EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Actos intencionados o realizados con mala fe, por el Asegurado o persona por la que deba responder, o bien derivados de la infracción o incumplimiento deliberado de las normas legales. - Daños por hechos xx xxxxxx civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. - El pago de sanciones y multas de cualquier tipo. - Siniestro cuya cuantía indemnizatoria sea inferior a la cantidad estipulada en la póliza como franquicia. - Daños causados a bienes muebles o inmuebles que, para su uso o disfrute, manipulación, transformación, reparación, custodia, depósito o transporte hayan sido confiados, cedidos o arrendados al Asegurado o bien se encuentren bajo su posesión o ámbito de control. - Responsabilidades por daños causados con motivo del uso y circulación de vehículos a motor, cuando dichos daños sean objeto de regulación por la normativa reguladora del uso y circulación de vehículos a motor. - Daños por reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva de cualquier tipo, sea o no recogida en la legislación específica de esta materia. - Derivadas de daños causados por cualquier artefacto o aeronave destinado a la navegación o sustentación aérea. - Obligaciones asumidas en virtud de pactos o acuerdos, que no existirían de no existir tales acuerdos. - El resarcimiento de los daños materiales a bienes de los empleados y personal dependiente del Asegurado. - Las reclamaciones por asbestosis o cualquier enfermedad, incluso el cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto, o de productos que lo contengan. - El transporte, almacenamiento y distribución de materias peligrosas (tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables y combustibles) - Reclamaciones que sean consecuencia de las actividades de transportes de personas, trabajos en puertos o aeropuertos y minería. - Daños causados con motivo de alteraciones del orden público. - La infidelidad de las personas por las que el Asegurado debe responder. - La responsabilidad civil directa de todas aquellas personas físicas o jurídicas que efectúen por cuenta y orden del Organismo asegurado cualquier tipo de explotación industrial, obras, servicios, actividades docentes o profesionales, tales como trabajos de construcción o mantenimiento de instalaciones, organización de actos públicos, pirotecnia, venta de mercados, recogida o tratamiento de basuras, desperdicios y actividades similares. - Daños sufridos ...
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Además de las exclusiones específicas establecidas en cada garantía, en ningún caso quedan cubiertos los gastos, daños y pérdidas materiales concurrentes o a consecuencia de:
x. Xxxx o culpa grave del tomador o asegurado.
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Independientemente de las exclusiones particulares previstas de conformidad con cada garantía, no nos hacemos cargo de los perjuicios que resultan:
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. 36 III. Consorcio de compensación de seguros 38
1. Acontecimientos extraordinarios cubiertos 38 2. Riesgos excluidos 39 3. Franquicia 40 4. Extensión de la cobertura 41 5. Comunicación de daños al consorcio de compensación de seguros 41
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Costes de accesorios o de cualquier parte consumible relacionada con el funcionamiento del Equipo Asegurado (equipo manos libres, cargador, baterías, tarjetas complementarias y generalmente cualquier accesorio que sea secundario al Equipo Asegurado). * Cualquier perjuicio o pérdida financiera sufrida por el Asegurado durante o tras un Robo, Atraco, Óxido o Daño Accidental del Equipo Asegurado. * Cualquier robo o daño de software que no sea el sistema operativo y el paquete de software previamente instalado originalmente por el fabricante del Equipo Asegurado. * Cualquier daño derivado de una Catástrofe Natural. * Cualquier acto intencionado o fraudulento, en el que medie mala fe, cometido por el Asegurado, el Tomador o cualquier persona que no sea un Tercero.
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Las exclusiones generales de la póliza son comunes para todos los servicios de asistencia y todas las garantías que se describen en las presentes Condiciones Generales. Se excluyen:
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Además de las exclusiones específicas establecidas en cada garantía, en ningún caso quedan cubiertos los gastos, daños y pérdidas materiales concurrentes o a consecuencia de:
a) Xxxx o culpa grave del Tomador/Asegurado.
b) Vicio propio, defecto de construcción o montaje y/o mala conservación, deterioro gradual por uso o desgaste y falta de mantenimiento o mala reparación de la vivienda y los bienes asegurados.
c) Perjuicios y pérdidas indirectas de cualquier causa que se produzcan con ocasión del Siniestro, salvo los expresamente amparados.
d) Existir otra Póliza de seguro garantizando específicamente el acontecimiento ocurrido, salvo agotadas las citadas garantías específicas y con carácter complementario.
e) Siniestro producido durante el período de construcción o reforma integral de la vivienda y para viviendas deshabitadas (entendiendo como tal aquellas en las que se reside un período inferior a 15 días al año), salvo para las garantías de Incendio, Explosión y Caída xx Xxxx.
f) El Contenido del inquilino de la vivienda, salvo que sea Tomador/Asegurado de la Póliza.
g) Daños cuyo origen sea anterior a la fecha de efecto de la Póliza, con independencia de la fecha de manifestación de los mismos.
h) Siniestros producidos por el uso, tenencia, transporte o almacenamiento xx xxxxx y/o explosivos de cualquier clase.
i) Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. En cualquier caso quedan excluidas de las garantías aseguradas, salvo especificación en contrario, los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivadas de: IMA IBERICA sólo podrá intervenir dentro de los límites que autorice la normativa o las instrucciones emitidas por las Autoridades Públicas. IBERICA no responderá de los contratiempos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor tales como guerras civiles o extranjeras, rebeliones, movimientos populares, revueltas, huelgas, sediciones y represalias de la fuerza publica, prohibiciones oficiales, piratería, explosiones, efectos nucleares o radioactivos o problemas climáticos extraordinarios, en la ejecución de sus obligaciones contractuales.
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. Queda excluida del seguro la Responsabilidad Civil derivada de:
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS. En cualquier caso quedan excluidas de las garantías aseguradas, salvo especificación en contrario, los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivadas de: IMA IBERICA sólo podrá intervenir dentro de los límites que autoricen la normativa o las instrucciones emitidas por las Autoridades Públicas. IBERICA no responderá de los contratiempos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor tales como guerras civiles o extranjeras, rebeliones, movimientos populares, revueltas, huelgas, sediciones y represalias de la fuerza pública, prohibiciones oficiales, piratería, explosiones, efectos nucleares o radioactivos o problemas climáticos extraordinarios, en la ejecución de sus obligaciones contractuales. IMA IBERICA sólo podrá intervenir dentro de los límites que autoricen la normativa o las instrucciones emitidas por las Autoridades Públicas. IBERICA no responderá de los contratiempos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor tales como guerras civiles o extranjeras, rebeliones, movimientos populares, revueltas, huelgas, sediciones y represalias de la fuerza pública, prohibiciones oficiales, piratería, explosiones, efectos nucleares o radioactivos o problemas climáticos extraordinarios, en la ejecución de sus obligaciones contractuales.