones envío establecidas en el proyecto y Contrato, a las normas de buena construcción, menos que se considerarán incluidos establezca lo contrario en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosContrato. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 3 contracts

Samples: Anexo Xiii Costa Rica, Anexo Xiv Guatemala, Anexo Xi Mexico

Precios. 17.1.1. En todo caso, el Precio del Contrato incluye todos los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá materiales, servicios y obras necesarias para la definición y descripción realización de la unidad compra de obramateriales, mediante su epígrafe correspondiente el servicio y/o la obra contratada. Sujeto a los ajustes del Precio del Contrato expresamente permitidos en el mismo, se considera que el Proveedor ha investigado y su importe final expresado que está conforme respecto de cada una y todas las condiciones y circunstancias que afectan o que pudieran afectar el Precio del Contrato (incluyendo pero no limitándose a la naturaleza y características del trabajo a ser desarrollado, la ubicación y las condiciones ambientales, condiciones sísmicas y del clima que prevalecen en letrasel sitio de realización de los servicios y/o obras, la presencia de otros contratistas y subcontratistas u otras instalaciones en el mismo, las condiciones del suelo y del subsuelo, las condiciones topográficas, los usos locales, códigos, ubicaciones existentes e instalaciones -si las hubiera-, las condiciones generales de trabajo en el sitio donde se realizarán los servicios y/o obras y en otros lugares, rutas de acceso, condiciones de superficie, derechos y permisos etc.) y el Proveedor ha determinado la suficiencia del Precio del Contrato de conformidad con dichas condiciones y circunstancias y libera cualquier reclamo para un aumento en el Precio del Contrato relativo a dichas condiciones y circunstancias. 7.1.2. Todos Los precios se estipularán en el Contrato, en todo caso: 7.1.2.1. El Precio incluye todos los trabajos, medios auxiliares y materiales servicios y/o obras que sean necesarios para la correcta realización de los mismos, además de los tributos aplicables, los costes de las garantías económicas, seguros y otras garantías. 7.1.2.2. No se pagarán materiales, equipos, obras o servicios no incluidos en el Contrato, si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y acabado con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado. 7.1.2.3. El Proveedor asumirá cualquier unidad coste adicional por los fletes, portes, embalaje y otros gastos originados por el incumplimiento de obra, conforme a las características técnicas condiciones de entrega y prescripciones envío establecidas en el proyecto y Contrato, a las normas de buena construcción, menos que se considerarán incluidos establezca lo contrario en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosContrato. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 3 contracts

Samples: Anexo Xi México, Anexo Xiv Guatemala, Anexo Xiii Costa Rica

Precios. 1En colones costarricenses, con impuestos de ventas y selectivo de consumo. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición Unitarios y descripción totales, firmes y definitivos, de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letrasobra por ejecutar. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el El precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados oferta deberá indicarse en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tantonúmero y letras, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre el monto contemplado en número y letras prevalecerá el monto indicando en letras, salvo errores materiales evidentes en cuyo caso prevalecerá el valor real, de igual forma prevalecerán los montos unitarios sobre los totales. El oferente igualmente, indicará por separado el valor y porcentaje de los impuestos que afectan su oferta, de no hacerlo se aplicará el artículo número 25 del Reglamento a la Dirección Facultativa y Ley de Contratación Administrativa. El oferente debe presentar tablas de pagos por cada uno de los ítems que comprende la persona contratista sobre la necesidad o no lista de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos cantidades de obra incluida en las condiciones particulares del proyectocartel, así como objeto de la solución a adoptar y su posible valoración económicapresente contratación. La tabla de pagos comprenderá el desglose de los ítems incluidos en la lista de cantidades de obra, ésta será resuelta con la indicación, por la persona responsable del contratocada actividad, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrascantidades con su respectiva unidad de medida (m, m2, m3, kg, etc.) y el detalle del precio unitario, el precio total y el porcentaje del costo de cada partida en relación con el costo total de cada ítem constructivo. El término “global” como unidad de medida podrá ser indicado únicamente en aquellas partidas que deban realizarse en un plazo no superior a un mes. Los precios de cada ítem deben tener incorporados los costos directos, indirectos, utilidad e imprevistos. No se aceptarán tablas de pagos que presenten estos costos en forma disgregada. Las tablas de pagos deberá tener el siguiente formato: Se aclara que las tablas de pagos presentadas constituyen una guía para los correspondientes desembolsos, por lo que el contratista no podrá, bajo ningún concepto, desentenderse de su obligación de realizar algunas partidas de obra contemplados en los planos y las especificaciones, con la excusa de no haber sido contemplados dichos renglones en las tablas de pago. Con la oferta deberá presentar en formato digital en disco compacto, la hoja de cálculo con la cotización (tabla de pagos) solicitada conforme a los términos señalados en el presente acápite. Tal archivo digital deberá permitir por lo menos el copiado de los datos para efectos de su incorporación y respectivo análisis técnico en las hojas de cálculo de Excel del Departamento de Contrataciones, siendo por lo tanto preciso que se presenten en dicho formato y en una versión igual o anterior a Microsoft Office Excel 2007. Se entiende que los datos que se considerarán válidos para efectos contractuales serán los que claramente estén visibles en la tabla física aportada dentro de la oferta original, por lo que bajo ninguna circunstancia se aceptarán aquellos cuya presencia el oferente aduzca estaba oculta dentro de alguna celda del archivo digital.

Appears in 2 contracts

Samples: Construction Contract, Construction Contract

Precios. 1El precio del Pedido/Contrato es la contraprestación acordada para la adquisición de materiales y/o equipos y la realización de obras y/o servicios, y toma en consideración el valor total. En Incluye todo lo necesario para la ejecución exacta de los servicios contractuales y todo lo que el Proveedor deba suministrar o realizar, todos los costes o gastos que puedan resultar necesarios, sin perjuicio de los servicios y elementos que se hayan excluido de forma expresa y los impuestos legalmente establecidos. Salvo declaración expresa en contra, los precios unitarios descompuestos del proyecto se entenderán fijos y no revisables y se considerará que incluyen todas las cargas e impuestos directos pero no los indirectos. Si los precios variasen en función de la cantidad a adjudicar, deberá hacerse constar expresamente en la Oferta. Cuando una cantidad esté indicada en número y letra, en caso de contradicción prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado cantidad expresada en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción La valoración de los precios. Todos los gastos que trabajos ofertados se realizará por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, sistema xx xxxxxxx alzada o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra precio cerrado o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, bien por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieranunitarios, de acuerdo con lo definido y descrito indicado en la Petición de Oferta. Cuando la valoración se haga a tanto alzado o precio cerrado, se deberá acompañar en la oferta una tabla con los epígrafes correspondientesprecios unitarios debidamente desglosados que han intervenido en la composición del mismo y, complementándosesi procede, siemprefórmulas de revisión de precios. Los precios deberán estar reflejados en Euros. En el caso de Obra o Servicio el precio total del Pedido/Contrato debe incluir, con además de lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas solicitado en el Pliego apartado 6.1 Petición de Prescripciones Técnicas Particulares oferta, los siguientes conceptos: - Mano de obra directa e indirecta. - Maquinaria y en el personal asociado a su utilización. - Materiales permanentes y fungibles. - Aportación y uso de todas las herramientas propias de la especialidad del Proveedor. - Equipo necesario para la protección, seguridad y la correcta ejecución de los demás documentos del proyectotrabajos, así comocomo los costes y medios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de control, formación e información de riesgos laborales. - Entrega de documentación. - Formación necesaria al personal de TIRME. - Construcción, aportación, mantenimiento, desmantelamiento o demolición de todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que el Proveedor precise para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, vigilancia, etc., y de las realizadas en cumplimiento de la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales. - Transporte hasta / y desde el lugar del trabajo, del personal, material y cualesquiera otros medios. - Instalación y autorización de servicios y suministros. - Gastos de mantenimiento. - Gastos generales y beneficio industrial. - Dietas y gastos de manutención del personal del Proveedor y del de todos sus agentes, representantes, dependientes, autónomos y subcontratista. - Impuestos, tasas y arbitrios que legalmente correspondan al Proveedor como sujeto pasivo, salvo que sean recuperables por TIRME. - Gastos que origine al Proveedor la programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepciones y otros análisis. - Realización completa del objeto del Contrato con arreglo a las Especificaciones Técnicas y restantes documentos contractuales. - Costes de formalización y mantenimiento de la garantía económica, seguros u otras garantías, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucíacaso. Los precios del proyecto relativos de las Obras o Servicios, se desglosarán especificando por un lado el precio de los servicios, debidamente desglosados unitariamente por tipos de categorías y tipos de horas, por otro el precio de los materiales, y por otro los impuestos que correspondan según la legislación aplicable. Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a materiales se considerarán válidoslas unidades realmente suministradas. A petición previa y expresa de TIRME, cualquiera que sea el tipo Proveedor incluirá en su oferta baremos de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse precios unitarios para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En el caso de discordancia entre que TIRME considere necesario, durante la ejecución del Pedido/Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros adicionales, no previstas inicialmente en el alcance del Pedido/Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Pedido/Contrato, incluirán iguales conceptos que los documentos definidos en este apartado y se aplicarán cuando no sea posible fijar un precio del proyectoalcance adicional o en los casos en que TIRME lo estime necesario. TIRME no pagará materiales, se estará a lo establecido equipos o trabajos no incluidos en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecerel Contrato/ Pedido si su entrega o ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción por escrito y con indicación expresa de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyectoTIRME, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrasdebidamente facultado.

Appears in 2 contracts

Samples: Condiciones Generales De Compra, Condiciones Generales De Compra

Precios. 1. En El proponente deberá indicar, en el formulario correspondiente de la propuesta, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems o actividades presentadas, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios descompuestos unitarios. Si se presentaren errores aritméticos en la propuesta, se harán, por parte de EPM, las correcciones del proyecto prevalecerá caso, tomando como definitivos y válidos los precios corregidos. Éstos serán la definición base de los que se consignarán en el contrato que se celebre con el proponente favorecido. Las enmendaduras de precios que aparezcan en la propuesta deberán confirmarse con nota al margen y descripción firma del proponente, tanto en el original como en las copias. Se advierte expresamente que los precios cotizados por los proponentes en la modalidad de full renting, deberán incluir: el suministro de los vehículos (chasis y cajas compactadoras), trámites iniciales y anuales, SOAT durante la unidad vigencia del contrato, pago de obraimpuestos anuales, mediante su epígrafe correspondiente seguro general del vehículo, impuesto de rodamiento, mantenimiento preventivo y su importe final expresado correctivo del chasis y la caja compactadora, revisión técnico mecánica, cambio de llantas por desgaste y demás servicios que el proponente considere que debe contener el pago de los servicios y/o actividades propias de esta modalidad, sin considerar la opción de retoma de vehículo. Adicionalmente EL PROPONENTE deberá tener en letras. Todos cuenta para efectos de cotizar el canon de arrendamiento de los trabajosvehículos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado obligación de cualquier unidad de obraadquirir un (1) vehículo marca Daewoo, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas utilizado por EMVARIAS en el proyecto de prueba. Las características del dicho vehículo se encuentra en las especificaciones técnicas. Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y a las normas hayan de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que causarse por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto xx Xxxxx, IVA, Estampilla U. de la obra o parte A. y el de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastosIndustria y Comercio, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones así como las deducciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra retenciones a que se refieranhaya lugar, de acuerdo con lo definido la ley. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y descrito las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas. El oferente deberá tener en cuenta la exclusión del IVA en la compra e importación de los epígrafes correspondientesvehículos a la que da lugar la regulación tributaria vigente, complementándose, siemprey llevar a cabo los trámites correspondientes ante Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con lo reflejado en los planos el apoyo de conjunto EMVARIAS ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) perteneciente al Ministerio de Ambiente y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defectoDesarrollo Sostenible, por lo establecido que se le solicita trasladar dicha exclusión al costo del arrendamiento propuesto. Se deja expresa constancia de que el beneficio que resulte de esta exclusión del IVA pertenece única y exclusivamente a EMAVARIAS. El no cumplimiento de esta obligación de medio por parte del contratista no lo exonera de trasladar dicha exclusión al costo del arrendamiento propuesto, el no trámite del contratista del beneficio por la exclusión del IVA no da derecho al contratista a reclamación alguna por ajuste en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucíacosto del arrendamiento propuesto. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea cotizados deberán tener discriminado el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosIVA asociado al canon. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 2 contracts

Samples: Lease Agreement, Arrendamiento Operativo

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letrasaplicándoles, al igual que a las anualidades previstas, la baja de adjudicación resultantes. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la las descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo elloellos, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco la publicación “Banco de precios “Base de Costes Precios de la Construcción de Andalucía” la Fundación Codificación y Banco de Precios de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Construcción.” Los precios Precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan confecciona en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contratoContrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Public Works Execution

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Construction Works

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco la publicación “Banco de precios “Base de Costes Precios de la Construcción de Andalucía” la Fundación Codificación y Banco de Precios de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de AndalucíaConstrucción”. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contratoContrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works

Precios. 1. En 9.1 A menos que se acuerde lo contrario, los Servicios se cobrarán en función del tiempo y material empleados, de conformidad con los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá contratista. Lo anterior será de aplicación, en particular, respecto de aquellos documentos técnicos, informes, peritajes, evaluaciones de mediciones y pruebas que deban realizarse en re- lación con el Contrato. El coste de material incluye los gastos por el uso de herramientas especializadas y equi- pamientos, así como consumibles y piezas pequeñas. El tiempo empleado en viajes, así como el necesario para preparación y reelaboración será considerado como tiempo de trabajo. El cliente firmará el informe de servicio de acuerdo con la definición cláusula 6.5. Si el cliente no firmara sin causa alguna o no firmara a tiempo el informe de servi- cio, los registros del personal del contratista servirán de base para la facturación. 9.2 A menos que se acuerde lo contrario, el transporte, desmontaje, montaje, instalación y descripción similares se harán a cuenta y riesgo del comprador. 9.3 El contratista facturará al cliente los gastos de la unidad viaje, transporte, alojamiento (desplazamiento) y otros gastos según el costo. 9.4 Todos los precios se entenderán – salvo acuerdo en con- trario – netos, en francos suizos libremente disponibles, sin ningún tipo de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letrasdeducción. Todos los trabajoscostos, medios auxiliares y materiales que sean tales como los necesarios para la correcta ejecución al flete, seguro, exportación, tránsito, importación y acabado de cualquier unidad de obraotros permi- sos y certificaciones, conforme correrán a las características técnicas cargo del cliente. Del mismo modo, el cliente correrá con todos los impuestos, derechos, tasas, aranceles y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyectosimilares, así como con los costes administrativos correspondientes generados en relación con el Contrato o su ejecución. En la medida que dichos costes sean cobrados al contratista o a sus auxiliares, el cliente los reembolsará previa presentación de los recibos. 9.5 El contratista informará al cliente del resultado de la solución in- spección antes del inicio de la prestación de los Servi- cios. El contratista no asume ninguna garantía respecto de cualesquiera indicaciones relativas al importe de los costos esperados. Si, una vez concluida la inspección, el cliente renunciara a adoptar la prestación de los Servicios, deberá abonar al contratista los costes de la inspección y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrasdesmontaje y montaje.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Mantenimiento Y Reparación

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda Obras Públicas de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares detalle y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas técnicas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o de descripción de los precios. Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 3/7/2014 D829 1ACA 1BEC 4973 F146 D8291ACA1BEC4973F146 Resp1Aytos Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyectoproyecto de ejecución, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyectoproyecto de ejecución de las obras. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyectoproyecto de ejecución de las obras, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra. En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregue instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan a o lleguen de ésta ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Los precios de discordancia entre los documentos materiales y productos del proyecto de ejecución de las obras se conside rarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previstos en el artículo 161 de RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales o de homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará . Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.fecha 3/7/2014 D829 1ACA 1BEC 4973 F146 D8291ACA1BEC4973F146 Resp1Aytos

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Construction Works

Precios. 1En este punto debe especificarse todo lo relativo a los costes del servicio de subtitulado para sordos de programas en diferido. En concreto: ⮚ Precio por minuto de subtitulado para sordos en los plazos de entrega de material y recepción de los ficheros de subtítulos habituales (trabajos que no sean considerados de urgencia según los términos indicados anteriormente), teniendo en cuenta un total promedio estimado de ochenta (80) horas de subtitulado para sordos de programas en diferido mensuales en total. ⮚ Precio por minuto de programa subtitulado para sordos en casos considerados de urgencia. ⮚ Precio por minuto de subtitulado para sordos según escalado de producción mensual de subtítulos (para producciones superiores a ochenta (80) horas). Debe definirse tanto los tramos de escalado propuestos como los precios unitarios descompuestos asociados a cada tramo. Igualmente, debe especificarse si los minutos de producción de subtitulado para sordos que puedan calificarse como urgentes: • Formarán parte o no del proyecto prevalecerá cómputo total de minutos producidos en el mes. • Tendrán el mismo precio independientemente del escalado de producción de minutos o se aplicará sobre los mismos el mismo descuento u otro similar (especificar en este último caso). ⮚ Precios para programas previamente subtitulados para sordos o pre subtitulados para sordos, en posesión de las TVAS o del adjudicatario. Los códigos de tiempo de los programas sobre los que sincronizan los subtítulos pueden variar por diversos motivos: ajuste de tiempos, nuevas copias o ficheros de soporte de distinta procedencia, realización de programas resumen, etc., haciendo necesario el reajuste de estos códigos. Se incluye dentro de este apartado, la definición y descripción adaptación de un subtitulado para sordos anteriormente realizado por otra empresa, o por la adjudicataria u obtenido o entregado por una distribuidora junto al master original audiovisual, a otra copia de emisión de la unidad TVA adquiriente o cualquiera de obralas otras TVAS o FORTA a sus copias de emisión. En ningún caso, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos se considerara como adaptación, los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean trabajos necesarios para la correcta ejecución y acabado ajustar un subtitulado para sordos nuevo creado por el adjudicatario, a cada uno de cualquier unidad los soportes de obraemisión de las TVAS, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas que se considera incluido en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en precio/minuto ofertado. Indicar el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción final para TVAS de los precios. Todos los gastos subtítulos de estos programas, especificando si dicho precio se considera por minutos, por el programa completo o por cualquier variación de las dos anteriores posibilidades (por ejemplo, precios por programa que por su concepto sean asimilables a los que forman parte varían dependiendo de tramos de duración de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2programas). En caso de discordancia entre que este precio pueda variar de acuerdo a la naturaleza de los documentos del proyectoficheros de subtítulos existentes (que hayan sido subtitulados para sordos por completo previamente, se estará a lo establecido en encuentren sólo con una pre-subtitulación realizada, dependiendo de la cláusula 1 del presente pliego antigüedad de la producción, etc.) indicar los tipos y precios específicos para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción uno de modificaciones sobre el proyecto aprobadoellos. En el caso en que se trabaje sobre un subtítulo anteriormente creado y en posesión del adjudicatario o de FORTA, indicar el precio por minuto. Para el caso de discrepancia entre que no se requiera introducir nuevos subtítulos o que el ajuste del time code no fuera más allá de la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos modificación del proyectomismo en un offset, así como en los casos de una segunda o sucesivas adaptaciones con código de tiempo diferente de la solución primera adaptación que se haya requerido, serían sin coste al tratarse de adaptaciones del mismo producto a adoptar otros ficheros de emisión similares, ya que los copiados en FORTA suelen provenir del mismo master original y su posible valoración económicala adaptación del código de tiempo en la segunda o sucesivas copias de emisión sería simplemente ajustando un offset o ajustando el fichero del subtitulado para sordos a los códigos de tiempo de inicio de cada parte del master de emisión en títulos que se compone de varias ficheros. Por último, ésta será resuelta se especificará el precio cuando se requiera la conversión de un subtítulo en formato .w32 a formato EBU (.stl) sin realizar más adaptaciones de subtítulos o time codes. En este precio no podrá superar los veinte euros (20€) por la persona responsable del contratofichero o ficheros tipo .w32 que se procesen de hasta dos horas de programa. En todos los casos, sin se entenderá que pueda, en ningún caso, ser ello motivo las TVAS recibirán un fichero de paralización subtítulos con los códigos de tiempo y características totalmente adaptadas a sus necesidades o ralentización ficheros de las obrasemisión.

Appears in 1 contract

Samples: Subtitling Services Agreement

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas técnicas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o de descripción de los precios. Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 4/7/2014 45C0 B1C3 E8EF 27F4 3036 45C0B1C3E8EF27F43036 Resp1Aytos Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyectoproyecto de ejecución, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyectoproyecto de ejecución de las obras. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyectoproyecto de ejecución de las obras, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra. En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregue instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan a o lleguen de ésta ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Los precios de discordancia entre los documentos materiales y productos del proyecto de ejecución de las obras se conside rarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previstos en el artículo 161 de RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales o de homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará . Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.fecha 4/7/2014 45C0 B1C3 E8EF 27F4 3036 45C0B1C3E8EF27F43036 Resp1Aytos

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Public Works

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra.‌‌‌‌‌‌‌‌‌ En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregará instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente, y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan o lleguen a ésta ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Los precios de discordancia entre los documentos materiales y productos del proyecto se considerarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 161 del RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la APT que versen sobre condiciones generales u homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Precios. 1. En Sin perjuicio de otras estipulaciones que en la materia pudiera contener el Pliego de Condiciones Particulares, los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá cotizados incluirán los siguientes conceptos salvo cuando la definición Cooperativa solicite se coticen por separado: - embalaje y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme acondicionamiento apropiado a las características técnicas de los bienes de que se trate y prescripciones establecidas del medio o medios de transporte a emplear; - entrega en el proyecto lugar o lugares y a las normas forma prevista; - pruebas de buena construccióninspecciones, análisis y/o ensayos en fábrica o depósitos del proveedor. Cuando no se hubiere establecido otro temperamento, se considerarán entenderá que el valor de los elementos empleados para acondicionar los bienes objetos de la contratación, tales como embalaje, envases, bobinas etc. están incluidos en el precio convenido y por consiguiente, quedarán en propiedad de la mismaCooperativa. Si por el contrario se hubiera establecido la obligatoriedad de su devolución, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción pero sin especificarse cuál de los precios. Todos las partes contratantes se hará cargo de los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte demande el transporte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obraretorno, se considerarán siempre interpretará que el costo de éste se encuentra incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos precio pactado y, consecuentemente, correrá por tantocuenta y cargo del proveedor. En el supuesto de sugerir discrepancias entre los precios unitarios y los totales, se tomarán como válidos los primeros, a todos sus efectos. Salvo indicación expresa en contrario xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, se entenderá que los precios cotizados se refieren a bienes nuevos y sin uso. Correrán por cuenta y cargo del proveedor, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otrosforma integral, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra riesgos a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en encuentren expuestos los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en bienes hasta su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan entrega en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosforma y condiciones pactadas. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Generales

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá La responsabilidad de Ingenico FS o la definición y descripción Fundación se limitará a daños que sean consecuencia directa, necesaria, previsible e inevitable de la unidad negligencia grave de obraIngenico FS o la Fundación. Por consiguiente ni Ingenico FS ni la Fundación se responsabilizarán de daños indirectos o consecuentes (tales como la pérdida de facturación, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajosfondo de comercio, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para producción, ahorros previstos, daños causados a la correcta ejecución y acabado imagen o la reputación, reclamaciones de cualquier unidad terceros o pérdidas consecuentes a la pérdida o daño de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición datos o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectosde restitución de los mismos). El importe total de la responsabilidad de Ingenico FS y de la Fundación por todos los hechos resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante, según la estructura ya sea por contrato o no, o de costes adoptada otro modo resultantes del Contrato de Servicios del Comerciante en el proyectoaño calendario (del 1° de enero al 1° de diciembre), por garantía, indemnización o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obraotro modo, se considerarán limitarán siempre incluidos en a un importe máximo igual al veinticinco por ciento (25%) de las Comisiones pagadas por el porcentaje aplicado Comerciante durante ese año natural, una vez deducidos todos los costes repercutidos de costes indirectos dichas Comisiones, p. ej., Comisiones de Intercambio, Comisiones del Sistema, etc. Esta limitación de responsabilidad es necesaria a fin de mantener el principio de proporcionalidad entre los daños y perjuicios reclamados por un lado y, por tantootro lado, las Comisiones facturadas por Ingenico FS y el incumplimiento cometido. Estas limitaciones se aplicarán independientemente de si el principio de los daños o pérdidas y su grado eran previsibles cuando el Contrato de Servicios del Comerciante entró en los precios del proyecto. Por todo ellovigor, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución incluso si Ingenico FS fue informado de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera posibilidad de que sea la forma de suministro podía acaecer dichos daños o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradospérdidas. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Merchant Services Agreement

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra. En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregará instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente, y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan o lleguen a ésta ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Los precios de discordancia entre los documentos materiales y productos del proyecto se considerarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 161 del RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales u homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obra

Precios. 1Los precios cotizados se entiende que comprenden todos los elementos y trabajos necesarios para la entrega de los trabajos en forma completa y adecuada a su fin, según se infiere de planos y especificaciones, incluidas todas las tramitaciones y ges- tiones administrativas necesarias, salvo que en el pliego se indique expresamente lo contrario. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá El precio cotizado por el Oferente debe ser el precio final que SBASE abo- nará por todo concepto. Toda tarea que no se encuentre individualizada en las Planillas y fuese necesaria pa- ra la definición y descripción ejecución completa de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales se considerará incluida en el valor cotizado. Asimismo, deberá prever la realización de los ensayos de control de calidad de mate- riales y/o de recepción que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas Normas y/o Reglamentos vigentes, estén indicados expresamente o no en la documentación de la Licitación, in- cluyendo en su cotización todos los gastos necesarios. Por lo tanto, el Contratista no podrá reclamar por trabajos adicionales, salvo por even- tuales modificaciones y/o ampliaciones que SBASE ordene por escrito. Los precios deberán contener, sin excepción todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y prescripciones establecidas todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten el trabajo a realizar. Se deben cotizar la totalidad de los ítems que figuran en el proyecto y a las normas la Planilla de buena construcciónCotización; en caso de omisión, se considerarán incluidos en entenderá que el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, dicho ítem se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia encuentra prorrateado entre los documentos del proyectorestantes. Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, se estará SBASE requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la Oferta a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecersu solo juicio, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o si dicho precio no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrasfuese justificado con fundamento satisfactorio.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto la normativa sectorial que le sea de aplicación y a las normas la práctica de la buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en descripción efectuada en su epígrafe o en la descomposición o descripción de los precioscorrespondiente. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los costes indirectos establecidos reglamentariamente o que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios de las unidades de obra del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida cuando no figuren en el proyecto, cualquiera que sea la forma mismo valorados en unidades de suministro obra independientes o aprovisionamientoen partidas alzadas. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco la publicación "Banco de precios “Base de Costes Precios de la Construcción de Andalucía” la Fundación Codificación y Banco de Precios de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de AndalucíaConstrucción". Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista el CONTRATISTA sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por el PROMOTOR o su consultor técnico encargado del seguimiento de la persona responsable del contratoobra, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works and Complementary Management Services

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 6/2/2015 DA9E CC41 ACD4 D0A1 D33F DA9ECC41ACD4D0A1D33F Resp1Aytos Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx - Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas técnicas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o de descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyectoproyecto de ejecución, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyectoproyecto de ejecución de las obras. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyectoproyecto de ejecución de las obras, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra. En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregue instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan a o lleguen de ésta ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Este documento es una copia en papel de discordancia entre un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por La Administrativa de Contratación XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX a fecha 6/2/2015 DA9E CC41 ACD4 D0A1 D33F DA9ECC41ACD4D0A1D33F Resp1Aytos Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx - Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx Los precios de los documentos materiales y productos del proyecto de ejecución de las obras se considerarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previstos en el artículo 161 de RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales o de homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Public Works

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento, así como los gastos que conlleve la realización de gestiones, pago de tasas, cánones, arbitrios y todos aquéllos que fuesen necesarios para la consecución de los mismos. En todos los precios unitarios se considerarán comprendidos los materiales, mano de obra y maquinaria, medios auxiliares y servicios necesarios para los trabajos y actividades relativos a: replanteos, limpiezas previas, preparación del tajo e implantación de medios precisos para la ejecución; realización de la unidad de obra; repasos de acabado y terminación, limpieza final del tajo, retirada de residuos, escombros, máquinas, herramientas y medios utilizados y los concernientes al mantenimiento y conservación de la unidad de obra terminada hasta la recepción y entrega de la obra. En todos los precios relativos a redes de instalaciones, máquinas y equipos o cualquier elemento que lo precise, para verificar su funcionamiento, se considerará siempre que la unidad de obra se entregará instalada, legalizada con las autorizaciones administrativas requeridas legalmente, y con las pruebas de funcionamiento y rendimiento necesario, por lo que cualquier actividad precisa para ello se considerará incluida en los precios del proyecto, independientemente de que desde la instalación o ejecución de la unidad y su puesta en marcha pueda transcurrir un tiempo dilatado. Los precios de los productos, los auxiliares y los unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, para cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si o ejecución, se confeccionan realicen en la propia obra como si llegan o lleguen a ésta Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 0 • 41110 Bollullos de la Mitación (Sevilla) Tel: 000 000 000 • Fax: 000 000 000 E-mail: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx ya elaborados. 2, a menos que en la descripción de los mismos se especifique una procedencia concreta o un procedimiento determinado de elaboración o ejecución, en cuyo caso su ámbito de aplicación se limitará a dichas concreciones. En caso Los precios de discordancia entre los documentos materiales y productos del proyecto se considerarán válidos para cualesquiera de las marcas comerciales, modelos o denominaciones específicas industriales que se ajusten a las características técnicas descritas para los mismos y que cumplan con las prescripciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 161 del RGLCAP. Aunque no figure expresamente indicado en la descripción de los precios correspondientes, para aquellos materiales sujetos a normas de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales u homologación, habrá de entenderse que su precio presupone la adecuación a tales exigencias, sin perjuicio de las que independientemente puedan establecerse en las prescripciones técnicas del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obra

Precios. 1. En Los precios cotizados comprenden el costo de todos los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá trabajos necesarios para la definición y descripción realización de la unidad obra en forma completa y de acuerdo a su fin, inclu- yendo: las eventuales mayores excavaciones necesarias, las modificaciones de estructuras y/o las demoliciones, la modificación de las cotas de fundación, o cualquier otro tipo de construcción e instalación necesaria. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra, mediante sin posibilidad de adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones del proyecto que SBASE ordene por escrito. Los precios deberán contener, sin excepción todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten el trabajo a realizar. El precio cotizado es el precio final que pagará SBASE por todo concepto. Se deben cotizar la totalidad de los ítems que figuran en la Planilla de Cotiza- ción; en caso de omisión, se entenderá que el precio de dicho ítem se encuen- tra prorrateado entre los restantes. Por lo tanto, el Contratista no podrá reclamar por trabajos adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones que SBASE ordene por escri- to. Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, SBASE reque- rirá su epígrafe correspondiente aclaración, reservándose el derecho de desechar la Oferta a su solo jui- cio, si dicho precio no fuese justificado con fundamento satisfactorio. Asimismo, los precios deberán contemplar que serán por cuenta y su importe final expresado cargo del Contratista: - Las gestiones ante el G.C.A.B.A., las Concesionarias de Servicios Públi- cos y toda otra Repartición que tenga injerencia en letras. Todos los trabajosla vía pública, medios auxiliares y materiales que sean necesarios la aprobación de planos, la autorización para la correcta ejecución instalación de obradores y acabado las inspecciones y aprobaciones correspondientes, como así también el cierre de cualquier unidad de obracalles, modificaciones en la circulación peatonal y/o vehicular, conforme a las características técnicas reglamentaciones en vigor para cada situación, siendo a su cargo el pago de sellado, tasas, impuestos, derechos de conexión, habilitaciones, Libros de Inspección/Mantenimiento y prescripciones establecidas su rúbrica por el GCABA, etc., que puedan corresponder, debiendo prever los plazos mínimos en que dichas Reparticiones autorizarán las solicitudes para evi- tar atrasos de obra que no se justificarán por estas causas. - El Contratista deberá realizar los relevamientos correspondientes. - Los trámites ante el proyecto G.C.A.B.A. y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción Empresas Concesionarias de los precios. Todos los gastos Servicios Públicos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en se requieran para el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte uso comercial de la obra: agua, se considerarán siempre incluidos cloacas, pluviales, energía, teléfonos, etc. y todos los gastos con- secuentes, incluida la confección de planos y memorias. - Los trabajos de reparación de las construcciones o instalaciones de S.B.A.S.E o de sus Contratistas o del Operador del Servicio, que pudie- ren resultar afectadas por el manipuleo, instalación y puesta en el porcentaje aplicado servicio de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyectosuministros. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, - Todas las instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo carácter precario que se precisen para la ejecución deban realizarse como consecuencia de la obra comprendida construcción, tales como pasos protegidos para pea- tones, puentes para tránsito de vehículos, iluminaciones, señalizaciones para el tránsito, desvíos, mantenimiento y señalización de estos desvíos, policía adicional, etc., todos ellos a realizar conforme a las Normas, Re- glamentos y Ordenanzas que fijen las Reparticiones competentes. - El Contratista también deberá considerar en sus costos el proyectomantenimiento de sus equipos desde la fecha de emisión del Acta de Recepción Provi- sional hasta la Recepción Definitiva de cada equipo. - El acceso de los equipos se hará por los lugares disponibles que conside- re el proveedor conveniente y los traslados internos deberán resolverlos y serán a cargo del proveedor, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución según el avance del resto de las unidades de obra a que se refieranobras, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta pre- via aprobación por la persona responsable del contrato, sin que pueda, DO. - Todos los conductores eléctricos se conectarán entre Tableros y no se permitirán empalmes en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

Precios. 13.1 Los precios que ofrece Ammeraal Beltech son en condiciones “Ex Works” (de conformidad con lo previsto en los Incoterms 2010), por lo que el Comprador se hará cargo de todos los costes y riesgos derivados tanto de la carga de los Productos como de su transporte hasta su destino. Los precios xx Xxxxxxxx Beltech no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido ni embalajes especiales. En relación con esto último, los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obraxx Xxxxxxxx Beltech únicamente cubren el embalaje habitualmente utilizado, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letrassalvo que se acuerde previamente otra cosa por escrito. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado El coste de cualquier unidad otro embalaje usado a instancias del Comprador que no se ajuste a dicho estándar xx Xxxxxxxx Beltech, correrá por cuenta y a cargo de obra, conforme a éste. 3.2 Toda ampliación del pedido de Producto se facturará adicionalmente y por separado. Por ampliación del pedido se entiende cualquier Producto entregado y/o suministrado por Ammeraal Beltech por encima de las características técnicas y prescripciones cantidades expresamente establecidas en el proyecto y Contrato. Asimismo, cualquier trabajo o servicio adicional a las normas de buena construcciónla entrega del Producto en nuestras instalaciones, se considerarán incluidos que realice Ammeraal Beltech en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables adición a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo expresamente establecido en el banco Contrato con motivo de precios “Base una petición escrita o verbal del Comprador o con su consentimiento verbal o por escrito, se facturará al mismo de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos manera independiente y será el Comprador quien correrá con los riesgos vinculados a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosdichas tareas. 2. 3.3 En caso de discordancia entre que por cualquier circunstancia, Ammeraal Beltech preste servicios o asistencia de montaje o instalación de los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, Productos sin que ello pueda suponer exista ningún tipo de acuerdo escrito con el cliente a dicho respecto, ni la prestación de tales servicios figuren en ningún caso la introducción el Contrato, el Comprador soportará todos los gastos correspondientes y asumirá los riesgos de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrasdichas tareas.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contratación

Precios. 14.1 Los precios establecidos en la contratación sobre las bases de las propuestas aceptadas, serán invariables; sean cuales fueran los errores u omisiones que hubieran o los cambios experimentados con los precios de la mano de obra o de los materiales, salvo que cláusulas especiales insertas en el llamado dictaminen otra alternativa. 5.-ADJUDICACIÓN 5.1 Para la adjudicación se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Se hará por rubro o ítem o por fracción de estos o por el total licitado, según convenga, como resultante de la comparación de las ofertas presentadas y atendiendo a la naturaleza y especificidad de artículo y/o prestación requerida. b) Se efectuará a la propuesta más conveniente, evaluando no solo el precio sino la calidad y demás condiciones exigidas. c) En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá casos de similitud en las propuesta, O.S.S.E. podrá, a su solo juicio, invitar a los oferentes por escrito a mejorar sus ofertas dentro de un término máximo de 2 (dos) días hábiles, los que se deberán presentar en sobres perfectamente cerrados. Serán abiertos en la definición fecha y descripción hora que se determinará al efecto. 5.2 La Autoridad de OSSE, adjudicará al Oferente cuya oferta sea considerada a su exclusivo juicio como la “Oferta más conveniente”, donde el precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello. Se podrá adjudicar el total de los renglones a un único oferente, o bien hacerlo en forma parcial a ese único o a varios oferentes. La decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y sus propuestas es absolutamente privativa de OSSE, no encontrándose sujetas a impugnación ni recurso de naturaleza alguna. 5.3 La contratación queda perfeccionada por el solo hecho de la unidad adjudicación por la autoridad facultada para contratar dentro de obralos plazos establecidos, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajoslibrándose la orden de compra, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a cual deberá contener las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio estipulaciones básicas de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2contratación. En caso de discordancia entre los documentos del proyectocon las cláusulas contractuales, prevalecerán éstas últimas y se estará a lo establecido interpretará que se trató de errores u omisiones en que se incurrió al redactar la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción orden de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obrascompra.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Mobile Telephony Services

Precios. 1. En Los precios cotizados comprenden el costo de todos los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá trabajos necesarios para la definición y descripción rea- lización de la unidad obra en forma completa y de acuerdo a su fin, incluyendo: las eventuales mayores excavaciones necesarias, las modificaciones de estructuras y/o las demolicio- nes, la modificación de las cotas de fundación, o cualquier otro tipo de construcción e instalación necesaria. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra, mediante sin posibilidad de adicionales, salvo por eventuales modificaciones y/o ampliaciones del pro- yecto que SBASE ordene por escrito. Los precios deberán contener, sin excepción, el IVA y todos los impuestos vigentes a la fecha de la Oferta y todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten el trabajo a realizar. Toda tarea que no se encuentre individualizada en las Planillas y fuese necesaria para la ejecución completa y acorde a su epígrafe correspondiente fin de la Obra y su importe final expresado de sus partes componentes, se consi- derará incluida en letrasel valor cotizado. Todos Asimismo, deberá prever la realización de los trabajos, medios auxiliares y materiales ensayos de control de calidad de materia- les y/o de recepción que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas Normas y/o Reglamentos vi- gentes, estén indicados expresamente o no en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio la documentación de la mismaLicitación, aunque inclu- yendo en su cotización todos los gastos necesarios. PLIEG-2019-06910841-GCABA-SBASE LP 218/18 PCP LD SISTEMA DE SEÑALAMIENTO V3 página 16 de 55 Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, SBASE requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la Oferta a su solo juicio, si dicho pre- cio no figuren todos ellos especificados fuese justificado con fundamento satisfactorio. Los trámites y costos de nacionalización de los suministros en la descomposición o descripción República Argentina es- tarán a cargo de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada SBASE conforme se especifica en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradoseste pliego. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Internacional

Precios. 1Los precios y tarifas insertados en el LdC serán los valores completos inclusivos de los bienes descritos bajo los artículos, incluyendo todos los costos y gastos que podrían ser requeridos en y para el suministro de los bienes descritos, junto con cualquier trabajo o tarea e instalaciones temporales que pudieran ser necesarios y todos los riesgos, responsabilidades y obligaciones generales establecidas o implicadas en los documentos, en los cuales se basa la Oferta. En Se asumirá que los cargos de establecimiento, utilidades y márgenes para todas las obligaciones están distribuidos uniformemente a través de todas las tarifas unitarias. Las tarifas y precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción ofertados en el LdC con precios serán cotizados a las tarifas actuales antes de la unidad fecha de presentación. Las tarifas y precios serán ingresados excluyendo impuestos y derechos de aduana e importación sobre cada artículo en el LdC. Cualquier artículo sin precio no será pagado y se considerará como que ha sido incluido en otro precio unitario del Listado de Cantidades. De forma separada, los Ofertantes cotizarán los impuestos y derechos de aduana e importación relevantes en Dólares de los Estados Unidos de América. Las tarifas serán fijas y no estarán sujetas a ningún cambio durante el plazo del contrato. Los artículos en los Listados de Cantidades con precios cubrirán la suma total de cumplimiento con el Contrato. Los precios para los artículos en cada Listado serán resumidos en el lugar designado para ese propósito en el Parte 3-Contrato 105 LdC. Las sumas de precios serán indicadas tanto en el Formulario de Cotización y en el Resumen de los Listados de Cantidades con Precios. Los precios por los bienes serán presentados en cumplimiento con aquellos indicados en el resumen de los listados de cantidades con precios. El precio por trabajos o tareas no especificados en artículos separados, se considerarán como que han sido distribuidos entre las tarifas y precios ingresados para los otros artículos. Por ejemplo, el precio para instalaciones temporales (tales como oficinas, alojamientos, bodegas, etc.), incluyendo gastos. Las tarifas y precios incluirán, pero no se limitarán a, mano de obra, mediante su epígrafe correspondiente transporte, cualquier prueba o inspección de calidad, materiales, el suministro, mantenimiento, uso y su importe final expresado en letras. Todos reparación de todas las plantas, equipos o aparatos, la construcción y mantenimiento de todas las instalaciones temporales, si es necesario, de cada descripción y la prestación de todos los trabajos, medios auxiliares y materiales servicios que sean necesarios pudieran ser requeridos para la correcta ejecución apropiada ejecución, terminación y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción mantenimiento contractual de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectosBienes, según la estructura de costes adoptada en el proyectoincluyendo seguros, o queutilidades y todo riesgo general, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de éstaresponsabilidades completas, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, totalmente de acuerdo con lo definido las disposiciones del Contrato, y descrito el desarrollo de todas las obligaciones y responsabilidades definidas en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosdicho documento. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Internacional

Precios. 1. En El presupuesto base de licitación del acuerdo marco estará constituido por el cuadro precios aplicable a los presupuestos de proyectos de urbanización y de edificación de obra nueva del Ayuntamiento de Madrid, si el precio no estuviese en este último se utilizará el cuadro de precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad Comunidad de obraMadrid y en su defecto, mediante se utilizará el cuadro de precios del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos técnicos de Guadalajara. Para este acuerdo marco, los cuadros de precios aplicables, que se incorporan al presente pliego, serán los siguientes: • Cuadro de precios aplicable a los presupuestos de los proyectos de urbanización y de edificación de obra nueva del Ayuntamiento de Madrid vigente. • Base de precios de la Construcción de la Comunidad de Madrid, vigente, (consultado en su epígrafe correspondiente página web). • Cuadro de precios del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos técnicos de Guadalajara, del año 2012 (consultado en su importe final expresado en letraspágina web). Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que Será por su concepto sean asimilables a los que forman parte cuenta de los costes indirectosla Empresa adjudicataria la obtención de cuantos permisos, según la estructura tasas y autorizaciones fueran precisas como consecuencia de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de los trabajos, así como la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias realización de todo tipo que se precisen de gestiones ante las empresas suministradoras de bienes, materiales y/o servicios, organismos oficiales, terceros afectados y cualquier otra empresa. En el caso de instalaciones, serán de cuenta del contratista todos los permisos, licencias, visados, tasas o cánones necesarios, preceptivos o exigibles para la ejecución de la obra comprendida puesta en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución marcha de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaboradosmismas. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo Marco De Obras

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados. 2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para Dirección Facultativa de la determinación del obra determinará el documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado. En caso de discrepancia entre la Dirección Facultativa y la persona el contratista sobre la necesidad o no de cualquier subsanación por discordancia entre los documentos del proyecto, así como de la solución a adoptar y su posible valoración económica, ésta será resuelta por la persona responsable el Responsable del contratoContrato, sin que pueda, en ningún caso, ser ello motivo de paralización o ralentización de las obras.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works