¿QUÉ EXCLUIMOS? Cláusulas de Ejemplo

¿QUÉ EXCLUIMOS?. 🗶 estado depresivo, enfermedades psíquicas, nerviosas o mentales que no conlleven Hospitalización o una Hospitalización inferior o igual a 3 días consecutivos del Asegurado; 🗶 los tratamientos estéticos, curas, fecundaciones in vitro; 🗶 cancelaciones resultantes de reconocimientos periódicos de control y observación; 🗶 las cancelaciones originadas por la omisión, por cualquier causa, de alguno de los documentos que sean imprescindibles para el Viaje, salvo en los casos previstos en virtud de la presente garantía; 🗶 el retraso en la obtención de un visado; 🗶 la imposibilidad de realizar un DESPLAZAMIENTO o una estancia, o la decisión de cancelar un DESPLAZAMIENTO o una estancia, en una de las regiones o países desaconsejados por 🗶 La cancelación por restricciones de viaje resultantes directamente de una declaración de pandemia por la Organización Mundialde la Salud o de un suceso conocido en el momento 🗶 La cancelación vinculada a una CUARENTENA REGIONAL, 🗶 la cancelación por Enfermedad sin justificante emitido por una AUTORIDAD MÉDICA, 🗶 el reembolso de la totalidad o parte del viaje que haya sido objeto o pueda ser objeto de un reembolso total o parcial por el organizador del viaje, operador turístico, compañía de 🗶 cualquier circunstancia de la que usted tuviera conocimiento antes de reservar el viaje o de suscribir su Contrato y por la que pudiera razonablemente prever una cancelación de 🗶 Cualquier otra circunstancia distinta a las enumeradas en lo que está cubierto por la garantía. La indemnización queda limitada a los GASTOS DE CANCELACIÓN adeudados a la fecha de acaecimiento del suceso que desencadene la aplicación de la garantía, previa deducción de tasas portuarias y aeroportuarias, primas de seguro y gastos de tramitación retenidos por la agencia de viajes y no reembolsados en virtud del presente Contrato. El importe de la indemnización no puede superar el tope mencionado en la Tabla de topes. En efecto, el reembolso efectuado por AVI INTERNATIONAL se calcula de acuerdo con el baremo de los gastos de cancelación en vigor a la fecha de primera comprobación del suceso que activa la garantía. Deberá avisar a AVI INTERNATIONAL en un plazo de 5 días hábiles desde que tenga conocimiento del siniestro siguiendo el procedimiento de notificación descrito en el artículo VI Condiciones generales de aplicación. La declaración debe contener los siguientes datos: - nombre, apellido y dirección del Asegurado; - el número de Contrato; - motivo exacto...
¿QUÉ EXCLUIMOS?. Serán aplicables las exclusiones comunes a todas las garantías. Asimismo, quedan excluidos: transporte o entidad bancaria en que usted sea titular de una tarjeta de crédito, independientemente de la forma de reembolso (transferencia, efectivo, vale, bono, etc.),
¿QUÉ EXCLUIMOS?. Además de las exclusiones que figuran en la sección “¿CUÁLES SON LAS EXCLUSIONES GENERALES APLICABLES AL CONJUNTO DE NUESTRAS GARANTÍAS?”, no podemos intervenir si la cancelación resulta: Además, no intervenimos nunca si la persona que provoca la cancelación es hospitalizada en el momento de la reserva del viaje o de la suscripción del contrato.
¿QUÉ EXCLUIMOS?. Además de las exclusiones que figuran en la sección “¿CUÁLES SON LAS EXCLUSIONES GENERALES APLICABLES AL CONJUNTO DE NUESTRAS GARANTÍAS?”, no podemos intervenir si la cancelación resulta: fecha de compra del viaje y la fecha se suscripción del contrato de seguro; Además, no intervenimos nunca si la persona que provoca la cancelación es hospitalizada en el momento de la reserva del viaje o de la suscripción del contrato.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.