RECARGOS Y DESCUENTOS. El Asegurado podrá solicitar al Instituto que dada su buena experiencia de siniestralidad, se le otorgue un descuento a la tarifa de todas las coberturas de este seguro que serán aplicables a partir de la renovación del cuarto período de vigencia; por ende antes de tres años de vigencia del contrato, el mismo no se le podrá otorgar descuento alguno. Por su parte, la Aseguradora podrá realizar recargos a la prima de riesgo de un contrato de seguro, cuando el mismo presente una alta frecuencia y severidad recurrente. Para ambos casos se aplicará la siguiente tabla: 0% a 15% 15% ------ Más de 15% a 30% 10% ------ Más de 30% a 45% 5% ------ Más de 45% a 60% ------ ------ Más de 60% a 85% ------ 10% Más de 85% a 100% ------ 15% Más de 100% ------ 20%
RECARGOS Y DESCUENTOS. Para la presente póliza no aplican descuentos ni recargos de ningún tipo, con excepción de los incluidos en la cláusula de Fraccionamiento de la Prima.
RECARGOS Y DESCUENTOS. Descuento por siniestralidad % Siniestralidad Descuento Recargo
RECARGOS Y DESCUENTOS. Sobre la prima que pague el Contratante, se podrán aplicar recargos o descuentos, según sea el caso, dependiendo del resultado del análisis del riesgo según los factores de experiencia, medidas preventivas o de protección, entre otros. En la modalidad contributiva no se otorgaran descuentos. Con respecto a la modalidad no-contributiva, se otorgaran descuentos hasta del hasta del 60% sobre la Tabla de Mortalidad de Costa Rica Tabla de Vida completa 2000 – 2005 al 100% (por cada mil) para aquellos Colectivos de Vida donde la experiencia de mortalidad, en particular, lo permita y sea suficiente para cubrir el riesgo.
RECARGOS Y DESCUENTOS. De conformidad con la forma de pago elegida por el Tomador del seguro, cuando ésta sea diferente a anual, se aplicará un recargo según se muestra en el cuadro adjunto y en las condiciones particulares. Trimestral 7% (Prima anual /4)*1.07 Semestral 5% (Prima anual) /2*1.05 En caso de indemnización de conformidad con la cobertura de esta póliza, los pagos que falten para completar el importe de la prima anual, se deducirán de la liquidación resultante. El seguro podrá gozar de un esquema de descuentos cada dos (2) años siempre y cuando el seguro posea una siniestralidad menor al cincuenta por ciento (50%) y una cartera mínima de cinco mil (5.000) asegurados. Los descuentos aplicables no serán superiores al sesenta y cinco por ciento (65%) y afectarán al Asegurado o al Tomador del seguro, según sea quien pague la prima, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Modalidades de Contratación. El Instituto puede asignar recargos a la prima del seguro, al momento de la renovación, cuando la razón de siniestralidad sea mayor al cincuenta por ciento (50%). En el caso de clientes estratégicos los recargos por fraccionamiento pueden ser negociados con el Tomador del Seguro.
RECARGOS Y DESCUENTOS. La Compañía, por razones comerciales, podrá aplicar descuentos de hasta un diez por ciento (10%) en el pago de la tarifa del seguro. Sin embargo, dicho beneficio se reserva exclusivamente para el pago no fraccionado de la prima anual convenida. En los casos de pólizas bajo modalidad contributiva, el descuento también podrá ser transferido a los Asegurados, sujeto a que éstos no hayan optado por realizar un pago fraccionado de la prima. En caso de que se acuerde un pago fraccionado de la prima (periodicidad de pago menor al año), lo cual constará en las Condiciones Particulares, podrán aplicarse los siguientes recargos máximos: Pagos semestrales: 4% en dólares o colones. Pagos cuatrimestrales: 5% en dólares o colones. Pagos trimestrales: 6% en dólares o colones. Pagos bimestrales: 7% en dólares o colones. Pagos mensuales: 8% en dólares o colones.
RECARGOS Y DESCUENTOS. En caso de que se acuerde un pago fraccionado de la prima anual de la Póliza (periodicidad de pago menor al año), lo cual constará en las Condiciones Particulares, podrán aplicarse los siguientes recargos máximos: Pagos semestrales: 4% en dólares o colones. Pagos cuatrimestrales: 5% en dólares o colones. Pagos trimestrales: 6% en dólares o colones. Pagos bimestrales: 7% en dólares o colones. Pagos mensuales: 8% en dólares o colones. Sin perjuicio de lo anterior, únicamente cuando en las Condiciones Particulares se establezca una periodicidad de pago mensual, la Compañía, por razones comerciales, aplicará un descuento xxx xxxx por ciento (10%) sobre dicha tarifa fraccionada, sujeto a que el Tomador –de forma anticipada y en un único tracto– cancele las doce (12) mensualidades necesarias para cubrir la vigencia anual de la Póliza. Para efectos aclaratorios, cuando en las Condiciones Particulares se haya fijado que la prima anual de la Póliza se pagará sin fraccionamientos, el Tomador no disfrutará del anterior beneficio debido a que su tarifa ya cuenta con un precio que carece de recargo alguno.
RECARGOS Y DESCUENTOS. La póliza no contempla recargos o descuentos en su emisión. No operará recargo en caso de pago fraccionado de la prima.
RECARGOS Y DESCUENTOS. El Asegurado podrá solicitar al Instituto que dada su buena experiencia de siniestralidad, se le otorgue un descuento a la tarifa de todas las coberturas de este seguro que serán aplicables a partir de la renovación del cuarto período de vigencia; por ende antes de tres años de vigencia del contrato, el mismo no se le podrá otorgar descuento alguno.
RECARGOS Y DESCUENTOS. Para la presente póliza no aplican descuentos ni recargos de ningún tipo.