PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. El Proveedor no podrá ceder, gravar o transferir en modo alguno, ni total ni parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas de los documentos contractuales, ni podrán delegar en otras personas naturales u órganos judiciales las obligaciones que han contraído por este motivo, sin la previa y expresa autorización por escrito de MSD.
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. La presente póliza no puede ser transferida o cedida sin el consentimiento escrito y previo de LA ASEGURADORA. En caso de incumplimiento de ésta disposición, se terminará desde dicho momento automáticamente la cobertura.
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. CUALQUIER CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA POR PARTE DEL CONCEDEN- TE DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO ESCRITO DE LA COMPAÑÍA. TRATÁNDOSE DEL CONCESIONARIO LE QUEDA TOTALMENTE PROHIBIDO. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ESTA DISPOSICIÓN, LA COBERTURA TERMINA AUTOMÁTICAMENTE Y LA COMPAÑÍA SOLO SERÁ RESPONSABLE POR EL INCUMPLIMIENTO QUE HAYA OCURRIDO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE CESIÓN O TRANSFERENCIA.
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. DOMICILIO XXXXXXX INTERNATIONAL SEGUROS COLOMBIA S.A., sociedad legalmente establecida en Colombia y debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera para operar en el país, la cual en lo sucesivo se denominará LA ASEGURADORA, otorga AL ASEGURADO, los amparos especificados en la carátula de esta póliza con sujeción, en su alcance y contenido, a las condiciones generales y particulares de la misma y sin exceder el correspondiente valor asegurado, de acuerdo con lo establecido en los Artículos 1079 y 1088 del Código de Comercio, según las definiciones y alcance que de los respectivos amparos a continuación se estipulan:
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. Queda absolutamente prohibido al adherente a transferir el inmueble donde se construyó la casa-habitación, hasta tanto se concluya con el pago total, salvo autorización expresa del Instituto Municipal de la Vivienda y de la Comisión de Ejecución, Evaluación y contralor.- En caso de fallecimiento los herederos podrán optar por continuar con el plan o solicitar a la autoridad de aplicación autorización de venta.-
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. El Proveedor no renunciará, excederá ni transferirá, de manera alguna, ni total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que surjan de los documentos contractuales, ni delegará a otras personas naturales u organismos judiciales las obligaciones que haya contraído por este motivo, sin previa autorización explícita y por escrito de MSD.
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. El presente contrato se celebra "intuito personae", razón por la cual le está absolutamente prohibido a LA EMPRESA ceder transferir y/o subcontratar bajo cualquier título o causa el presente contrato, bajo apercibimiento de rescisión anticipada por parte de APla, sin derecho a resarcimiento indemnización alguna para LA EMPRESA.
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. 21 ARTÍCULO 43 - EXPLOTACIÓN COMERCIAL 21 CAPITULO 5 25 EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN 25
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. El concesionario no podrá transferir o ceder el contrato de concesión, bajo pena de caducidad de la concesión, con pérdida del depósito en garantía y reservándose la TOREEM el derecho de accionar judicialmente por los perjuicios ocasionados
PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA. El Licenciatario queda prohibido de conceder a terceros sub-licencias o realizar cesiones de cualquier tipo respecto de los derechos derivados de este Contrato de Licencia de Derechos de Autor, sean parciales o totales, transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y en general a todo título, por cualquier vía, sin previa autorización del Licenciante.