Common use of PRIMAS Clause in Contracts

PRIMAS. La prima vence al inicio de cada período pactado y será el monto de la suma de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente a la Colectividad Asegurada, en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes de la Colectividad podrán contribuir al pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en la carátula de la póliza, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada para que se realice el cobro de la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivo.

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PRIMAS. La prima vence al inicio de cada período pactado y será el monto de la suma frecuencia del pago de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente a la Colectividad Aseguradapodrá ser anual, en la fecha de inicio de cada vigenciasemestral, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzastrimestral o mensual, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada según el acuerdo celebrado entre el Contratante y CENTAUROla Compañía de Seguros. Las primas serán pagaderas por el Contratante en la oficina u oficinas de la Compañía de Seguros según designe la Compañía de Seguros por escrito al Contratante. La tarifa que se aplica para este seguro es basada sobre una frecuencia de pago mensual; en caso que se decida optar por frecuencias de pago mayores (trimestral, semestral o anual), no existe recargo que afecte la misma, por lo que, si el cliente decide optar por una frecuencia mayor, la prima mensual se multiplicará por los meses que comprenden la periodicidad escogida. La prima a pagar en cada fecha de vencimiento bajo la presente Póliza, será la suma de todas las primas descritas en el Addendum o Addenda adheridos a la Póliza. Las primas por el seguro bajo dicho Addendum ó Addenda serán determinadas según lo que se detalla en el Addendum ó Addenda respectivo. No habrá variaciones de la prima durante el primer año de vigencia de la Póliza. Sin embargo, a partir de la primera renovación anual, si la Compañía de Seguros, con treinta días naturales de anticipación, da aviso al Contratante sobre los cambios que se realizarán en el siguiente año-póliza, expidiendo para ello un Addendum con los nuevos términos contractuales y enviándoselo al Contratante para su firma de aceptación, podrán existir variaciones en cualquier fecha de vencimiento de prima y en cualquier fecha en la extensión de cobertura siempre que se expida el Addendum respectivo y que éste sea aceptado de mutuo acuerdo por las partes. Cualquier cambio en la prima a pagar, una vez acordado entre la Compañía de Seguros y el Contratante, será efectivo retroactivamente desde la fecha de celebración del contratola renovación. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del ContratanteLa Compañía de Seguros, sin embargo, los integrantes de la Colectividad podrán contribuir al pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx se realizará en no tendrá derecho a cambiar el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en la carátula de la póliza, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada para que se realice el cobro de la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente monto de las primas hará prueba suficiente más de una vez durante doce meses consecutivos sin la existencia del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivomutuo acuerdo.

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PRIMAS. La prima vence al inicio forma de cada período pactado y será el monto pago de la suma de las primas correspondientes prima es a cada Asegurado perteneciente a la Colectividad Asegurada, en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contratoúnico. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratanteúnico es aquel que se hace en una sola exhibición, sin embargo, los integrantes por el importe correspondiente a todo el lapso para el cual resulte calculada la unidad de la Colectividad podrán contribuir al prima. La forma de pago de la misma en la proporción que convenida se establezca en su caso indica en la carátula de esta póliza y en el recibo oficial expedido por la Compañía. La fecha de vencimiento para pagar la prima de esta póliza es el primer día del periodo de pago, salvo que, se haya convenido una fecha de vencimiento distinta, lo que se hará constar mediante la emisión del Endoso correspondiente. Se entenderá por periodo de pago, el plazo de vigencia de esta póliza. El pago xx xxxxxx No obstante lo anterior, el Contratante gozará del término máximo que se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece precisa en la carátula de esta póliza y en el recibo oficial expedido por la pólizaCompañía, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en contado a partir de la tarjeta fecha de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables al Contratantevencimiento, éste se encuentra obligado a realizar directamente para efectuar el pago de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimientoprima. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada para que se realice el cobro de no liquida la prima a través más tardar en su fecha de vencimiento, ni dentro del término a que se refiere el párrafo anterior, los efectos del contrato cesarán automáticamente a las 12:00 horas del último día de dicho término, sin responsabilidad alguna para la Compañía. El Contratante estará obligado a pagar la prima en el domicilio de la Compañía en la Ciudad de México, el cual se señala en la carátula de esta póliza o en cualquiera de sus oficinas, generándose el Comprobante Fiscal Digital por Internet, el cual será comprobante de pago ante la Compañía. Asimismo, el pago de las primas se puede hacer con cargo a una cuenta de crédito (tarjeta de crédito crédito), a una cuenta de depósito (débito o cuenta bancaria. El cheques) o de cualquier otra forma legalmente válida; en estos casos, el estado de cuenta en o el documento donde formalmente aparezca el cargo correspondiente de las primas primas, hará prueba suficiente del de dicho pago. La Compañía podrá reclamar al Asegurado el pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al de las primas cuando el Contratante el recibo de pago respectivoque obtuvo esta póliza resulte insolvente.

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PRIMAS. La prima de esta póliza será la suma de las correspondientes a cada cobertura contratada y vence en el momento de la celebración del Contrato.  Si el Asegurado opta por el pago fraccionado de la prima, las exhibiciones deberán ser por periodos de igual duración, no inferiores a un mes y vencerán al inicio de cada período periodo pactado y será el monto de la suma de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente a la Colectividad Asegurada, en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, aplicándose la tasa de financiamiento vigente en el momento de inicio del periodo de la cobertura, la cual se le dará a conocer por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha escrito al Asegurado.  El Asegurado gozará de celebración del contrato. El pago un periodo xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes de treinta (30) días naturales para liquidar el total de la Colectividad podrán contribuir al pago prima o la primera fracción de ella en los casos de pagos en parcialidades; los efectos del contrato cesarán automáticamente a las doce horas del último día de dicho periodo.  En caso de siniestro, La Compañía deducirá de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula indemnización, el total de la póliza. El pago xx xxxxxx se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en prima vencida pendiente de pago, o las fracciones de ésta no liquidadas hasta completar la carátula totalidad de la póliza, mediante transferencia electrónica o prima correspondiente al periodo del seguro contratado.  La prima convenida podrá ser pagada por el Asegurado mediante cargos que efectuará La Compañía en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratantecon la periodicidad que el Asegurado haya seleccionado. En caso de que el cargo no se realice con tal frecuencia por causas imputables al ContratanteAsegurado, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXXde La Compañía, o abonarlo abonando en la cuenta que le indique esta última, cuyo el comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante Asegurado omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de  En tanto La Compañía no entregue el recibo de la autorización otorgada para pago xx xxxxxx, o bien, en el caso en que se realice el cobro de la prima a través de sea pagada mediante cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El crédito, el estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará será prueba suficiente plena del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivola prima.

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Samples: Condiciones Generales

PRIMAS. La prima vence al inicio de cada período pactado y será Las primas deberán ser pagadas por el monto Contratante en el domicilio de la suma Compañía. El hecho que la Compañía permita, en una o varias ocasiones, que el pago de las primas correspondientes se realice en un sitio distinto al domicilio de la Compañía y/o a cada Asegurado perteneciente una persona distinta (intermediario de seguros, representante o recaudador) no constituye una modificación a la Colectividad Asegurada, obligación de pago de las primas en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes domicilio de la Colectividad podrán contribuir al Compañía, salvo que en las Condiciones Particulares se haya pactado que el pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx las primas se realizará en el domicilio del Asegurado. Para que la Compañía esté obligada al pago de la indemnización deberá haber percibido la prima única convenida, o las parciales, en un plazo no mayor xx XXXXXXXX xxxx (10) días calendario posterior a la fecha de vencimiento del pago único, o cualquier pago parcial, que aparece se hubiese fijado en las Condiciones Particulares. La falta de pago de cualquier prima, de acuerdo con lo establecido en esta cláusula, terminará automáticamente el contrato sin necesidad de notificación alguna al Contratante. Durante este período xx xxxxxx la póliza permanecerá en vigor. Una vez vencido dicho periodo, la póliza terminará automáticamente y la responsabilidad de la Compañía será la establecida en la carátula Cláusula de “Rehabilitación”. Si la pólizamuerte del Asegurado, o cualquier otro riesgo cubierto mediante Addendum, ocurriera dentro del periodo xx xxxxxx, estarán cubiertos por la póliza siempre que el Contratante pague previamente la prima vencida correspondiente al contrato colectivo. Lo anterior aplica de forma independiente a que la póliza se haya contratado bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva. Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, la Compañía podrá, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables Addendum y su notificación al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago con treinta (30) días de anticipación al término de la prima o parcialidad correspondiente Vigencia de la Póliza, para la respectiva aceptación del Contratante, cambiar la tarifa que utilizará para la Renovación de la Póliza para calcular las primas por las coberturas detalladas en las oficinas xx XXXXXXXXCondiciones Particulares. La Compañía sólo tendrá derecho a cambiar la tarifa utilizada para calcular las primas, o abonarlo por las coberturas detalladas en las Condiciones Particulares, con la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo Renovación de la autorización otorgada para que se realice Póliza de acuerdo con lo establecido en el cobro párrafo anterior. La prima a pagar en cada fecha de vencimiento de prima, será igual a la suma de los cargos de prima por las coberturas detalladas en las Condiciones Particulares. Referirse a la Cláusula XIII “Cálculo xx Xxxxxx”. Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, los Asegurados podrán optar por terminar la cobertura si no estuvieren conformes con la modificación con solo comunicarlo por escrito dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de vigencia del Addendum de la modificación y no podrán optar por mantener la cobertura vigente con la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivola vigencia anterior.

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Samples: www.assanet.cr

PRIMAS. La prima primera Prima vence en la Fecha de Inicio de Vigencia. El resto de las Primas se entenderán vencidas al inicio comienzo y no al fin de cada período pactado y será el monto de la suma de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente a la Colectividad Asegurada, en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzasnuevo período, y tienen el objeto de garantizar la cobertura, siempre y cuando sean pagadas en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante tiempo y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes de la Colectividad podrán contribuir al pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso forma establecidos en la carátula de la póliza. El Las Primas deberán ser pagadas en las oficinas de la COMPAÑÍA o en los establecimientos y bancos autorizados por la COMPAÑÍA, que previamente hayan sido notificados por escrito al CONTRATANTE. La forma de pago de la Prima podrá pactarse de manera mensual, trimestral, semestral o anual; aplicando, en su caso, los recargos por pago fraccionado que correspondan. Para el caso de que el CONTRATANTE desee efectuar los pagos correspondientes, a través de una tarjeta de débito o crédito, deberá autorizar a la COMPAÑÍA para que ésta efectúe los cargos respectivos, proporcionándole la información bancaria necesaria a fin de que se realicen los cargos periódicos (en su caso), así como el consentimiento expreso de su parte para tales propósitos. Si el pago de las Primas se efectúa mediante cargo en cuenta de cheques o tarjeta de débito o crédito el estado de cuenta en donde aparezca dicho cargo hará prueba plena del pago. En caso de que dicho cargo no pueda realizarse por causas imputables al ASEGURADO, el seguro cesará en sus efectos una vez transcurrido el período xx xxxxxx a que se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en refiere la carátula de la póliza, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratantecláusula 12 siguiente. En caso de que el cargo CONTRATANTE solicite la cancelación del seguro de manera anticipada, la COMPAÑÍA devolverá la Prima de riesgo no se realice por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado devengada a realizar directamente la fecha de cancelación. Para el pago caso de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha Prima con forma de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligaciónmensual, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación surtirá efectos al concluir el mes en curso, a no ser que el CONTRATANTE instruya expresamente lo contrario, en cuyo caso, se devolverá la Prima de su tarjeta riesgo no devengada de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada los días restantes para que se realice el cobro de la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivoconcluir dicho periodo.

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Samples: Contrato De Seguro Condiciones Generales Del Seguro

PRIMAS. La prima vence al inicio de cada período pactado y será Las primas deberán ser pagadas por el monto Contratante en el domicilio de la suma Compañía. El hecho que la Compañía permita, en una o varias ocasiones, que el pago de las primas correspondientes se realice en un sitio distinto al domicilio de la Compañía y/o a cada Asegurado perteneciente una persona distinta (intermediario de seguros, representante o recaudador) no constituye una modificación a la Colectividad Asegurada, obligación de pago de las primas en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes domicilio de la Colectividad podrán contribuir al Compañía, salvo que en las Condiciones Particulares se haya pactado que el pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx las primas se realizará en el domicilio del Asegurado. Para que la Compañía esté obligada al pago de la indemnización deberá haber percibido la prima única convenida, o las parciales, en un plazo no mayor xx XXXXXXXX xxxx (10) días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento del pago único, o cualquier pago parcial, que aparece se hubiese fijado en las Condiciones Particulares. Durante este período xx xxxxxx la póliza permanecerá en vigor. Una vez vencido dicho periodo, la póliza terminará automáticamente y la responsabilidad de la Compañía será la establecida en la carátula Cláusula de “REHABILITACIÓN”. Si la pólizamuerte del Asegurado, o cualquier otro riesgo cubierto mediante Addendum, ocurriera dentro del periodo xx xxxxxx, estarán cubiertos por la póliza siempre que el Contratante pague previamente la prima vencida correspondiente al contrato colectivo. Lo anterior aplica de forma independiente a que la póliza se haya contratado bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva. Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, la Compañía podrá, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables Addendum y su notificación al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago con treinta (30) días de anticipación al término de la prima o parcialidad correspondiente Vigencia de la Póliza, para la respectiva aceptación del Contratante, cambiar la tarifa que utilizará para la Renovación de la Póliza para calcular las primas por las coberturas detalladas en las oficinas xx XXXXXXXXCondiciones Particulares. La Compañía sólo tendrá derecho a cambiar la tarifa utilizada para calcular las primas, o abonarlo por las coberturas detalladas en las Condiciones Particulares, con la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo Renovación de la autorización otorgada para que se realice Póliza de acuerdo con lo establecido en el cobro párrafo anterior. La prima a pagar en cada fecha de vencimiento de prima, será igual a la suma de los cargos de prima por las coberturas detalladas en las Condiciones Particulares. Referirse a la Cláusula “CÁLCULO XX XXXXXX”. Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, los Asegurados podrán optar por terminar la cobertura si no estuvieren conformes con la modificación con solo comunicarlo por escrito dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de vigencia del Addendum de la modificación y no podrán optar por mantener la cobertura vigente con la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivola vigencia anterior.

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Samples: www.sugese.fi.cr

PRIMAS. La prima vence al inicio de cada período pactado El monto, periodicidad y será plazo para el monto pago de la suma Prima a favor de las primas correspondientes a cada la Compañía, se encuentran especificados en la Carátula de Póliza. La Prima vence en la Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza. Una vez vencida la Prima, el Contratante y/o el Asegurado perteneciente a gozarán de un Periodo xx Xxxxxx que se encuentra especificado en la Colectividad AseguradaCarátula de Póliza, en caso de no establecer un Periodo xx Xxxxxx se contará con 30 (treinta) días naturales para liquidarla. En caso de la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su casorealización del siniestro (Evento) durante el Periodo xx Xxxxxx antes referido, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes Compañía deducirá de la Colectividad podrán contribuir indemnización debida al Beneficiario, el total de la Prima pendiente de pago. Los efectos de este Contrato de Seguro cesarán automáticamente en caso de que la Prima no hubiere sido pagada en los plazos señalados y, por tanto, la Compañía no estará obligada al pago de la misma indemnización en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la pólizasiniestro. El pago xx xxxxxx se realizará de las Primas deberá ser hecho en el domicilio xx XXXXXXXX las oficinas de la Compañía, a cambio del recibo correspondiente, o mediante cualquier otra forma de pago que aparece las Partes hayan pactado en la carátula Carátula de Póliza. En caso de haberse pactado el pago de la pólizaPrima mediante tarjeta de crédito, mediante transferencia electrónica tarjeta de débito o mediante cargos en cargo directo a alguna cuenta bancaria, el estado de cuenta respectivo donde aparezca dicho cargo, hará prueba plena del pago de la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratantemisma. En caso de que el cargo dicho pago no se realice pueda realizarse por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima Contratante y/o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligaciónal Asegurado, el seguro presente Contrato de Xxxxxx cesará en sus efectos una vez transcurrido el periodo Periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada para Xxxxxx a que se realice refiere el cobro segundo párrafo de la prima a través de cargo a tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El estado de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivoesta cláusula.

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Samples: bnpparibascardif.com.mx

PRIMAS. La prima vence al inicio Las Primas cobradas serán calculadas y facturadas por la Compañía con la periodicidad establecida en las Condiciones Particulares de cada período pactado esta Póliza y será el monto mediante una de las Formas de Pago aceptadas por la Compañía. El valor de la suma de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente Prima correspondiente a la Colectividad Asegurada, en totalidad de la Póliza será calculado y la correspondiente factura será entregada al Tomador por la Compañía dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de inicio recibo del Reporte de cada vigenciaAsegurados. Para efectos del presente contrato, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración la factura antes mencionada se considera como la fecha de aceptación de los riesgos a que esta corresponde. Si la Modalidad del contratoPago de la Prima correspondiente a esta póliza se establece por las partes como de forma CONTRIBUTIVA, el Tomador y el Asegurado acordarán la proporción de la Prima que cada uno ha de pagar, esta proporción estará indicada en la “Solicitud de Seguro” y se incluirá en las Condiciones Particulares de la Póliza. Si la Modalidad del Pago se establece como de forma NO CONTRIBUTIVA, el Tomador de la Póliza pagará la totalidad de la Prima. Sin perjuicio de la Modalidad de Pago, la responsabilidad del pago total de la Prima recae exclusivamente sobre el Tomador de la Póliza. Todo pago lo hará el Tomador en la oficina principal de la Compañía y/o sus sucursales debidamente establecidas, en las oficinas del Agente de Seguros, de la Sociedad Agencia de Seguros que actúe por nombre y cuenta de la Compañía, o en las oficinas de la Sociedad Corredora de Seguros que hayan actuado como intermediarios en la comercialización de dicha Póliza, sujeto a que se cumpla la condición que adelante se indica. Sin perjuicio de lo anterior, el pago del importe de la Prima efectuado por el Tomador del Seguro a un Agente de Seguros o a una Sociedad Agencia de Seguros ya sea que actué por nombre y cuenta o sólo por su cuenta, se entenderá realizado a la Aseguradora, siempre y cuando dicho intermediario entregue a cambio la factura oficial de la Compañía. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes importe de la Colectividad podrán contribuir Prima efectuado por el Tomador del Seguro a la Sociedad Corredora de Seguros, no se entenderá realizado a la Aseguradora salvo que, a cambio, el Corredor entregue al pago Tomador del seguro el recibo de Prima de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en la carátula de la póliza, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima o parcialidad correspondiente en las oficinas xx XXXXXXXX, o abonarlo en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante o ficha de pago acreditará el cumplimiento. Si el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables al Contratante: la cancelación de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada Aseguradora; para que se realice dé por aceptado el cobro riesgo por parte de la prima a través Aseguradora y el inicio de cargo a tarjeta la vigencia del Contrato de crédito o cuenta bancaria. El estado Seguro, deberá existir la aceptación del riesgo de cuenta en donde aparezca el cargo correspondiente forma expresa y por escrito por parte de las primas hará prueba suficiente del pago hasta en tanto CENTAURO no entregue al Contratante el recibo de pago respectivola Compañía.

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Samples: adisa.cr

PRIMAS. La prima vence al inicio total de cada período pactado y será el monto de esta póliza es la suma de las primas correspondientes a cada Asegurado perteneciente a una de las coberturas contratadas más los gastos de expedición de la Colectividad Asegurada, en la fecha de inicio de cada vigencia, aplicando las tarifas en vigor en esa fecha establecidas en la Nota Técnica que CENTAURO tenga registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, póliza y en su caso, la tasa de financiamiento por pago fraccionado pactada entre el Contratante y CENTAURO, en la fecha de celebración del contrato. El pago xx xxxxxx será responsabilidad del Contratante, sin embargo, los integrantes de la Colectividad podrán contribuir al pago de la misma en la proporción que se establezca en su caso en la carátula de la póliza. El pago xx xxxxxx se realizará en el domicilio xx XXXXXXXX que aparece en la carátula de la póliza, mediante transferencia electrónica o mediante cargos en la tarjeta de crédito o cuenta bancaria del Contratante. En caso de que el cargo no se realice por causas imputables al Contratante, éste se encuentra obligado a realizar directamente el pago de la prima o parcialidad correspondiente fraccionada en las oficinas xx XXXXXXXXparcialidades. Anualmente se cobrará adicionalmente a la prima del seguro, o abonarlo un recargo fijo por concepto de administración, mismo que se establece en la cuenta que le indique esta última, cuyo comprobante Nota técnica correspondiente registrada en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. El Contratante o ficha asegurado deberá pagar la prima anual al momento de inicio de vigencia de las coberturas y durante el plazo de pago acreditará estipulado en la carátula, salvo que este contrato se dé por terminado antes de cumplirse este plazo. Los pagos deben de hacerse a través de los medios que establece La Compañía a cambio de un recibo expedido por la misma. contrato, por lo que se refiere al primer período del seguro; entendiéndose por período del seguro el cumplimientolapso para el cual resulte calculada la unidad de la prima. Si En caso de duda, se entenderá que el período del seguro es de un año. Salvo por lo establecido en aquellos planes que tengan la cláusula de PAGO AUTOMÁTICO XX XXXXXX, la cual establece que en caso de que se suspenda el pago de la prima se dispondrá del fondo en administración. En caso de incumplimiento del pago en cualquiera de sus modalidades, el Contrato se resolverá de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial. El contratante o asegurado podrá elegir que la forma de pago sea mediante el cargo a cuenta bancaria o tarjeta de crédito, de débito o mediante descuento por nómina, para lo cual el asegurado deberá dar su consentimiento para el cargo correspondiente a través del Formato de Cargo a Tarjeta. En el caso del Descuento por Xxxxxx, el Contratante omite dicha obligación, el seguro cesará sus efectos una vez transcurrido el periodo xx xxxxxx. Se entenderán causas imputables o asegurado hará del conocimiento al Contratante: la cancelación de empleador su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, la falta de saldo o crédito disponible o cualquier situación similar. Queda bajo la responsabilidad xx XXXXXXXX, entregar al Contratante acuse de recibo de la autorización otorgada para que se realice el cobro descuento de la prima del seguro a través del Formato Descuento por Nómina. La efectividad de cargo a tarjeta dicho pago no será responsabilidad de crédito La Compañía, si al momento de realizar el cargo, la Institución Bancaria o cuenta bancariaEmpresa no autoriza o no acepta dicho cargo, en este caso, el asegurado o Contratante podrá cubrir el importe de las primas correspondientes por los medios señalados por La Compañía. El estado de cuenta bancario o recibo de nómina en donde el que aparezca el cargo correspondiente realizado de las primas hará prueba suficiente del plena de pago hasta en tanto CENTAURO La Compañía no entregue al Contratante emita el recibo de pago respectivocorrespondiente.

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