Proceso de arbitraje Cláusulas de Ejemplo

Proceso de arbitraje. El arbitraje será conducido por un árbitro con abundante experiencia en la resolución de disputas de propiedad intelectual y contratos comerciales, quien será elegido de la lista adecuada de árbitros del CAC y de mutuo acuerdo por las dos partes. La decisión de si una disputa está sujeta o no a arbitraje, se regirá de acuerdo con las leyes aplicables en Colombia y la tomará un árbitro en lugar de un tribunal. El CAC administrará el arbitraje y se llevará a cabo en español. Se podrá llevar a cabo a través del envío de documentos, por teléfono, o en persona en un lugar elegido de mutuo acuerdo. La vista del arbitraje deberá comenzar dentro de los treinta (30) días siguientes al nombramiento del árbitro, a menos que se haya acordado algo diferente entre Umbra Rise y tú. El CAC solo tendrá poder para arbitrar la disputa entre nosotros y tú, y no en relación a otras personas en este arbitraje en particular. La sentencia sobre una indemnización otorgada por el árbitro puede ser dictada en cualquier tribunal que tenga jurisdicción, o puede solicitarse que dicho tribunal acepte judicialmente cualquier indemnización u orden de ejecución, según sea el caso.
Proceso de arbitraje. Debido a que comparecer en persona al arbitraje puede ser complicado en las circunstancias, el arbitraje aquí estipulado no requerirá ninguna comparecencia personal de las partes o los testigos a menos que lo convengan por mutuo acuerdo. Cualquiera o ambas partes pueden participar por medio de documentos presentados, llamadas telefónicas u otros medios de comunicación remota que permita el árbitro. El arbitraje solo puede decidir Reclamaciones entre las partes involucradas, y no puede consolidar o unir las reclamaciones de otras personas que pudieran tener reclamaciones similares. No habrá descubrimiento (Discovery) pre-arbitraje excepto como lo estipulado en las reglas AAA aplicables. El árbitro aceptará las reclamaciones de privilegio reconocidas por la ley y adoptará las medidas razonables para proteger la información de la cuenta del cliente y otra información confidencial o exclusiva. A solicitud de cualquiera de las partes, el árbitro proporcionará una explicación breve por escrito de la base de la decisión y el laudo arbitral (award). La decisión xxx xxxxx arbitral emitido por el árbitro podrá ser presentada ante cualquier tribunal con jurisdicción competente. La decisión del árbitro será definitiva y obligatoria para las partes excepto por cualquier derecho de apelación según las reglas AAA o la Ley Federal de Arbitraje (Federal Arbitration Act).
Proceso de arbitraje. La parte que desee iniciar un proceso de arbitraje deberá enviar a la otra parte una Solicitud de arbitraje por escrito, tal y como se especifica en el Reglamento de la AAA. El árbitro será un juez jubilado o un abogado con licencia para ejercer la abogacía y será seleccionado por las partes de la lista de árbitros de la AAA. Si las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un árbitro en el plazo de siete (7) días a partir de la entrega de la Solicitud de arbitraje, la AAA nombrará al árbitro de acuerdo con su Reglamento.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.