RENOVACIÓN DE CONTRATO. La renovación del presente contrato requiere de la solicitud de Ratificación de Matrícula del año siguiente que debe ser comunicada oportunamente por EL PADRE DE FAMILIA a EL COLEGIO desde antes de la culminación del año escolar 2021 hasta la finalización del período de matrícula 2022. En caso de no comunicar la intención de ratificar la matrícula durante ese plazo, EL COLEGIO podrá disponer de la vacante de LOS ESTUDIANTES. No procederá la renovación del contrato si:
RENOVACIÓN DE CONTRATO. 10.13 Elevar a la UGEL el oficio de propuesta de contrato de servicio docente para el año lectivo siguiente. Director, coordinador o Jefe de Gestión Pedagógica de la IE, según corresponda La tercera semana del mes de diciembre. La primera semana del mes de enero (para las IIEE del nivel secundaria y EBA ciclo avanzado). 10.14 Verifica que los profesores a quienes se les renovará el contrato cumplan con las condiciones señaladas. El área de personal de la UGEL o quien haga sus veces Las últimas semanas del mes de diciembre. 10.14 Publicar la relación de los profesores a quienes se les renovará el contrato. 10.14 Publicar la relación de los profesores cuya vacante en la que laboraron no se encuentra disponible. La primera semana de enero.
RENOVACIÓN DE CONTRATO. Concluida la vigencia del presente contrato, este se renovará en automático “El Cliente” dará aviso a la administradora con 60 días de anticipación en caso de solicitar la suspensión de servicios de la administradora, con el fin de preparar la entrega correspondiente y dar aviso al personal contratado para solventar este contrato.
RENOVACIÓN DE CONTRATO. Si al término del Contrato El Cliente desea reinscribirse al Programa, tendrá que celebrar y firmar un nuevo Contrato.
RENOVACIÓN DE CONTRATO. El Consejo Universitario aprobó la renovación del contrato con la empresa HEWLETT PACKARD S.R.L. para el mantenimiento de 20 servidores Blade, con un año de garantía y por el periodo comprendido del 01 xx xxxx del 2015 al 30 xx xxxxx del 2016. El Consejo Universitario aprobó el informe económico final de la actividad académica extracurricular “Programa de Segunda Especialidad en Electrónica Naval 2014”, realizado por la Facultad de Ingeniería. A pedido del señor Xxxxxx, el Secretario General sometió a consideración de los miembros del Consejo Universitario los expedientes de Grados y Títulos, los mismos, que cuentan con el informe de los señores Decanos de las Facultades sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos para su otorgamiento. De conformidad con la Ley Universitaria y, el Estatuto de la Universidad; el Consejo Universitario otorgó el Grado académico xx xxxxxxxxx y Título profesional, a los ex - alumnos y bachilleres que a continuación se indica:
RENOVACIÓN DE CONTRATO. En caso de que ambas partes determinen que el estudiante siga cursando los siguientes ciclos escolares en la "INSTITUCIÓN EDUCATIVA", se establece que el presente contrato se renovará cada año al inicio de las reinscripciones para el siguiente ciclo escolar, por lo que con este documento se establecerá la relación legal entre las partes respecto del ciclo escolar vigente, así como los subsecuentes hasta la baja administrativa que se dé por escrito del estudiante ya sea a petición de “EL CLIENTE” o bien por determinación de la "INSTITUCIÓN EDUCATIVA".
RENOVACIÓN DE CONTRATO. El Consejo Universitario aprobó la renovación de contrato a la empresa LEVEL 3 PERU S.A. por un enlace dedicado, con fibra óptica (principal) de 150 Mbps de ancho xx xxxxx, un enlace de radio (respaldo) de 80 Mbps de ancho xx xxxxx, un enlace dedicado VPN de 40 Mbps en la Sede Principal y un enlace dedicado de interconexión entre el CEPURP, la sede CCORI WASI y el Campus de 20 Mbps de ancho xx xxxxx, por un periodo de un año, que regirá del 01 de enero al 31 de diciembre del 2015. El Consejo Universitario acordó autorizar la adenda al contrato de capacitación entre la empresa Sabre Travel Network LLC., Surcursal Perú (en adelante SABRE) y la Universidad Xxxxxxx Xxxxx y autorizar al señor Xxxxxx, doctor Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en representación de la Universidad, a suscribir la adenda al contrato aprobado en el punto primero.
RENOVACIÓN DE CONTRATO. En caso de que ambas partes determinen que el alumno(a) siga cursando los siguientes ciclos escolares con “LIFE”, se establece que el presente contrato se renovará cada año al inicio de las reinscripciones para el siguiente ciclo escolar, por lo que con este documento se establecerá la relación legal entre las partes respecto del ciclo escolar vigente, así como los subsecuentes hasta la baja administrativa que se dé por escrito del alumno(a) ya sea a petición de “EL CLIENTE” o bien por determinación de “EL COLEGIO”.
RENOVACIÓN DE CONTRATO. Este Contrato rige para el presente semestre y año que singulariza en el punto III del presente instrumento. Sin perjuicio de lo anterior, el Contrato podrá ser renovado para los periodos académicos siguientes, renovación que constituirá un nuevo Contrato, el cual contendrá los mismos términos y condiciones que aparecen en este instrumento, salvo: (a) los valores de la Matrícula y Arancel semestral, los cuales corresponderán a los que haya fijado Vicerrectoría Económica de DuocUC mediante Resolución para el respectivo año, no pudiendo superar el reajuste que se aplique al arancel semestral, un 5 % real calculado al día 1° de diciembre de cada año; (b) el Calendario Académico de vigencia anual; y (c) los Reglamentos a que se hace mención en la cláusula segunda y octava, respecto a los que deberá estarse a los vigentes al momento de la renovación. La renovación antedicha, o las renovaciones sucesivas, tendrán lugar alternativamente:
RENOVACIÓN DE CONTRATO. Este contrato de arrendamiento debe ser renovado anualmente, el 1º de julio. Cancelaciones después de los treinta (30) días no son reembolsables.